975 resultados para Derechos reproductivos


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Quien calla otorga, es un manual realizado en el marco de los Proyectos de Divulgación Científico – Tecnológica 2012–2013 del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), una herramienta que acercamos a las y los operadores socio-sanitarios, a fin de promover prácticas garantizadoras de los derechos humanos. Este material proviene de un largo trayecto de investigación-acción donde desde 2011 hasta la actualidad el equipo responsable ha impulsado una serie de formaciones las cuales fueron un punto de desafío y encuentro donde confluyeron trabajadoras/es de la salud procedentes de distintas formaciones e instituciones, personal de áreas mujer, integrantes de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la promoción de derechos ciudadanos para las mujeres, personal judicial, entre otros; donde se pudo reflexionar en forma conjunta en torno a la cuestión de la violencia y la aplicación de la perspectiva de género, pues ella nos enfrenta a la tarea ardua de aprender desaprendiendo los gestos arraigados en la costumbre y la construcción de conocimiento en un mundo en el que es rutina naturalizar las asimetrías, las desigualdades, las relaciones de dominación y explotación en razón de la clase, del color de la piel, del género, de la sexualidad, de la edad. Quien calla otorga, en tanto va dirigido a profesionales y personal socio-sanitario, es también una forma de denunciar los silencios, las omisiones, las reproducciones de la violencia que muchas veces se constatan en y desde la intervención social y en salud. Entendemos que desde la función pública se está llamado/a no sólo a respetar, sino a garantizar los derechos humanos y en particular, el acceso a la salud y a la justicia. Para ello es necesario favorecer prácticas que terminen con el sexismo, el machismo, la discriminación por edad, sexualidad, identidad de género, procedencia étnica y clase social de quienes acuden a los servicios de salud. Así, el material que les acercamos contiene herramientas concretas tanto teóricas como reflexiones en torno a los orígenes, funcionamiento y perpetuación de la violencia de género, así como otras orientadas a la práctica tales como indicadores de detección y atención en mujeres, sus hijos e hijas, panel de recursos de atención especializada a violencia contra las mujeres en la provincia de Mendoza, panel explicativo del circuito legal y sus posibilidades, sugerencias terapéuticas, entre otros.

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Esta memoria se presenta como un punto de partida para continuar los debates que hemos iniciado en América Latina sobre el tema de la objeción de conciencia en su relación con los derechos sexuales y los derechos reproductivos. Incluye el artículo Voces y textos que mediante un ejercicio analítico, abona a nuestra reflexión sobre estrategias futuras. Incluye también las presentaciones y ponencias, y mediante las relatorías, intenta reflejar las principales discusiones de un debate imprescindible, donde tratamos la objeción también desde el punto de vista de los que practican el compromiso de conciencia.

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Presentación en el Taller Jurídico Regional: Intercambio para la inclusión de estándares de derechos reproductivos en el espacio académico universitario y de incidencia. Lima, Perú, 19 y 20 de febrero de 2015

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Ronald Dworkin distinguía dos tipos de derechos. Los unos, con mayúscula, que generan distintas formas de exigencia cuando son incumplidos, que van desde la protección judicial hasta la rebelión si esta no es efectiva. Los otros, con minúscula, que pueden ser limitados, suspendidos y hasta anulados. La forma fácil de distinguir los unos de los otros es buscarlos en las constituciones. Los primeros están reconocidos (aunque no todos) en los catálogos de derechos; los segundos no. Por ejemplo, tengo derecho a la a vida, en el primer sentido; tengo derecho a escuchar una conferencia, en el segundo. Desde esta perspectiva parecería que no tengo derecho a la anticoncepción de emergencia porque no está expresamente reconocido como tal en la Constitución ecuatoriana ni en los instrumentos internacionales. Así que la discusión va por otro lado. El derecho reconocido en la Constitución ecuatoriana es el "derecho a tomar decisiones libres y responsables sobre su vida sexual" y el "derecho de las personas a decidir sobre el número de hijos que pueda procrear, adoptar, mantener y educar". Para ejercer estos derechos, el Estado tiene la obligación de ofrecer distintos medios que tengan ciertas características: legítimos, varios, no perjudiciales para la salud, conocidos. Si así no sucede, cuando no existe información ni opciones, no existe la libertad para decidir. Luego, el derecho se convierte en ilusorio y el Estado incurre en responsabilidad por violación al derecho.

