844 resultados para Obligación tributaria
Resumo:
La presente investigación tiene por objeto identificar los efectos jurídicos y operativos de la resolución de acciones de pago indebido y en exceso presentadas por Internet tanto para la administración tributaria como para el sujeto pasivo del impuesto a la renta, y a través de su identificación y análisis considerar la conveniencia positiva o negativa de la continuidad de este proceso. Presenta una guía práctica y concreta de cómo los contribuyentes del impuesto a la renta pueden presentar sus acciones de pago indebido y en exceso por Internet como por ventanilla y las consideraciones sobre qué vía elegir según su propia realidad, satisfaciendo así la necesidad inminente de capacitación requerida para este proceso que inició su aplicación en marzo del año 2010. Por otro lado, evidenciará el impacto en la resolución de dichos trámites por parte de la propia administración tributaria, señalando los controles previos que deben considerarse para garantizar el equilibrio de la relación técnica y jurídica entre el contribuyente y el Servicio de Rentas. Así también, el análisis de los efectos jurídicos de las peticiones presentadas por Internet como de su resolución, constituye un aporte al conocimiento de los procesos de impugnación de este tipo de trámites y su debida sustanciación.
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A través de este trabajo de investigación se pretende diseñar un proceso de devolución automática de los saldos a favor de Impuesto a la Renta de personas naturales en relación de dependencia, sin la necesidad de que el contribuyente presente una petición o reclamo de los valores pagados en exceso o indebidamente; esta propuesta pretende que la Administración Tributaria pueda brindar nuevas alternativas para la devolución de saldos a favor de Impuesto a la Renta, realizando controles previos y que la devolución de los valores no constituyan un riesgo para la Administración. Se hace necesario en primera instancia una evaluación de la normativa legal y los procedimientos actuales que regulan la devolución de Impuesto a la Renta y en función de llevar a cabo esta propuesta es necesaria la utilización y aplicación de conceptos de reingeniería de procesos que permitirán mejoras sustanciales en la atención de este tipo de devoluciones. Con el desarrollo de esta propuesta se pretende mejorar, ampliar, integrar y validar la información que se obtiene de los contribuyentes y de sus agentes de retención; disminuir los costos directos e indirectos en los que la Administración Tributaria incurre para poder responder la atención de las solicitudes de pago indebido y en exceso de Impuesto a la Renta; y a su vez permitirá brindar a los contribuyentes un servicio más eficiente.
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Las Zonas Francas son áreas de territorio nacional delimitado y autorizado por el Presidente de la República mediante decreto, sujetos a regímenes de carácter especial determinados por Ley, en temas de comercio exterior, aduanera, tributaria, financiera, de capital y laboral, existiendo varios tipos de zonas como las comerciales, industriales, de servicios, turísticas y especiales, estas zonas tienen como ventaja de atraer inversiones, crear empleos y generar ingresos con divisas extranjeras promoviendo las inversiones extranjeras, esperando también inversiones extranjeras directas en temas de transferencia de tecnologías. Las Zonas Francas en el Ecuador estuvieron vigentes hasta el año 2010, regida por la Ley de Zonas Francas, aprobada por el ex Presidente Rodrigo Borja y publicada en 1991, siendo estas cambiadas en diciembre del 2010 reformándolas a Zonas Especiales de Desarrollo Económico. (ZEDES), las zonas francas tenían una estructura basada en administraciones reguladas por el Consejo Nacional de Zonas Francas (COZANOFRA), además estas deberían ubicarse en zonas o áreas deprimidas del país, para impulsar su desarrollo. En la actualidad con el nuevo Código de la Producción existen la Zonas Especiales de Desarrollo Económico, en la que prevalece el aprovechamiento de recursos naturales para la expansión productiva y la generación de empleo, con fines desconcentradores, caracterizado por ser un instrumento para impulsar la economía a corto plazo de estas áreas, así Las ZEDES serán destinos aduaneros donde se buscará desarrollar las actividades de logística, transferencia de tecnología y diversificación de exportaciones cuya autorización es por un plazo de 20 años prorrogables una vez cumplidas las respectivas evaluaciones, estas no son un instrumento de ventaja comparativa sino que potencia las ya existentes.
