911 resultados para Tutela y curatela
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Traducción del artículo de Juan Díaz Perol, publicado en la revista alemana Freundliches Begegnen (Düsseldorg, 1-1967, p. 14 y ss.)
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Incluye anexo y resúmenes de la encuesta
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Transcripción del Decreto por el que, de conformidad con el artículo 26-a de la Ley de Educación Primaria de 17 de julio de 1945, se establecían Escuelas primarias nacionales de Patronatos bajo la tutela y protección del Instituto Nacional de Colonización en las fincas y pueblos donde el referido Instituto ejercía su acción colonizadora y se consideraba necesaria para asegurar a los colonos y sus familias la debida asistencia intelectual y docente.
Els programes de qualificaci?? professional inicial de les Illes Balears. Bases per a un diagn??stic
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Els programes de qualificaci?? professional inicial (PQPI) tenen com a objectiu la prevenci?? de l???abandonament educatiu primerenc mitjan??ant una qualificaci?? laboral que els alumnes podran acreditar en el mercat de treball. Tamb??, a trav??s d???un m??dul voluntari, constitueixen una via alternativa per a l???obtenci?? del t??tol d???ESO. En contextos tur??stics com el de les Illes Balears, amb una incid??ncia significativa de l???abandonament primerenc, aquests programes tenen una rellev??ncia especial. En el present cap??tol, es duen a terme 30 entrevistes semiestructurades a alumnes, professors-tutors, pares i orientadors d???instituts de zones tur??stiques de totes les Illes Balears. Aquest treball de camp es duu a terme amb dos objectius: el primer objectiu ??s con??ixer el funcionament dels PQPI a partir de les valoracions dels actors implicats i el segon objectiu ??s analitzar els discursos sobre l???educaci?? del professorat-tutor del PQPI, discursos que es mouen principalment entre els models de l???educaci?? com a tutela i l???educaci?? com a relaci?? mestre-aprenent.
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Dins del 7è Programa marc de la Unió Europea, s'ha endegat un estudi, que va del 2008 al 2010 a cinc països –Regne Unit, Dinamarca, Hongria, Suècia i Espanya (centrat a Catalunya)– que té per objectiu explorar els factors que afavoreixen i ajuden els joves tutelats i extutelats a continuar els seus estudis després de l'escolaritat obligatòria. Cada equip de recerca esta duent a terme un estudi de casos que consisteixen a fer, d'una banda, entrevistes amb responsables de serveis socials i de protecció a la infància, i, d'altra banda, entrevistes en profunditat amb joves d'entre 19 i 21 anys que han estat tutelats almenys un any de la seva vida i que ho estaven a l'edat de 16 anys, i, finalment, entrevistes amb educadors, acollidors o persones que han estat claus a les seves vides. Els joves seleccionats seran entrevistats de nou un any més tard per veure en quina mesura s'han pogut fer els seus plans. L'objectiu del present article és doble: d'una banda, aportar algunes de les dades que s'han obtingut de la primera fase ja conclosa sobre revisió dels estudis existents en aquest àmbit i, de l'altra, obrir un debat, poc present encara al nostre país, que pot culminar el proper març del 2010 amb motiu d'unes jornades a Catalunya on es podran presentar, compartir i debatre els primers resultats de la investigació
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El presente estudio busca evidenciar la ruptura existente entre los principios, derechos y garantías relativos al trabajo, consagrados tanto en la Constitución Política de la República, como en acuerdos y convenios internacionales suscritos por el Ecuador, por una parte; y por otra, la legislación secundaria que ha sido expedida en nuestro país desde inicios de los años 90, a espaldas de la Constitución, restringiendo en la práctica derechos y garantías laborales, por lo cual en algunos casos, incluso, ha sido declarada inconstitucional. Este proceso de reducción de derechos y garantías laborales –vía normativa secundaria– se justifica, según sus defensores, en los supuestos de que el trabajo es un bien escaso que debe ser distribuido de mejor manera, y de que es necesario reformar el rígido esquema laboral del país, para poder agilitar la contratación y despido de la mano de obra, dejando que operen las fuerzas del mercado; además, se aduce que los principios de tutela y continuidad de la relación laboral son un óbice en la generación de empleo y para atraer la inversión extranjera. Así, se pretende "tornar más competitiva" la producción nacional, para que el Ecuador se inserte en la economía mundial globalizada. Sin embargo, este ensayo evidencia que la reducción de derechos y garantías laborales no genera los efectos anotados; por el contrario, agudiza la brecha entre pobres y ricos, pudiendo generar graves estallidos sociales.
