889 resultados para Ley 26.150.
Resumo:
La Asignación Universal por hijo para la Protección Social se enmarca en una nueva concepción de política social que sustenta sus fundamentos en la ley 24.714 que establece el “Régimen de Asignaciones Familiares" y la ley 26.061 que tiene por objeto la “Protección integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes." Dicha perspectiva posiciona a la AUH en el marco de las políticas de inclusión social reconociendo a los destinatarios de la misma como sujetos de derechos.
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El presente trabajo de investigación está referido a los concursos y la necesidad de su reglamentación. Surge de la observación de la situación actual y de la norma vigente entendiendo como tales a los procesos concursales de personas con inferiores capacidades económicas; personas físicas con pequeños ingresos y un modesto capital. En la actualidad se encuentran bajo el amparo de la ley de concursos y quiebras todo tipo de procedimientos, incluidos los antes mencionados, sin otorgarles un tratamiento distintivo a los casos de menor envergadura. Autores especializados en el tema y profesionales de la materia, han cuestionado la necesidad de su reglamentación, cuestión que se analiza de manera detallada.
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La ley 26.684 es la última reforma a la Ley de Concursos y Quiebras 24.522, sancionada y promulgada en el año 2011. En su mayor parte, como lo indica su nombre, se pretende la “Participación de los trabajadores en la recuperación de los medios de producción y la fuente laboral en caso de proceso concursal o quiebra". Sin embargo, esta reforma, ha modificado distintos preceptos de la ley 24.522 y no sólo en lo referente a la continuación de las actividades de la fallida por las cooperativas de trabajadores". Esta reforma ha incrementado las posibilidades de que los trabajadores participen en el destino de la empresa concursada, y le ha otorgado un rol activo en la conservación de la misma, siendo estos protagonistas de la preservación de sus puestos de trabajo. Para poder ejercer estos derechos, la ley propicia el modelo "cooperativista". Ante esto, el fin axial de este trabajo es traer a colación ese rol activo que tiene la cooperativa, reafirmado por la ley 26.684, tanto en el concurso preventivo como en las quiebras. Sin embargo, este escrito sólo se centrará en la participación de las mismas, exclusivamente, en las quiebras, presentando los tópicos más importantes reformados con sus ventajas y desventajas. Primeramente, se hará una reseña del contexto y la realidad socioeconómica del país en el que va surgiendo el fundamento de la legitimación otorgada a las cooperativas de trabajo, y cómo fue progresivamente, el tratamiento legal, hasta llegar a la última reforma.
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El contexto actual de expulsión y ampliación de la pobreza generó la ampliación de la llamada zona de vulnerabilidad, generando que un vasto sector de niñas, niños y adolescentes se encuentren en situación de vulnerabilidad psicosocial. Tal situación definida desde la lógica del déficit, genera las condiciones necesarias para que la institucionalización continúe siendo la modalidad privilegiada de protección, pese a la existencia de reglamentaciones que enuncian lo contrario (Ley 26.061, CDN). La institucionalización por causas asistenciales, como parte de los procesos de tutelarización (Donzelot, 1977) o de minorización (Duschastky, 2000), produce un tipo de subjetividad particular, tradicionalmente abordada desde la perspectiva hegemónica de la normalización, que reproduce la idea de un único niño posible. Por tal motivo, y con el propósito de desnaturalizar saberes instituidos, se presenta un estudio que, desde la perspectiva de los protagonistas -niños y niñas institucionalizados en hogares convivenciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, pretende describir el modo en que los procesos de institucionalización afectan los procesos de construcción identitaria, así como también dar cuenta de sus vivencias, las cuales les permiten construir versiones sobre el deber ser y lo deseable, para sí mismos y para la vida social
Resumo:
Las ciencias médicas y el cuerpo de las mujeres han establecido un vínculo de creciente intervención y medicalización, que evidencia el mecanismo del discurso médico hegemónico al momento de desplegar un disciplinamiento de los cuerpos, especialmente los femeninos y aquellos en posición feminizada. En este trabajo se problematizará el lugar de la mirada en el nacimiento de la clínica (Foucault, (1963), 2003), que cambia en función del vínculo entre médico y paciente. La clínica ha dispuestos diferentes tipos de tecnologías orientadas a las mujeres en un determinado ciclo vital: la etapa reproductiva (Fernández, 2012), que marca la intervención de las situaciones de embarazo, parto y puerperio. Se analizará entonces las intervenciones clínicas orientadas a la figura de la mujer -madre- reproductora y a las escenas guionadas que la medicina propone en el tratamiento obstétrico. De acuerdo a la Ley 26.485 la Violencia Obstétrica "es aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929" (Art. 6). Al analizar la violencia obstétrica, se hará énfasis en la vulneración del ejercicio cívico de la voz de las mujeres (Cháneton & Oberti, 2003), en el momento en que las mujeres reclaman sus derechos en el ámbito de la salud.
