1000 resultados para Consejos judiciales
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Esta publicación es un manual que , en muchas ocasiones con un tono humorístico e incluso irónico, persigue la descripción y el análisis de la relación entre el desarrollo de la persona y el hecho educativo representado por una figura adulta con intención de enseñar a quien el autor identifica como maestros y educadores, ofreciendo consejos para protegerse de ellos. Se analiza a lo largo de toda la obra la diferencia entre enseñar y aprender.
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Resumen tomado del propio recurso
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Se presenta una guía sobre buenas prácticas para luchar contra el cambio climático, en la que se quiere concienciar a la población de la situación. Para ello se proponen una serie de actuaciones individuales para llevar a cabo un menor consumo energético y combatir contra éste problema global. Se enumeran toda una serie de consejos a tener en cuenta en diversos ámbitos: en casa, en el trabajo y como empresa y, finalmente, en el transporte.
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Conforme nuestra Constitución Política, más exactamente en su artículo 116 , se desprende que por regla general, la función de Administrar Justicia se encuentra confiada a la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales, los Jueces y la justicia penal militar. El Congreso también ejerce determinadas funciones judiciales.
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El presente trabajo pretende indagar a fondo los procedimientos de las oficinas consulares de Colombia en el exterior respecto de las labores judiciales en materia penal que por tratados internacionales, leyes internas, costumbre y principios del derecho internacional han sido encomendadas a los cónsules. Así mismo, se abordará la normatividad aplicable en Colombia respecto de estas labores judiciales del Cónsul y el papel de otras autoridades respecto de los procedimientos de cartas rogatorias, exhortos, y notas suplicatorias. Finalmente se dará a conocer el papel de la jurisprudencia en el proceso de cooperación judicial.
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Esta monografía analiza cómo se representa el crimen pasional, en las noticias judiciales del periódico El Espacio, entre 1965 y 1995. A partir de la revisión de la prensa judicial de Bogotá y el Código Penal Colombiano de 1936 y 1980. Este texto retoma la teoría de la historia cultural de Roger Chartier que piensa al individuo como dependiente de las configuraciones sociales a las que pertenece. Y la noción de representación, del mismo, que guarda relación con las formas en las que las comunidades perciben y comprenden la sociedad desde los textos impresos. En este sentido, el crimen pasional es entendido como un homicidio sucedido entre los miembros de la pareja, en la que existieron vínculos amorosos, románticos o sexuales. En El Espacio los crímenes pasionales son producto de la aspiración de proteger el amor, la sexualidad, la familia, los roles de pareja, la seguridad económica, el cuidado de los hijos, el uso del tiempo, entre otros. El Espacio representa los crímenes pasionales desde la oposición entre razón y emoción y produce de un tipo de víctima, homicida y emociones que justifican el homicidio. Se encontró que la representación de la víctima y homicida varía según su género y clase social. A las mujeres homicidas se les representó como criminales hermosas y peligrosas, mientras que a los hombres homicidas como protectores del orden y control familiar. Así, al homicida pasional se le representa como alguien que “dejó de ser dueño de si”, relativizando su responsabilidad en la noticia.
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Es un estudio de derecho comparado sobre el principio de autonomía territorial en Bolivia y Colombia.
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El Derecho Internacional chino tiene una historia larga, pues su primera disposición data del Código Mingli de la Dinastía Ming. A pesar de sus tempranos comienzos, el Derecho Internacional Privado comenzó a desarrollarse verdaderamente desde la década de los años 1980. Esta rama del derecho está constituida en China por las normas de conflictos de leyes, las normas de conflictos de jurisdicción, y el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. A pesar de las diferentes opiniones sobre el mejor tipo de codificación entre una codificación completa o de cada materia, la más reciente ley china de derecho internacional, del 28 de octubre de 2010, codificó únicamente las normas de conflictos de leyes. Esta ley representa un progreso importante en el desarrollo del Derecho Internacional Privado en China a pesar de que algunas de sus disposiciones hayan sido muy criticadas.
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This article reviews the evidence collected by diverse national and international organizations regarding the relationship between sexual violence against women, forced displacement, and dispossession in the context of the Colombian armed conflict. To this end, it uses the concept of “sexual violence regimes” to highlight that the endspursued by sexual violence are not always exhausted by simple consummation (that is, the act of sexual violence itself), but depending on the context, can be connected with broader strategic goals of armed actors. At the same time, this document admits the difficulty of proving this relationship with respect to judicial procedures, and thus sets out the possibility of creating a rebuttable presumption, in the framework of “unconstitutional state of affairs” created by judgment T-025 of 2004, that alleviates the burden of proof of the victims, and serves as a catalyst to promote new genderbased mechanisms of reparations.
