956 resultados para Gobiernos progresistas


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la ley general de instrucción pública de 1857, más conocida por el nombre del ministro que la promovió, Moyano, ha sido considerada el punto de partida de la universidad española actual y, en general, de toda la enseñanza del país, ya que abarca los tres grados. La organización que estableció de la enseñanza se ha mostrado tan ligada a la realidad social española, que todavía hoy están vigentes los principios que estableció. El debate sobre la educación y la enseñanza del país había sido ya puesto sobre la mesa por la ilustración. De aquí, que el tema llegara ya maduro cuando los liberales se reunieron en Cádiz y en la elaboración del texto constitucional ya estaba presente le tema de la educación como uno de los medios más eficaces de reformar el país. Así, necesidad de elaborar una ley general de instrucción pública y comisión extraparlamentaria para que preparara un proyecto de ley, que recogía los principios básicos en que se iba a basar la instrucción pública: la enseñanza en todos sus grados había de ser nacional , de competencia exclusiva del Estado y tenía que llegar a todos lo ciudadanos. Pero proyecto paralizado hasta que vuelvan los liberales con Fernando VII en el trienio liberal, fue promulgado con el nombre de Reglamento General de Instrucción Pública en 1821. Gran parte quedó inédita pues para poderla poner en practica se necesitaban unos medios económicos de los que el estado carecía en ese momento y la inestabilidad política impedía las condiciones necesarias para ponerla en marcha. Los gobiernos liberales que en ese momento se sucedieron lucharon para crear esta nueva ley, pero habrá que esperar al gobierno de Isabel II. Pero iniciativa precedente claro de la ley Moyano. Primer precedente plan que firmó el Duque de Rivas, ministro de la gobernación en 1836 con los moderados. Con ellos, la educación pierde la orientación democrática y fuerte inspiración clasista y toda la enseñanza no debe extenderse a toda la sociedad, sino que debe ser patrimonio de unos pocos y ni secundaria, ni superior para toda la sociedad. Pérdida de importancia de los estudios científicos y primacía de los estudios humanísticos. Por fin con la mayoría de edad de Isabel en 1843 con gobierno moderado, se prepara un nuevo plan de instrucción realizado por Antonio Gil de Zárate, conocido literato muy influido por la cultura francesa y muy buen conocedor de la regulación de la enseñanza en Francia Finalmente se realizará el Plan Pidal en 1845, llamado asi porque fue el ministro que lo firmó, a pesar de que su autor principal fue Zárate. Por fin, se logra una ordenación general básica de la enseñanza. Así el plan punto de partida en el Plan fracasado de 1836 y los dos proyectos legislativos de 1838 y 1841 como la legislación francesa vigente. En definitiva, responde al punto más álgido del proceso nacionalizador y centralizador del programa liberal. Todo controlado por el estado. La iglesia no puso trabas a este proceso secularizador, pero años más tarde trate de recuperar el terreno perdido, debido a su mala situación tras el apoyo a la causa carlista. Pero el Plan Pidal talón de Aquiles, al ponerse de manifiesto su debilidad normativa al tener rango de Decreto y tendrá que ser retocado. Finalmente es sustituido en 1847 y1850 lo que creó un estado de opinión favorable a darle rango de Ley y se hizo en el bienio progresista con Alonso Martínez, pero tras ser derribado Espartero proyecto eliminado. Aunque precedente inmediato de la ley Moyano. Al ser perfectamente coherente con la legislación que pretendía sustituir. En general tanto moderados como progresistas estaban de acuerdo, salvo en pequeños detalles. Destaca el papel del Estado y diferencias en el papel de la iglesia. De ahí, que cuando moderados volvieron al poder en 1856 con Moyano este presentará a las Cortes un nuevo proyecto de ley, que era simplemente de bases, se recogían simplemente los principios básicos en los que la mayoría parlamentaria estaba de acuerdo y en los que no se innovaba nada. Moyano presentó la ley nada más que como un perfeccionamiento de la situación ya existente y su proyecto fue aprobado por las Cortes con facilidad y sin problemas.

