998 resultados para Ley General de Subvenciones
Resumo:
El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo central evaluar con base en el estudio de la doctrina, el derecho comparado, y los pronunciamientos de órganos competentes, el avance de la materia de competencia desleal en las legislaciones internas de los países miembros de la CAN. De manera especial, se buscó determinar la situación de la legislación ecuatoriana, y proponer pautas para la instauración de un régimen integrado y eficiente de protección contra prácticas desleales de mercado. Los asuntos específicos de competencia desleal vinculados con el comercio exterior, como el dumping y las subvenciones, no fueron parte de este trabajo, ya que presentan particularidades que requieren un tratamiento independiente. Para alcanzar los objetivos propuestos, el contenido de esta investigación se distribuyó de la siguiente manera: El Capítulo I se concentró en aspectos introductorios, con el fin de establecer el sustento teórico con base en el cual se desarrollaría el trabajo. El análisis empezó por la revisión de las disposiciones relevantes para la materia que integran la Constitución económica dentro de los países que conforman la Comunidad Andina de Naciones -CAN-. Posteriormente, se arribó a una definición personal sobre competencia desleal, previo el estudio de referentes doctrinarios y legales, y se analizó el tema de la cláusula general. Finalmente, se establecieron los puntos de conexión entre la disciplina que estudia la competencia desleal y otras ramas jurídicas. El Capítulo II, se refirió concretamente al tratamiento que de los actos típicos de competencia desleal se hace en las legislaciones internas de los países de la CAN, con el objetivo de determinar las fortalezas y debilidades de las disposiciones sobre el tema. La tipología revisada fue la siguiente: actos de confusión; actos de engaño; actos de descrédito; actos de sustracción y explotación de secretos; actos de explotación de la reputación ajena; actos de imitación; actos de comparación; actos de desorganización; violación de normas; y, otros, como las ventas agresivas. El Capítulo III estudia las acciones franqueadas por ley para la defensa contra los actos de competencia desleal. Para el efecto, se analizaron las acciones civiles, administrativas y penales. En el desarrollo de este análisis, se trataron temas como pretensiones admisibles, legitimación activa; diligencias preliminares; y, medidas cautelares. Finalmente, el Capítulo IV contiene una sistematización de las conclusiones y recomendaciones obtenidas en cada uno de los capítulos precedentes. Por otro lado, se ha incorporado una sección de Anexos, contentiva de cuadros comparativos de las disposiciones legales de los países de la subregión con relación a cada uno de los temas estudiados.
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Las leyes son la expresión de los intereses de grupos económicos o sociales que en un momento determinado del desarrollo social se encuentran a disposición del Estado. Nuestro país, tradicionalmente, ha estado dirigido por grupos económicos que han emitido, a través de sus representantes en el poder Legislativo y en el poder Ejecutivo, leyes a favor casi exclusivo de sus intereses y que en su mayoría no han respondido a las necesidades de la sociedad. Éstas se han reformado gracias a la lucha de los sectores sociales oprimidos y desfavorecidos en el reconocimiento legal de ciertos beneficios. Uno de los objetivos de la Ley de Equidad Tributaria es conseguir una reforma de carácter integral para el Impuesto a la Renta, que cumpla el principio de equidad entre los ecuatorianos respecto a la distribución del ingreso público que genera su recaudación, y el cumplimiento de dicha obligación tributaria. Reformar para que exista mayor cumplimiento por parte del contribuyente, y un mejor control por el lado de la administración tributaria. Por ello, el presente trabajo está destinado a identificar cuál es la incidencia que tiene el Impuesto a la Renta a partir de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en las sociedades ecuatorianas. Se analiza cada uno de los artículos reformados sobre Impuesto a la Renta de Sociedades, y cuán beneficiosa resulta su aplicación. Para comprender mejor el tema de investigación se desarrollaron cuatro capítulos. El capítulo uno define los artículos reformados sobre Impuesto a la Renta de Sociedades y una síntesis general del procedimiento que tuvo la reforma. El capítulo dos analiza cada ley reformada que tiene incidencia en el Impuesto a la Renta de Sociedades, su cambio con relación a la ley vigente hasta el año 2007, objetivo, aplicabilidad y efecto. El capítulo tres analiza a tres sociedades en las que se observará la apreciación que tienen respecto de la reforma; los datos estadísticos de recaudación del Impuesto a la Renta desde el año 2005 hasta el año 2009 sobre los cuales se fundamenta la reforma para determinar su viabilidad. Finalmente, el capítulo cuatro concluye y recomienda el tema de investigación planteado y desarrollado.