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Son bien conocidas las tensiones entre juristas y economistas en torno a la exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Mientras para los economistas más ortodoxos los derechos sociales son simples declaraciones, para los juristas más progresistas los derechos sociales, al igual que los derechos civiles y políticos, son plenamente exigibles a través de mecanismos judiciales y no judiciales. En el ámbito de estos últimos mecanismos, especial lugar ocupan las políticas públicas. Conforme con este marco, este ensayo llama la atención sobre la necesidad de que las políticas educativas se diseñen e implementen con fundamento en el contenido del derecho a la educación y las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado colombiano en la materia. El ensayo se estructura en tres acápites: (i) presenta algunas reflexiones que ponen en evidencia la distancia entre la política educativa y el derecho a la educación; (ii) sintetiza el contenido fundamental del derecho a la educación y las obligaciones del Estado; y (iii) presenta un conjunto de indicadores a partir de los cuales se puede valorar el éxito de las políticas en lo que se refiere al respeto, protección y realización del derecho a la educación.
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El texto reconstruye la estrategia de reforma y modernización del Estado del BID en América Latina desde los 90s a partir de las tensiones que se originan en el proceso de transformación institucional promovido por este organismo bajo el cual se pretende la sostenibilidad de un modelo de desarrollo basado en el mercado mediante la búsqueda simultánea de la gobernabilidad democrática. Dicha reconstrucción se traslada al ámbito de la reforma judicial concebida como uno de sus componentes fundamentales, en donde a partir del análisis de una muestra significativa de programas y de países de la región, se sostiene que si bien ésta contiene componentes para fortalecer tanto la democracia como el mercado, su orientación obedece a promover en mayor medida este último. El análisis propuesto pretende contribuir a las investigaciones sobre los impactos de las reformas judiciales en la región y aporta algunos elementos para la comprensión de la agenda de reforma judicial del BID en Colombia a partir de una reconstrucción breve del contexto en el que se implementaron estos programas y las tensiones que atravesaron el proceso constituyente en los 90s.
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Se intenta presentar a un Gramsci marxista que trata de aplicar el materialismo dialéctico y el materialismo histórico a su realidad, es decir, la instauración del poder de clase del proletariado. Principalmente se trata de presentar la relación hegemonía-educación, para determinar que roles son asignables a la educación en sentido amplio, como revolución de la conciencia social. Se trata de una investigación bibliográfica que analiza el pensamiento de Gramsci a través de los siguientes apartados: 1. Tradición del concepto de hegemonía en el marxismo. Captación por Gramsci: A. ¿Puede el proletariado ser clase hegemónica? B. Hegemonía proletaria después de 1917. C. Hegemonía y dictadura del proletariado. D. De Lenin a Gramsci. 2. La hegemonía: A. De la guerra de movimiento, maniobra, a la guerra de posición. B. Los consejos obreros. C. El sindicato. D. El partido. E. El frente único. F. El Estado en relación con la hegemonía. G. Hacia la formación de un nuevo bloque histórico. 3. La educación en la contra-hegemonía. La comprensión de la importancia de la educación para una política de transformación revolucionaria: A. La dialéctica global en que se inscribe la educacion. B. Origen y funciones de los intelectuales. C. La escuela del partido. D. El estado educador. E. Superación de la escuela capitalista. Hacia la escuela unitaria. F. Acerca del método educativo. La escuela es útil a la construcción de la contra-hegemonía. La transformación de los dirigidos en dirigentes ha de gestarse en todos los marcos ideológicos de la sociedad civil. La tarea, ardua y difícil, no se puede superar, por parte de la clase obrera y sus organizaciones de vanguardia, de la lucha general por el poder político. La lucha ideológica y política por socavar y subvertir el orden establecido han de ir estrechamente emparejadas.
