1000 resultados para IMPUESTO A LA RENTA


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A través del presente escrito pretendemos realizar una explicación somera acerca de las decisiones jurisprudenciales emanadas del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA), con ocasión de las solicitudes de interpretación prejudicial presentadas en torno a algunos artículos de la Decisión 388 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, referida a la armonización del impuesto sobre el valor agregado en la Comunidad. Con tal objeto, en primer término, anotamos algunos rasgos de la siempre problemática realidad que envuelve a los procesos de integración entre estados; luego explicamos un conjunto de cuestiones inherentes a los procesos de armonización legislativa necesarios en el ámbito de las integraciones supranacionales; seguidamente, revisamos los aspectos más trascendentes del proceso de armonización del impuesto sobre al valor agregado en la Comunidad Andina, así como los avances en la emanación de normas comunitarias sobre la materia; continuamos con la referencia y análisis crítico de varios contenidos problemáticos encontrados en sentencias de interpretación prejudicial sobre la Decisión 388, antes citada. Al concluir, hacemos constar algunos comentarios sobre la temática examinada.

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Realiza una revisión y análisis de las nueve reformas efectuadas al sistema tributario ecuatoriano a partir de la promulgación de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, publicada en Registro Oficial No. 242 del 29 de diciembre de 2007 hasta la publicación en el Registro Oficial Nº 583 del 24 de noviembre del 2011 de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado. La promulgación de cualquier reforma legal, especialmente las de carácter tributario, genera un gran interés en las partes involucradas, debido a la incidencia que éstas pueden representar en sus actividades; los contribuyentes buscan conocer el texto de las reformas y familiarizarse con el mismo a fin de evitar los riesgos del desconocimiento e incumplimiento de sus nuevas responsabilidades tributarias. La revisión de las reformas está en función de los cambios introducidos en los aspectos relacionados con los impuestos indirectos de recaudación nacional más representativos como son el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a los Consumos Especiales; su incidencia recaudatoria comparándola con periodos anteriores y posteriores a la adopción de las nuevas normas; y, el apego de la nueva normativa a los Principios Tributarios Constitucionales. El pagar los impuestos es nuestra contribución real a la economía del país, es un deber legal y moral que le permite al Estado cumplir con sus responsabilidades que van en beneficio de todos los ciudadanos; aunque en ciertas ocasiones el pago de impuestos puede ocasionar malestar es deber de todos formarnos en cultura tributaria, para de esta manera asegurar y mantener la estabilidad económica del Estado

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Este trabajo investigativo pretende realizar un aporte sobre la devolución del Impuesto al Valor Agregado, en cuanto al aspecto normativo y jurisprudencial, a fin de evidenciar cuál ha sido la tendencia de la Administración de Justicia en la aplicación de interpretación de la normativa referente al tema. Introductoriamente realizo un aporte normativo de forma general sobre el Impuesto al Valor Agregado, a fin de centrarnos en los parámetros de este tributo, para posteriormente centrarme en la normativa aplicable a la devolución del IVA a diferentes grupos en atención a distintas razones que son referidas en su análisis. Concluyo la tesis realizando un aporte sobre los principales fallos de casación. El desarrollo completo y pormenorizado del análisis de la evolución jurisprudencial en materia de devolución de IVA en el Ecuador, resulta imposible de realizarlo en una Tesis de postgrado, dada su limitada extensión (en cuanto a número de páginas permitidas), sin embargo, el presente trabajo investigativo, pretende demostrar ejemplificativamente cuáles han sido los principales pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia –en su momento- y de la actual Corte Nacional de Justicia, relativos a este tema, contrastándolos con la normativa aplicable de acuerdo al período fiscal del cual trate el asunto que fue litigado ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal y cuya sentencia ha sido analizada en Recurso de Casación por la Corte. Realizo también una relación con la normativa comunitaria y las interpretaciones prejudiciales de la Comunidad Andina, en lo aplicable.

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La “Ley Orgánica de Redistribución de los Ingresos para el Gasto Social” aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial Suplemento 847 del 10 de diciembre de 2012, es el objeto principal de esta investigación. La forma en la que fue planteada, el proceso seguido hasta su aprobación, y la esencia misma de la Ley, dejan dudas respecto de la constitucionalidad de la norma. Para el análisis ha sido necesario referirse tanto a los principios constitucionales como a los principios legales y a aquellos comunes a la generalidad del Derecho, previo a un análisis de la protección jurídicoconstitucional del contribuyente. Se hace referencia a dos fuentes del Derecho, la Constitución y los Acuerdos Internacionales, específicamente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los mismos que consagran el principio de igualdad ante la ley y no discriminación de personas, grupos o comunidades, que es aplicable en cualquier situación jurídica. El principio de igualdad, es en nuestra constitución, un principio de aplicación de los derechos fundamentales, y por tanto antecede a la igualdad tributaria, en cuanto exige una actitud de los poderes públicos contra la discriminación y un imperativo de su actuación para el legislativo. El trabajo incluye una visión del sistema económico político y social imperante antes de la reforma legal; un examen de la Ley y las diferentes facetas de la carga tributaria y de las sanciones previstas; un análisis de las finanzas públicas, del gasto social y de los efectos de la Ley en la economía, así como la incidencia de los impuestos; y, un estudio sobre el papel del sistema financiero en la economía y el marco de regulación y control al que está sujeto. Al final se ensaya una perspectiva sobre la economía para el 2014, advirtiéndose las señales que inquietan al inversionista y los riesgos sistémicos sobre los cuales las autoridades de control deben tomar atención especial. Se realiza un breve análisis sobre hechos subsecuentes, como la aprobación del Código Monetario y Financiero por parte de la Asamblea Nacional. Tanto en el campo del Derecho, como en el de la Economía, se recurre a criterios de destacados expertos que han enriquecido la investigación.

