919 resultados para Antiguo Régimen
Resumo:
Fil: Repetto, Julio C..
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El régimen municipal, con las connotaciones que actualmente conocemos, surgió en nuestro país en el período de la organización nacional. La Constitución consolida la integración de los territorios provinciales que existían como tales en la época, y consagra una fórmula destinada a estructurar una nación unida e independiente, respetando a su vez la individualidad de sus partes integrantes. De allí en más, las provincias comienzan su autoorganización ajustándose a las pautas constitucionales destinadas a unificar, en todo el territorio un sistema de gobierno (republicano representativo) y asegurar el bienestar y progreso de la comunidad a través de funciones y servicios generales y esenciales (seguridad, justicia) y otros igualmente esenciales pero más estrechamente vinculados con la vida de las ciudades y pueblos del territorio, tradicionalmente asumidas por entes de carácter local; de allí que el régimen municipal se encontrara entre las pautas constitucionales para organizar los gobiernos provinciales. Pero para aquella época, los únicos entes de tal carácter que existieron en el país (los cabildos) y que tuvieron origen en la fundación de ciudades y pueblos hechas por los españoles, hacía más de treinta años que habían desaparecido de nuestra vida política. Más aún, los cabildos de la época de la independencia tenían una magnitud y una esfera de acción que superaba ampliamente el ámbito local, constituyendo verdaderos gobiernos regionales. Esto hace que, en cierta forma, se pueda tomar al cabildo como base de la actual organización provincial, antes que municipal. Sobre el particular, Iturrez considera como uno de los antecedentes de nuestro sistema federal a la antigua organización política del Virreinato del Río de la Plata, con su administración descentralizada, debido a la distancia, y el aislamiento de sus ciudades. "Cada una con Órganos de gobierno locales: los cabildos, que dieron al federalismo base municipal" (Iturrez, A.H., 1985, p. 15).
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A pesar de la ausencia de hablantes nativos, el griego cuenta con fuentes secundarias que permiten estudiar su estructura prosódica. En este artículo combino el estudio del orden de palabras y de la métrica de los trímetros yámbicos con el objetivo de ver cuál es la relación entre el verbo y el segundo argumento en términos de posición en la oración y de prosodia. Se mostrará que hay una tendencia a que el segundo argumento aparezca junto al verbo y a que formen parte de una única unidad prosódica. La tendencia es mayor con pronombres personales que con sintagmas nominales, que pueden aparecer separados si son complejos y extensos.
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El trabajo tiene como objetivo la determinación del estándar ático en la época clásica, y examina para ello la lengua de la comedia aristofánica y dos lenguas literarias, el ático antiguo y el ático nuevo. Un objetivo derivado del primero es el de determinar cuál de estas lenguas tiene una relación más directa con la koiné.
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Han transcurrido diez años desde la modificación de los planes de estudios de las carreras históricas de la Facultad de Ciencias Exactas (Farmacia, Bioquímica, Química), como así también de la creación de nuevas carreras y la implementación de un ciclo básico común a la mayoría de ellas. Diez años desde que las asignaturas anuales, con examen final y teóricos optativos fueron reemplazadas por cursos teórico-prácticos semestrales y obligatorios, aprobables por promoción. El objetivo del presente trabajo fue el análisis, desde la percepción de alumnos, de ciertas problemáticas que los docentes hemos detectado en el transcurso de estos años, fundamentalmente relacionadas a la articulación de contenidos entre los ciclos básico y superior, a las consecuencias de la falta de instancias integradoras de contenidos y a otras dificultades para el aprendizaje. La metodología de trabajo consistió en la realización de una encuesta, pre-testeada en un grupo de prueba, cuyo análisis detallado permitió extraer interesantes conclusiones respecto al objetivo planteado: los alumnos notan cierta falta de articulación entre los ciclos, creen necesaria la existencia de instancias integradoras e identifican la falta de tiempo y la pedagogía de la enseñanza como los principales obstáculos para su mejor desempeño académico