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El conjunto de actividades ligadas al transporte aéreo se ha convertido, a nivel global, en una importante fuente de recursos económicos, generación de empleo e incremento de la calidad de vida de los ciudadanos. Sin embargo, la situación crónica de saturación del espacio aéreo y de los propios aeropuertos limita enormemente el potencial crecimiento económico mundial basado en este sector estratégico del transporte. Como efecto colateral de esta saturación, se producen graves daños medioambientales debidos fundamentalmente, a la emisión directa a la atmósfera de mucha mayor cantidad de gases de efecto invernadero de la estrictamente necesaria. La solución al problema no es abordable exclusivamente a través de la construcción de nuevas infraestructuras aeroportuarias o la ampliación de las ya existentes. Los organismos mundiales relacionados con la aviación civil han diagnosticado que la forma anacrónica en la que actualmente se está gestionando la información aeronáutica (IA) impide que los proveedores de servicios de navegación aérea puedan tratar de forma eficiente y segura un mayor volumen de tránsito aéreo en el mismo espacio y lapso de tiempo. En definitiva, se advierte que la actual falta de eficiencia de la gestión de IA constriñe de forma notable el verdadero potencial del sistema aéreo mundial. Para solucionar este problema, se encuentra en marcha un ambicioso programa de trabajo que pretende mejorar la situación actual, dando respuesta a la necesidad de una interoperabilidad mundial desde un punto de vista análogo al que promueven las IDE en otros campos temáticos. Denominado genéricamente transición de AIS (Servicios de Información Aeronáutica) a AIM (Gestión de la Información Aeronáutica), este proceso está liderado por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), encargada de su tutela y coordinación con los estados para evitar en lo posible evoluciones divergentes. Basada en la futura puesta en marcha de un modelo mundial de intercambio de datos aeronáuticos normalizados, el avance de esta iniciativa está obligando a los servicios AIS a replantearse la forma en la que, hasta el momento, publican y difunden el contenido de las denominadas Publicaciones de Información Aeronáutica (AIP). Todavía hoy (mediados de 2011), las AIS publican su cartografía en formato papel y estos mapas son de uso obligatorio en todos los vuelos de transporte de pasajeros que realicen las compañías aéreas. Aunque nada impide que los pilotos puedan llevar otra información adicional en instrumentos electrónicos propios (ordenadores portátiles, teléfonos, tabletas tipo iPad, y otros), el uso de los mapas en papel sigue siendo obligatorio. Esto arrastra algunas consecuencias relacionadas con su manejo (la cabina del piloto es muy pequeña), con la lectura de los mapas (hay cada vez más información en los mapas), con su actualización (hay que versionar constantemente los mapas para incorporar novedades con el gasto de impresión y distribución que supone) y con otros aspectos que pueden ser fácilmente mejorables por medio de las tecnologías emergentes, como por ejemplo el acceso ubicuo a la información espacial más actual. Entre los cambios que impulsará la iniciativa del cambio de AIS a AIM, está el que los mapas usados por los pilotos y otros técnicos de IA, dejarán de concebirse como productos terminales y cerrados para evolucionar hacia el conocido formato de datos distribuidos e interoperables que auspician las IDE, logrando con ello integrar la información, contenida en la definición de diferentes flujos de trabajo dentro del campo aeronáutico, de forma directa, transparente y eficiente.
