985 resultados para Contrato de administração com custo alvo


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Este trabajo tiene el objeto de exponer respecto al contrato de franquicia, en función de los lineamientos básicos que se deben regular para poder incorporar un capítulo específico en el código de comercio de Bolivia, ya que en la legislación boliviana tiene el carácter de ser un contrato atípico. Este trabajo contiene la evolución histórica de la franquicia en el mundo y en Bolivia. La conocemos actualmente gracias a lo sucedido en 1850, con la empresa Singer Sewing Machine Company quien decidió otorgar franquicias a empresarios independientes interesados en comercializar sus máquinas de coser. Sumándose a ésta tenemos a General Motors en 1898 que adoptó el mismo sistema. Así mismo Coca-Cola en 1899 otorgo varias franquicias para el embotellamiento de su producto, sembrando así las bases del actual sistema de franquicias. El concepto de franquicia, características, terminación, entre otros elementos fundamentales de esta figura, forman parte del primer capítulo el cual proporciona las bases para poder comprender todo lo que implica este formato de negocios. Una definición general sobre la franquicia seria: un sistema de colaboración entre dos partes jurídicamente independientes, vinculadas entre sí a través de un contrato mediante el cual una de las partes, denominada franquiciante, cede a otra parte, denominada franquiciado, cambio de cierta remuneración económica, el derecho a utilizar su marca comercial y su "saber-hacer" empresarial, por un tiempo limitado y en un territorio determinado. Luego del primer capítulo se pasa a revisar los lineamientos fundamentales que se deberían regular para una futura incorporación de este tipo de contrato a la legislación boliviana. Entre estos elementos importantes se ha considerado en el análisis la información previa de la franquicia, el idioma del contrato, la cláusula de no competencia, las cláusulas abusivas, la ley y foro aplicable al contrato, y por último, las formas alternativas de resolución de conflictos, como son la mediación y el arbitraje.

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La construcción de una CIENCIA auténticamente humana, socialmente justa, culturalmente plural, ecológicamente sustentable y científicamente rigurosa, no es un problema que se va a dirimir principalmente en los cenáculos de la academia, ni en las cúpulas de la política, sino en espacios de construcción colectiva, apoyados en la voluntad y la opinión de los pueblos y las organizaciones que representan sus sueños e intereses estratégicos.

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El objetivo primordial de la presente investigación, reside en identificar el régimen jurídico del contrato por el cual se modulan los servicios de certificación reconocida de firma electrónica entre empresarios, es decir, el titular de firma electrónica reconocida (Firmante/Suscriptor) y el prestador de servicios de certificación (PSC), de conformidad con la legislación española y comunitaria europea. A objeto de identificar sus características esenciales, la naturaleza jurídica, el contenido contractual así como la disciplina normativa que resulta aplicable a este negocio jurídico, nuestro estudio ha sido fragmentado en cinco Capítulos. Iniciamos el Capítulo Primero exponiendo las nociones generales así como los antecedentes históricos, técnicos y legislativos que hacen al negocio jurídico objeto de estudio, pasando inmediatamente después a describir la función económica que éste cumple. Luego, en una aproximación preliminar bosquejaremos su definición inicial, diferenciándolo de otros contratos de certificación especiales, para culminar efectuando una descripción de la práctica habitual de la certificación reconocida, delimitando de entrada el contenido del contrato que se ha tomado en cuenta para nuestra investigación. Posteriormente en el Capítulo Segundo concebimos el concepto del contrato que nos ocupa, identificando los caracteres particulares que denota, lo que finalmente nos permitirá establecer su naturaleza jurídica. A poco, nos detendremos en la tarea de identificar el marco legal en que se desenvuelve la certificación reconocida, determinando la normativa que le resulta aplicable y describiendo el modo en que se produce su integración en el contrato. El Capítulo Tercero se ha destinado para el análisis de los elementos subjetivos (determinando los requisitos de capacidad del PSC, Firmante/Suscriptor y el Usuario verificador del certificado reconocido), los elementos objetivos (Certificado reconocido, Datos y Dispositivos, tanto de creación como de verificación de firma electrónica), para finalmente efectuar las consideraciones pertinentes con relación a los elementos formales del contrato. Solventadas estas cuestiones en el Capítulo Cuarto revisaremos las distintas etapas el iter contractual, haciendo notar que las mismas se verifican unas veces en línea (on line) y otras fuera de línea (off line), desde la fase de formación o preparación del contrato, atravesando por el momento de su perfeccionamiento y desembocando finalmente en el período de ejecución del negocio jurídico, donde nos abocaremos al estudio detallado de su contenido, identificando el conjunto de obligaciones que atingen a cada uno de los sujetos involucrados en la certificación reconocida. El Capítulo Quinto se ha reservado para efectuar un análisis de las hipótesis de responsabilidad civil del PSC derivadas de los servicios de certificación reconocida, identificando su origen (contractual o extracontractual), determinando su naturaleza (objetiva o subjetiva) y detectando los supuestos de limitación y/o exoneración a la responsabilidad del PSC. Para completar nuestro estudio, efectuamos un somero repaso de la responsabilidad civil emergente para el Firmante/Suscriptor. Finalmente abordaremos las conclusiones generales que se desprenden de nuestra investigación, identificando una posible nueva clasificación del comercio electrónico atendiendo precisamente a la forma de contratación.