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Programa emitido el 18 de enero de 1995

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Monográfico con el título: '¿Educa la ciudad?'. Resumen basado en el de la publicación

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Ressenya del llibre 'Agenda 21 de la cultura. Cultura, gobiernos locales y objetivos de desarrollo del milenio' dels autors: Ingre Ruigrok, Amareswar Galia, José Antonio González Mancebo i Nil Sismanyazici-Navaie, publicat l'any 2009

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El Programa Andino de Derechos Humanos, PADH; conjuntamente con el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, UNIFEM, Región Andina, y con el financiamiento del Fondo para la Democracia de Naciones Unidas, UNDEF, implementó el proyecto “Fortalecimiento de la Participación Política de Lideresas en Ecuador,” con el objetivo general de fortalecer la participación política de lideresas en el Ecuador a través de tres componentes: a) Elaboración de una Agenda Política Nacional de las Mujeres, consensuada y legitimada, elaborada dentro del marco de un proceso de negociación participativa e inclusiva en todo el país; b) Capacitación y formación de lideresas, y; c) Sensibilización de la ciudadanía, mediante campañas de concienciación, sobre la participación de las mujeres en la política nacional, regional y local como elemento básico de la democracia. El PADH, responsable del componente de Capacitación, consideró importante realizar una investigación de Línea de Base que permita identificar los acumulados y necesidades de formación de mujeres autoridades políticas en gobiernos seccionales, para lo cual se sistematizaron experiencias de formación diseñadas para mujeres políticas autoridades de los tres niveles de gobierno seccional; cuya formación haya sido impartido con enfoque de género y de derechos; con amplios niveles de amplitud de cobertura geográfica del proceso de formación; y que incluyeron la diversidad de organizaciones políticas en los procesos de formación. Esta línea de base por lo tanto, caracteriza la conformación actual de gobiernos locales desde variables de género, afiliación política, región, cantón, provincia y parroquia; y, en el caso de las mujeres en cargos políticos de elección popular para gobiernos seccionales (municipal y provincial) su afiliación política, edad, nivel de instrucción/educación, profesión, ocupación fuera del cargo político, estado civil, número de cargas familiares, región, etnia, provincia, cantón y tiempo en el ejercicio del cargo de elección popular; el análisis de las organizaciones y redes que agrupan a mujeres municipalistas, de consejos provinciales y de juntas parroquiales respecto a su creación, conformación, objetivos, logros, límites y potencialidades. Así mismo describe las principales experiencias formales e informales de formación a mujeres políticas en liderazgo, equidad de género y derechos de las mujeres considerando contenidos abordados, duración, periodicidad y nivel de satisfacción respecto de las necesidades de las participantes, como también los principales obstáculos con los que se enfrentan las mujeres tanto para participar como para ejercer sus cargos y sus principales necesidades de formación.

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El artículo analiza como el cambio en el manejo de las relaciones económicas internacionales, impulsado por los gobiernos de izquierda en la región andina tendrá efecto en el mediano y largo plazo y definirá aspectos claves de su manejo económico.

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El propósito fundamental que ha llevado al autor a desarrollar este trabajo, ha sido el amor por su provincia, el amor a su ciudad, Cuenca y el amor a su país el Ecuador. Cuando en un país tan pequeño como el nuestro, se miran y sienten tan descarnadas diferencias de desarrollo entre las principales ciudades y las llamadas intermedias y pequeñas, entre la ciudad y el campo: nos preguntamos el ¿por qué? de tal situación; y en la busqueda de esas razones, arribamos al tema de la centralización y su lógico contrario la descentralización. Temas que han sido manoseados en búsqueda de figuración politica, con el afán de dividir al país en regiones y provincias y no hacerlo ver como lo que es: uno solo, a cuyo desarrollo y prestigio debemos coadyuvar todos los ecuatorianos, seamos guayaquileños o quiteños, cuencanos o ambateños, serranos o costeños, galapaguenses u orientales; todos tenemos una sola nacionalidad y una sola patria. De ahí que el presente trabajo se concentra en desentrañar el verdadero alcance que debe tener el proceso de descentralización en el Ecuador, partiendo de una revisión histórica de lo que ha sido la formación de las realidades regionales, provinciales y locales; y la evolución de la centralización en la historia ecuatoriana.