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Muchas Constituciones en el mundo atribuyen una función social a las sociedades cooperativas y prevén que el legislador las promueva. La ley y las instituciones europeas suelen incluir a las cooperativas en las entidades de la economía social que los poderes públicos tienen la tarea de fomentar. Para que estas normas puedan considerarse legítimas a la luz del principio constitucional de igualdad ante la ley, las cooperativas deberán poseer una identidad jurídica distinta de la de otras sociedades. Este artículo se propone identificar los principales elementos de la identidad jurídica de la cooperativa que la hacen un tipo de sociedad digna de específica tutela y trato privilegiado en la Constitución y por parte de la ley. Además, el artículo tratará de la distinción entre cooperativas mutualistas y cooperativas de interés general a la luz del problema de la regulación de la “empresa social”.
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Documento en Lectura Fácil que tiene como objetivo acercar términos complejos como la capacidad jurídica, la tutela o la curatela a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo para que puedan participar en mayor medida en la valoración de sus necesidades. Mejorar la comprensión de estos conceptos es necesario también para que las personas intervengan en la elección de los apoyos que precisen para actuar como cualquier ciudadano. La adaptación a la lectura fácil del proyecto ha sido desarrollada por la Cooperativa Altavoz, mediante el ajuste y la validación del texto original por un grupo de personas con discapacidad intelectual.
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En el ámbito canónico, la noción de bien cultural es de reciente aparición. Durante los años sesenta del siglo pasado se trabajó mucho en la legislación sobre el patrimonio artístico de Italia. Esto dio origen a que la noción de bien cultural fuera ampliamente recibida en el ámbito administrativo y legal en general. El Código de Derecho Canónico utiliza distintas expresiones para referirse al mismo tema. En general usa: bona temporalia cuando se refiere a los actos sobre los bienes eclesiásticos en sentido técnico. Pero la expresión bona culturalia es referida en el canon 1283, 2° para referirse al patrimonio cultural sujeto a la administración. Se trata de bienes culturales de interés religioso...
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Los problemas bioéticos que surgen en relación con los temas de la tutela de la vida y de los trasplantes tendrán respuestas diversas, a veces incluso contrarias, según sea el fundamento filosófico del que se parta. Se analiza así, en primer lugar, la filosofía subyacente en los principios de la Bioética anglosajona. A continuación se examina la corriente bioética que aparece como opuesta al “Principismo anglosajón” y se ofrece como una alternativa desde la Europa continental, a saber, el “Personalismo”, analizando las corrientes filosófico-antropológicas que le sirven de fundamento a las diversas formas de personalismo. Finalmente, en una evaluación críticofilosófica se concluye que ni el personalismo relacional, ni el personalismo hermenéutico, ni el personalismo “a secas” son la respuesta bioética adecuada para sostener la cultura de la vida. Solamente el Personalismo ontológicamente fundado puede dar una respuesta a las cuestiones bioéticas más comprometidas, como las que se refieren a la vida o a la muerte de personas cualquiera sea su madurez, su capacidad operativa y relacional.
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Tesis (Doctor en Derecho con Orientación en Derecho Procesal) UANL, 2013.
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Se trata de explicar la procedencia de la Acción de Amparo contra providencias judiciales en donde el sujeto pasivo de la acción es la Corte Constitucional. Todo esto expuesto en un caso concreto.
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Debe propugnarse por la existencia de un equilibrio entre la libertad contractual y viabilidad financiera de la industria aseguradora, y los derechos humanos de las personas viviendo con el VIH/SIDA, entre estos se debe encontrar la posibilidad de acceder a seguros de salud y vida. Los aseguradores deben colaborar, junto con el resto de estamentos de la sociedad, en la activa prevención de la pandemia, con base en un principio de solidaridad e interés general, pero también como parte de una estrategia acorde con su actividad.
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El propósito de este trabajo es sugerir una interpretación del artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que permita la protección de ciertos derechos económicos, sociales y culturales en el Sistema Interamericano. Esta interpretación pretende ubicarse a mitad de camino entre las posturas que consideran el referido artículo como una norma no operativa y aquellas que sostienen que es la piedra de toque para la vigencia plena de estos derechos en el sistema. Finalmente, busca establecer el catálogo de derechos que dicho precepto protege.