1000 resultados para Equidad (Derecho)
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Globalización y equidad, asuntos trascendentes y definitorios para el futuro de nuestros pueblos, son, desafortunadamente términos que reflejan profundas contradicciones, ya que no es la equidad precisamente lo que caracteriza la actual globalización, que con signo neoliberal es propia del mundo de hoy, como expresión contemporánea de la internacionalización de la producción asociada al capitalismo altamente desarrollado. La globalización, en lo que se ha llamado su tercera etapa, se sustenta en significativos avances de las comunicaciones y la informática, que ofrecen amplias posibilidades para el desarrollo. Sin embargo, obtener los beneficios de ese proceso supone una participación equitativa de los avances científico-técnicos que la hacen posible, entendiendo por equidad el acceso en igualdad de condiciones a todo aquello a lo que se tiene derecho, de acuerdo a normas universales de justicia social. Semejantes premisas no están presentes hoy y diríamos que históricamente el concepto moderno de equidad no se ha desarrollado en esa dirección. Desde las tesis liberales de Adam Smith, que concebían el libre juego del mercado como el medio ideal para compatibilizar la búsqueda del beneficio individual con el mayor beneficio social, asistimos a la singular transfiguración del egoísmo personal en una virtud social, dando a la equidad, así concebida en los marcos de la concurrencia, un sello de igualdad de dudosa validez. Precisamente serían los socialistas utópicos primero y los marxistas después, los que cuestionarían el concepto de equidad así sustentado, llegando a la conclusión de que era necesario alcanzar una nueva forma de organización social si se quería lograr un mundo realmente equitativo. Ciento cincuenta años después, en la conciencia de la humanidad se abren paso de forma creciente los principios de equidad y justicia social propugnados por el pensamiento socialista, que impulsan la globalización de la solidaridad en contraposición a la globalización neoliberal. Este debate no solamente se ha desarrollado en Cuba. En el plano internacional tiene una historia más reciente, pero no menos contrapuesta. Después del reparto colonial del mundo y pasadas dos guerras mundiales, los propios intereses del desarrollo capitalista generaron la necesidad de superar el empleo de la fuerza como medio de dominación. La liberación de las antiguas colonias y los nuevos mecanismos de sometimiento neocolonial que la seguirían pusieron de manifiesto como nunca antes la desigualdad en el ejercicio del derecho al desarrollo y la inequidad del orden económico internacional existente. La experiencia de la posguerra demostró que si bien el capitalismo podía propiciar el crecimiento económico, no aseguraba con ello el acceso equitativo a sus frutos, y mucho menos a un desarrollo social adecuado. El debate internacional sobre estos temas tomó el rumbo del derrame sobre el desarrollo de los resultados del progreso, por la vía de un acelerado intercambio comercial que pondría de manifiesto en los años 60 y 70 del siglo pasado el hoy poco mencionado fenómeno del intercambio desigual y la necesidad de promover un nuevo orden económico internacional más justo. La expansión de los flujos financieros internacionales y su contradictorio devenir en los 80, se manifestarían con fuerza en la crisis de la deuda externa y los debates que la compañaron, hoy sepultados bajo la aparentemente infinita capacidad de movimiento del capital financiero especulativo, con sus soluciones salvadoras de corto plazo que no han hecho más que agudizar las contradicciones del endeudamiento creciente del Tercer Mundo, tema que se pretende ignorar hasta en las conferencias financieras más recientes.