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En la presente investigación se da a conocer los aspectos mas relevantes de la Ley 108 ¨Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas¨ sus virtudes y falencias, especialmente en las áreas de Administración de Bienes en Depósito, Control y Fiscalización de los Químicos en el Ecuador. Así como también de la situación financiera entre 1991- 1996, y el nivel de cumplimiento de las metas y proyectos. Se hace un análisis de los ingresos y gastos realizados por el CONSEP. Se da a conocer el uso y control de los químicos en el Ecuador, la industrialización, la coordinación con otros organismos del Estado como son los Ministerios de Salud, Gobierno y Policía, Defensa Nacional, se da una visión general del control de los estupefacientes y psicotrópicos de los bienes aprehendidos, decomisados e incautados su uso y destino por infracción de la Ley entre 1991- 1996. Posteriormente se analizan las causas y efectos del inadecuado sistema de Administración de los bienes que se encuentran en depósito. Se estudia las normas y reglamentos vigentes, se cuantifica todos los bienes incautados. Se estudia los rendimientos de las monedas nacionales y extranjeras que se encuentran en las cuentas especiales del Banco Central, y finalmente se propone algunas alternativas para una adecuada administración de los dineros y bienes incautados.
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La administración pública para la consecución de sus fines, entre otras actividades debe efectuar actos contractuales a fin de contratar obras, bienes o servicios que aseguren el bienestar de la colectividad. Con ese propósito, los actos preparatorios y precontractuales deben ser los establecidos en las leyes y reglamentos vigentes a la época de la contratación. Nuestra Legislación en materia de contratación pública ha sufrido un cambio profundo con la expedición de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y la implementación del portal de compras públicas, lo que ha modernizado el sistema de compras públicas en el Ecuador. La licitación es un procedimiento precontractual previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, cuya finalidad es elegir al proponente que realice la oferta más ventajosa para el Estado. Es un procedimiento legal y técnico al que deben sujetarse tanto la entidad contratante, cuanto los interesados en participar con el propósito de relacionarse jurídicamente con el Estado. La licitación pública en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, surge como una exigencia de la buena administración, como una condición de moralidad y también como una oportunidad para los administrados, que acrediten las mejores condiciones en la oferta para la entrega de prestaciones traducidas en obras, bienes o servicios de interés para la administración y a través de ella, del Estado, es decir, del interés general.
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Presenta el abordaje de la prensa impresa y virtual a los hechos que afectaron el cumplimiento de derechos humanos en 2011, evidenciando un incremento porcentual a nivel local, particularmente en el sector rural, registrándose como provincias más afectadas Guayas y Pichincha y como derechos más afectados los del buen vivir y de libertades, constatándose casos causados por particulares, como los cometidos por agentes fuera de la ley. Concluye registrando un incremento sustancial en el porcentaje de anulación de derechos, siendo los grupos más afectados los niños, niñas, adolescentes, pueblos indígenas y personas en situación de movilidad, señalando el incremento de violencia intrafamiliar, feminicidios y embarazo adolescente.
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El marco general de este análisis se basa en identificar los más importantes impactos que han tenido las reformas tributarias a partir del Decreto 242 del 29 de diciembre del 2007 sobre la persona natural obligada a llevar contabilidad, tanto sobre su operatividad como su relación con la Administración Tributaria. De las nueve reformas que han existido desde el decreto mencionado, se resaltó aquellas que tienen relación con la “persona natural obligada a llevar contabilidad”. Se realizó de manera general un análisis de cada una de ellas, para posteriormente, mediante cuantificaciones, casos reales y comparativos verificar si el impacto estimado fue significativo. Podemos ver que a la persona natural obligada a llevar contabilidad se le incluye en el mismo andarivel que a las sociedades, obligándole a preparar la misma información de control a la Administración Tributaria, sin que este contribuyente tenga la estructura administrativa, ni el conocimiento personal de las implicación quepor la falta de cumplimiento que las mismas tienen. Finalmente, vemos que la Administración Tributaria ha realizado avances en la implementación de cultura tributaria en busca de concientizar al contribuyente sobre sus deberes con la sociedad al momento de cumplir sus obligaciones, sobre todo en el trabajo con la juventud, por un lado; y por otro en la implementación de acciones para disminuir la evasión. También revisamos casos especiales en países de la región que sugerimos sean aplicados en el Ecuador.
