1000 resultados para Dolo (Derecho penal)
Resumo:
[ES]Si en España se cometieron delitos contra la Humanidad durante la Guerra Civil, y luego en el Franquismo, fue gracias a la aportación teórica de Vallejo Nágera. Sus investigaciones eugenésicas fueron financiadas y alentadas por el Gobierno de Franco. Sus teorías sustentaron la comisión de atroces delitos que repugnan a la conciencia de la Humanidad. De manera organizada y sistemática, miles de bebés y niños fueron sustraídos y separados de sus familias, todas en el bando de los vencidos de la Guerra. Fueron entregados a la red asistencial del Estado y a familias adeptas al Régimen. Hoy tales hechos constituirían un delito de lesa humanidad. Al tiempo de su comisión, su calificación jurídica es más compleja.
Resumo:
El objetivo que este trabajo se plantea es analizar las estrategias y respuestas implementadas desde el Estado para el tratamiento del conflicto social, sobre todo a partir de los acontecimientos ocurridos en Argentina a finales del año 2001. De modo general, interesa avanzar en la comprensión de las causas de tal accionar estatal, analizando dichas causas a la luz de una perspectiva histórica que permita visualizar cuáles son las concepciones sobre las que se asienta dicho Estado, como parte del sistema capitalista en su actual fase neoliberal. Se toma como blanco de acción estatal a los movimientos sociales, entendiendo que existen otros actores sociales y políticos también alcanzados por las políticas de criminalización. En ese sentido, se analizarán los procesos de criminalización y judicialización de la protesta social ocurridos en los últimos años en tanto política de Estado, entendido éste desde la compleja relación consenso-coerción, como fundamentales herramientas en momentos históricos de pérdida de consenso y legitimidad. En la misma línea de análisis, se intentará estudiar los procesos de criminalización y judicialización de la protesta social como parte de una concepción de la lucha popular como delito; concepción que opondría la movilización y organización popular a lo que sería la “normalidad e institucionalidad democrática". De este modo se intentará analizar cuáles son los significados más profundos de tal consideración desde lo penal y cómo esto se corresponde con una cuestión de clase. Siguiendo esto último entonces, se analizará la vinculación entre la criminalización de la protesta y la criminalización de la pobreza.
Resumo:
La profesión de Contador Público tiene diversas y muy importantes incumbencias sociales por lo que continuamente se debe reflexionar y optar entre lo bueno y lo malo, lo correcto y lo que no lo es. Estos aspectos, referidos a la Ética Profesional, están muy poco explorados en las bibliografías existentes, por ser temas complejos y que admiten distintas opiniones y puntos de vista adversos, por lo que no se cuenta con compilaciones que resuman exhaustivamente esta temática. Por lo general, la mayoría de las áreas curriculares universitarias y de los profesionales se dedican a aspectos más técnicos dejando de lado y minimizando temas relacionados con la propia personalidad y la ética con la cual debe desempeñarse un Contador Público, siendo éste un campo básico para proyectar la vida tanto del Contador Público como persona, como de la profesión en general. Además, la actual sociedad en la que está inmerso el profesional, demanda cada vez más el desarrollo de valores personales para una mejor calidad social y un eficiente trabajo profesional, no sólo basado en las especificidades técnicas que hacen a la incumbencia del Contador Público sino también en un trabajo que dignifique a la persona como tal. Como consecuencia de esto, orientamos nuestro trabajo a la investigación de este tema, para ver de qué manera podemos colaborar con el desarrollo personal, no sólo de los estudiantes o profesionales en Ciencias Económicas sino también de la sociedad en su totalidad.
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A lo largo de esta investigación se ha tratado de describir cómo ciertos discursos de verdad que operan en el marco de la ley 22.278/22.803, construyen un nuevo tipo de subjetividad en torno a los adolescentes que ingresan al sistema penal de menores imputados por la comisión de un delito. Describir a grandes rasgos el proceso de formación de ese nuevo tipo de subjetividad y comprender su existencia en el marco de la gubernamentalidad neoliberal ha constituido el principal objetivo. Se pretendió señalar cuáles han sido las condiciones de aparición, de continuidad, de variación de esas prácticas discursivas, para así poder comprender sus condiciones externas de posibilidad.
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Se exploran elementos comunes a las sentencias sobre aborto de las Cortes Constitucionales de Alemania, Colombia, España, EE.UU. y México que permitan verificar cuál ha sido la respuesta que la jurisprudencia constitucional comparada ha formulado a las siguientes problemáticas: I) titularidad para ejercer derechos constitucionales por parte del nonato; II) status moral y jurídico de la persona humana y el nasciturus; III) competencia judicial para pronunciarse sobre cuestiones metajurídicas complejas; IV) criterios de hermenéutica y argumentación constitucional utilizados; V) rol del Estado en la protección de la vida humana potencial; VI) necesidad de recurrir al Derecho Penal en cuanto mecanismo de tutela del no nacido y valoración de las propuestas de despenalización
Resumo:
Trabajo seleccionado en el marco del Primer Congreso Jurídico Latinoamericano sobre Derechos Reproductivos
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Ponencia realizada en la presentación del libro: Persecución legal del aborto en la Ciudad de México: un atentado al derecho a decidir, de Ana Cortés
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El aborto está penalizado en nuestro país, con excepción del que se practica por razones terapéuticas. Sin embargo, la desproporción entre el número de abortos que se producen –el último estudio estimado de Delicia Ferrando habla de 410,000 al año1[2]-, aquellos que son denunciados y, los que terminan en procesos judiciales, revela que si bien la práctica del aborto es ilegal, la sociedad, con su silencio, parece ampararla y de esa manera, tolerar la muerte de miles de mujeres por esa causa. Desde el Derecho Penal y los estudios de criminología se puede afirmar que las leyes penalizadoras no han cumplido con su finalidad de prevención específica ni general2, es decir, la amenaza de una posible sanción no ha logrado inhibir la práctica del aborto, sino más bien, se ha convertido en una forma de ejercer violencia contra las mujeres en múltiples planos. Ello se manifiesta en el incremento de las muertes maternas y en los altos costos que la atención de abortos incompletos y de los problemas derivados de su práctica clandestina representan para los servicios de salud. En este sentido, es válido y pertinente considerar al aborto como un problema de salud pública.