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Tít. tomado de comienzo de texto
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Antecedentes/Objetivos: La distancia de la equidad de género entre los países mejor y peor posicionados ha crecido. España ha empeorado relativamente. La evidencia sugiere que la situación social de las mujeres influye en la salud de ambos sexos y varía al interior de los países. Objetivo: determinar la evolución de la equidad de género en España entre 2006 y 2011. Métodos: Estudio ecológico sobre la equidad de género en España y CC.AA, mediante el cálculo del Índice de Equidad de Género modificado (IEGm) en 2006 y 2011: Diferencias entre las proporciones en hombres (H) y mujeres (M) en educación, economía y empoderamiento (–1: inequidad para las M, 0: equidad y 1: inequidad para los H). Cálculo convergencia beta (): –1: convergencia, 1: no convergencia, mediante correlación de Spearman () entre el valor del IEGm de las CC.AA para 2006 y sus Tasas de crecimiento (TC). Convergencia cuando las CCAA con menor IEGm mejoran más rápido que las más equitativas, en 2011 respecto a 2006. Cálculo convergencia sigma (): 0: convergencia, 1: no convergencia, mediante resta de las desviaciones medianas de las CC.AA en 2006 y 2011. Indica la dispersión de los valores de equidad de género de las CC.AA en 2011 respecto a 2006. Convergencia: valor de 2011 < que en 2006. Resultados: Todas las CC.AA han mejorado su IEGm en 2011 excepto País Vasco (TC = –0,007 × año), Extremadura y Murcia: –0,003 y Canarias: –0,001. No se detecta que las CC.AA. de menor IEGm tengan mayor crecimiento o viceversa (= –0,345, p = 0,2). Pero País Vasco pasa de ocupar la 1ª posición en 2006 a la 11ª, y Navarra que era quien menor IEGm tenía en 2006 (–0,184), en 2011 es la que más mejora (0,018): de 17ª a 5ª posición. En 2011, Galicia, que estaba en la 5ª posición (–0,120), es la CC.AA más paritaria (–0,049), y Murcia la menos (–0,184). En todo caso, la dispersión de los valores del IEGm de las CC.AA no ha variado en 2011 respecto a 2006 (= 2,6 en ambos años). La brecha de género de empoderamiento marca el patrón del IEGm de España en ambos años, en 2011 desfavorable a las M en todas las CC.AA. Aquellas con mejor brecha de género en empoderamiento en 2006 han empeorado en 2011, y las de mayor la han reducido (: –0,574 p = 0,02), implicando reducción en la dispersión entre CC.AA. (= 0,2). Conclusiones: Pese a que la equidad de género no ha crecido en España como en otros países en 2011 respecto a antes de la crisis económica, ésta es alta, al ser sus valores próximos a 0. Tiene un patrón coincidente con el del empoderamiento político, lo que explica el descenso del País Vasco, modelo de desarrollo de género en España, y lo que es importante: la inequidad sigue desfavorable a las mujeres.
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Antedecentes: El Índice de Equidad de Género (IEG) fue diseñado por Social Watch en 2004, para contribuir a la promoción de la equidad de género y la autonomía de las mujeres, a nivel mundial. Al no contener ninguna dimensión de salud, este índice proporciona una oportunidad para probar la influencia de las relaciones de género en los patrones de salud y enfermedad. Sin embargo, como los valores más altos que la unidad se truncan a 1, la inequidad desfavorable a los hombres no puede ser calculada ni evidenciada. Como resultado, este instrumento de medición está en conflicto con los objetivos con los que fue creado. Objetivo: Proponer una versión refinada del IEG (IEG modificado [IEGm]) que permite poner de manifiesto las inequidades que afectan a ambos sexos, proporcionando una medición más justa de la inequidad. Método: En lugar de calcular las diferencias de género en las tres dimensiones del IEG (educación, actividad económica y el empoderamiento) por medio de un cociente de proporciones, el IEGm compara dichas proporciones en términos absolutos (diferencias en las proporciones). El IEGm oscila entre -1 (la inequidad hacia las mujeres), 0 (equidad) y 1 (inequidad hacia los hombres), a diferencia del IEG que oscila entre 0 (inequidad hacia las mujeres) y 1 (equidad) Resultados: Las clasificaciones de los países de acuerdo con el IEG y los valores IEGm muestran una alta correlación (coeficiente de rango=0,95). Sin embargo, se observa una mayor dispersión en el IEGm (43,8%) que en el IEG (19,27%). El método modificado del cálculo del IEG detecta la existencia de inequidad en la brecha de la educación, desfavorable para los hombres (coeficiente de rango = 0,36). Muchos países comparten el mismo valor absoluto de la brecha de educación, pero con signos opuestos [Azerbaiyán (-0.022) y Bélgica (0,022)], lo que refleja la inequidad hacia las mujeres y hombres, respectivamente. Esto también ocurre en la componente de trabajo técnico y profesional de la dimensión de empoderamiento [Brunei Darussalam (-0.120) frente a Australia, Islandia, Canadá y EE.UU (0.120)]. Conclusiones: El método modificado del Índice de Equidad de Género tiene utilidad potencial de ampliar los estudios de género y salud hacia los determinantes estructurales de la salud. Permite un control más estricto de la aplicación adecuada de las políticas para corregir las desigualdades sistémicas hacia las mujeres y, si llegase a ocurrir, hacia los hombres.
