714 resultados para Nueva política de inteligencia


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Estos modos de vida otros aparecen en el texto de la nueva Constitución con las expresiones “buen vivir” –en castellano– y “sumak kawsay” –en kiwcha– y constituyen el paradigma de vida hacia el cual deberá orientarse el “desarrollo”. El “buen vivir” o “sumak kawsay” postula un reordenamiento general de lo que el término moderno “desarrollo” había querido expresar. En la medida que desborda los límites de un proyecto meramente económico, social o político, adquiere el carácter de paradigma regulador del conjunto total de la vida. Su perspectiva “holística” (León 2008a: 137) contrasta con los modelos dedesarrollo” que infructuosamente se han ensayado en la historia ecuatoriana y se plantea desde su novedad como una alternativa al modelo de “civilización” dominante.

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En la historia del Ecuador contemporáneo, desde 1990 en que se lleva a efecto el primer levantamiento indígena nacional aparece el movimiento indígena como un nuevo actor social que trastorna su condición social, el rol que tradicionalmente le había sido asignado por la sociedad y el Estado ecuatoriano y trata de conquistar un espacio público que le había sido negado por muchos siglos debido a la situación indígena de exclusión y marginación social. A partir de 1990 y los sucesivos años, década que se caracteriza en el Ecuador como un acumulado de nuevas movilizaciones y levantamientos indígenas de sentido nacional, el movimiento indígena se transforma en un nuevo actor social necesario en la sociedad debido a que asume una funcionalidad política que va más allá de su base organizacional y a través de una nueva discursividad y praxis política busca expresar un sentimiento social que ya no encaja en el discurso ni la práctica política decadentes del sindicalismo ni de los partidos políticos tradicionales. Desde el ámbito estrictamente del Estado, éste tampoco vino representando los intereses de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas del Ecuador, a pesar de que algunos gobiernos crearon ciertas oficinas de atención a los sectores indígenas en el Ministerio de Bienestar Social. El Estado en sí mismo no había trastocado desde su formación original su fundamental principio uninacional concebido desde la ideología del mestizaje racial. Ante los hechos de exclusión de larga data de los Pueblos Indígenas promovidos por el Estado ecuatoriano y ante hechos más inmediatos tales como los ajustes estructurales, la modernización del Estado de tendencia privatizadora, la intervención de políticas internacionales, etc., el movimiento indígena asume en la década del noventa su rol protagónico, mediante propuestas substancialmente indígenas que buscan el reconocimiento del Ecuador como un país pluricultural, multiétnico y plurinacional, en el sentido de democratizar la sociedad y el Estado ecuatoriano. En este plano la participación indígena y negra se tornaría necesaria como búsqueda de aquello de Nunca más un Ecuador sin nosotros. La investigación que plantéo se inscribe en este contexto. Los Pueblos y Nacionalidades Indígenas, mediados por el movimiento indígena, por un lado, durante la década del noventa intentaron ir configurando un mayor acercamiento con el Estado a través del diálogo y la negociación política, y por otro lado, la estructuración de nuevas relaciones entre los indígenas y el Estado por medio de la creación de instituciones, tales como la Comisión Coordinadora de Asuntos Indígenas, la Secretaría Nacional de Asuntos Indígenas y Minorías Etnicas, SENAIME, el Consejo Nacional de Planificación y Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Negros del Ecuador, CONPLADEIN y el Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador, CODENPE. El objetivo de la investigación consiste en analizar para que sirvió cada movilización indígena ante el Estado ecuatoriano durante los acontecimientos indígenas de 1990, 1992, 1994 y 1997 y la emergencia de una nueva institucionalidad entre los indígenas y el Estado ecuatoriano desde 1990 hasta 1998. En dicho marco de estudio lo que me interesa averiguar es ¿para qué sirvió cada movilización ante el Estado ecuatoriano durante los sucesos indígenas de 1990, 1992, 1994 y 1997? y ¿cómo después de cada movilización indígena surgió una nueva institucionalidad entre los indígenas y el Estado?