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Uno de los objetivos fundamentales de todas las administraciones tributarias es lograr un cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias que permita a los estados contar con los recursos para financiar sus fines. Para el efecto es imprescindible por una parte reducir los costos del cumplimiento de tal manera que se facilite a los contribuyentes el mismo y por otra es necesario orientar adecuadamente las acciones de control de las administraciones tributarias. A través del presente trabajo se presenta una propuesta en la mejora de la gestión de procesos tributarios de personas naturales en el Servicio de Rentas Internas, particularmente en lo que respecta a los principales procesos del ciclo tributario de un contribuyente del tipo persona natural inscrito en el régimen general de impuestos. El ciclo tributario es el conjunto de las principales obligaciones que tiene un contribuyente, las cuales inician al momento de inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y continúan con la solicitud de emisión de comprobantes de venta y la presentación de declaraciones tributarias. Así, por medio de una metodología adecuada al tema de estudio, se identificaron los principales problemas que se presentan en la ejecución de los procesos que involucra el ciclo del contribuyente y gracias al análisis de mejoras prácticas de otras administraciones tributarias y el criterio de expertos tributarios vinculados a los procesos operativos, se plantearon propuestas de mejora orientadas tanto a la mejora del desempeño institucional como a facilitar el cumplimiento tributario al contribuyente.
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El desarrollo de la presente tesis es hacer un estudio comparativo de la implementación de los tributos Medioambientales en nuestro país, a partir de la experiencia de la Comunidad Europea quienes desarrollaron y siguen desarrollando la protección y conservación del Medio Ambiente a través de la imposición tributaria. En ese sentido partimos definiendo y precisando el término Medio Ambiente y ecología a fin de delimitar el tema de estudio, ya que el objetivo de la tesis es identificar las formas o mecanismos de protección del Medio Ambiente, enfatizando en la imposición Medioambiental que pueden ser a través de los impuestos, tasas o contribuciones; además de la consideración por nuestra Constitución del medio ambiente como un derecho humano fundamental de los seres humanos. Durante el desarrollo de la tesis, exponemos los instrumentos nacionales e internacionales, cuya finalidad busca garantizar la protección y conservación del Medio Ambiente, bajo el principio “quien contamina paga”, que no es otra cosa que la el criterio objetivo en la que el sujeto que deteriora o contamina el Medio Ambiente debe ser el responsable de reparar el daño causado. Finalmente analizamos la viabilidad de la protección del Medio Ambiente en los países andinos y en nuestro texto constitucional.
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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.
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El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, al igual que todos los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales del Ecuador se encarga de administrar los tributos municipales que se encuentran establecidos en el COOTAD, y los que puede crear mediante ordenanza para aplicación dentro de su jurisdicción; la dirección metropolitana financiera tributaria por medio de sus áreas se encarga emitir resoluciones motivadas, ejercer la facultad determinadora, establecer sanciones, defender a la administración en el proceso contencioso tributario, por medio de la tesorería que pertenece a la dirección metropolitana financiera se efectúa la recaudación de los tributos y las acciones de coactivas; para esta investigación se propuso conocer y analizar los impuestos municipales del Distrito Metropolitano de Quito para la simplificación, el mejoramiento de su recaudación y administración, con el fin de realizar una propuesta enfocada al mejoramiento de la administración municipal, para lo cual se ha recopilado información de la institución, se ha realizado un análisis de cuatro años, desde el 2008 hasta el 2011 para determinar el comportamiento de los valores recaudados en lo que a impuestos se refiere, llegando a establecer que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en los años analizados ha mantenido un comportamiento constante, no se evidenció una mejora representativa en recaudación por lo que se considera necesario realizar una revisión en la gestión y procesos de la administración.