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Resumen de la tesis doctoral que bajo el mismo título, fue leída en la Facultad de Derecho de la Universidad de Alicante, el 14 de julio de 1982. La misma ha sido dirigida por el Prof. Dr. D. Jesús Daza Martínez y juzgada por el tribunal compuesto por los profesores: Dr. D. José Luis Iglesias Buhigues, Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad de Alicante; Dr. D. Alfredo Calonge Matallanes, Catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Salamanca; Dr. D. Antonio Ortega y Carrillo de Albornoz, Catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Málaga; Dr. D. Jesús Daza Martínez, Catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Alicante y Dr. D. Pelayo de la Rosa Díaz, Profesor Agregado de Derecho Romano de la Universidad de Salamanca. La tesis obtuvo la calificación de sobresaliente cum laude.
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Mode of access: Internet.
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La marca puede y debe ser el factor determinante, diferencial e inimitable para crear y agregar valor a productos, servicios y empresas con y sin ánimo de lucro. La acertada gestión de las marcas se fundamenta y logra su función/misión en las dimensiones que conforman la equidad de marca, las cuales son a la vez variables accionables y mensurables. El concepto equidad de marca se origina en el derecho canónico, cuandola Iglesia Católica administraba la Corte de Equidad, que se ocupaba de los asuntos de justicia e igualdad porque se consideraban pecaminosas las acciones que se desviaban de la equidad. Lesionar o usurpar la reputación, "el buen nombre", se consideraba pecaminoso y por lo tanto debía ser juzgado por la Corte de Equidad.
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«Disertación sobre equidad y justicia» es básicamente una respuesta a una inquietud en particular que yo tenía sobre las distintas posiciones que existen sobre estos dos temas y cómodefinir cuál es la más acertada. Hice una descripción del punto de vista de Amartya Sen -la violación de los derechos sobre la propiedad privada es justificable si evitan las hambrunas- frente al de Robert Nozick -la propiedad privada es un derecho fundamental y como tal debe ser respetado-, sin embargo, aunque ambos enfoques son totalmente contrarios tienen mucho sentido, por lo cual es bastante difícil decidirse por uno en particular.Fue de esta forma, enfrentando sus opiniones, que yo logré desarrollar una posición frente a estas dos perspectivas, y así dar mi opinión al respecto. Al final, llegué a una conclusión, que aunque no es la más original y tampoco es la única, tiene mucho sentido y seguramente de ser posible, la situación del país podría cambiar para bien.
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La constitución política en su artículo primero ha establecido el modelo político en el cual se enmarca el Estado Colombiano, precepto que por su prevalencia normativa, se convierte en fundamento de todo actuar y que se expresa así: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. La introducción de este nuevo modelo político implica un cambio radical en la forma de concebir el Estado, ante la pérdida sacramental del texto legal entendido como emanación de la voluntad popular y la mayor preocupación por la justicia material y por el logro de soluciones que consulten la especificidad de los hechos (M.P. BARÓN, Ciro., 1992), situación que conviene un cambio de pensamiento en la elaboración de las normas y que a partir, de 1991 debe consultar su impacto en la solución de los problemas que aquejan la sociedad. Consecuente con lo anterior, el sistema tributario, no puede ser ajeno a los postulados incluidos en el artículo primero de la constitución política atrás citado, y en tal sentido la Asamblea Constituyente, aunque en su momento no acogió las recomendaciones dadas por el Instituto Colombiano de Derecho Tributario, en el sentido de incluir un artículo que dijera que los tributos debían fundarse en la capacidad económica del sujeto pasivo, si consagró en su artículo 363 que el sistema tributario debía fundarse en los principios de equidad y progresividad, entre otros (BRAVO, 1997). Es aquí donde se centra el presente proyecto de investigación, que busca indagar por el principio de progresividad, que por efecto metodológicos se limitara a las pyme, específicamente en la pequeña empresa, aquella con planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores y activo total entre quinientos un (501) y menos de cinco mil un (5.001) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Estas personas jurídicas, se ven abocadas a una fuerte carga impositiva directa, en el cual el impuesto de renta recobra relevancia, haciéndose necesario analizar su impacto a las luces de la nueva reforma, a efecto de vislumbrar la efectiva materialización del principio de progresividad o por si el contrario los recientes cambios normativos han contradicho el mandato impuesto en la Constitución política en cuanto al respeto que debe contener toda norma en materia tributaria, en cuanto al principio objeto de estudio.