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Analizar la normativa legal que ampara el desarrollo de la educación tanto a nivel estatal como regional, centrándose en la Educación Especial. Analizar la normativa legal, estatal y regional, que ampara el desarrollo de la asistencia a niños deficientes. Analizar lo que ha sucedido a nivel institucional en la provincia de Santa Cruz de Tenerife. La realización del trabajo se ha dividido en seis etapas: delimitación del problema; recogida del material escrito y oral; clasificación, ordenación y evaluación del material recogido; verificación y valoración de la primera parte del informe; análisis bibliométrico; síntesis, comprensión e interpretación, con el fin de elaborar la discusión y las conclusiones. Documentos legislativos, judiciales o ejecutivos de carácter local, autonómico o nacional, archivos personales, tradiciones orales, fuentes impresas, etc. La Consejería de la Comunidad Autónoma Canaria promulga el 6 de agosto de 1992 una Resolución por la que se dictan instrucciones sobre el funcionamiento de la Educación Especial y los distintos servicios que intervienen en la misma. Después de analizadas las normativas legales podemos señalizar las siguientes puntualizaciones. Existe una gran diferencia entre lo que prescribe la normativa legal, tanto a nivel educativo como asistencial, y lo que se realiza en la práctica. Parte de los preceptos contenidos en las prescripciones legales a nivel estatal, referentes a educación en general y a Educación Especial, no se llegan a desarrollar en su totalidad. De las prescripciones promulgadas por la Comunidad Autónoma, referente al colectivo de minusválidos, un buen número de ellas no se llevan a la práctica en su totalidad. A partir de 1986 se introduce, en cuanto a normativa legal, un gran impulso de la Educación Especial en nuestra comunidad. En mayor o menor medida existe en nuestra comunidad una normativa legal que ampara la escolarización de estos niños en la educacion básica, pero no ocurre lo mismo con las Enseñanzas Medias. En la provincia de Santa Cruz de Tenerife ha sido clave el papel desempeñado por instituciones como el Cabildo de Tenerife y asociaciones de padres. La Educación Especial es, en cada momento histórico, consecuencia del punto de vista que del deficiente tiene la sociedad, plasmado dicho punto en sus documentos oficiales. En nuestra Comunidad Autónoma no existe una conciencia generalizada sobre los derechos de las personas deficientes, aunque sí una normativa legal que defiende y regula la asistencia educativa básica.
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El proceso de publicar una investigación como un trabajo científico es el último eslabón de la cadena de investigación. Intentar publicar es un proceso largo y desgastante, que en muchas ocasiones no termina en éxito. En revistas de alto impacto en el área de gerencia, donde se publican trabajos originales relacionados con el área de la salud, solo pasan a primera ronda de revisión de pares el 10 % de los artículos y logran ser publicados apenas el 5 % del total de trabajos sometidos a revisión. En el siguiente trabajo se exponen algunos consejos útiles, que pueden contribuir a que sus trabajos se encuentren en ese selecto 5 %. Si bien (se dará cuenta) es difícil, no es imposible.
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La presente investigación pretende abordar con eficacia el análisis de la expresión escrita en escolares de La Laguna /Tenerife/ para proponer desde él una didáctica coherente y contextualizada, delimitando conceptos con claridad, señalando elementos con rigor y diseñando, cualitativamente, procedimientos de evaluación, corrección y concreción.. El uso de los textos escolares de elementos externos se descuida en los niveles superiores analizados. /7' y 8' de EGB/. En cuanto a la ortografía, aparecen más diferencias en los grupos de los primeros niveles analizados, quizá por su falta de maduración. En el uso de las técnicas de composición existe poca diversidad dentro de los grupos y, sobre todo, pocos elementos significativos personales que refuercen la coherencia del contenido. Se da poca viveza expresiva en el vocabulario utilizado. Parece que la tarea de escribir, excepto algunos textos concretos, se convierte en un ejercicio con escasa proyección de rasgos personales. Existen abundantísimas anomalías de concordancia que requieren un análisis paralelo de la influencia de la lectura y condiciones socioculturales de los alumnos. Apenas se usan adjetivos ni otros recursos expresivos.. Existen muchas deficiencias en los modelos de valuación de la expresión escrita. No se aplican metodologías coherentes que sistematicen el diagnóstico, la enseñanza, la evaluación y la recuperación de la expresión escrita, porque no existe ninguna que unifique tales tareas. Debe tenerse en cuenta al menos siete aspectos seleccionados, propuestos y utilizados en esta investigación. Cada uno tiene su importancia, su significado y tratamiento. No existe uniformidad de criterios en la terminología de las diversas actividades de expresión escrita. Deberían unificarse las denominaciones. No se sigue un plan de trabajo sistemático en la enseñanza de la composición. Las actividades ocasionales no favorecen la progresión de esta enseñanza-aprendizaje. Debe diversificarse técnicas, etapas y temas en la enseñanza de la composición escrita. El triple valor reconocido de las actividades de composición -motivador, creativo y práctico- dará efectividad y alegría a esta enseñanza. El habla se manifiesta en la escritura por los desajustes existentes entre los códigos oral y gráfico. Con pocos consejos se enriquecerá la calidad del aspecto fonético y, consecuentemente, la variedad escrita de la gramática de los escolares canarios. En el lenguaje infantil abundan los anacolutos, la alteración de la concordancia, la escacés de recursos expresivos, la escasa adjetivación. Muy escasamente se hace uso de recursos expresivos y de elementos creativos en la expresión escrita infantil más bien por falta de modelos lectores propuestos por los profesores a los alumnos. Los profesores deben sistematizar una metodología en la enseñanza de la expresión escrita: sus propios modelos son los dinamizadores de las actividades de los alumnos. Parece clave el ciclo medio como anticipo de los aprendizajes madurativos posteriores..