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El Centro de Atención a Adolescentes en Conflicto con la Ley, se encuentra ubicado en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, institución de derecho público, tutelar y correctivo. Es un órgano administrativo del sistema integral de justicia, para adolescentes infractores en conflicto con la ley, dependiente del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos. Los adolescentes en conflicto con la ley que ingresan al Centro de Internamiento de Varones de Ambato, se encuentran por: robo, asaltos, intento de asesinato, asesinato, consumo y tráfico de droga, violación, intento de violación, y tenencia de armas; por lo general, son de bajos niveles socio- económico, provienen especialmente de las zonas urbano marginales, donde las familias se hallan fragmentadas, llegan de sociedades abiertas, de diversas culturas y etnias. Emocionalmente, el adolescente en conflicto con la ley vive estados de ansiedad, irritabilidad, depresión, con una actitud agresiva y violenta, actuando de manera inadecuada. Por lo general proceden de clases socioeconómicas bajas y por ende muchos de ellos presentan problemas de salud, que se manifiesta a través de: dolores de cabeza, gastritis, sudoración en las manos, cansancio excesivo, sueño constante, insomnio e hipertensión lo que les limita en el desarrollo de las capacidades intelectuales. El interés social de la presente investigación es dar a conocer como incide el aprendizaje significativo en los adolescentes en conflicto con la ley del Centro de Internamiento de Varones de Ambato. Del estudio realizado se determina que el 71% de los estudiantes logran aprendizajes, pero estos no son significativos; debidos a la problemática social existente, los estados psico-emocionales, niveles de conocimiento y a la voluntad de cada uno por aprender. El instrumento aplicado en el Centro de Internamiento de Varones de Ambato es la ficha de observación, en la que se toma en cuenta las prácticas pedagógicas, didáctica, evaluación y logro de aprendizajes significativos; que permitió establecer un análisis de la problemática educativa de los adolescentes internos.
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Incluye Bibliografía
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La presente tesis analiza el problema de la validez de las disposiciones de transposición de las Directivas Europeas en los ordenamientos nacionales desde la perspectiva del principio constitucional de reserva de ley. En el primer capítulo se desarrolla un análisis del estado de la cuestión en las jurisprudencias española e italiana. En el segundo se afronta el estudio de los requisitos impuestos por la jurisprudencia del TJUE en relación con las normas por las que se procede a la incorporación en los ordenamientos internos del contenido de las Directivas; teniendo en cuenta que ha de partirse del principio de autonomía institucional y procedimental de los Estados Miembros y que las Directivas, en tanto carentes por razón de su forma de directa aplicabilidad, no pueden sustituir a la ley nacional, el principio de reserva de ley ha de aplicarse en este tipo de operaciones siempre que así lo exija la Constitución nacional. En el tercer capítulo se estudian los efectos que han producido en los ordenamientos italiano, francés y alemán las cláusulas constitucionales "europeas", alcanzándose la fundamental conclusión de que las mismas no han supuesto quiebra alguna de la disciplina general de producción normativa en lo que se refiere a las operaciones de ejecución interna del Derecho Europeo. En el cuarto y último capítulo, en fin, se analiza el sistema italiano de ejecución de las políticas europeas mediante normas reglamentarias y la posible toma en consideración del mismo para la formulación de propuestas de lege ferenda en relación con el Derecho Español.
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Beglaubigte Abschrift des Zollgesetzes und Zolltarifs von 1846 (mit deutscher Übersetzung des letzteren) durch das Consulado General de la Republica del Ecuador in Hamburg
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La lógica del mercado y al cambio de modelo de desarrollo en América Latina, en el intento de poder competir a nivel mundial, ha agudizado las disparidades y el deterioro ambiental. La presión que ejercen las grandes empresas y ciertos grupos con poder, el enquistamiento de una estructura administrativa que puja por mantener esquemas tradicionales ya perimidos y la falta de planificación impiden atender uno de los problemas claves que plantea la economía en el territorio, el de la concentración y los desequilibrios territoriales. Surge entonces el Ordenamiento Territorial como alternativa válida para atenuar estos procesos y dar respuesta a la sociedad. El caso que se presenta pone en el tapete muchos de estos temas que hoy preocupan y puede servir como experiencia transferible y aplicable a otras realidades que buscan consolidar un desarrollo local sustentable. El ante-proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo para la provincia de Mendoza, República Argentina, es un instrumento elaborado en el año 2006 por el sector académico-científico que desde una visión interdisciplinaria incorpora fundamentos técnicos y aportes de los actores sociales involucrados. La metodología aplicada permite consensuar por la sociedad en su conjunto los principios que sustentan la Ley, determinar la aplicación de ciertos instrumentos para efectivizar acciones en el territorio y definir una forma innovadora de hacer política, gestionar y planificar el uso del suelo. La propuesta considera al Ordenamiento Territorial como una política de Estado que debe propiciar condiciones de gobernabilidad. Sus principios y normas priorizan la equidad y el bienestar general por encima de los intereses particulares así como también el respeto de los valores y costumbres de la sociedad. Surge de un proceso participativo y sus principios y fines responden a los problemas actuales. Incorpora una serie de instrumentos debidamente jerarquizados conforme a las competencias jurisdiccionales y existencia de distintas escalas geográficas, como también, instrumentos jurídicos y prácticas administrativas innovadoras que permiten la resolución de conflictos territoriales. Identifica además recursos financieros para implementarla y prioriza el fortalecimiento de los mecanismos de control para un funcionamiento más ágil y eficaz de la gestión pública. Sin embargo existen riesgos vinculados a la voluntad política y el poder económico que pueden impedir que esta utopía se transforme en realidad. Solo la participación social es la que puede lograr vencer los intereses en juego y conseguir la aprobación de la Ley. Si esto se consigue se habrá dado un paso muy importante a ser imitado, sin lugar a dudas, en otros lugares de Argentina y América Latina.
