999 resultados para Equipo Demócrata Cristiano del Estado Español
Resumo:
El presente trabajo, surge de diversos cuestionamientos críticos sobre el por qué las mujeres son la mayoría de las víctimas de la trata de personas, el motivo por el cuál se habla de prostitución al referirse a la trata de mujeres, y el hecho de ser Colombia un preponderante país de origen de las víctimas de este delito. La justificación inicial para realizar este estudio, fue la creciente necesidad de más y mejores investigaciones sobre el tema de trata y explotación sexual femenina para el caso colombiano, en consecuencia, surgió la motivación como mujer, colombiana y estudiante a explicar este fenómeno desde un enfoque feminista.
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Este trabajo pretende hacer énfasis, en la dinámica participativa para el fortalecimiento de la capacidad institucional, y expresiones de voluntad política, en el marco de un conflicto armado, con relación a la Problemática del Desplazamiento. Para medir estas voluntades políticas y presencia participativa 4 de los integrantes en el proceso, se tomarán como base las propuestas de petición de fondos, previo estudio de los comités temáticos proporcionales a los componentes del Plan de Acción Humanitaria. En ese orden de ideas esta investigación pretenderá responder al siguiente cuestionamiento: ¿Qué efectos ha generado el Plan de Acción Humanitaria, en la participación y formulación de políticas para la atención a la población desplazada en ONG, el sistema de las Naciones Unidas y el Estado Colombiano
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Miguel Ospina decidió emigrar en 1996 de Colombia por la quiebra de su negocio. Frente a esta realidad y a la imposibilidad de encontrar un empleo donde su sueldo fuera superior al mínimo establecido por la ley, y ante la responsabilidad de tener dos hijos y una esposa que mantener, tomó la decisión de radicarse definitivamente en Israel. Al cabo de unos meses consiguió un trabajo en un pequeño supermercado francés en Tel Aviv, y aunque parecía que su situación económica se estabilizaba, su condición de ilegal lo llenaba de incertidumbre y miedo al pensar en una posible deportación. Hoy, más de diez años después, sigue trabajando duro para enviar dinero a sus hijos y esposa en Colombia y no incumplir su promesa y su responsabilidad de velar por ellos. En este lapso de tiempo no ha podido ver a su familia sino una sola vez. Admite, sin embargo, que no volverá al país, pues dice que el bienestar de su familia es lo primero, y además, tampoco cree estar listo para volver a enfrentar una situación parecida a la que vivió antes de partir.
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Este estudio se refiere a la figura del Relator Especial sobre la situación de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de los pueblos indígenas, quien después de recibir la invitación del Estado, visitó el terreno y habló con las principales autoridades del tema tanto gubernamentales como de las comunidades y los grupos nacionales, para verificar la situación de los pueblos indígenas. En su visita a Colombia en el año 2004 produjo una serie de recomendaciones que invitaban al Estado colombiano a acatarlas por medio de reformas constitucionales, legislación e implementación de leyes en materia de promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas, así como del seguimiento de diversas normas internacionales y decisiones de los organismos encargados de velar por el cumplimiento de los convenios y tratados sobre el tema adaptados por Colombia.
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La Convención de Ottawa de 1998 -sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas Antipersonal y sobre su destrucción- hace parte de la respuesta internacional a la crisis de índole humanitaria originada por la expansión mundial de este tipo de armamentos. Este tipo de enemigo invisible se encuentra en más de 70 países, generando uno de los problemas humanitarios más graves y acuciantes de todos los tiempos que el ser humano haya podido padecer. Por lo anterior, al menos 90 países de los cuales hizo parte Colombia, se reunieron voluntariamente en 1997 a negociar un Tratado (de Ottawa) y que a la postre se ha convertido en un gran logro ya que por vez primera los países acordaron de conformidad con el Derecho Internacional Humanitario el cese total de la producción, almacenamiento, utilización de estos artefactos explosivos. Pese a la prohibición general impuesta por la Convención de Ottawa, la cual es válida de igual forma para todos los actores armados en el conflicto, hoy día se continúa registrando en el país un aumento generalizado en la utilización de minas. Es por ello, que el presente trabajo pretende identificar particularmente las principales limitaciones y obstáculos que se han presentado para que el Gobierno colombiano de cumplimiento satisfactorio en los tiempos estipulados con los compromisos adquiridos en dicho Tratado Internacional.
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Esta monografía es un análisis del manejo geopolítico de la órbita geoestacionaria (GEO) por parte del Estado colombiano, a partir de la determinación de la política de prestigio implementada por el gobierno, respecto al Derecho del Espacio Ultraterrestre, como elemento determinante de su estrategia de incursión en el escenario internacional. De esta manera, el documento pretende analizar las implicaciones que ha tenido en la construcción del poder nacional del Estado, el manejo geopolítico de la GEO, como un punto necesario en el diseño de una sólida y eficiente política exterior así como su correspondiente estrategia de incursión en el escenario internacional. Con base en lo anterior, se plantean como finalidades particulares del análisis, el establecer cuáles son las condicionantes geopolíticas en términos tecnológicos, comerciales y de soberanía de la GEO; Examinar el régimen de influencia que ejercen los intereses prioritarios de las potencias que usan el espacio de la GEO en la definición interna del manejo del espacio ultraterrestre y la política exterior, en función del manejo del espacio de la GEO correspondiente a Colombia; Analizar cual ha sido la respuesta política y diplomática de Colombia frente al problema de sus derechos de usufructo comercial y científico de la GEO; y por último, presentar a manera de conclusiones y recomendaciones, los elementos que deben incorporarse en la actual política exterior en función de una correcta proyección geopolítica del Estado Colombiano en materia de utilización de la GEO.