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La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública fue dictada por la Asamblea Nacional Constituyente de Montecristi en el mes de agosto del año 2008, meses antes de que sea expedida la actual Constitución de la República del Ecuador, lo que ha hecho que existan ciertas incongruencias entre los dos cuerpos normativos. Múltiples problemas se han suscitado desde que esta ley entró en vigencia, debido en gran parte al profundo desconocimiento que existe sobre la materia de parte de todos quienes pasaron a integrar el Sistema Nacional de Contratación Pública. Es por ello que hemos entendido necesario hacer un breve análisis de uno de los aspectos más relevantes de la materia, como son los actos administrativos emanados de las entidades contratantes: sus elementos, características y naturaleza jurídica; así como los mecanismos con los que cuentan las entidades y los particulares para dejarlos sin efecto por diversos motivos, y los medios con los que cuentan los administrados para defenderse en caso de que vean vulnerados sus intereses o el interés colectivo. Adicionalmente hemos pensado pertinente analizar un caso práctico y su desarrollo dentro del ordenamiento jurídico vigente, a fin de entender mejor el proceder de los oferentes, entidades y autoridades de control.

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Por medio del presente trabajo investigativo pretendemos analizar el momento en que el contrato celebrado por medios electrónicos se considera perfeccionado, sirviéndonos de un análisis comparado de las legislaciones de los países miembros de la Comunidad Andina; Ecuador, Colombia, Perú y Bolivia, aterrizaremos específicamente en las modalidades más comunes de contratación telemática; contratos celebrados por medios de portales web, contratos celebrados por medio de videoconferencias y contratos celebrados por medio de correos electrónicos. El resultado del análisis normativo comparado nos permitirá identificar las similitudes y diferencias entre las legislaciones referidas, para de allí, identificar las posibilidades que la técnica legislativa nos ofrezca de caminar hacia procesos, según corresponda, de armonización o de unificación legislativa en el marco de la normativa comunitaria andina.

