987 resultados para Historia judicial


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Fil: Calandria, María Sol. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina.

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Este trabajo se ocupa de examinar el accionar de los agentes sociales indígenas atrapados en el entramado judicial, ya sea en calidad de damnificados o sospechados de un delito, en la campaña y a ciudad de Buenos Aires hacia fines del período colonial. El objetivo es indagar en la configuración y resolución de los conflictos que involucren a indígenas, observando tanto su posicionamiento como el de los agentes judiciales, eclesiásticos o particulares con cierto poder en el ámbito local que se encuentren involucrados en estas causas. Este análisis nos facilitará la entrada al entretejido social de la época, proporcionándonos claves para comprenderlo, a la vez que develará una diversidad de voces y miradas implicadas en el proceso de configuración y judicialización de los delitos

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Fil: Durán, Claudia L.. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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La sanción del código penal en la provincia de Buenos Aires en el año 1877, fijó en el homicidio la penalidad y determinó las circunstancias del delito mediante la enumeración de los atenuantes y agravantes. El objetivo era contemplar todas las posibilidades del delito para reducir el "arbitrio judicial". Sin embargo, deteniéndonos en los cambios operados en cuanto a la ebriedad en la normativa legal y en la práctica judicial, se puede observar que la función del juez no se redujo únicamente a computar la pena según el delito. A su cargo quedó la apreciación de las pruebas y la interpretación legal. En este sentido, la ley dejó márgenes para considerar a la ebriedad como atenuante o no de la penalidad. Sin embargo, los jueces le negaron tal beneficio al imputado, lo cual marcó una ruptura con respecto al período anterior. Interpretación que estuvo determinada no por un cambio en la percepción sobre el efecto del alcohol como perturbador de la conciencia, sino por ciertos prejuicios que otorgaron una jerarquía y un valor a los motivos que pudieran cegar al trasgresor. Considerada aun como un vicio y no una patología, revelaron la condena a esta práctica social determinando que hechos ya no quedaban comprendidos como circunstancias atenuantes. En definitiva, la ebriedad posibilita apreciar el complejo proceso de codificación que consistió no únicamente en la aplicación literal de la ley sino también en la interpretación que de ella se hiciera.

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Investigar 'el lado B' de la Historia proporciona otras respuestas y perspectivas para comprender un hecho traumático ocurrido el 29 de octubre de 1949 en Arauca, Caldas; cuando 49 personas perdieron su vida en el contexto histórico de lo que la Violentología denomina en Colombia 'La violencia'. Las indagaciones se circunscriben en el orden de ¿Qué pasó?, ¿Cómo pasó? y ¿Qué se ha narrado? Ya que las respuestas difieren, esencialmente, dependiendo de si las versiones provienen del diario manizalita 'La Patria' y la historia oficial, donde la autoría de los asesinatos fue atribuida a los liberales gaitanistas; o de fuentes tales como: el diario 'El Tiempo', los archivos judiciales, los testimonios orales de las víctimas sobrevivientes, los álbumes fotográficos y la asistencia de los estudios de memoria, donde se evidencia que la masacre fue ejecutada por la Policía, las fuerzas paramilitares de la época, conocidos como "los pájaros", y civiles conservadores que a su vez fueron la pieza procesal para iniciar la investigación judicial tendiente a "esclarecer" los hechos

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Esta tesis aborda los cambios y las continuidades en la administración de la Justicia de Paz en la provincia de Buenos Aires desde mediados del siglo XIX hasta mediados del siglo XX, desde un análisis de múltiples escalas, combinando la indagación de la dimensión estatal y las prácticas de los sujetos a través del estudio de un juzgado puntual. Para ello se propone, por un lado, reconocer los cambios que, en el marco normativo, definieron la forma institucional de la Justicia de Paz a nivel provincial, incursionando en los debates que se dieron al interior del mundo letrado respecto de las jurisdicciones de esta Justicia, sus atribuciones, las características de los procedimientos, en un camino que iba orientado a la especialización judicial. En este sentido, se pone el acento en las indefiniciones y vaivenes en esta política, así como en el entramado del complejo institucional provincial que se fue construyendo y que definió estas múltiples especializaciones. Por el otro lado, se aborda la experiencia concreta de un Juzgado de Paz -el de Tres Arroyos-, en el contexto de la expansión de la frontera en el sur de la provincia de Buenos Aires, entre 1865 y 1935, donde los cambios contextuales definieron las formas en que esas normativas y debates genéricos se enmarcaron localmente. De esta manera, se estudia quiénes fueron los jueces que encarnaron la institución, qué lógicas guiaron su designación, cómo se conformó la cultura judicial de estos jueces legos y cuál fue su accionar concreto en términos de las actividades que realizaron desde el Juzgado de Paz, tanto en funciones de gobierno, como, especialmente, de administración de justicia. En este sentido, se aborda el archivo completo del Juzgado de Paz de Tres Arroyos desde múltiples enfoques teóricos y metodológicos, de manera tal de tener una lectura de las prácticas judicializadas entre 1865-1935. Con ese objetivo, se diferencian los motivos de judicialización del fuero civil y correccional/criminal y se profundiza en este último, para analizar la lectura que, sobre esa criminalidad, realizaron los sujetos que tuvieron a su cargo el juzgado, resaltando, a su vez, la presencia de múltiples actores institucionales que definieron la forma de administrar justicia. En síntesis, esta tesis propone tanto un análisis de la forma de administración de Justicia de Paz localizada, como el de las formas institucionales, a través de una triangulación metodológica de múltiples enfoques cuanti y cualitativos.