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La cada vez más creciente posibilidad de reinserción a la sociedad, por parte de miembros de los grupos alzados en armas, pone de presente la importancia de dejar claro qué se puede negociar y qué no. Por lo anterior, es fundamental determinar los parámetros mínimos para que un proceso de este tipo no redunde en impunidad. El objetivo del presente trabajo, es establecer esos parámetros mínimos de negociación, desde una perspectiva internacional o, más exactamente, desde el enfoque regional del Sistema de Protección y Promoción de los Derechos Humanos, esto implica revisar cuidadosamente la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
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Dados los grandes cambios y desarrollos científicos, económicos y sociales, la industria ha generado avances tecnológicos de gran magnitud que contribuyen con el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes. A pesar de las buenas contribuciones que conlleva dicho desarrollo, se puede ver que soporta igualmente un sacrificio ambiental y social para hacerlos posibles. De acuerdo con el principio que establece la primacía del interés general sobre el particular, se han tolerado legalmente algunos daños ocasionados a los administrados en beneficio de la comunidad; pero lo anterior no puede desconocer las situaciones en las cuales se generan perjuicios que no deben ser soportados por la comunidad. Igualmente, la Constitución política establece mecanismos de protección en cabeza de todas las personas con el fin de proteger sus derechos, dentro de los cuales se encuentran los derechos de tercera generación. Estos derechos son protegidos a través de la acción popular como mecanismo idóneo, eficaz y directo, el cual busca su restablecimiento.
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Introducción: Los pacientes con lesiones térmicas presentan alteraciones fisiológicas complejas que hacen difícil la caracterización del estado ácido-base y así mismo alteraciones electrolíticas e hipoalbuminemia que pudieran estar relacionados con un peor pronóstico. Se ha estudiado la base déficit (BD) y el lactato, encontrando una gran divergencia en los resultados. Por lo anterior, el análisis físico-químico del estado ácido-base podría tener un rendimiento superior a los métodos tradicionales. Metodología: Se realizó el análisis de una serie de casos de 15 pacientes mayores de 15 años, con superficie corporal quemada mayor al 20% que ingresaron a una unidad de cuidado intensivo (UCI) de quemados, dentro de las siguientes 48 horas del trauma. Para el análisis se utilizaron tres métodos distintos: 1) método convencional basado en la teoría de Henderson-Hasselbalch, 2) anión-gap (AG) y anión-gap corregido por albúmina, 3) análisis físico-químico del estado ácido-base según la teoría de Stewart modificado por Fencl y Figge. Resultados: Por el método de Henderson-Hasselbalch, 8 pacientes cursaron con acidosis metabólica, 4 pacientes con una BD leve, 5 pacientes con una BD moderada y 5 pacientes con una BD severa. El AG resultó menor a 16 mmol/dl en 10 pacientes, pero al corregirlo por albumina sólo 2 pacientes cursaron con AG normal. La diferencia de iones fuertes (DIF) se encontraba anormalmente elevada en la totalidad de los pacientes. Conclusión:El análisis del AG corregido por albumina y el análisis físico-químico del estado ácido-base, podrían tener mayor rendimiento al identificar las alteraciones metabólicas de estos pacientes.
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Analizar el fenómeno de la responsabilidad del Estado causada por los hechos del legislador ha sido un trabajo desarrollado tanto por la doctrina como por la jurisprudencia internacional a mediados del siglo xx. En Francia, por ejemplo, se presentó el primer antecedente jurisprudencial en el año de 1934. En España, su estudio empezó a gestionarse con la promulgación de la Constitución de 1978, dándose el primer fallo judicial en elaño de 1993. Para el caso colombiano, la Constitución de 1991 introdujo en su artículo 90 el fundamento constitucional de la responsabilidad patrimonial del Estado, sin que esto significase que la jurisprudencia del Consejo de Estado encontrase las bases de esta responsabilidad en diferentes disposiciones de la Constitución de 1886, tales como los artículos 2º, 16 y 30, que consagró el principio de legalidad del Estado para proteger la vida, honra y bienes de los ciudadanos, y garantizar la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con el título de derecho. Sin embargo, los primeros fallos relacionados con este título de imputación en Colombia fueron emitidos por el máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo colombiano en el año de 1998 y por la Corte Constitucional a través de la Sentencia C-038 de 2006, providencia judicial que estableció algunas de las características que posee esta figura jurídica.
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El desplazamiento forzado es un fenómeno urgente de nuevas lecturas que permitan arribar a soluciones adecuadas. Desde la perspectiva jurídica, es posible plantearlo a partir de un examen de la responsabilidad estatal por falla del servicio en el diseño e implementación de la política pública, entendiendo por falla aquel evento de atribución de perjuicios por omisión en el cumplimiento –posible– de un deber jurídico. Sin embargo, la revisión del proceso de la política, antes y después de la declaratoria de estado de cosas inconstitucional, muestra los cortos alcances de la institución de la responsabilidad patrimonial, por lo que es necesario habilitar esta vía de exigibilidad de derechos haciendo uso de nuevos aparatos conceptuales.
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En este artículo se analizarán los criterios que han elaborado la doctrina y la jurisprudencia nacionales e internacionales respecto de la adecuación de la responsabilidad del Estado a parámetros que ha determinado el sistema interamericano de derechos humanos, con el fin de evidenciar la disposición del sistema judicial colombiano para cumplir con los deberes de respeto y garantía a estos derechos.
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