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Bolivia un país con una diversidad geográfica y social tan grande, ha venido en los últimos años llevando adelante una serie de procesos tan tormentosos como apasionantes, donde la población boliviana, sin importar los estratos o clases sociales ha participado de manera activa. El proceso constituyente que se inicio el 2002 y 2003 tuvo un punto de mayor importancia el 2006 y 2007 con la asamblea constituyente, mientras que para el 2009 y 2010 los procesos electorales determinaran a los nuevos actores en los órgano estatales. En ese entendido analizar esta nueva configuración que se establece en la nueva constitución hace que el presente trabajo aborde un aspecto muy novedoso contemplando en la nueva constitución, que hace referencia a la participación que tienen los indígenas en los órganos estatales, para lo cual analizaremos como la participación de los indígenas en la política boliviana ha tenido tanta importancia, a partir de una serie de eventos, conflictos y hechos y como sus acciones y demandas permitieron estructurar una agenda política que cambio el curso del rumbo de la política boliviana. Con una población indígena sobre pasa el 60% y el restante de la población que no se identifica como indígena es aproximadamente un 40%, encontramos como la nueva constitución brinda mecanismos de protección, reconocimiento y participación, a los indígenas en base a criterios como el pluralismo jurídico, interculturalidad y principios propios de las culturas andinas como el sumaj kawsay, sin dejar de lado a la normas internacionales y los avances legales anteriores a la nueva constitución, buscando similitudes con constituciones de otros países. Variando su denominación, encontraremos en la nueva constitución términos como “Nación Indígena” “Originarios – Campesinos” y “Pueblo Indígena”. Sin duda alguna este gran acervo de denominaciones nos permite entender las diferencias existentes entres los indígenas, pero a fin evitar inconvenientes en su denominación usaremos el termino PUEBLOS INDIGENAS.

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Me he permitido realizar el presente trabajo, por considerarlo un tema de vieja preocupación, como lo indico más adelante, en estos últimos tiempos se ha expedido la nueva normativa legal que recoge algunas de las propuestas de diversos sectores, en torno a la descentralización integral del Estado Ecuatoriano en el campo administrativo, político - funcional, territorial, financiero y legal, siendo esto, mérito suficiente para haberlo estudiado en el marco del Derecho Constitucional y respaldado del extenso material bibliográfico, constante en la página pertinente. El propósito, conocer si las disposiciones constitucionales y legales vigentes cumplen con los cometidos del Estado Ecuatoriano, entendiéndose a la descentralización del Estado, como un proceso integral, que entraña de modo general la reorganización y configuración de un nuevo Estado que persigue el Sumak Kawsay. Previamente, veremos el origen y la evolución del Estado como tal, su doctrina, la diversidad en cuanto a tipología, población, territorio, etc., su naturaleza, justificación y sus fines; trataremos el concepto de descentralización y su rol en el campo administrativo, político y fiscal. En los capítulos subsiguientes, consideré un deber, retroceder el tiempo para darnos cuenta de cómo evolucionó el Estado Ecuatoriano y como va involucrándose el término medular de esta investigación, que es, “descentralización”, como va tomando la importancia en la vida y desarrollo del país, hasta los días actuales. Y, a manera de colofón, emito mis conclusiones sobre el tema y las recomendaciones al respecto, confiando que las autoridades correspondientes tengan una visión clara y equitativa que permita potenciar nuestros recursos, descentralizar, siempre y cuando sea, para hacer del Ecuador una nación diversa, intercultural y plurinacional; pero rica y solidaria, evitando la desintegración nacional.

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Esta tesis investiga la asimilación de la filosofía útil en la Nueva Granada, a través del caso de José Félix de Restrepo, entre 1773 y 1791. En aras de contribuir al estudio de uno de los ámbitos de la Ilustración, el educativo. De tal manera, esta tesis se encuentra compuesta por dos capítulos. El primer capítulo está dedicado a la formación educativa de José Félix de Restrepo en la ciudad de Santa fe. Aquí, tengo en cuenta la tensión que se gestó desde mediados del siglo XVIII entre el canon escolástico y el canon moderno de educación. Tensión que marcó la formación de Restrepo y que lo llevó en su primer periodo como docente a enfrentar múltiples desafíos. Mientras que en el segundo capítulo estudio la estadía de Restrepo en Popayán, luego de haber pasado por un proceso de apropiación de la filosofía útil en Santafé, y la forma en la que durante sus tres periodos de clases logró difundir en sus estudiantes los conocimientos adquiridos en el Colegio de San Bartolomé. Conocimientos que contribuyeron significativamente a que en una ciudad donde no residió el centro de poder, es decir periférica, como Popayán, se fuera estableciendo un “nuevo polo de apropiación del pensamiento experimentalista”.