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La historia utiliza la línea del tiempo para poder ubicar cronológicamente los acontecimientos, que de alguna forma, nos permiten conocer y comprender etapas claves, que determinaron y condicionaron transformaciones y modificaciones de la vida política, económica y social. Estos cambios están impregnados de cuestiones filosóficas, éticas, epistemológicas, que no se dan al azar, sino que responden a un ideario y a líneas de pensamiento, sostenido y sustentado por la política de estado. En este marco general, la política educativa Argentina, ha tenido sus vaivenes. Comenzando desde la sanción de la Ley de Educación Común N° 1420 hasta la actualidad. Los discursos y las prácticas de la Educación Física escolar se fueron acomodando según la política educativa del momento. En el presente trabajo se realizará un cuadro comparativo de los distintos enfoques y conceptualizaciones entre la Ley de Educación Común N° 1420, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y la Ley de Educación Provincial N° 13.688. Se intentará visibilizar los posicionamientos de la Educación Física, como disciplina pedagógica, entre las mencionadas leyes
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El presente trabajo tiene como marco general la consideración de que el campo jurídico forma parte del espacio social en el que se juegan los conflictos de una comunidad, poniendo especial atención a la dimensión simbólica y a la significación real de la ley, es decir, a su efecto jurídico. El análisis de algunas fazañas del manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid permitirá poner de relieve la particular formulación simbólica del espacio que caracteriza estos textos jurídicos de mediados del siglo XIV. Este códice constituye uno de los mayores testimonios de un intento de formalización escrita del derecho señorial (consuetudinario) nunca fijado oficialmente en Castilla. Teniendo presente la representación del espacio en los textos jurídicos alfonsíes (especialmente las Siete Partidas) será especialmente productivo el análisis narrativo de los textos mencionados dado que allí se contraponen dos formas de impartir la justicia pero también de concebir el derecho y ordenar el mundo: el particularismo del derecho señorial y la concepción abstracta y universalista de la norma jurídica hacia la que tienden los códigos alfonsíes y que proporcionaría los fundamentos para la consolidación del Estado. Los textos incluidos en el manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid manifiestan, por su parte, una inclinación no por la abstracción teórica sino por un sentido concreto de justicia que privilegia el caso excepcional a la regla general, lo concreto a lo abstracto, lo local a lo universal que se pone de relieve en las fazañas, breves textos narrativos de carácter jurídico
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Se evaluó el nivel de conocimiento de la nueva Ley de bosque nativo y fomento forestal que poseen los pequeños propietarios forestales en dos territorios de la Cordillera de Nahuelbuta, en Chile. Para ello, se aplicó una encuesta a 53 personas (10 de las viviendas), que abordó cinco temas centrales: (1) uso del bosque nativo, (2) participación en redes sociales y acceso a la información, (3) conocimiento general de la Ley, (4) conocimiento respecto a la administración y (5) fomento de la Ley. Los resultados mostraron que: (1) el bosque nativo es usado para obtener productos madereros y no madereros, (2) las redes sociales y especialmente la radio son fundamentales para la transferencia de información, (3) tanto el conocimiento general de la Ley como (4) el nivel de conocimiento respecto de la administración de la Ley es insuficiente, y (5) se desconocen los trámites que deben efectuarse para obtener los beneficios de la Ley. Se concluye que: (1) el nivel de conocimiento de la Ley es insuficiente, (2) es fundamental estimular el uso de los instrumentos de esta Ley en la totalidad del territorio, de modo de garantizar el uso sustentable del recurso, y (3) la difusión de los beneficios de la Ley debe considerar las formas de comunicación tradicionales, el nivel de educación y la cultura de los espacios rurales