993 resultados para Legislación electoral
Resumo:
El 24 de abril de 1917 se dictó el decreto de intervención federal a la provincia de Buenos Aires. Producido este hecho, las diversas fuerzas políticas se prepararon para participar en las elecciones de gobernador y legisladores que habrían de realizarse en marzo de 1918, pero fue en el radicalismo donde el proceso habría de ser realmente complicado. Arribada la UCR al poder a través de la intervención y con claras perspectivas de llegar al gobierno, rápidamente se pudo contemplar que, dentro de la misma y sin llegar a la ruptura, se formaron dos líneas claramente contrapuestas que se denominaron provincialistas, origen en parte del antipersonalismo provincial, y los metropolitanos. Luego de un arduo proceso, con activa participación de Yrigoyen, se llegó a dar consenso a la fórmula Crotto-Monteverde, que habría de imponerse sobre los conservadores y socialistas, pero que dejó abierto el camino para las fuertes luchas intrapartidarias del radicalismo
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Fil: Lázzaro, Silvia Beatriz. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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En este trabajo se analiza la legislación sobre la ocupación y propiedad de la tierra, promulgada entre el período colonial y 1880. Desde un punto de vista comparativo se señalan los aspectos de continuidad y ruptura en la normativa, destacando la manera en que las nuevas leyes fueron modificando a las más antiguas. Por otro lado, se exponen las discusiones historiográficas, verificando el avance de los estudios, las cuestiones que no se han trabajado y las que han motivado mayor debate.
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Los pueblos de la actual provincia de Buenos Aires se fueron conformando mayormente de manera espontánea, a medida que se asentaba la población y se avanzaba sobre el espacio apropiado a los indígenas; en la mayoría de los casos al amparo de los fuertes o las capillas. Los ejidos de esos pueblos existían de hecho como tierras de pan llevar pero se trazaron formalmente recién durante el siglo XIX. A lo largo de este trabajo se analizará el modo en que se operó la construcción de un cuerpo jurídico para los ejidos bonaerenses poniendo especial interés en la influencia del derecho indiano
Resumo:
El 1º de febrero de 1912 fue promulgada la Ley Sáenz Peña que establecía, como una novedad para el sistema electoral nacional, el voto obligatorio y secreto. La provincia de Buenos Aires no adoptó tal cual dicha ley, luego de un largo debate, promulgó su propia ley electoral, que sirvió de instrumento al partido Conservador para mantenerse en el poder, hasta 1917 cuando el presidente Yrigoyen decretó la intervención federal. El objetivo del presente trabajo es ver cómo la ley bonaerense sirvió a los propósitos conservadores, y cómo, con la intervención, los radicales lograron imponerse en la provincia de Buenos Aires.
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Tomando la perspectiva de la ecología política, el artículo analiza los conflictos socioambientales que contextualizaron la sanción de la Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba (Ley 9814/2010). Se caracterizan los actores sociales en disputa y sus lógicas e intereses en juego, y se analizan los argumentos que justificaron las posiciones que asumieron durante el conflicto que precedió a la sanción de la ley. Se identifican las alianzas generadas a fin de constituir grupos de interés para accionar políticamente en la arena legislativa, y se contextualiza la disputa local/provincial en el modelo agropecuario dominante a nivel nacional/global. El trabajo concluye que la ley expresa una alianza de poder consolidada históricamente entre los sectores hegemónicos de poder económico y político local, quienes usan y construyen el marco institucional del Estado en su propio beneficio sin importar los costos ambientales y sociales. Esta alianza contribuye a debilitar las demandas y derechos de los sectores más vulnerables de la sociedad, desconoce los procesos de participación ciudadana y compromete la oferta futura de servicios ambientales por parte del bosque nativo
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Partiendo de la revisión de una serie de acuerdos internacionales relativos a cuestiones lingüísticas a los que adhiere Argentina, este trabajo pretende ser una invitación al debate sobre lo que podría ser interpretado como una contradicción entre dos principios presentes en estos documentos. En la primera parte, se analizan sucintamente estos tratados, seleccionados por introducir cambios en el modo de comprender el derecho a la lengua u otros aspectos estrechamente relacionados. Debido a ello, no se agotan las características de cada uno de los documentos considerados, sino que sólo se señalan las modificaciones más relevantes introducidas por cada uno de ellos. Este panorama permitirá apreciar el pasaje del principio de tolerancia al del respeto por la diversidad cultural, junto con la aparición de la exigencia de garantizar una educación multicultural y bilingüe para los miembros de grupos minoritarios en igualdad de condiciones y oportunidades respecto de la educación mayoritaria. De la mano de esto último se añade la necesidad de alfabetizar como garantía de igualdad. Desde esta base podremos preguntarnos si puede plantearse la alfabetización como una obligación cuando la cultura en cuestión es ágrafa y en qué medida esto no contradice el principio de respeto a la diversidad cultural si se la presenta como una imposición