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En este artículo se analizará la posibilidad del Tribunal Constitucional Plurinacional de aplicar, como criterio de interpretación, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de forma preferente a la voluntad del constituyente boliviano como otro criterio de interpretación dispuesto expresamente, a ese efecto se tendrá en cuenta el rol de la interpretación constitucional y su relación con las normas internacionales de derechos humanos, el análisis de la posición jurídica de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sistema jurídico boliviano, el efecto de la jurisprudencia de la Corte en la protección de derechos humanos, y el análisis de esta jurisprudencia en relación con la voluntad del constituyente como criterios de interpretación.

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El artículo se refiere a la prudencia que debe existir para tomar la comparación como método de análisis, porque no todas las instituciones, experiencias sociales y de política pueden ser replicables en diferentes contextos. El autor se concentra en el problema existente en el ámbito de la integración regional y la literatura que sobre el tema ha aparecido a partir del año 2000, que compara al referente de la integración europea con otros procesos en diferentes regiones, bajo diversos parámetros, que podrían no ser necesariamente susceptibles de comparación.

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Este artículo muestra los orígenes del variado constitucionalismo creado durante la revolución de la Nueva Granada en la década de 1810. Contrasta la noción revolucionaria de “constitución” con aquella propia de la sociedad monárquica y muestra sus rasgos distintivos, así como los mecanismos mediante los cuales fue elaborada y puesta en vigor. Subraya cómo ese concepto entrañaba un horizonte de profunda ruptura con la sociedad en la cual nacía. En este sentido, el artículo interroga los aportes historiográficos que señalan los orígenes de la historia constitucional colombiana en 1821, remontándose a las experiencias político revolucionarias de la primera década del siglo XIX, por medio de una reevaluación del aporte constitucional neogranadino frente al gaditano.

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La curiosidad académica y la preocupación política que guía esta investigación se resume en la siguiente pregunta: ¿Cuál es el modelo de Estado y proyecto político al que apunta el proceso de transición, iniciado luego de la aprobación de la Constitución 2008? Esta pregunta presupone que la transición no necesariamente traerá como resultado la concreción del Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, proclamado constitucionalmente. Para responder esta pregunta, esta investigación analiza la transición, entendida como momento refundacional, tanto en términos institucionales como normativos, circunscribiéndola al período que se inicia con la aprobación de la nueva Constitución (septiembre de 2008) y que se cierra con la integración definitiva del CPPCS (marzo 2010). El ensayo concluye que las decisiones excepcionales que se tomaron en los momentos críticos del proceso de transición, lejos de responder a una aplicación directa de los principios y normas de la Constitución 2008, respondieron conscientemente a la lógica de los plenos poderes que asumió la Asamblea Constituyente. Este es, sin duda, un mal síntoma y un enorme riesgo. Si bien no determina inexorablemente el resultado final del proceso, sí indica claramente que la transición estuvo desde el inicio marcada por una lógica de excepcionalidad política; hecho que institucionaliza dicha excepcionalidad y pone en riesgo todo el andamiaje constitucional. En suma, este texto demuestra que en la fase inicial de la transición avanzó hacia desbancar los rasgos liberales del Estado social de derecho anterior, sin quedar aún del todo claro que éste será reemplazado por un Estado constitucional de derechos y justicia. Evidentemente, aquello va más allá de lo que dice el texto constitucional y solamente se expresa, como lo ha dicho Carl Schmitt, cuando se hace necesario tomar decisiones excepcionales.

