1000 resultados para LEY DE BANCADAS
Resumo:
Nueva Ley de organización escolar en Austria. Texto en francés
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Se analizan las intervenciones del Dr. Villar Palasí, Ministro de Educación y Ciencia en la Conferencia de Ministros Europeos de Ciencia, así como las de D. Ricardo Díez Hochleitner y la Dra. Galino Carrillo, en la Conferencia Internacional de Educación; los objetivos y conclusiones de estos actos. La Conferencia de Ministros Europeos de Ciencia se convocó para tratar una serie de temas relacionados con la investigación científica, desde la cooperación de la Universidad con otras instituciones investigadoras, hasta la cooperación científica a escala europea, su porvenir y sus posibilidades de desarrollo. Se concluyó con la necesidad de desarrollar la cooperación científica entre los países del continente, con objeto de contribuir a los grandes fines de la Humanidad: la paz, el bienestar y la comprensión mutua entre los países. En la XXXII Conferencia Internacional de Educación se debatieron los cambios producidos en la política educativa y en la escolarización. Se sometió a estudio la mejora de la eficacia de los sistemas de enseñanza por medio de la reducción del abandono de los estudios en todos los niveles de enseñanza y cómo la reforma educativa española intenta perseguir ésos fines. Por último, se analiza La Conferencia de la Unesco en Venecia, cuya finalidad fue la de formular el derecho del hombre a la cultura en la misma forma que se reconoce el derecho al trabajo y a la educación. En las conclusiones se insistió en dar un 'contenido cultural a la educación' y se mostró gran interés en la reforma educativa española.
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Texto en italiano
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Se exponen las implicaciones jurídicas del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en un centro educativo. El objetivo es destacar las áreas que requieren especial atención por ser las que más consecuencias jurídicas implican derivadas de la utilización de dichas tecnologías. Se analizan las cuestiones relacionadas con: la protección de datos de carácter personal, el comercio y la contratación electrónica, la firma electrónica, la propiedad intelectual e industrial con especial referencia a los nombres de dominio, y la publicidad en internet.
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Resumen basado en el de la publicación
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Esta Ley regulaba el que la Administración de las funciones cultural y docente ejercidas por el Ministerio de Educación Nacional, esté integrada por una gestión activa y una colaboración consultiva. La administración activa se dividió en central y local. El Ministerio de Educación Nacional, quedaba constituido por diversos organismos: Subsecretaría, Dirección General de Enseñanza Universitaria, Dirección General de Enseñanza Media, Dirección General de Enseñanzas Profesional y Técnica, Dirección General de Enseñanza Primaria, Dirección General de Bellas Artes y Dirección General de Archivos y Bibliotecas.
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Se transcribe la Orden de 30 de diciembre de 1943 con la que se considera en vigor el régimen económico prescrito en la Ley de Ordenación de la Universidad española y los Centros se deben atener a sus prescripciones en todo lo relativo a ellos.
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Publicación del discurso del secretario general técnico del Ministerio de Educación Nacional, en defensa del dictamen de la Comisión Nacional sobre la reforma de la ley de Enseñanza Primaria, en el que se resalta la necesidad de esta reforma para conseguir el objetivo de dignificar y elevar el nivel y calidad de este grado educativo. También, se publican las enmiendas presentadas en las Cortes al proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros, así como el texto exacto de los artículos que contienen los aspectos principales de la reforma de la Enseñanza Primaria.
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Se transcribe íntegramente el discurso pronunciado por el Ministro de Educación y Ciencia, José Luis Villar Palasí, durante la sesión del 28 de julio de 1970, donde fue aprobada por la Cámara la Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa .
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Texto aprobado por las Cortes Españolas en su sesión del 28 de julio de 1970, Boletín Oficial del Estado (BOE) de 6 y 7 de agosto de 1970.
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Se elabora una s??ntesis de la legislaci??n (decretos-ley, decretos, ??rdenes y resoluciones) de 1970 y 1971 promulgada, en aplicaci??n y desarrollo de la Ley General de Educaci??n y Financiamiento de la Reforma Educativa del 4 de agosto de 1970.
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Se elabora una síntesis de la legislación (decretos-ley, decretos, órdenes y resoluciones) de 1970 y 1971 promulgada, en aplicación y desarrollo de la Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa del 4 de agosto de 1970.
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Se describe el mundo propio en relación continua con el llamado mundo común; mediante dicha relación el mundo propio filtra aquella información que le sea propicia de acuerdo con su voluntad, el estado de su alma y las aptitudes del individuo. Estas tres últimas cualidades se entienden a la vez dentro de una jerarquía deontológica de bueno-malo que determinarán el mundo propio del individuo desde un punto de vista de relaciones instrumentales y de su sentido artístico.
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Es una ley oportuna, necesaria y urgente, que plantea la reforma del sistema educativo y que supone la expansión de la educación preescolar, la introducción de la educación general básica, obligatoria y gratuita y el reconocimiento de la libertad de elección del centro docente. En cuanto a la enseñanza superior, se divide en tres ciclos y se permite el acceso a ella de los alumnos de bachillerato, de formación profesional y a los mayores de veinticinco años que, sin titulación previa, superen las pruebas de acceso. Se dota de medios suficientes a la investigación universitaria, se propugna la participación activa de los estudiantes y con responsabilidad en las tareas conjuntas para conseguir la transformación de las estructuras universitarias y se concede autonomía a las universidades.
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La reforma educativa formula unos objetivos generales y otros específicos u operativos que ha de cumplir la educación general básica. Son tres los objetivos generales enumerados en la exposición de motivos de la Ley y deben estar acordes con los cambios socio-culturales producidos en el mundo actual. En cuanto a los objetivos específicos se dividen en dos: dominio cognoscitivo y dominio afectivo-moral concretados, en los planes y programas de estudios, en áreas de expresión. También, se definen los criterios fundamentales para la estructuración de programas y organización de los centros en la educación general básica, así como, la nueva organización interna de estos centros.