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El presente trabajo de investigación procura dar a conocer las causas y efectos de la contaminación ambiental en el desarrollo de nuestras actividades, así como, las medidas de protección ambiental y su conexión con el sistema tributario, fundamentando la teoría con las experiencias de los países europeos que implementaron a su tributación, imposición ambiental como instrumentos económicos, para limitar los efectos ambientales que producen los gases de efecto invernadero y al mismo tiempo contar con los recursos necesarios que ayuden en la búsqueda de soluciones adecuadas. En la actualidad la preocupación de las autoridades para resarcir en parte el daño causado a nuestro medio; ha ocasionado que se empiece a adoptar impuestos ambientales como política social y económica, considerando los convenios internacionales, así como, los principales lineamientos y directrices que han sido emitidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Las experiencias en países como Perú, Costa Rica y México han sido fundamentales para desarrollar nuestra propuesta de mejoramiento del actual Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular, puesto que, su eficiencia se ha medido por el desarrollo institucional en materia ambiental. La propuesta de mejoramiento que se ha desarrollado en la presente investigación, se ha enfocado desde la perspectiva por cumplir con responsabilidad las políticas del buen vivir y el derecho de los ecuatorianos para habitar en un ambiente sano, buscando con ello se graven las emisiones contaminantes y se pueda reflejar su verdadero costo ambiental, estableciendo una relación jurídica tributaria vinculante entre el Sujeto Activo, representado por el Estado y el Sujeto Pasivo por los contribuyentes, aprovechando las ventajas que ofrece el empleo de tributos ambientales como un medio para disminuir la contaminación y asegurando además que no existan exoneraciones dentro de las políticas fiscales o que el pago del tributo brinde el derecho a contaminar.

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La elaboración del presente trabajo “El valor en riesgo condicional como herramienta en la gestión de riesgos del portafolio de renta fija de un fondo previsional ecuatoriano”, responde a la necesidad de entender como la aplicación de la metodología del valor en riesgo condicional en un portafolio de inversiones de un fondo previsional ecuatoriano, conformado por títulos de renta fija, contribuirá al control del riesgo de mercado. Se determinala aplicabilidad práctica del uso del valor en riesgo condicional, en un portafolio de inversiones constituido por títulos de renta fija que se negocian en el mercado de valores, de un fondo previsional complementario ecuatoriano. Se analizala evolución del índice de rendimiento de la Bolsa de Valores como medida del rendimiento del mercado de los títulos negociados en el mercado bursátil y se determinará un portafolio de inversiones de renta fija con títulos negociados en ese mercado. Por medio de la metodología paramétrica de varianzas y covarianzas se determinará el VaR y CVaR del portafolio y con la metodología no paramétrica de simulación histórica, se determinarán las ganancias y pérdidas diarias del portafolio y se estimará el VaR y CVaR de la distribución. Se proponen parámetros y políticas que permitan estimar el riesgo de mercado utilizando el CVaR como medida complementaria que cuantifica las pérdidas que se pueden encontrar en las colas de distribución. El CVaR se constituye en una medida que complementa al VaR ya que considera los valores que se encuentran en la cola de la distribución una vez superado el umbral del VaR. Finalmente, se recomienda utilizar el CVaR como medida para cuantificar las pérdidas que podría sufrir un portafolio de activos financieros, ya que incorpora en un solo valor la pérdida esperada y la pérdida media inesperada de un portafolio, constituyéndose en un mecanismo de alerta temprana para la toma de decisiones que disminuyan el impacto de la potencial pérdida del portafolio.