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Fil: Ponce de León, Aldana. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Este trabajo parte de considerar que en las estructuras sociales agrícolas, las instancias regulatorias de la actividad económica están mediadas por las posiciones particulares de las distintas categorías de empresarios agrícolas. Esta posición tiene el mérito de incorporar una perspectiva sociológica concentrada en los conflictos sociales determinados materialmente, enriqueciendo una mirada estrictamente institucionalista enfocada en los cambios formales del sistema. También pretende enriquecer los planteos economicistas, que sólo concibe las incidencias de las trasformaciones institucionales en términos agregados, sin detenerse a observar la complejidad de la estructura social
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En la presente ponencia nos proponemos analizar la situación jurídica y política de algunos extranjeros que ocupaban cargos públicos o realizaban oficios civiles en el Rio de la Plata. En este contexto, los criterios para definir quién era un vecino-ciudadano dependían de la posibilidad de mantener o perder cargos públicos, o de ejercer ciertos oficios en los pueblos de la campaña. Se estudiarán dos casos en los cuales se presentaron situaciones análogas para los que no eran reconocidos pertenecientes a la comunidad política, es decir para los extranjeros. Aquellos que no lograban la obtención de una carta de ciudadanía se veían obligados a dejar sus cargos u oficios. Sin embargo, los reglamentos y las decisiones del gobierno en estos casos se vieron superados por las prácticas y situaciones concretas. Otro de los casos estudiados en esta ponencia se corresponde con un litigio en Chascomús un fuerte y pueblo de la campaña de Buenos Aires, en la frontera con el mundo indígena. Allí, un hombre de origen catalán le es impedido ejercer su oficio de panadero, limitándolo a la producción de pastelería fina. La decisión fue tomada por el comandante del fuerte ante un pedido de un grupo de panaderas que se consideraban 'patricias', señalando el origen español de dicho panadero para limitarlo en el ejercicio del oficio. El conflicto nos ofrece varias aristas interesantes sobre los mecanismos del ejercicio del poder que estamos viendo en otros trabajos, pero aquí nos detendremos en la definición del grupo de pertenencia y en la utilización de los conceptos de patria y patriotas
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Estudio sobre el proceso de acumulación patrimonial y político llevado adelante por la Casa de los Velasco en los territorios septentrionales de Castilla la Vieja en los siglos XIV y XVI.
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Fil: Arrúa, Néstor Nicolás. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Tabla de contenidos: El Partido Conservador desde el gobierno. El Partido Conservador en la oposición [1917-1930]. El proyecto de Uriburu y la reorganización de las fuerzas conservadoras bonaerenses [1930-1932]. Los demócratas nacionales y el gobierno de Justo [1932-1937]. El gobierno de Federico Martínez de Hoz : Avance y retirada de los liberales bonaerenses [1932-1940]. El gobierno de Manuel Fresco y el avance de la tendencia autoritaria [1936-1940]. La dinámica del régimen fraudulento : Los partidos políticos y el estado. Los conservadores bonaerenses : Facciones y tendencias.
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El contrato territorial es una figura jurídica de aparición reciente destinada a promover el desarrollo sostenible del medio rural. Mediante él, se busca concretar el potencial de una explotación agropecuaria para proveer ciertas funciones sociales y ambientales (no tradicionales) tendientes a un desarrollo rural sostenible. A cambio de estas externalidades positivas, la explotación agropecuaria es compensada. En España, el contrato territorial ha surgido a la luz de dos ámbitos programáticos diferentes: al amparo de la legislación comunitaria europea y de las normas dictadas en su consecuencia a nivel nacional por un lado, y al abrigo de normas estrictamente de origen nacional, por el otro. Por el momento, sólo seis Comunidades Autónomas se han animado a implementarlo; sin embargo, de cara al nuevo Real Decreto 1336/2011 que regula las bases comunes del contrato territorial se espera mayor coherencia, eficiencia y utilización en el uso de esta herramienta