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A fines de la década de 1870, el gobierno provincial, con el objeto de lograr mayor control social sobre la población rural, implementó una reestructuración policial en la campaña bonaerense. La misma tenía por objetivo afianzar la propiedad privada y contribuir al mercado de trabajo, asimismo perseguía un fuerte interés en satisfacer la necesidad del estado de hombres en plena etapa de expansión de la frontera. La presión reclutadora del estado se reflejará en un aumento de detenidos por vagancia, dado que las leyes de represión de la vagancia del Código Rural permitían su penalización al servicio de las armas. El Código Rural sancionado en 1865 estipulaba dos normas procesales a cumplir en los acusados: formación de un sumario y constitución de un jury para su juzgamiento. Disposiciones que raramente se pusieron en práctica por los jueces de paz desde que esta legislación entró en vigencia. Será a fines de la década de 1870 cuando el gobierno exigirá más firmemente no solo la persecución de la vagancia sino también la aplicación de estas normas procesales en los acusados. Aún así, el análisis de la práctica judicial revelará que continuará existiendo una constante manipulación normativa sobre la base de dos valores que se intentaban afianzar, el trabajo y la propiedad. En los perjudiciales que atentaran contra estos dos valores, será en quienes se manipulará la normativa sancionada y se canalizará la presión reclutadora.

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El presente artículo se propone establecer variables de análisis en lo que respecta al rol de los indígenas en la documentación judicial colonial. En ese sentido, el corpus principal de análisis lo constituye el Pleito de los indios de Paipaya contra Francisco Salas Valdez (1671) a través del cual vislumbraremos las condiciones de producción del documento, el rol de los mediadores, la distancia cultural o la influencia de las condiciones de subordinación actuantes en el mismo. Consideramos al presente trabajo una aproximación que no pretende ser definitiva, si no abrir un panorama a la reflexión sobre la temática ya que este extenso documento nos brindará elementos de reflexión metodológica y heurística con que abordar el estudio de los indígenas a través de la fuente judicial

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Este trabajo se ocupa de examinar el accionar de los agentes sociales indígenas atrapados en el entramado judicial, ya sea en calidad de damnificados o sospechados de un delito, en la campaña y a ciudad de Buenos Aires hacia fines del período colonial. El objetivo es indagar en la configuración y resolución de los conflictos que involucren a indígenas, observando tanto su posicionamiento como el de los agentes judiciales, eclesiásticos o particulares con cierto poder en el ámbito local que se encuentren involucrados en estas causas. Este análisis nos facilitará la entrada al entretejido social de la época, proporcionándonos claves para comprenderlo, a la vez que develará una diversidad de voces y miradas implicadas en el proceso de configuración y judicialización de los delitos

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La sanción del código penal en la provincia de Buenos Aires en el año 1877, fijó en el homicidio la penalidad y determinó las circunstancias del delito mediante la enumeración de los atenuantes y agravantes. El objetivo era contemplar todas las posibilidades del delito para reducir el "arbitrio judicial". Sin embargo, deteniéndonos en los cambios operados en cuanto a la ebriedad en la normativa legal y en la práctica judicial, se puede observar que la función del juez no se redujo únicamente a computar la pena según el delito. A su cargo quedó la apreciación de las pruebas y la interpretación legal. En este sentido, la ley dejó márgenes para considerar a la ebriedad como atenuante o no de la penalidad. Sin embargo, los jueces le negaron tal beneficio al imputado, lo cual marcó una ruptura con respecto al período anterior. Interpretación que estuvo determinada no por un cambio en la percepción sobre el efecto del alcohol como perturbador de la conciencia, sino por ciertos prejuicios que otorgaron una jerarquía y un valor a los motivos que pudieran cegar al trasgresor. Considerada aun como un vicio y no una patología, revelaron la condena a esta práctica social determinando que hechos ya no quedaban comprendidos como circunstancias atenuantes. En definitiva, la ebriedad posibilita apreciar el complejo proceso de codificación que consistió no únicamente en la aplicación literal de la ley sino también en la interpretación que de ella se hiciera.

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El presente trabajo propone realizar un análisis interdisciplinario histórico-iufilosófico y de derecho tomando como eje el caso especial de los delitos contra la honestidad (actualmente delitos contra la integridad sexual) a la luz de cuatro aspectos de la teoría dworkiniana: el uso de la jurisprudencia y el precedente para resolver problemas jurídicos, el lugar de la moralidad en el derecho -especialmente en el argentino-, el concepto de "caso difícil" y el lugar del juez en su resolución. En este punto, pretendo mostrar cómo el objeto histórico se relaciona estrechamente con los desarrollos posteriores y problemas contemporáneos de la filosofía del derecho