1000 resultados para Reforma de Estado


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Depois de várias tentativas internas sem sucesso na construção da arquitetação da Segurança na sua dimensão clássica e sobretudo Humana, e depois de várias tentativas infrutíferas da intervenção externa no quadro implementação da Reforma do Sector e Segurança (RSS), e o Desarmamento, Desmobilização e Reintegração (DDR) a República da Guiné-Bissau (RGB) está estruturalmente e conjunturalmente confrontada por uma tendência irreversível da segurança no quadro das políticas internas de segurança e defesa, que situa politicamente o País num 18 Estado em situação de Fragilidade, com incapacidade de garantir o bem-estar e o desenvolvimento, com nível de corrupção elevado, com défice democrático e de Estado de Direito, com défice de padrões de boa governação, e falta de liberdade politica e violações sistemática dos Direitos humanos; economicamente o País é dos mais pobres do Mundo, com elevado índice de pobreza, totalmente dependente do exterior, com vazio de infraestrutura económicas de base, escassos investimentos estrangeiro, elevado endividamento externo e queda permanente de PIB; socialmente, praticamente sem Estado providencia, ocupa a 176ª posição entre os 186 países com IDH baixo, abaixo da média sub-regional e continental, com pobreza generalizada e uma baixa eesperança de vida (48,6 anos), défice de cobertura de saúde e de infraestruturas básicas a esse nível e patente défice de infraestrutura de Ensino; incapaz de garantir a segurança da população, é caracterizado pela insubordinação ao poder político, com Forças Armadas sem formação, desestabilizadoras da paz social e incentivadoras do narcotráfico. É neste sentido que a RSS é vista interna e externamente como a via por excelência da saída da crise de governação política, económica, social e securitária, uma pedra chave na viabilidade da reconstrução da paz, do desenvolvimento e da consolidação e efetivação do Estado de direito- fundada numa perspetiva e abordagem holística, transparente e abrangente, focalizada no tempo e em quatro dimensões: politica, económica, social e securitária, tendo como eixo e chave do sucesso a apropriação, a liderança de Portugal, a abordagem abrangente e coordenada, o smart stratgy-o mecanismo de pressão, de controlo e monitorização de exequibilidade.

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Durante séculos o papel do Estado na vida económica e social das nações foi crescendo, atingindo um desenvolvimento assinalável a partir da segunga guerra mundial, em execução do novo paradigma que dela resultou. Desenvolvimento que conheceu fortes críticas com paragem e posterior inversão de sentido durante a década de 80 em que se gerou alguma diluição da intervenção do Estado, criando-se um movimento de relativo cepticismo relativamente à bondade, à eficiência e aos custos daquela intervenção. Foi nesse contexto e paralelamente com o aumento da vontade de intervir do sector privado que surgiram as chamadas três «vagas» de intervenção privada, sucessivamente dirigidas às actividades públicas (i) em sectores industriais, comerciais ou de serviços não estratégicos, (ii) no domínio das infra-estruturas e, finalmente, (iii) na área social, recorrendo com diferentes níveis de sucesso, a diversos processos, da privatização às parcerias público-privadas (PPP), passando pela empresarialização. O movimento de reforma nascido de reservas quanto à eficiência do sector público não passou ao lado da saúde, particularmente do hospital público, em que assumiu objectivos e modos específicos, das «reformas de gestão» às «reformas de financiamento» e às «reformas organizacionais », para, na sequência do movimento anteriormente ocorrido noutros domínios, também recorrer às parcerias público-privadas. Depois de situar estas iniciativas no contexto do movimento que rodeou o aumento da intervenção privada na produção e na prestação pública, o artigo procura identificar os requisitos de compatibilidade das parcerias público-privadas com sistemas de saúde organizados e que perseguem a universalidade da cobertura, a acessibilidade e compreensividade dos cuidados e a equidade do acesso, com especial atenção ao facto de (designadamente em Portugal) a partilha de riscos e tarefas poder atribuir ao sector privado a gestão das dimensões clínicas da prestação.