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La Constitución de la República de 2008, no obstante calificar al Ecuador como un Estado unitario, dota a los gobiernos autónomos descentralizados de una “facultad legislativa” que, a primera vista, haría pensar en la existencia de ordenamientos jurídicos locales, de modo similar a lo que sucede en un Estado federal. Esta aparente contradicción merece un análisis sobre la naturaleza y alcance que tienen los instrumentos normativos que emiten los gobiernos autónomos descentralizados, sobre sus límites y contenidos y sobre la función que cumplen en el ordenamiento jurídico de un Estado unitario como es el Ecuador.

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La falta de una ley general de procedimientos administrativos ha hecho que, en el Ecuador, no exista una regulación clara sobre la forma de extinguir los actos administrativos. Ello ha generado prácticas administrativas que lindan con la arbitrariedad y no toman en cuenta los derechos generados en virtud de los actos de la administración. La reciente promulgación del Código Territorial soluciona en algo el problema, al establecer un procedimiento general para todos los gobiernos autónomos descentralizados. El presente texto analiza la forma en que el referido Código aborda el tema, forma que, si bien tiene sus particularidades, en general sigue el esquema del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, permitiendo con ello una necesaria uniformización de procedimientos.

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La presente investigación tiene como objetivo analizar el modelo de organización territorial y de división político administrativa del Ecuador y dilucidar la forma en que los gobiernos autónomos descentralizados deberían aplicar la facultad normativa conferida constitucional y legalmente. Con tal objetivo esta tesis se ha desarrollado de la siguiente manera: en el primer capítulo se analiza la forma de estado que ha adoptado el Ecuador, detallando cada una de sus características, para luego poner énfasis en la cualidad de estado unitario tal como lo define el artículo primero de la Constitución de la República, posteriormente, hemos analizado las condiciones especiales del Ecuador al determinarse como estado unitario plurinacional y descentralizado. A continuación, se desarrolla un detalle del modelo de organización territorial, y de los gobiernos autónomos correspondientes a cada nivel sub nacional, poniendo especial detalle en la organización del gobierno parroquial. En el capítulo tercero analizamos las facultades “legislativas” de los gobiernos autónomos descentralizados. Con especial dedicación hemos explicado la facultad normativa que tendrían los gobiernos autónomos descentralizados que asuman el modelo especial de gobierno de circunscripción territorial indígena, afroecuatoriana y montubia. De igual manera nos hemos detenido a analizar la facultad normativa de los gobiernos cantonales, que según nuestro criterio, goza de características especiales y particulares, dignas de un estudio más profundo. En el penúltimo acápite hemos analizado la actividad normativa de las juntas parroquiales y las formas en la que la misma podría y debería desarrollarse. Finalmente hemos escrito nuestras conclusiones y recomendaciones.

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Esta tesis se refiere a la agenda pública de los gobiernos liberales radicales (1895-1912) respecto a la instrucción pública primaria en general y de las mujeres, en particular; así como la gestión efectiva que respecto a ese ramo logró ejecutarse. Este examen se realiza desde la subdisciplina de la Historia del Estado como institución, de donde se obtuvieron los instrumentos conceptuales para conocer cómo funcionó la maquinaria estatal, sus dirigentes políticos y cuadros burocráticos, durante la época de referencia. El examen se realiza usando como fuentes primarias las normas referidas a educación emitidas entre 1895 y 1912, “los Diarios de Debate” de los Congresos, los “Informes Presidenciales” y los “Informes de Ministros”.

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El estudio del “dominio público hidráulico” y su relación con los gobiernos subnacionales en el contexto del Derecho administrativo iberoamericano -en la coyuntura de renovación del ordenamiento jurídico ecuatoriano y de otros países iberoamericanos- responde a la necesidad de profundizar en la comprensión de este concepto, que en la legislación hídrica española y de otros países latinoamericanos, representa el eje jurídico que estructura el contenido legal de la misma. Esto implica, abordar el estudio de los aspectos jurídicos del gobierno de los recursos hídricos, esto es, el agua y los elementos del entorno que contienen al agua. Se parte del análisis del “dominio público en general” para abordar el concepto de estudio, en tanto una forma particular de éste, a través de la revisión de la normativa jurídica constitucional y legal en materia de aguas de una selección de países iberoamericanos. Se considera en especial el estatus jurídico del agua y de los elementos naturales por los que discurre. Se analiza el gobierno de los recursos hídricos, tanto en relación con los derechos constitucionales y los rasgos del régimen administrativo de aguas; y dos conceptos técnico administrativos relacionados: la gestión integrada de recursos hídricos y el desarrollo sustentable. Luego se considera el marco legal del ejercicio en el territorio de las potestades públicas que conforman el dominio público hidráulico, por parte de los gobiernos subnacionales: Municipios, Comunidades autónomas españolas y Circunscripciones territoriales de identidades étnico-culturales. Finalmente, se resumen los argumentos que el estudio aporta, en favor de introducir el dominio público hidráulico, en tanto factor de innovación jurídica de la legislación hídrica y de fortalecimiento del Derecho administrativo y el Derecho político.