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La presente ponencia propone una reflexión y comparación acerca de las variaciones socio- históricas en la configuración de la infancia en la legislación de 1919, con la ley del patronato de menores, con la nueva ley del 2005, de promoción y protección integral de los derechos de los niños. Este trabajo se articula con el desarrollo de mi tesis de maestría: ?La construcción histórica de las clasificaciones y jerarquización de la infancia en el proceso de escolarización. Un análisis en la provincia de Buenos Aires (1945-1955)?. Se propone analizar las formas en que se conceptualizó la infancia, como niños delincuentes, anormales, excepcionales, deficientes y como éstos se manifiestan en los cambios en la legislación y normativa educativa en la provincia de Buenos Aires. Desde el punto de vista teórico, la investigación se inscribe en los estudios sobre gubernamentalidad, desde la perspectiva foucaultiana En esta dirección la ponencia, intentará realizar una revisión de ciertos saberes expertos que van desde la invisibilización de la infancia, considerada desde las posturas biológicas del desarrollo, a-histórica y a-social, conjuntamente con la visión funcionalista que apunta a la reproducción del orden social. El menor es configurado desde su relación de dependencia. Asociado a las instituciones de socialización como un sujeto pasivo de su subjetivación y desarrollo. Hasta las posturas, que consideran a los niños como agentes activos en su construcción y participación de la vida social, reconociendo a la población infantil, como sujetos de pleno derecho. Someter a discusión la relación sociedad-infancias, lleva a la observación de las continuidades y rupturas en la configuración de la infancia como una categoría socio cultural. Abre al interrogante sobre las condiciones y procesos sociales que afectan a la vida cotidiana de los niños
Resumo:
Se intenta mostrar la incidencia de los procesos políticos y sociales posteriores a la caída del gobierno peronista -1955- y a la Revolución Cubana -1959-, en la desorganización de la tradicional identidad del socialismo en la Argentina. En el Partido Socialista (PS), que había apoyado el golpe militar que derrocó a Perón, surgirá entonces una corriente crítica -sobre todo juvenil-, impactada por la potente oposición social y política con que los trabajadores "resistían" al nuevo régimen, y también por el ejemplo de los jóvenes revolucionarios cubanos. Ambos procesos, provocaron la radicalización de la izquierda socialista que: 1- en el plano discursivo, re-examinó la caracterización de su partido sobre el peronismo, y comenzó a considerarlo en términos de "movimiento de liberación nacional" y potencial portador de energías revolucionarias; 2- de manera concordante, en el plano práctico, desarrolló estrategias de acercamiento con los sectores combativos de ese movimiento, y con otros grupos que como ella misma, comenzaban a definirse como parte de una "nueva izquierda". En medio de un proceso de alta conflictividad partidaria, se produjeron sucesivas divisiones en el PS, y en sus sectores de izquierda, una novedosa reelaboración de la identidad y la línea política del socialismo: se denunció la visión "liberal" y "reformista" de los sectores tradicionales del Partido, y se trató de articular los principios de la doctrina socialista con contenidos propios del "nacionalismo popular y revolucionario". Frente a una línea político-estratégica que hasta entonces había privilegiado la identidad partidaria y la vía electoral y parlamentaria, se pasó a la promoción de una política frentista y a la exaltación de una perspectiva de corte insurreccional -dentro de la cual los momentos electorales y la actividad parlamentaria sólo contaban en tanto "recursos tácticos". En la ponencia se revisan algunos temas y "cuestiones" que permiten echar luz sobre las razones que facilitaron o promovieron ese tránsito, vinculándolo no sólo con el llamado "clima de época", sino también con la conflictiva vida política argentina, en un período caracterizado por la proscripción del peronismo, la presencia política de las Fuerzas Armadas, la debilidad de los partidos políticos y el envilecimiento de las instituciones democráticas
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El Nuevo Estatuto del Peón sancionado en el año 2012 y las recurrentes inspecciones que se realizan en el sector hortícola platense son responsables de la visibilización de un conflicto que ocurre en el seno de dicho sector y que tiene que ver con la prácticamente total precarización y explotación de la mano de obra. Las características de la actividad hacen para la pequeña producción hortícola imposible el cumplimiento de la legislación laboral. Como la persistencia de estos pequeños productores no puede ser a costa del trabajador, deben buscarse alternativas específicas, como podría ser el trabajo asociado. La mediería en el sector hortícola, lejos se encuentra de un acuerdo entre socios. En la práctica, se trata de una forma de explotación aún más precaria que el asalariado, por cuanto ni siquiera posee una retribución fija o segura, dependiendo esto de la producción alcanzada y los precios obtenidos. En la presente ponencia nos proponemos revisar la actual legislación que regula la mediería, confrontarla con la práctica real, para luego proponer una política pública y legislación que se adapte a la realidad del sector, paso necesario aunque no suficiente para la viabilidad de la agricultura -predominantemente- familiar y un respeto por las condiciones de trabajo
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Fil: Bonaparte, Adrián. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.