302 resultados para Víctima
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Contiene: T. I (117 p.) - T. II (138 p., [1] h. de grab.)
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Mode of access: Internet.
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El terrorismo es uno de los problemas más graves a nivel mundial, tanto por el elevado número de afectados que deja cada año, como por su incidencia a nivel mundial. España, lejos de ser una excepción, ha sufrido atentados terroristas de forma continuada durante décadas. Al analizar la literatura científica sobre consecuencias psicopatológicas de los atentados terroristas, se puede observar que el trastorno mental más investigado ha sido el trastorno por estrés postraumático (TEPT), habiendo sido menos investigados el trastorno depresivo mayor, el trastorno de angustia, la agorafobia sin historia de angustia y el trastorno de ansiedad generalizada. Además, la mayoría de la investigación previa se ha centrado en las consecuencias psicopatológicas de los atentados terroristas a corto, medio o largo plazo, pero no a muy largo plazo, es decir, 10, 20 o 30 años después de que los atentados terroristas hubiesen ocurrido. Es más, la mayoría de los estudios han utilizado instrumentos de cribado (screening) para evaluar la posible presencia de trastornos psicológicos, pero estos instrumentos son menos fiables y válidos para realizar un diagnóstico que las evaluaciones basadas en entrevistas clínicas diagnósticas estructuradas; por otro lado, la mayoría de los estudios se han centrado en las víctimas directas, los intervinientes y la población general afectada, pero casi ninguna ha evaluado las consecuencias psicopatológicas en familiares cercanos de las víctimas directas...
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Una de las virtudes que se le han atribuido a la justicia transicional en los países donde se ha implementado es su capacidad de fortalecer las instituciones y contribuir con el afianzamiento de la democracia. Una de las maneras de potenciar tanto la democracia como el restablecimiento de las víctimas ha sido propiciar su participación dentro de los procesos de justicia transicional y otras políticas públicas cuya finalidad es propender por las garantías de sus derechos. No obstante, la participación democrática de las personas está mediada por la calidad que se les otorga a los sujetos que participan. El objeto de este texto es proponer la necesidad de tener un debate acerca de las implicaciones que trae la forma en que se concibe a las “víctimas” en su participación dentro de procesos de reparación. Este documento concluye poniendo en consideración algunos puntos que podrían hacer parte del debate sobre la conceptualización de víctima y su participación.
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En este trabajo sobre la disciplina de la Resolución Alternativa de Conflictos se abordarán temas relacionados con la Justicia Restaurativa y el Derecho Penal, ahondando en aquellas situaciones conflictivas en las que existe conducta delictiva pero no existen víctimas determinadas. En especial, la investigación acerca de los delitos sin víctima determinada va dirigida hacia el ámbito de la Seguridad Vial, concretamente hacia aquellas situaciones donde existe delito de conducción temeraria (art. 380 CP). Este trabajo destaca la insuficiencia del Derecho Penal y, por ende, explora si la Justicia Restaurativa puede ser el paradigma idóneo en el que dar respuesta a estas situaciones conflictivas, siendo ésta la hipótesis que se plantea. La primera parte de la investigación está dedicada a aportar una base teórica al lector sobre la Justicia Restaurativa. La segunda parte es el eje de este Trabajo de Fin de Grado, ya que es la parte que se centra en los delitos sin víctima determinada, conteniendo ésta una propuesta de intervención de carácter restaurativo, apoyada por diversos profesionales de la Justicia Restaurativa y de la Seguridad Vial con los que se ha mantenido contacto durante la realización del presente trabajo. La tercera parte está destinada a integrar dicha propuesta en una asociación que trabaja con el modelo restaurativo de justicia. Para ir finalizando, se procederá a comprobar si la hipótesis se cumple o no y, por último, se expondrán las conclusiones extraídas de la investigación
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La obra publicada hacia fines del siglo XIX por el Comodoro Antonio Somellera (1812-1889) bajo el nombre Recuerdos de una víctima de la Mazorca, es un valiosísimo documento histórico para analizar los hechos e ideas que determinaron muchos de los aspectos de la vida política del momento al que se refiere, el gobierno de Juan Manuel de Rosas en Buenos Aires durante 1838-1840. Allí se expresa cabalmente uno de los elementos más controvertidos de la historia del país: la violencia política, tanto física como discursiva, a que estaban acostumbrados todos los hombres que dirigían, ya sea como gobierno o como oposición, los destinos de la Argentina. A través de un análisis contextualizado y profundo de estas Memorias, el presente trabajo buscará dilucidar algunos de los aspectos estructurales que caracterizaron la realidad política de esos años.