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La presente investigación se propuso conocer a la población de niños, niñas y adolescentes (en adelante "nnya") alojada en algunas de las instituciones transferidas al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco del Acta Acuerdo para la Transferencia de Servicios de Atención Directa de Protección de Derechos de nnya, en los términos del artículo 70 de la Ley 26.061. En la primera parte del trabajo se desarrollan las principales características de la transferencia de servicios de atención directa, luego se detalla la metodología y los objetivos planteados. En segundo lugar se presentan los datos estadísticos producidos relacionados con la población de nnya alojados en Hogares
Resumo:
Actualmente son reconocidos los beneficios del deporte, la actividad física y la recreación para el desarrollo humano y social de las poblaciones y su afirmación como derechos humanos en diferentes instrumentos legales. Este derecho al deporte y al juego recreativo en la infancia se hace explícito en la Convención de los Derechos del Niño (ONU, 1989), en la Ley de Educación Nacional, y en la Ley de Protección Integral (Ley 26.061). El propósito de este trabajo es estudiar la implementación de políticas públicas mediante el estudio de caso en el Partido de La Matanza, en tres espacios socio-residenciales de villa o asentamientos urbanos, que tuvieron como población participante principal niños/as entre 4 y 14 años. Mediante la triangulación de perspectivas cualitativas se realizó un análisis en paralelo entre el enfoque teórico y metodológico del programa, y las prácticas objetivas desarrolladas en el territorio. Se reconocen los límites que tienen los programas orientados al "deporte social" para traducir en prácticas concretas el ideario del desarrollo humano desde un enfoque de derechos, los desafíos de cobertura y en particular de construcción e implementación de ofertas educativas de calidad en el campo del juego recreativo y el deporte
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Actualmente son reconocidos los beneficios del deporte, la actividad física y la recreación para el desarrollo humano y social de las poblaciones y su afirmación como derechos humanos en diferentes instrumentos legales. Este derecho al deporte y al juego recreativo en la infancia se hace explícito en la Convención de los Derechos del Niño (ONU, 1989), en la Ley de Educación Nacional, y en la Ley de Protección Integral (Ley 26.061). El propósito de este trabajo es estudiar la implementación de políticas públicas mediante el estudio de caso en el Partido de La Matanza, en tres espacios socio-residenciales de villa o asentamientos urbanos, que tuvieron como población participante principal niños/as entre 4 y 14 años. Mediante la triangulación de perspectivas cualitativas se realizó un análisis en paralelo entre el enfoque teórico y metodológico del programa, y las prácticas objetivas desarrolladas en el territorio. Se reconocen los límites que tienen los programas orientados al "deporte social" para traducir en prácticas concretas el ideario del desarrollo humano desde un enfoque de derechos, los desafíos de cobertura y en particular de construcción e implementación de ofertas educativas de calidad en el campo del juego recreativo y el deporte
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Con este trabajo se pretende contribuir al debate en torno a los bosques nativos de nuestro país en el marco de la reciente ley 26.331/07 de "Presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos" y su aún más reciente reglamentación. Se realiza en primer término una breve referencia al encuadre de la legislación ambiental en nuestro país, luego se presentan algunos resultados del Primer Inventario Forestal del año 2001. En una segunda instancia se analizan los principales aspectos de la Ley 13.273/48 de "Defensa de la Riqueza Forestal", norma que reguló de manera integral el sector forestal en nuestro país, para luego establecer una comparación de las principales implicancias territoriales entre ambos marcos legales y perspectivas de la nueva Ley.
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El contexto actual de expulsión y ampliación de la pobreza generó la ampliación de la llamada zona de vulnerabilidad, generando que un vasto sector de niñas, niños y adolescentes se encuentren en situación de vulnerabilidad psicosocial. Tal situación definida desde la lógica del déficit, genera las condiciones necesarias para que la institucionalización continúe siendo la modalidad privilegiada de protección, pese a la existencia de reglamentaciones que enuncian lo contrario (Ley 26.061, CDN). La institucionalización por causas asistenciales, como parte de los procesos de tutelarización (Donzelot, 1977) o de minorización (Duschastky, 2000), produce un tipo de subjetividad particular, tradicionalmente abordada desde la perspectiva hegemónica de la normalización, que reproduce la idea de un único niño posible. Por tal motivo, y con el propósito de desnaturalizar saberes instituidos, se presenta un estudio que, desde la perspectiva de los protagonistas -niños y niñas institucionalizados en hogares convivenciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, pretende describir el modo en que los procesos de institucionalización afectan los procesos de construcción identitaria, así como también dar cuenta de sus vivencias, las cuales les permiten construir versiones sobre el deber ser y lo deseable, para sí mismos y para la vida social
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Las ciencias médicas y el cuerpo de las mujeres han establecido un vínculo de creciente intervención y medicalización, que evidencia el mecanismo del discurso médico hegemónico al momento de desplegar un disciplinamiento de los cuerpos, especialmente los femeninos y aquellos en posición feminizada. En este trabajo se problematizará el lugar de la mirada en el nacimiento de la clínica (Foucault, (1963), 2003), que cambia en función del vínculo entre médico y paciente. La clínica ha dispuestos diferentes tipos de tecnologías orientadas a las mujeres en un determinado ciclo vital: la etapa reproductiva (Fernández, 2012), que marca la intervención de las situaciones de embarazo, parto y puerperio. Se analizará entonces las intervenciones clínicas orientadas a la figura de la mujer -madre- reproductora y a las escenas guionadas que la medicina propone en el tratamiento obstétrico. De acuerdo a la Ley 26.485 la Violencia Obstétrica "es aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929" (Art. 6). Al analizar la violencia obstétrica, se hará énfasis en la vulneración del ejercicio cívico de la voz de las mujeres (Cháneton & Oberti, 2003), en el momento en que las mujeres reclaman sus derechos en el ámbito de la salud.