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Partiendo de la premisa que en nuestra legislación existe la subcapitalización como figura ilícita y la infracapitalización como figura lícita; la presente investigación se centra en establecer si mediante la suscripción de un contrato de mutuo entre partes relaciones se incurre automáticamente en una subcapitalización ilícita, tal como lo establece la normativa ecuatoriana, o si por el contrario, se configura una infracapitalización o subcapitalización lícita, partiendo del hecho que la prestamista cuenta con capacidad de endeudamiento y cumple con la obligación de pago como crédito subordinado que nace de la relación contractual, sin simulación. Con la finalidad de obtener la respuesta adecuada a la interrogante que planteo en este trabajo, se explicará el contenido doctrinario, jurídico y casuístico de la tema planteado con la finalidad de establecer si la existe una subcapitalización lícita descrita y permitida por la normativa ecuatoriana y paralelamente, se determinará cuál es la conducta adoptada por las autoridades en los casos planteados.

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El objetivo central de este trabajo es analizar los efectos de las cláusulas exorbitantes del contrato administrativo con el principio de autonomía de la voluntad de las partes. En el primer capítulo se desarrollan criterios doctrinarios sobre el contrato administrativo, analizando sus principios, elementos, formación y características, entre éstas, las cláusulas exorbitantes. Así mismo, en este apartado analizamos desde el punto de vista doctrinal a las principales cláusulas exorbitantes y el principio de la autonomía de la voluntad de las partes en los contratos en general. En el segundo capítulo nos adentramos en los efectos de las cláusulas exorbitantes del contrato administrativo, y en el principio de la autonomía de la voluntad de las partes en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. Concluimos el trabajo con un análisis que tiene el propósito de dilucidar que las cláusulas denominadas por la doctrina como exorbitantes, en el fondo obedecen a los acuerdos objetivos de las partes, por tanto con la estipulación de aquellas no se transgrede el principio de la autonomía de la voluntad.

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«La soberanía reside en el pueblo». En este precepto descansa el sistema democrático; sin embargo, en sociedades con una elevada desigualdad social, la participación del pueblo en la toma de decisiones mediante canales institucionales es casi inexistente. Las acciones colectivas y los movimientos sociales surgen, en estos contextos, como la única oportunidad de quienes han sido excluidos del debate político para hacer escuchar su voz. La protesta social ha conseguido en Ecuador la inclusión o ampliación de derechos en la Constitución y la ley, detener la agenda neoliberal e inclusive revocar de facto el mandato a tres presidentes de la república. La participación popular no institucional en la conducción de los asuntos públicos fue reconocida en la Constitución mediante el derecho a la resistencia. Sin embargo, la otra cara es la criminalización de la protesta. Sucesivos gobiernos han utilizado al derecho penal como herramienta de amedrentamiento y desmovilización de los movimientos sociales. El presente trabajo analiza la interrelación del derecho a la resistencia y la criminalización. En él se defiende que la constitucionalización del derecho a la resistencia genera consecuencias jurídicas que alteran el sistema de fuentes del derecho, la aplicación del derecho penal e inclusive la forma en que se conciben los conceptos de participación política y democracia.

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A leishmaniose tegumentar americana é uma doença que acomete a pele e as mucosas das vias aerodigestivas superiores. Os antimoniais pentavalentes vêm sendo empregados há muitas décadas como fármacos de primeira linha para o seu tratamento. Pacientes com poucas lesões cutâneas, com impossibilidade de receber medicação parenteral regular ou com sinais de toxicidade importante ao antimonial por via sistêmica, podem ser submetidos ao tratamento intralesional com antimoniato de meglumina. Objetivos: descrever a eficácia e a segurança do antimoniato de meglumina administrado por via intralesional, para o tratamento da leishmaniose cutânea. Método: Foi realizado um estudo descritivo, retrospectivo, tipo série de casos, de pacientes atendidos no Laboratório de Vigilância em Leishmanioses do Instituto de Pesquisa Clínica Evandro Chagas \2013 FIOCRUZ, de 2002 até julho de 2011, que tivessem sido tratados para leishmaniose cutânea com aplicação intralesional de antimoniato de meglumina, após tratamento sistêmico com o mesmo fármaco Além disso, relatamos dois casos especiais de pacientes tratados com antimoniato de meglumina intralesional: o primeiro, de um paciente que apresentou resistência ao antimoniato de meglumina sistêmico e intralesional, não tolerou anfotericina B e respondeu apenas à pentamidina. O outro, de paciente com eczema generalizado após antimoniato de meglumina sistêmico e que desenvolveu eczema bolhoso em local de aplicação intralesional do mesmo fármaco. Resultados: Pacientes com leishmaniose cutânea apresentaram boa resposta terapêutica ao antimoniato de meglumina administrado por via intralesional com um mínimo de efeitos adversos, geralmente sem necessidade de mudar o fármaco para outros de mais difícil administração e alto custo, e sem desenvolvimento de lesões mucosas. Medicamentos de segunda ou terceira escolha são eficazes, na ausência de resposta prévia ao antimoniato de meglumina sistêmico e intralesional. A via intralesional deve ser evitada em caso de farmacodermia ao antimoniato de meglumina sistêmico

