1000 resultados para PIRATERÍA (DERECHOS DE AUTOR)


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En este trabajo se presenta la investigación realizada con el objeto de determinar la factibilidad tecnológica para el registro de los hologramas de matriz de punto utilizados ampliamente en la industria de las artes gráficas como elementos de seguridad en la lucha contra la piratería y la falsificación de productos -- Para ello se estudian y presentan los fundamentos ópticos de las rejillas de difracción que los conforman, derivando los métodos que permiten el cálculo a partir de condiciones establecidas de iluminación y reconstrucción -- A partir de dichos métodos se desarrollan y se ponen en funcionamiento sistemas y arreglos experimentales completos, que involucran el software para el control de los dispositivos mecánicos, para el manejo y diseño de las imágenes, y adicionalmente la óptica propiamente dicha -- Los sistemas de esta forma implementados, que permiten la generación y registro de las rejillas, son puestos a prueba y se presentan los resultados tomando como parámetro la medición de los espectros generados por difracción -- Finalmente se presentan y evalúan varios ejemplos típicos de la aplicación de los hologramas de seguridad generados en el sistema desarrollado

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A Espanya encara tenim pendent la transposició de la Directiva 2001/29/CE "relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información", la qual suposarà una modificació del marc legal que regula aquesta matèria. En aquest article s'analitzen els aspectes de la Directiva que més poden afectar el desenvolupament dels serveis que ofereixen les biblioteques i centres similars, prestant atenció als punts que poden ser més conflictius a la llum de les dues propostes que fins al moment s'han plantejat.

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Los problemas que el gran desarrollo de la información digital e Internet están provocando al derecho de autor se están intentando solucionar a través de tres vías: legislativa, tecnológica y contractual. La protección proporcionada a las obras con derecho de autor mediante medidas tecnológicas complementa a las condiciones de uso establecidas en las licencias y, además, ambos tipos de protección están respaldados por las nuevas leyes surgidas para adaptarse al nuevo contexto tecnológico. Como resultado de esta triple protección se están poniendo en grave peligro las excepciones y limitaciones a los derechos de autor reconocidas por las leyes de derecho de autor para beneficiar a las bibliotecas, sus usuarios y los ciudadanos en general, dando lugar a una fuerte y peligrosa privatización del acceso a la información.

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¿De qué manera la OMPI y Estados Unidos, han garantizado la protección de los derechos de autor en el campo de la música digital? ¿Hasta qué punto la distribución de la música por la Internet cuestiona el concepto clásico de soberanía?

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Repaso de las diferentes iniciativas llevadas a cabo desde 1791 para defender los derechos de la actividad creadora de cada individuo, ante los continuos atropellos que sufren los creadores intelectuales. Con el fin de proteger los derechos de autor, empiezan a aparecer en diferentes países textos legislativos, con mayor o menor acierto en sus medidas. Sin embargo, sigue persistiendo el problema del plagio y mal uso de las creaciones fuera de las fronteras de cada país, estos textos son simples protecciones nacionales. Comienzan entonces a proliferar convenios bilaterales entre algunos países, pero estas medidas resultan complicadas e ineficaces. Surge entonces a iniciativa de Francia, un Convenio firmado en Berna en 1886 por diez países: Alemania, Bélgica, Francia, Gran Bretaña, Haití, Italia, Liberia, Suiza y Túnez. El texto de Berna es un intento de consagración internacional de la defensa de la propiedad intelectual. Más tarde, entre 1888 y 1889, se firma un segundo Convenio en Montevideo, que es el primer Tratado de Propiedad Intelectual del Nuevo Mundo, que firmaron República Argentina, Paraguay, Bolivia, Perú y Uruguay. A estos tratados les suceden varias revisiones y ratificaciones, hasta llegar a una compleja maraña de convenios, tratados bilaterales y arreglos recíprocos de algunos países sudamericanos con Estados Unidos, hasta la Convención de Washington en 1946. En resumen, la situación internacional de los derechos de autor a comienzos de los años cincuenta, con la previsión de una revisión de los convenios, aseguran la continuidad de la colaboración internacional entre los países unionistas, que son ya más de treinta y cinco en este momento. En cuanto a América, la situación no es tan optimista, por retrasarse la ratificación del Convenio de Washington. En este panorama, siguen aún los intentos de realizar un unificación universal del régimen internacional del derecho de autor, con el apoyo de la UNESCO, sirviendo de lazo de unión entre los dos continentes.

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Se analizan cronológicamente, los Congresos, Asambleas y en general, los actos más importantes que se celebraron en el año 1952 sobre los 'derechos de autor'. Se comentan la Conferencia de Expertos de Washington, la Reunión Internacional de Nimes, el Congreso de la 'International Bar Assotiation', la Conferencia Intergubernamental de la Unesco y por último, el primer Congreso Iberoamericano-Filipino de Archivos, Bibliotecas y Propiedad Intelectual.

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Describe a la música y la innovación en la forma de comercializarla, se inicia con los primeros pasos para grabar y reproducir sonidos, hasta llegar la era del Compact Disk. Se explica la cadena de valor tradicional de la música y se describen a sus diferentes actores, también detallamos cual es la distribución de los ingresos provenientes de la venta de discos compactos. La segunda parte analiza la Industria Discográfica en el mundo y en nuestro país, sus estructuras son explicadas y también se analiza como el irrespeto a las leyes de derechos de autor y propiedad intelectual vienen afectando su desenvolvimiento con un razonamiento del efecto de piratería en el Ecuador. En el tercer capítulo investigamos el cambio que se estaá dando en la forma de entretenernos y comunicarnos, la tecnología y el Internet están desplazando a muchas industrias relacionadas con este tan importante campo económico y social y también referimos cómo la Industria Discográfica está asumiendo este cambio, esta última parte derivada del advenimiento de las nuevas tecnologías que han evolucionado a la comunicación digital. Para culminar el presente trabajo se plantean conclusiones y recomendaciones que emanadas de la investigación que realizamos presentan un panorama más alentador para la Industria Discográfica en nuestro país. La tecnología creciente qpunta a que se considere un espacio para la economía digital y se la considere una nueva oportunidad para alcanzar la prosperidad.