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El régimen tributario en el estado contemporáneo resulta trascendental para su propia sobrevivencia, más en época de crisis como la que afrontamos, en la que las otras fuentes de ingresos públicos, como los patrimoniales o los préstamos, se hacen cada vez más escasos y difíciles de obtener. Por su parte, la Constitución expedida por la Asamblea Constituyente y publicada en el Registro oficial Nº 449 de 20 de octubre del 2008, pretende la configuración de un nuevo Estado basado en principios de solidaridad, de equidad, de redistribución de la riqueza entre todos los miembros de la sociedad ecuatoriana. En este contexto, resulta de gran importancia analizar los cambios que en el régimen tributario ecuatoriano ha propuesto la nueva Constitución, en particular en los artículos 300 y 301, que sin duda vienen a complementar aquellos que, ya figuraban en la Constitución de 1998. Pero es en su espíritu el verdadero cambio; pues, tales principios están vigentes en cada relación jurídica y no solamente como una mera declaración sino como normas de aplicación directa a través de su fuerza vinculante y, además, de inmediata aplicación. Por otra parte, resulta trascendente para la materia tributaria, los cambios de varias instituciones del Código Tributario, entre ellas y de manera especial al régimen penal tributario, implementadas por la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 242 del 29 de diciembre del 2007. En ella, se ha convertido al <delito tributario> en un <delito común>, es decir alejado de la filosofía impuesta por los autores del Código Tributario, que creyeron que este tipo de infracciones, por ser especiales, debían tener un tratamiento diferente. Con el nuevo régimen y la expedición del Código Orgánico de la Función Judicial y las Reformas al Código de Procedimiento Penal, son los jueces ordinarios los que conocerán y juzgaran a los infractores tributarios. Debemos anotar que el endurecimiento de las penas, impulsado por esta nueva Ley Reformatoria, es drástica, al extremo de imponer hasta reclusión menor ordinaria> de 3 a 6 años a los infractores tributarios, mientras que el Código Tributario se contempla prisión de 3 a 5 años, como máximo de la pena. El presente trabajo intenta un estudio comparativo entre el nuevo régimen y el ya superado con la expedición de la Constitución y Ley ya referida.

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A nivel académico es necesario tener mucha prudencia para utilizar la comparación como método de análisis, en vista de que no todas las instituciones, experiencias sociales y de política pueden ser replicables en diferentes contextos, incluso si aparentemente ciertos procesos tuvieran características similares. Este problema se manifiesta también en el ámbito de la integración regional y la literatura que sobre este tema ha aparecido a partir del año 2000, que compara al referente de la integración europea con otros procesos en diferentes regiones, bajo diversos parámetros, que podrían no ser necesariamente comparables. Sin embargo algunas experiencias prácticas o herramientas de política a nivel regional pueden tomarse en cuenta en el desarrollo de los procesos de integración regional a nivel global. En este caso los estudios comparados permiten conocer como estos elementos comunes han generado respuestas de los procesos de integración en el marco de la globalización, así como descubrir las propias especificidades de cada proceso.

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Since the creation of Union of South American Nations (UNASUR), health policies have become a strategic element in dealing with the impact of neoliberal policies in the region. The aim of this paper is: first, to describe the social, political and economic processes that explain the emergence of UNASUR and its focus on social policy through health care, and second, how through UNASUR Health, health became the engine behind a new kind of health diplomacy. This article hopes to contribute to the debate on the new forms of health diplomacy and the role of regional organizations concentrating on health policies as a centrepiece of their regional integration efforts and the reduction of social inequalities.

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La inserción de la ciencia en el virreinato de la Nueva Granada a partir de las reformas escolares de finales del siglo XVIII ha sido tema de amplio debate en la historiografía universitaria colombiana. Este libro, precisamente, inserta el caso de José Félix de Restrepo a esta discusión, investigando cómo fue la asimilación y la difusión de la «filosofía útil» en su experiencia como estudiante y catedrático, durante las transformaciones que sufrió la educación luego de la expulsión de los jesuitas. José Félix de Restrepo fue una importante figura cultural y política de finales del siglo XVIII y de los primeros años del siglo XIX. Si bien no fue un pensador destacado, como sí lo fueron muchos de sus estudiantes, es innegable su labor como educador y difusor de la ciencia a finales del período colonial. Por esta razón, el rastreo de sus actividades educativas entre 1773 y 1791 es una importante fuente histórica para entender el dinamismo con el que la ciencia se insertó en los programas educativos de los colegios coloniales.

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O presente trabalho pretende analisar algumas portarias da Política Nacional de Saúde Mental implementadas no país no período de 1990/2006, pois elas se constituíram em importantes dispositivos para induzir mudanças do modelo assistencial na Saúde Mental. Aponta-se para os documentos mais relevantes e destacam-se suas consequências e problemas para a construção da atenção psicossocial. Ao final, conclui-se que o avanço da Reforma Psiquiátrica brasileira não pode ficar descolado de ações no interior do SUS. Dessa forma, os gestores de saúde, ao lado dos demais segmentos da sociedade, passaram a ser atores importantes na utilização dos recursos contidos na nova legislação de fato voltados para a construção de um novo modo de cuidado na saúde mental que possibilite o reposicionamento do sujeito no mundo, considerando-se sua dimensão subjetiva e sociocultural.