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[Excerto] Na presente reflexão pretendemos sondar os objetivos que foram sendo propostos para o ensino secundário após o golpe militar de 28 de maio de 1926. A um primeiro momento, designado de Ditadura Militar, sucedeu a configuração do denominado Estado Novo, sendo este período pautado, no essencial, pela sistemática explicitação do modo como se constituiu a lapidar e necessária educação nacionalista, neste clima, o Liceu é concebido como o espaço de afirmação e de formação das elites do regime. Os princípios conservadores, totalitários e de estancamento da mobilidade social, foram expressos numa progressiva definição, cada vez mais radical, nos seus enunciados1. Para darmos conta desta trajetória, dividiremos a nossa reflexão em duas partes (...).

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En base a la selección y estudio de la legislación, doctrina y jurisprudencia locales y nacionales, se determinará el estado actual relativo a la responsabilidad civil del estado, a fin de establecer si en este contexto se brinda adecuada satisfacción al derecho constitucional a la reparación plena de los daños sufridos por los particulares. A esos efectos, se realizará un test de reparabilidad plena, resultante de verificar si en general las decisiones jurisdiccionales rechazan o tienden a rechazar demandas de daños contra el estado siendo que (1) serían admitidas en caso de que el causante del daño fuera un particular (no estatal); (2) de acuerdo a criterios doctrinarios (cualitativos), ese rechazo de demandas es contrario al principio de reparación plena. Se elaborará un informe final sobre el tema y, en caso de resultar que no se satisface plenamente el derecho a la reparación plena, se desarrollarán propuestas hermenéuticas (dirigidas a la doctrina y la jurisprudencia) y eventualmente proyectos de reforma legislativa, que tiendan a maximizar la satisfacción de ese derecho

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Hacia fines del siglo XIX e inicios del XX, en Córdoba surgieron una serie de desajustes sociales derivados del sostenido crecimiento económico, la intensa modernización y la acelerada urbanización. La denominada cuestión social, que emergió como consecuencia de esos procesos, comprendía un conjunto de problemas como el pauperismo y la marginalidad, la propagación de enfermedades sociales, la difusión de "males sociales" (criminalidad, prostitución), los conflictos del mundo del trabajo, el surgimiento de sindicatos y la difusión de ideologías radicalizadas. La cuestión social era una amenaza de fractura de la sociedad instalada en el centro del sistema productivo. En este contexto, emergieron las primeras tentativas de previsión social y los primeros avances del Estado sobre el mercado, constituyendo una etapa dentro del proceso de desarrollo del Estado social, que puede caracterizarse como una marcha conceptual desde la compasión hacia los derechos sociales, en búsqueda de mayores márgenes de igualdad e inclusión. En este marco, el proyecto pretende analizar el complejo proceso de construcción de las políticas y el Estado sociales en Córdoba entre fines del siglo XIX y mediados del XX, atendiendo a las continuidades, los cambios y las transformaciones en la cuestión social y en las respuestas articuladas por el Estado y la sociedad civil frente a ella. Se propone indagar los espacios cotidianos de vulnerabilidad social y exclusión y el modelo de asistencia desde antes de la constitución propiamente dicha del Estado social hasta su concreción, rescatando el protagonismo de distintos actores (grupos, asociaciones, Estado, Iglesia, etc.), incluidos los sectores populares, los excluidos, los asistidos, en tanto constructores -desde sus lugares- de la sociedad de su tiempo. La hipótesis central sostiene que las respuestas a la cuestión social provinieron, inicialmente, de un conjunto asistencial que respondía a un modelo pluralista no planificado con fuerte predominio de la asistencia benéfica privada y una limitada participación del Estado que sólo impulsaba acciones y políticas reactivas frente a los desajustes y las demandas sociales puntuales, prestando mayor atención y apoyo a las asociaciones de beneficencia y caridad. Desde mediados de la década de 1910, se multiplicaron las propuestas disruptoras de este modelo, que propiciaban mayor intervención y regulación estatales. Este deslizamiento paulatino recién en la década de 1930 comenzó a concretarse en realizaciones que supusieron un incipiente reconocimiento de derechos sociales a la salud, la educación y la previsión social, que finalmente se plasmó de modo efectivo en los años '40. La problemática de investigación se aborda a partir de dos amplias líneas de trabajo. En primer lugar, se explora "el mundo de los pobres" en la ciudad de Córdoba, indagando sus estrategias de reproducción, sus relaciones interfamiliares y sus vinculaciones con el mercado, las instituciones de la sociedad civil y el Estado. En segundo lugar, se analiza el proceso de construcción del Estado social en Córdoba, examinando la conformación del modelo benéfico-asistencial y la creciente institucionalización estatal de las políticas sociales. Por medio de esta investigación se aspira a avanzar en la comprensión de la interacción entre las elites dirigentes, sus ideas e instituciones y la gente común y sus experiencias, a la vez que propiciar una historia más humanizada de las transformaciones que marcaron la historia de Córdoba en las primeras décadas décadas del siglo XX. Asimismo, se espera contribuir al debate historiográfico sobre la construcción del Estado social en la Argentina desde una escala de observación regional, a partir del análisis de las formas específicas de despliegue y particularización de ese proceso en un ámbito provincial del interior nacional.