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El Capítulo 1 referente a Nociones Generales de Propiedad Intelectual y de Empresa, es un extracto de las formas de protección de los programas de ordenador, en especial de los derechos de autor. Se pone real énfasis al desarrollo de la ciencia y la tecnología en este capítulo ya que constituye un pilar fundamental para que el desarrollo de la protección legal de software se dé. El Capítulo II recoge información sobre legislación tanto en el ámbito nacional como internacional. En el presente capítulo se hace un análisis general de la legislación, de los procedimientos legales utilizados en el Ecuador, englobando, además, nuevas formas internacionales de aplicación para la protección de software que no consta en la Ley ecuatoriana y que representan una novedad para el contexto nacional. Siguiendo el orden, el Capítulo III, con título Programas de Ordenador en el Ecuador, hace referencia a la creación del software en pasos sistemáticos a seguir. El procedimiento para crear un programa de ordenador, debe realizárselo según ciertos parámetros que serán la guía para obtener un resultado. Los Mecanismos alternativos de Protección de los Programas de Ordenador en el Ecuador, contenidos en el Capítulo IV, son fundamentales en este mundo de constante cambio ya que a falta de una protección completa por el efecto legal, los empresarios y creadores de software han intentado por cuenta propia dotarse de mecanismos que les permitan tener un control más cerrado y efectivo del software que ellos producen, con el objeto de impedir la piratería y pérdidas por efecto de ella. En función de determinar los costos para la creación de software se ha analizado de manera general, en el Capítulo V, lo que puede costar realizar un determinado programa (aplicación) y del efecto que este produce en el contexto global (PNB). Por último, el Capítulo VI, constituye un estudio de los efectos de la globalización en el campo del software. Es inquietante conocer los efectos que ella, la globalización, puede conllevar en una economía pequeña como la nuestra, la influencia de organismos poderosos y de los posibles cambios en el ámbito legal y tecnológico que pueden darse, tanto nacional como internacionalmente. Puede que esta situación sea preocupante en un futuro, dependiendo del ambiente y su desarrollo.

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Fil: Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Filosofía y Letras. Comité Editorial Revista de Literaturas Modernas.

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Fil: Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Filosofía y Letras. Comité Editorial Revista Cuyo.

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En VII Congreso Costarricense de Filología, Lingüística y Literatura Dr. Jack Wilson Kilburn.

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La reciente aprobación de la ley Sinde en medio de un profundo y profuso debate público ha puesto de manifiesto que las ambiciones de las industrias de la cultura no están en sintonía con las de consumidores y ciudadanos. Se ha discutido la necesidad de reformular las leyes de propiedad intelectual, contraponiendo el derecho de los creadores a rentabilizar su trabajo con los derechos de los ciudadanos a la circulación de la cultura. Se hace necesario analizar los términos de este debate, además de los elementos ausentes en la discusión. La participación de los ciudadanos parece limitarse meramente a circular materiales culturales fuera de los cauces comerciales, pero no aparecen tematizadas las prácticas creativas, cada vez más comunes, que también infringen las leyes de propiedad intelectual. Los blogs mantenidos por fans sobre personajes de comic, las versiones dobladas de trailers de películas, el uso de samplers o mashups en la música popular, etc… Prácticas que implican la reelaboración creativa de textos preexistentes que cuestionan la centralidad del autor en su acepción clásica (la protegida por la legislación de derechos de autor). Proponemos contrastar los discursos en torno al derecho de los ciudadanos a la cultura que entienden este ejercicio como mero intercambio de archivos con las citadas prácticas intertextuales que suponen una forma de empoderamiento de las ciudadanos que discuten los límites de la creatividad y la originalidad. El análisis pretende dar algunas pistas para entender dos cuestiones: a) el alcance los derechos culturales de la ciudadanía democrática en la sociedad de la información y b) la necesidad de reelaborar las leyes de propiedad intelectual para dar cabida a las nuevas prácticas de la cultura digital.

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Aguilar, Damaris 000025

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Desde 1999 el Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Cataluña (CBUC) ha creado una nueva línea de trabajo, junto con el Centro de Supercomputación de Cataluña (CESCA), para promocionar la investigación que se lleva a cabo en Cataluña y al mismo tiempo contribuir al movimiento mundial de depositar la producción académica y de investigación en la red de forma gratuita. Este movimiento mundial, que recibe el nombre de Open Access, ha sido puesto en marcha por las instituciones que financian la investigación con la finalidad de crear alternativas al paradigma de pagar por tener acceso a la información que se ha elaborado en la propia institución. Esta nueva línea de trabajo son los repositorios institucionales. En la tercera edición de estas mismas Jornadas presentamos una comunicación sobre los repositorios institucionales que por entonces teníamos implementados. Ahora después de dos años presentamos su estado actual y reflexionamos sobre la estrategia para lograr la inclusión de documentos (políticas institucionales, comités científicos, etc.), su contenido (estándares usados, derechos de autor, preservación, etc.), su continente (programas y tecnología utilizada, protocolos, etc.) y comentamos los resultados obtenidos en los seis años de experiencia desde que se puso en marcha el primero.