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El asesinato de Rosana Galliano fue uno de los casos policiales más resonantes de los últimos años en Argentina. Su cobertura en el diario Clarín es una muestra de que en la posmodernidad se desdibujan los límites entre “prensa seria” y prensa sensacionalista. La invasión de la vida privada de la víctima introduce los códigos de la novela sentimental y conduce a una lógica en la que cualquier acusación es publicada: todos hablan de la única que ya no puede hablar. Así, la cobertura oscila entre culpabilizar a la víctima y condenar sin juicio previo al sospechoso: el periodismo se vuelve fiscal y juez.
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Resumen: Análisis crítico de algunos aspectos del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictado en la causa “F., A. s/ medida autosatisfactiva”, en el que el Tribunal convalida el aborto practicado dos años atrás en la Provincia de Chubut y exhorta a las a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a implementar y hacer operativos protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos que denomina como “no punibles” y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual; y, dirigiéndose al Poder Judicial nacional y a los poderes judiciales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, les requirió a abstenerse de judicializar el acceso a los abortos no punibles “previstos legalmente”.
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Presentado en el XIII Coloquio Internacional ARYS "Alimentos divinos banquetes humanos. Sacrificios, comidas rituales y tabúes alimentarios en el Mundo Antiguo", celebrado en Jarandilla de la Vera, 16-18 de diciembre de 2010.
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[ES]La pena de cárcel, como única respuesta al delito, no constituye ninguna solución para el hecho delincuencial. No es solución para la víctima porque queda en el más profundo de los desamparos. No es solución para el infractor porque la cárcel no sólo no rehabilita sino que puede generar más delincuencia, como lo acredita el alto índice de reincidencia. Finalmente, no es una solución para la Comunidad por los altos costes, no sólo penitenciarios. Sólo integrada con otras respuestas no carcelarias, la respuesta prisional permite un abordaje sensato de la delincuencia. Se aboga, por ello, por una justicia que reconozca la existencia de otras instancias reparadoras como: la mediación, el arbitraje, el diálogo víctima - agresor, etc.
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(ES) En el presente artículo trata de poner de relieve los mecanismos utilizados por Aristófanes en Lisístrata para presentar de forma paródica el sacrificio juratorio con el que las mujeres sellan el pacto para obligar a sus maridos a que firmen la paz. Se analiza en este trabajo la utilización del vocabulario específico y la organización básica de este ritual, que Aristófanes conserva intacto, en contraste con la sustitución operada en cuanto a la persona que realiza el sacrificio y a la víctima sacrificial, una jarra de vino de Tasos. Esta elección entronca con el motivo cómico del amor de las mujeres al vino, al que se dedica la segunda parte de este trabajo.