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Código Orgánico Tributario establece que de identificar a través de actos de administración tributaria firmes o ejecutoriados indicios de la existencia de un delito tributario, la Fiscalía General del Estado debe dar inicio a la Instrucción Fiscal correspondiente. Del mandato legal se establece primero que es el acto administrativo el que otorgaría a la Fiscalía General del Estado los indicios suficientes para dar inicio a una Instrucción Fiscal, que conforme el Código de Procedimiento Penal debe cumplir con ciertos requisitos previo su inicio, estableciendo además que para prevenir de su conocimiento la Fiscalía, estos actos administrativos deben encontrarse firmes o ejecutoriados y en el caso de haber sido impugnados en sede judicial, existir una sentencia ejecutoriada. Por lo expuesto, en el presente estudio se analizan los alcances jurídicos de los actos administrativos tributarios en el proceso penal, así como las funciones especificas que la Constitución y la Ley otorgan a la Fiscalía General del Estado para el conocimiento y ejercicio de la acción penal pública, estableciendo conclusiones respecto de los problemas planteados y propuestas de reformas al Código Orgánico Tributario que generen armonía y lógica jurídica.
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La presente investigación analiza la naturaleza jurídica del recargo tributario en el Ecuador, establecido en el Art. 90 del Código Orgánico Tributario reformado por el Art 2 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, sancionada por la Asamblea Constituyente de Montecristi el 29 de diciembre de 2007. La investigación pretende definir claramente cuál es la naturaleza de esta figura jurídica, para lo cual se desarrolla en tres capítulos; en el primero se refiere a la teoría y conceptos para lo cual analizamos al recargo como sanción, al recargo como instrumento financiero y al recargo desde una posición mixta. En el segundo capítulo se plantea el desarrollo normativo, explicando en primer lugar, los principios del artículo 300 de la Constitución, a fin de identificar aquéllos que se cumplen y cuáles se transgreden. También, se describe la facultad determinadora de la Administración Tributaria y su relación con el recargo, además se presenta el análisis normativo comparativo con las países de la Comunidad Andina. Terminamos con la revisión de la actuación de la administración tributaria, de los Tribunales Distritales de lo Fiscal, de la Corte Nacional de Justicia, y de la Corte Constitucional en relación al recargo tributario a la luz de casos específicos.
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La devolución del IVA consiste en un régimen tributario especial que se aplica en función de consideraciones específicas y en atención a la calidad que ostentan los sujetos pasivos que se benefician del mismo. Para que esta devolución proceda –en el caso de empresas públicas–, es indispensable que estas se encuentren constituidas de conformidad con las disposiciones de la Ley orgánica de Empresas Públicas o, en su defecto, hayan cumplido con las disposiciones específicas del régimen de transición contemplado para que las empresas públicas o estatales existen tes, las sociedades anónimas en las que el Estado es accionista, las empresas subsidiarias y las empresas de las Fuerzas armadas y de la Policía Nacional se conviertan en nuevas empresas públicas. En este contexto, el presente trabajo pretende analizar, de conformidad con el contenido de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, el momento a partir del cual se genera el derecho a la devolución del Impuesto al valor agregado, para las empresas públicas, así como cuestionar ciertas inconsistencias que se desprenden de esta Ley.
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Los procesos de cambio que propiciaron la adopción del dólar como moneda única en el Ecuador, si bien fueron devastadores en la economía, dieron la oportunidad de establecer nuevas políticas a través de las cuales se logró la apertura de la economía nacional a lo que se denomina “globalización”, rigiéndose por el libre mercado, lo que obligar a revisar y modificar las legislaciones de los países que forman parte de esta libre economía y comercio para enmarcarlas dentro de los lineamientos actuales y evitar conflictos normativos y económicos al momento de realizar las transacciones. En el Ecuador la adopción del dólar significó la pérdida en la toma de decisiones de tipo monetario, sin embargo, no quedaron rezagadas las relaciones comerciales a nivel mundial, y se tomaron medidas para fortalecer el Servicio de Rentas Internas (SRI), mejorando las políticas y sistemas para evitar la evasión fiscal.