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El gran objetivo que planteó la Asamblea de Montecristi de impulsar un avanzado proceso de autonomía y descentralización dentro de un marco de equidad social, económico y territorial, debe generar en los gobiernos autónomos descentralizados una visión de oportunidad y desarrollo, entendiendo principalmente que ambos conceptos buscan ampliar la democracia y viabilizar a un país productivo, igualitario y territorialmente justo. Ideales que se alejan de cualquier improvisación y clientelismo, y que, por el contrario, requieren de políticas públicas serias, de un marco jurídico claro y unificado, y de readecuaciones e innovaciones institucionales.

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La gestión de los ingresos tributarios de los gobiernos municipales expresados en impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras, con el concurso de las distintas direcciones, jefaturas y unidades administrativas en los ámbitos financiero, tributario, catastral y de recaudación, presenta deficiencias, incidiendo negativamente en la captación de recursos para el adecuado desarrollo de cada una de las competencias atribuidas a estos niveles de gobierno subnacional. El ejercicio de cada una de las competencias exclusivas de los gobiernos municipales demanda ingentes recursos financieros de carácter tributario, no tributario y de los provenientes de endeudamiento público. En el ámbito tributario es fundamental que cada gobierno municipal disponga de los instrumentos jurídicos y de gestión apropiados para potenciar la recaudación de tributos, y así ir afianzando su autonomía, por ello este trabajo analiza la gestión recaudatoria tributaria de cuatro gobiernos municipales ecuatorianos: Cayambe, Pedro Moncayo, Pedro Vicente Maldonado y San Miguel de los Bancos, por el período 2008-2011, que al tiempo de evidenciar sus fortalezas también devele sus deficiencias, y de esta manera ir exponiendo algunas medidas y mecanismos tendentes a mejorar la gestión y los niveles de recaudación, que en último término propenda a una mejor redistribución del ingreso con mayores beneficios para sus habitantes.

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La presente investigación tiene como propósito desarrollar y aplicar una metodología para determinar la calificación de riesgo crediticio para los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales-GADM del Ecuador. Este documento inicia con una breve descripción de las principales metodologías que se han utilizado en la calificación de riesgo crediticio, para posteriormente centrarnos en analizar las principales características y componentes de la metodología de Análisis Conjunto, misma que hasta el momento no se ha aplicado en mediciones de riesgos o para GADM como clientes. La metodología de Análisis Conjunto realiza un análisis a los perfiles de clientes, que agrupa criterios estadísticos, económicos, financieros y de gestión, mismos que buscan evaluar y calificar a cada GADM en función de los resultados de su gestión financiera y administrativa. Para su aplicación, se deben buscar indicadores y variables claves dentro de las finanzas municipales, mismas que puedan ser aplicadas a los 221 GADM con información 2010 al 2013. Una vez establecida la metodología propuesta de calificación de riesgo crediticio de los GADM, se propone aplicarla a los 221 GADM, con el propósito de evaluar la concentración de las entidades en las diferentes calificaciones obtenidas, analizando a nivel general el comportamiento y gestión que tuvieron los GADM en los años 2010 al 2013. Sin embargo, con el objetivo de realizar un análisis más específico, se propone aplicar esta metodología en GADM pequeños, medianos y grandes, para que sean analizados en función de su tamaño, nivel de recaudación, endeudamiento, gastos, entre otros; así como la evolución en su calificación durante el período analizado (2010-2013).