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Son múltiples las formas de imposición que están relacionadas con la actividad económica, materializada en hechos, actos, contratos y situaciones, constituyendo una fuente rica de ingresos para el erario fiscal; en lo local, la tendencia histórica ha sido gravar estas actividades que se realicen de manera permanente, con estas consideraciones se establece el impuesto de patente. En la época medieval, los señores feudales otorgaban una carta –patente- que consistía en una autorización al súbdito para ejercer determinadas actividades de comercio, industria u oficio. En el Ecuador en 1917 aparece la patente como la concesión o permiso para la venta de timbres postales y, será en la Ley de Régimen Municipal publicada en el Registro Oficial No. 680 de 31 de enero de 1966, que se instaura la obligación de obtener la patente para todos los comerciantes e industriales, mientras que en otros países del continente, se grava a la actividad económica con la patente de industria y comercio o el impuesto al activo. La Administración Tributaria Municipal, basa su clasificación económica para efecto de determinar el valor a satisfacer por patente para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme a todas las Actividades Económicas (CIIU), mientras que para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad se establece en función del capital o patrimonio, entendido como la diferencia entre el activo y el pasivo. Este impuesto aglutina dos situaciones que se concatenan entre sí, por una parte hay el requerimiento de inscripción de la actividad económica en un catastro municipal, con lo que se obtiene el permiso para ejercer la actividad, y por otra se satisface un gravamen previo una declaración, con lo que se habilita la autorización. Por la actuación subjetiva en muchos casos y los parámetros de determinación presuntiva dispuestos por la Dirección Metropolitana Tributaria del DM de Quito, se han emitido títulos de crédito que han originado múltiples reclamos, en especial del ejercicio económico 2013, lo que demanda mejoras en el accionar de la gestión tributaria municipal, para lo cual emito recomendaciones y propongo un proyecto de ley que reforme y acopie en un solo sistema impositivo, impuestos fiscales y locales a las actividades económicas: renta, patente y 1.5 por mil a los activos totales.

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El principal objetivo de esta investigación es determinar si es o no conveniente para los intereses del país que el sector público pague la tarifa 12% del IVA. A partir de esta premisa se han generado un sinnúmero de controversias en la esfera tributaria y en torno a ellas ha existido una serie de reformas especialmente a partir de finales de los años 80, ya que para muchos no es conveniente que este sector pague el IVA, pero de acuerdo a las políticas del Servicio de Rentas Internas (SRI), este tema viene a constituirse en un pilar de indudable importancia en el aspecto de control, porque se convierte en un vehículo para llegar a los proveedores del sector público; puesto que con el pago del impuesto al valor agregado (IVA) las instituciones públicas tienen derecho a la devolución del mismo y esta se constituye en un proceso de control y cruce de información de enorme vaa para la gestión de la Administración Tributaria. En primera instancia se realizará una revisión de la historia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a nivel mundial y en nuestro país; se analizarán los períodos con la Tarifa 12% y 0% del IVA para el Sector Público y su normativa. Otro tema a analizar es la devolución del IVA al Sector Público, estudio mediante el cual podremos visualizar los procedimientos por medio de los cuales la Administración Tributaria lleva a cabo una de sus potestades (ejercer las funciones de control, inspección y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de conformidad con el ordenamiento jurídico tributario); esta investigación nos llevaa despejar muchas dudas que en ningún nivel han sido resueltas, aquí serán analizadas las recaudaciones obtenidas en los períodos en los que el sector público ha pagado la tarifa 12% del IVA y los períodos en los cuales ha tenido tarifa 0%, así como su incidencia en el presupuesto general del Estado.

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La legalidad y reserva de ley a la luz del régimen del impuesto predial y sus exenciones en el Ecuador, es un tema poco tratado en el país a pesar de que el impuesto en referencia es uno de los mayores representantes de la tributación de los gobiernos autónomos descentralizados municipales o distritales. Se trazó como objetivos de esta investigación: establecer cómo se maneja el principio de legalidad y de reserva de ley en el régimen tributario seccional ecuatoriano; conocer el origen y evolución del impuesto predial en el Ecuador; asimismo establecer cómo está determinado el impuesto predial en el Ecuador; y, examinar si el régimen de exenciones del impuesto predial en el Ecuador responde a los principios de legalidad y reserva de ley. Esta investigación ha permitido cubrir con suficiencia los objetivos planteados. Sin embargo, es menester dar a conocer que al respecto hay poco estudio sobre esta realidad dentro del país, por eso se ha acudido a fuentes de otros países, que nos ha permitido incluso comparar lo que ocurre en nuestro ordenamiento jurídico. El afán de este trabajo investigativo es enriquecer la labor diaria de los gobiernos autónomos descentralizados municipales y distritales en cuanto a la aplicación del régimen de exenciones del impuesto predial y de esa manera mejorar el trato hacia los contribuyentes. Se puede apreciar que los principios de legalidad y reserva de ley son los que dan vida al régimen de exenciones del pago del impuesto predial en nuestro país, aunque el trabajo legislativo no ha podido interpretar esta relación jurídica en su dimensión total. Se han revelado grandes esfuerzos pero no han sido suficientes para que el régimen de exenciones del impuesto predial se consolide. La experiencia adquirida como funcionaria de la Administración Municipal y también la oportunidad de ser contribuyente, ha permitido que se aporte en esta tesis con ideas para que las administraciones seccionales puedan elaborar de mejor manera sus planes de gestión, y consideren con mayor acierto la concesión de exenciones del pago del impuesto predial, tomando en cuenta el significado real del gasto fiscal en el que se incurre al hacerlo.

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