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La presente investigación se propuso conocer a la población de niños, niñas y adolescentes (en adelante "nnya") alojada en algunas de las instituciones transferidas al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco del Acta Acuerdo para la Transferencia de Servicios de Atención Directa de Protección de Derechos de nnya, en los términos del artículo 70 de la Ley 26.061. En la primera parte del trabajo se desarrollan las principales características de la transferencia de servicios de atención directa, luego se detalla la metodología y los objetivos planteados. En segundo lugar se presentan los datos estadísticos producidos relacionados con la población de nnya alojados en Hogares
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Con este trabajo se pretende contribuir al debate en torno a los bosques nativos de nuestro país en el marco de la reciente ley 26.331/07 de "Presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos" y su aún más reciente reglamentación. Se realiza en primer término una breve referencia al encuadre de la legislación ambiental en nuestro país, luego se presentan algunos resultados del Primer Inventario Forestal del año 2001. En una segunda instancia se analizan los principales aspectos de la Ley 13.273/48 de "Defensa de la Riqueza Forestal", norma que reguló de manera integral el sector forestal en nuestro país, para luego establecer una comparación de las principales implicancias territoriales entre ambos marcos legales y perspectivas de la nueva Ley.
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El contexto actual de expulsión y ampliación de la pobreza generó la ampliación de la llamada zona de vulnerabilidad, generando que un vasto sector de niñas, niños y adolescentes se encuentren en situación de vulnerabilidad psicosocial. Tal situación definida desde la lógica del déficit, genera las condiciones necesarias para que la institucionalización continúe siendo la modalidad privilegiada de protección, pese a la existencia de reglamentaciones que enuncian lo contrario (Ley 26.061, CDN). La institucionalización por causas asistenciales, como parte de los procesos de tutelarización (Donzelot, 1977) o de minorización (Duschastky, 2000), produce un tipo de subjetividad particular, tradicionalmente abordada desde la perspectiva hegemónica de la normalización, que reproduce la idea de un único niño posible. Por tal motivo, y con el propósito de desnaturalizar saberes instituidos, se presenta un estudio que, desde la perspectiva de los protagonistas -niños y niñas institucionalizados en hogares convivenciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, pretende describir el modo en que los procesos de institucionalización afectan los procesos de construcción identitaria, así como también dar cuenta de sus vivencias, las cuales les permiten construir versiones sobre el deber ser y lo deseable, para sí mismos y para la vida social
Resumo:
Las ciencias médicas y el cuerpo de las mujeres han establecido un vínculo de creciente intervención y medicalización, que evidencia el mecanismo del discurso médico hegemónico al momento de desplegar un disciplinamiento de los cuerpos, especialmente los femeninos y aquellos en posición feminizada. En este trabajo se problematizará el lugar de la mirada en el nacimiento de la clínica (Foucault, (1963), 2003), que cambia en función del vínculo entre médico y paciente. La clínica ha dispuestos diferentes tipos de tecnologías orientadas a las mujeres en un determinado ciclo vital: la etapa reproductiva (Fernández, 2012), que marca la intervención de las situaciones de embarazo, parto y puerperio. Se analizará entonces las intervenciones clínicas orientadas a la figura de la mujer -madre- reproductora y a las escenas guionadas que la medicina propone en el tratamiento obstétrico. De acuerdo a la Ley 26.485 la Violencia Obstétrica "es aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929" (Art. 6). Al analizar la violencia obstétrica, se hará énfasis en la vulneración del ejercicio cívico de la voz de las mujeres (Cháneton & Oberti, 2003), en el momento en que las mujeres reclaman sus derechos en el ámbito de la salud.