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O artigo busca explanar as estratégias de administração da educação pública desenvolvidas na cidade do Rio de Janeiro entre 1922 e 1935. Examinando as políticas públicas de educação, durante as administrações de Antônio Carneiro Leão (1922-1926), Fernando de Azevedo (1927-1930) e Anísio Teixeira (1931-1935), apresenta as mudanças ocorridas na organização da Diretoria Geral de Instrução Pública. Na complexa rede de instituições e saberes, visando reformar a estrutura administrativa da educação, a ampliação das agências de Estado e a especialização dos serviços de educação constituem um importante recurso político.

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Nos últimos anos pôde-se verificar a valorização do local e do regional como contraponto ao fenômeno da globalização desenfreada. Dessa forma, a relevância de estudos em Administração voltados às questões regionais ganha cada vez mais evidência. Esta pesquisa exploratória, com características de um delineamento documental, tem como objetivo proporcionar maior conhecimento acerca do estudo de questões regionais promovido a partir de um Programa de Mestrado em Administração (PMA) recomendado pela CAPES. Através da coleta de dados secundários oriundos da análise dos documentos oficiais do programa, bem como dos resultados práticos alcançados, foi possível verificar a realidade vivenciada por esse PMA. Como resultado, fica evidente que a regionalidade é muito mais do que simplesmente um neologismo empregado para rotular a proposta do PMA em foco. Mais do que isso, a regionalidade constitui-se numa realidade possível que vem sendo colocada em prática de forma pioneira para a construção e expansão do conhecimento na ciência da Administração.

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As demandas do cenário competitivo do século XXI obrigam empresas a criar estratégias de marketing que lhes proporcionem vantagens competitivas para atender ao mercado. A educação não tem se mantido alheia a estas mudanças. Em alguns estudos realizados, autores entendem que a mensuração da qualidade do serviço depende das percepções dos consumidores e são relativas às suas expectativas. Recentemente foi realizado estudo exploratório em universidades privadas de São Paulo, através de testes estatísticos multivariados dividido em etapas: análise fatorial exploratória, análise fatorial confirmatória e modelagem estrutural. O estudo validou a escala para mensuração dos construtos e verificou a existência de relação causal entre eles. Assim sendo, o interesse na reaplicação do modelo levou a pesquisar as Instituições de Ensino Superior, IES, Municipais do Grande ABC. O estudo visou verificar a existência de relação causal entre os construtos endógenos e exógenos e identificar a percepção do papel do professor na qualidade dos serviços recebidos. Através do Modelo de Equações Estruturais identificou-se algumas diferenças entre IES privadas e públicas, que revelam a qualidade do serviço recebido.

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Dissertação apresentada ao Programa de Mestrado em Administração da Universidade Municipal de São Caetano do Sul - USCS

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AMORIS, Valéria de Camargo. O papel da comunicação no processo de gestão na administração pública. 2012. 180f. Dissertação (Mestrado em Comunicação)-Universidade Municipal de São Caetano do Sul, São Caetano do Sul, 2012.