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Esta tesis analiza la normativa tributaria actual respecto al cálculo del Impuesto a la Renta para sociedades en el Ecuador y tiene como objetivo mostrar los efectos negativos de la misma respecto a la aplicación de un sin número de deducciones y exenciones para determinar el impuesto, además de la complejidad que conlleva su cálculo. Como resultado del análisis se entrega a manera de ejercicio académico una propuesta que busca disminuir los efectos negativos del actual sistema de cálculo, además de lograr una simplicidad en la administración del impuesto y ahorro de recursos tanto para la Administración Tributaria como para los sujetos pasivos, así como un incremento en la recaudación que a su vez contribuirá a la satisfacción de necesidades de la colectividad.
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El presente trabajo titulado “La Calidad de la Defensa Técnica Pública” tiene como propósito hacer un estudio de la garantía constitucional, como es el derecho a la defensa que tenemos todos los seres humanos, a través de la defensa penal pública, como una de las garantías básicas del debido proceso, como un derecho universal. Con la vigencia de la actual Constitución de la República del Ecuador, se ha puesto mayor énfasis a las garantías básicas del derecho al debido proceso, (Art. 76) y en especial, a aquella garantía que tenemos las personas de ser asistido por un abogada o abogado de su elección o por defensora o defensor público, y en caso de no poder designar un abogado particular, el estado tiene la obligación de proporcionarle un defensor público, tal como lo dispone el artículo 77 numeral 4 de la Constitución; es por esto que el estado ha creado la Defensoría Pública, la misma que de acuerdo a la Carta Magna, (Art. 191), tiene como fin “garantizar el pleno e igual acceso a la justicia de las personas que, por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos” En el presente trabajo, se establecerán pautas o parámetros para que se les pueda exigir a los Defensores Públicos mayor responsabilidad y razonamiento jurídico en sus actuaciones al asumir una defensa, y de esta forma se puedan involucrar en el garantismo penal y en el nuevo constitucionalismo; pero para que estos objetivos se hagan realidad, en este trabajo, se han abordado tácticas y estrategias, para que la defensa pública sea efectiva, y esta no puede tener lugar sino mediante una defensa técnica penal pública pero de calidad.
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La presente investigación realiza un estudio de las posibles distorsiones existentes en el anticipo del impuesto a la renta en el Ecuador. Partiendo del análisis teórico y doctrinario correspondiente a la imposición sobre las rentas. Concomitantemente, se analiza el tratamiento que la doctrina otorga a las figuras de los pagos a cuenta en particular, su definición y su naturaleza jurídica, concebida desde diferentes puntos de vista. En base a estas consideraciones, se pretende finalizar la investigación, haciendo referencia a la estructura jurídica y a la regulación que nuestro sistema impositivo establece para el anticipo del impuesto a la renta. De tal manera, se explica la forma en la que se calcula y las posibilidades de devolución que admiten las normas. Para finalizar, se plantean varias ideas a modo de conclusión, determinando principalmente la existencia de elementos que distorsionan la naturaleza primaria del impuesto a la renta y su anticipo, mediante un análisis integro que no se centra únicamente en el enfoque constitucionalista, sino que también hace referencia a su metodología, naturaleza jurídica y efectos.
Resumo:
La complejidad en las relaciones jurídico – tributarias entre los contribuyentes y el Estado, se ha ido incrementando en los últimos años, la desconfianza de los particulares en el sistema administrativo tributario ha originado la búsqueda de medios evasivos de las obligaciones tributarias e inclusive la falta de inversión productiva interna y la exploración de nuevos mercados que ofrezcan mayores garantías para el ejercicio de diferentes actividades económicas, ante este problema es necesario arraigar la cultura tributaria, de tal forma que la percepción de seguridad de los contribuyentes frente a la Administración Pública se vea incrementada en alto grado y nada mejor que el resguardo de sus derechos y garantías frente a posibles arbitrariedades a través de la correspondiente ley confirmando así el principio de igualdad entre el Estado y los sujetos pasivos.