999 resultados para Art 365 Código de Procedimiento Civil


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Neste artigo procuro delimitar o universo de potenciais lesados, titulares de um direito de acção directa contra o segurador num seguro de responsabilidade civil celebrado pe los administradores de sociedades anónimas em cumprimento do dever de prestar caução consagrado no art. 396.º CSC. Defendo a identidade entre esse universo e o dos benefi ciários de qualquer outro meio de satisfação deste dever de prestar caução. Delimito esse universo por referência às categorias de sujeitos tutelados no CSC. Por fi m, faço uso dos resultados da análise para sustentar que integra esse universo o próprio Estado, na sua qualidade de credor de indemnizações fundadas em responsabilidade tributária, mas já não os credores de indemnizações que baseiem as suas pretensões no novo regime de responsabilidade ambiental

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Los borradores manuscritos del Código Civil Argentino, redactados por el Dr. Dalmacio Vélez Sársfield, se conservan en la Biblioteca Mayor de la Universidad Nacional de Córdoba. Observados desde la óptica paleográfico-diplomática, se presentan como un material sumamente interesante, diferente a la visión histórica o la jurídica. El proyecto de investigación que presentamos es transcribir el Libro Tercero de los manuscritos, continuando el trabajo iniciado en dos etapas ya concluidas, las trascripciones de los Libros Primero y Segundo del Código Civil Argentino. Objetivo general: * Realizar la trascripción paleográfica de los manuscritos del Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield correspondientes a los cuatro libros del Código Civil Argentino. Objetivos específicos: * Transcribir los borradores del libro III del Código Civil Argentino, ajustándose a las normas de Trascripción de Documentos Históricos aprobados en la Reunión Interamericana de Archivos, celebrada en Washington en 1961. * Continuar la publicación en etapas de los resultados del trabajo en revistas y medios científicos aprobados, para conocimiento de los especialistas.

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En esta memoria se describe el diseño a nivel conceptual de un serious game con el objetivo de ofrecer soluciones para la mejora del aprendizaje y adquisición de aptitudes y habilidades de los residentes-profesionales en las técnicas de artroscopia de rodilla, con el objetivo de comprobar la hipótesis de que los modelos de aprendizaje basados en videojuegos pueden servir de puente entre el cuerpo teórico de la especialidad y el ejercicio práctico, reduciendo los riesgos de las primeras intervenciones y acelerando la formación de los especialistas, en otras palabras, difuminando el umbral entre teoría y práctica y reduciendo los costos derivados del ejercicio práctico (económicos y temporales) y a su vez, paliando las necesidades formativas de estas.

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Actualmente, tras la reforma del art. 146.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) llevada a cabo por la Ley 4/1999, de 13 de enero, nadie duda ya que las víctimas de daños causados por los funcionarios y demás agentes públicos en el ejercicio de sus funciones están obligadas a dirigir su reclamación indemnizatoria a la Administración a la que aquellos pertenezcan, sin poder demandarles ante los órganos de la jurisdicción civil en exigencia de su responsabilidad extracontractual. Según el art. 145 LRJPAC, la víctima deberá reclamar directamente a la Administración ­iniciando la tramitación del procedimiento administrativo específico previsto en los arts. 142 y 143 LRJPAC e interponiendo, eventualmente, recurso contencioso-administrativo contra la resolución desestimatoria que le ponga fin­, y ésta, una vez haya satisfecho la indemnización, ejercerá acción de repetición contra el funcionario o agente responsable cuando el mismo haya ocasionado el daño con dolo o culpa grave. Ya no existe, por tanto, el genérico derecho de opción anteriormente reconocido por el art. 43 de la Ley de régimen jurídico de la administración del Estado de 1957.

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The roman institution of the separatio bonorum is a pretorian remedy that relies on the principle of equity, created as to protect the deceased creditors and/or legatees. It provides them a"benefit" in the case of selling the goods of the heir-deubtor, enabling them to separate and reserve for themselves that whole patrimonium, as to avoid that by the act of selling, the heirs creditors could go to it; and like this they maintain intact their guarantee, which relies on the whole goods and assets left by the deceased. The separation of patrimonies implied the existence of 2 different groups of goods: that of the heirs" and that one of the deceased, which are not the same in legal terms, in spite of having a common owner at this point, the heir. This institution was regulated in the 6th title of the 42nd book of the Digesto, and in the 72th title, 7th book of the Justinean Code, and its interest is really high due to its material complexity and its procedure. The aim of this work is to analyze the institution of the separatio bonorum in Roman Law, and its importance in the same figure, actually regulated in the 4th book of the Catalan civil code.

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Malgrat que des de feia ja molt de temps existien raons socials, mediques i jurídiques més que suficients, han tingut de passar més de cent vint anys (1889-2011) per a que es dugués a terme la necessària reforma de l’obsolet article 30 CC. mitjançant la qual s’ha prescindit, per fi, de l’estranya, per anòmala, i criticada condicio iuris – figura humana i supervivència independent més enllà de les primeres 24 hores – que caracteritzava l’adquisició de la personalitat civil en el Dret espanyol, sense parangó en els ordenaments del seu entorn jurídic. El nou criteri, fonamentat únicament en el naixement entès des de la seva consideració jurídica – despreniment del claustre matern -, permet prescindir, des d’aquest “moment”, de qualsevol limitació a la projecció jurídica, tant personal com patrimonial, del nounat, incloent per tant els efectes successoris mortis causa. El desencadenant de la novetat legislativa, vehiculada per la nova Llei del Registre Civil (2011), no fou un altre que la regulació dispensada amb anterioritat (2010) per l’article 211-1.1 del Codi civil de Catalunya, que va fer descansar ja en el mer naixement l’atribució de la personalitat civil. Tant la tramitació parlamentària de la modificació de l’art. 30 CC. com el desenvolupament de la qüestió competencial plantejada pel Govern de l’Estat en contra del precepte català, confirmen, en un procés de mútua interferència, la influencia determinant que sobre la reforma duta a terme va tenir la decisió de Catalunya de legislar sobre aquesta matèria.

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La Propuesta para la Modernización del Derecho de Obligaciones y Contratos, hecha pública por la Sección Primera, de Derecho Civil, de la Comisión General de Codificación española en 2009, introduce una nueva concepción del contrato civil, de manera especial incorpora el nuevo concepto de cumplimiento contractual que se defiende en los textos legales europeos sobre la compraventa y en el borrador del Commnon Frame of Reference, así como en la normativa europea sobre los Derechos de los consumidores. En este artículo se da cuenta de tales avances en cuanto pueden referirse, no solo al contrato de compraventa, regulado ex novo en la Propuesta, sino también al contrato de servicios. Se propone centrar la mirada también en este contrato y acometer su regulación.

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UANL

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