707 resultados para Derechos y privilegios
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En el presente trabajo se analiza la relación que existe entre la Administración Tributaria y los contribuyentes en el marco de la gestión de tributos y particularmente en el ejercicio de la facultad sancionadora a cargo de ésta. Relación que debe desarrollarse dentro de un equilibrio entre las prerrogativas de la Administración y los derechos y garantías de los contribuyentes, relación que necesariamente debe estar encuadrada dentro del marco de la legalidad. Si bien es cierto la facultad otorgada a la Administración Tributaria para que pueda juzgar y sancionar el cometimiento de infracciones tributarias de carácter administrativo, se encuentra conferida mediante ley, así como con las reformas introducidas por la Ley para las Finanzas Públicas, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 181 de 30 de abril de 1999, a efecto de que pueda ejercer métodos de control referentes a la aplicación de los tributos, así como a la prevención de los posibles ilícitos tributarios, y su sanción posterior cuando se ha establecido su cometimiento, es deber de la Administración al aplicar la ley, asegurar este equilibrio, procurando hacer valer sus prerrogativas sin que estas lleguen a vulnerar los derechos de los contribuyentes.
Derechos y obligaciones de los usuarios de tarjetas de crédito en transacciones sin presencia física
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La tarjeta de crédito se trata de un instrumento financiero mediante el cual el emisor le otorga una línea de crédito al tarjetahabiente, que le permite realizar consumos en los establecimientos que se encuentran afiliados a la red de tarjeta de crédito correspondiente. Las relaciones que existen dentro de la operación de tarjeta de crédito son principalmente tres, la primera entre el emisor y el tarjetahabiente que se trata de una operación de línea de crédito, la segunda relación es la que se origina entre el emisor y cada uno de los establecimientos afiliados, con la finalidad de que los mismos recepten como medio de pago a la tarjeta de crédito y la tercera relación es de compra venta o prestación de servicios entre el establecimiento afiliado y el tarjetahabiente. Los avances tecnológicos han permitido que las personas puedan realizar consumos con tarjetas de crédito por medios que no requieren la presencia física de la tarjeta ni del tarjetahabiente, en este tipo de consumos cada una de las partes tiene obligaciones encaminadas a que se puedan realizar los consumos en ambientes seguros. En función a la legislación vigente, si bien no existen normas específicas que regulen estos temas, con la normativa vigente en el campo civil, financiero, así como en función de las obligaciones contractuales asumidas por cada una de las partes, se encontraría cubiertos los posibles conflictos que podrían originarse por este tipo de relaciones.
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La Constitución de Montecristi de 2008 significó una ruptura con los paradigmas constitucionales y económicos clásicos predominantes en el mundo al crear y diseñar nuevos paradigmas de entender el sistema económico, basados en valores éticos y sociales, el papel del Estado, la centralidad de los derechos constitucionales en el accionar público y, sobre todo, la interconexión e interdependencia entre derechos constitucionales, Estado y sistema económico orientados a lograr el buen vivir. Sin lugar a dudas, los aspectos más significativos en los campos jurídico-institucional y económico de la Constitución de Montecristi son el haber establecido el Sistema Económico Social y Solidario (Art.283) y el Estado de derechos y justicia (Art.1), los cuales constituyen una estructura interdependiente orientada a la consecución de los derechos constitucionales y el buen vivir no solo de los ciudadanos, sino también de la naturaleza. El Estado constitucional de derechos y justicia y el sistema económico social y solidario, constituyen nuevos paradigmas basados en el principio de centralidad de derechos y la solidaridad democrática, donde las necesidades y deseos legítimos aseguran el bienestar y la existencia de todas las personas y la naturaleza; en el cual existen diversos actores económicos (públicos, privados, mixtos, populares y solidarios) que interactúan bajo principios de solidaridad, justicia y responsabilidad en el mercado, que es el punto de encuentro de los mismos, más no su ente regulador. Este nuevo modelo económico requiere de un renovado paradigma de Estado, es así que el Estado constitucional de derechos y justicia, el cual tiene como elementos de interdependencia al buen vivir como la filosofía común que sustenta y justifica al nuevo modelo de Estado y economía, un sistema normativo que responde a la centralidad de derechos y una institucionalidad orientada a aplicar el buen vivir.
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[ES] Se presenta el "Anteproyecto de la nueva ley de infancia en Catalunya: Ley sobre los derechos y las oportunidades de las niñas, niños y adolescentes". Un nuevo texto legal muy esperado. Una de sus principales finalidades, es poner orden y unificar toda la legislación vigente y dispersa que existe en esta materia. Por otra parte aportará un cambio sustancial, ya que incorpora el concepto de "protección de los derechos de las personas menores de edad". Se ha de destacar que se presenta una visión educativa de las leyes, ya que éstas, por una parte limitan, pero por otra, potencian y facilitan la intervención socioeducativa. Con el deseo que sea una ley preventiva que incida en la mejora de las condiciones de vida de los niños, niñas y adolescentes, en los diferentes contextos de la vida cotidiana. La elaboración de una nueva ley es, sin duda, el producto de una conjunción de propuestas y voluntades políticas y sociales.
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La ricerca riguarda l’inclusione di dichiarazioni di diritti e principi introdotte negli Statuti di autonomia delle Regioni italiane e delle Comunità Autonome spagnole riformati negli ultimi anni. La tesi consta, oltre che nell’introduzione dei concetti preliminari, di due parti per ognuno dei Paesi nelle quali si esaminano i sistemi regionali e concretamente queste carte di diritti e principi. La terza parte raccoglie un’analisi comparativa di ambedue gli Stati. Il problema dell’efficacia di questi diritti e principi rappresenta la chiave fondamentale. In questo senso, la Giurisprudenza costituzionale risulta essere basilare per lo studio delle differenti risposte alle novità dei diversi elenchi di diritti e principi a livello regionale. Mentre la Corte Costituzionale italiana ha negato la loro efficacia giuridica, anche come norme programmatiche assimilabili a quelle costituzionali, il Tribunale Costituzionale spagnolo ha qualificato un nuovo tipo di diritto, i c. d. diritti statutari, che non sono diritti pubblici soggettivi ma mandati ai poteri pubblici autonomici, specialmente al legislatore autonomico. Lo studio si completa con la problematica dell’uguaglianza e la garanzia dei diritti e i principi in questi Stati composti.
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Sign.: []4, [calderón-2calderón]4, A-Z4, 2A-2B4, 2C8, 2D4, 2E2