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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O trabalho que ora se apresenta designa – se” Reforma do Sistema Fiscal em Cabo Verde – Caso IVA (2004 a 2010) ” e enquadra-se no âmbito da licenciatura em Contabilidade e Administração – Ramo Administração e Controlo Financeiro ministrado no Instituto Superior de Ciências Económicas e Empresariais. Na elaboração deste tema pretende-se retratar a Reforma do Sistema Fiscal em Cabo Verde – caso IVA (2004 a 2010), especificamente, descrever o efeito do IVA no orçamento do Estado e na economia cabo-verdiana; identificar efeitos no mercado de bens e serviços após a implementação do IVA; analisar a sua contribuição para o nível da carga fiscal em Cabo Verde; comparar o nível de fiscalidade com a sustentabilidade das finanças públicas em Cabo Verde e por fim, recolher e analisar dados/informações relacionados com a gestão e arrecadação efectiva do IVA. O trabalho que hora se apresenta encontra-se dividido em três partes, sendo: A primeira parte, a introdução;  A segunda parte encontra-se dividida em quatro capítulos, a saber: No primeiro capítulo, retratar uma breve evolução das reformas do sistema fiscal cabo-verdiano; No segundo capitulo, a implementação do imposto sobre o valor acrescentado.  No terceiro capítulo, analisar o efeito da implementação do IVA na Economia cabo-verdiana (2004 a 2010). E por último, no quarto capítulo, analisar o efeito do Imposto sobre o Valor Acrescentado (IVA) no Orçamento do Estado (2004-2010).

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Este trabalho procura trazer um olhar sobre os novos modos de regulação do trabalho docente que se construíram no contexto da reforma argentina, atravessados pelas mudanças do mundo do trabalho e do papel do Estado. Assim, no imaginário docente se articulam hoje diversos elementos que por muito tempo foram considerados antitéticos: as tradições vocacionais e de trabalho feminino estão permeadas pelas premências decorrentes da posição de trabalhador(a) diante da precariedade dos empregos e da estabilidade ameaçada. Ao mesmo tempo, a partir da tradição igualitária, encontram-se resistência aos mecanismos de competitividade de mercado e sua incorporação no espaço da educação pública. Desse modo são produzidas profundas rupturas no imaginário docente que, desde a ética republicana, dava conta de um projeto comum.

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Este artigo analisa a relação entre Estado e Educação durante o movimento da Reforma Protestante do século XVI, enfatizando as ações de Martinho Lutero. Em um contexto em que a educação era organizada e mantida somente pela Igreja, Lutero propõe alterações tanto no que se refere à organização de um sistema educacional, quanto aos princípios e fundamentos da educação, defendendo que esta seja para todos, de frequência obrigatória e mantida pelo Estado. É sobretudo o caráter estatal atribuido à educação escolar que se pretende destacar, analisando, para isso, a formação do conceito de Estado para Lutero, bem como para sua época, e sua posição estabelecida diante das e com as autoridades seculares, ressaltando as contribuições que apresentou para que a educação constituísse um dever do Estado e um direito de todos os cidadãos.

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Este artículo examina la actividad de la Sección Cartográfica del Estado Mayor Central, que era la principal institución cartográfica del Ejército de Tierra, durante la Segunda República. Se discute la tesis de la supuesta parálisis de los servicios cartográficos sostenida por la historiografía franquista, se valora el alcance de la reforma de la cartografía militar llevada a término por las autoridades republicanas, y se presentan evidencias de la labor realizada entre 1931 y 1936. Dentro de esta labor se destaca el proyecto y las primeras realizaciones del Plano Director a escala 1:25.000, y la actividad de la Sección topográfica de la 1.ª División Orgánica radicada en Madrid

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UANL