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Mediante este estudio nos hemos acercado a la victimización sexual infantil desde el concepto de “círculo víctimal”. Tras una contextualización en la que realizamos una revisión de la bibliografía más relevante desde la óptica adoptada, presentamos nuestro propio trabajo de campo con datos de Gipuzkoa. Se han analizado un total de 51 sentencias, principalmente condenatorias, emitidas tanto por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa como por el Juzgado de Menores de San Sebastián –incluyendo en este caso no sólo sentencias sino también expedientes-. El periodo abarcado han sido los años 2004-2014. Dicho análisis nos ha permitido considerar las características del abuso, de la víctima y del agresor, el posible impacto victimal, así como la existencia o no de antecedentes de abusos en la infancia en la vida de los agresores. Los resultados se han contrastado con los estudios teóricos y empíricos de ámbito internacional referentes al “círculo victimal” en el ámbito de los abusos sexuales infantiles, deteniéndonos especialmente en si la víctima fue abusada en la familia o fuera de ella y si se convierte en abusador de su propia familia o de alguien fuera de ella. Adicionalmente, con el objeto de introducir la voz de los propios protagonistas, a través de fuentes secundarias, se han rescatado historiales de agresores de menores con antecedentes de abusos. Asimismo se ha completado el trabajo de campo con entrevistas a expertos.
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Se trata de un estudio repartido en 3 bloques: en la primera parte se hace una breve referenciaa la regulación llevada a cabo por parte de las Naciones Unidas y la Unión Europea sobre el asunto, para así llegar y comprender mejor el concepto de Violencia de Género ofrecido por la legislación española y la transcendencia del fenómeno violento en la esfera laboral y su alcance en la CAPV. El segundo bloque, que es el núcleo del trabajo, contiene aquellas medidas, de discriminación positiva, que tratan de compensar si se puede hablar de ese modo, la delicada situación de las víctimas de violencia de género. De ahí que no vaya a insistirse tanto en las actuaciones directas de protección de la víctima de violencia, ni de aquellas otras que deban tomarse contra la persona que ejerce la violencia sobre la mujer maltratada. En el tercero y último bloque se hace una referencia a la mujer inmigrante en situación administrativa irregular - víctima de violencia de género, teniendo en cuenta a aplicabilidad de la ley de extranjería.
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A presente dissertação tem por escopo analisar a intervenção da vítima no evento em que se produz um resultado que afeta a si mesma e seus possíveis reflexos na configuração do injusto penal, como fator de limitação da responsabilidade do agente. Para atender a esse objetivo, são abordados aspectos da teoria do delito relevantes para a contextualização e desenvolvimento dos questionamentos e caminhos de solução relativos à valoração da conduta da vítima, sobretudo a concepção material alicerçada na teoria do bem jurídico, sob a diretriz da garantia do livre desenvolvimento da personalidade, bem como a teoria da imputação objetiva e seu impacto sobre a compreensão do injusto penal. Como ponto de partida, destaca-se o respeito à autonomia pessoal e seu papel na ordem constitucional vigente, assim como os obstáculos que representa à intervenção penal, em sua conexão com o conceito de bem jurídico, a respeito do paternalismo e do moralismo jurídicos. Dentre as formas de intervenção da vítima, foram abordadas, primeiramente, aquelas em que quer o resultado, divididas, de acordo com uma valoração distinta do legislador, em autolesão e consentimento em heterolesão, analisando-se os argumentos que se propõem a indicar o tratamento do agente em cada caso, assim como os critérios de delimitação empregados. Conclui-se que a autonomia da vítima constitui a base para a impunidade daquele que intervém na autolesão, solução que deve estender-se a todos os casos, ressalvada a participação em suicídio, expressamente incriminada, delimitando-se o alcance da norma penal, como questão pertinente à imputação objetiva. Também a autonomia e a sua ligação com o conceito de bem jurídico permitem fundamentar a relevância do consentimento da vítima para o injusto penal, como fator que afasta a tipicidade. Em seguida, foram abordadas as formas de intervenção da vítima em que contribui para o resultado, mas não o quer, examinando correntes que se destacam na discussão dogmática, como aquelas que indicam a impunidade do agente que intervém na autocolocação em perigo da vítima, bem como as que se propõem a tratar da heterocolocação em perigo, conferindo distinto alcance à intervenção penal, além de orientações que tomam por base o princípio da autorresponsabilidade. Conclui-se que a intervenção da vítima, também nesse âmbito, deve repercutir no injusto penal, limitando o alcance da norma penal frente a condutas que não representem uma violação de sua autonomia, de modo a afastar a imputação objetiva.