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Los anticonceptivos de emergencia son métodos para evitar el embarazo después de haber tenido relaciones sexuales sin la protección adecuada. La anticoncepción de emergencia se utiliza generalmente cuando se rompe un condón, en caso de una violación sexual u otras relaciones sexuales no protegidas. La anticoncepción de emergencia actúa respecto de los espermatozoides impidiendo que éstos puedan migrar o alterando su capacidad de adherirse a las células de la trompa, inhibiendo así su capacidad de fecundación. Su eficacia es mayor, mientras más pronto se use el método, lo cual indica que no actúa después de la fecundación. En consecuencia, no existe vulneración al derecho a la vida del que está por nacer. La anticoncepción de emergencia no afecta de manera alguna al Art. 23.1 de la Constitución Política que garantiza el derecho a la vida, porque su naturaleza es anticonceptiva, no abortiva, consecuentemente de ningún modo se afecta la vida del que está por nacer; además no tiene efectos secundarios. La Organización Mundial de la Salud señala: "la única contraindicación de las píldoras anticonceptivas de emergencia es el embarazo. Nunca se deben administrar las píldoras anticonceptivas de emergencia a una mujer con un embarazo confirmado, en primer lugar, porque no surtirán efecto." La Anticoncepción de Emergencia en nuestro país es legal desde 1998, está reconocida como tal en la Normas de Salud Reproductiva del Ministerio de Salud. En América, 25 países proveen servicios de anticoncepción de emergencia, entre los que destacan Argentina, Uruguay, El Salvador, Venezuela, México, Brasil, Canadá, Estados Unidos y Chile.

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Ser lesbiana en Latinoamérica tiene muchos significados, el principal es la posición política de las que se nombran como tales. La construcción de la identidad lésbica implica la conciencia de la discriminación histórica del ser lesbiana; en la medida en que esta palabra tiene connotaciones negativas en la sociedad, la mayoría de las mujeres que aman a otras mujeres y que tienen relaciones sexo-afectivas con ellas no desean denominarse con esta palabra. Como afirma Alfarache, "el nombre es una marca identitaria que posiciona a las mujeres en el mundo y ante los otros, desde la cual las mujeres definen tanto su autopercepción como sus relaciones con las y los demás".

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Incluye Bibliografía

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A partir da concepção contemporânea de direitos humanos, o texto discute os direitos reprodutivos e o exercício da maternidade. Após histórico e definição dos direitos reprodutivos e dos direitos sexuais, o artigo trata da maternidade voluntária, segura, socialmente amparada e prazerosa, para propor uma reflexão sobre 'hierarquias reprodutivas'. Defende-se que diferentes aspectos das mães - tal como raça, classe social, idade e parceria sexual - determinam a legitimidade e aceitação social destas maternidades, e, portanto, suas vivências. Quanto maior o número de aspectos 'negativos' presentes na mulher (ou casal) ao exercitar a maternidade e/ou a reprodução e cuidado com os filhos, mais próxima da base da pirâmide hierárquica estará e, ainda, maior dificuldade encontrará no exercício de seus direitos humanos. O texto conclui que são necessárias políticas públicas de suporte social à maternidade para as mulheres que assim escolham, indistintamente, visando promover o exercício de seus direitos humanos.

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El tema de investigación que abordamos en la presente tesina es las formas y condiciones en que las mujeres utilizan los métodos anticonceptivos en Mendoza a partir de la existencia de leyes y programas que atienden la salud reproductiva. El trabajo se ha enfocado en mujeres en edad reproductiva de un barrio urbano marginal de la Ciudad de Mendoza. Desde el advenimiento de la democracia, en Argentina (diciembre de 1983), la participación, organización y movilización de mujeres y grupos de diversidad sexual en defensa de sus derechos, produjo la visibilidad de las problemáticas de género y salud sexual y reproductiva. Este proceso daría lugar a la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, entendidos éstos como parte de los derechos humanos en torno a los cuales el Estado debía legislar y garantizar. Hasta ese momento, lo que había existido eran políticas de planificación familiar o de regulación de la fecundidad tratados en el contexto de las necesidades de la economía o de la dinámica demográfica, con severos controles y restricciones respecto al acceso a los métodos anticonceptivos. Dos conferencias de Naciones Unidas van a funcionar como bisagras en el pasaje de la consideración de las mujeres como variables de políticas de población a sujetas de derecho en material de salud sexual y reproductiva: la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo realizada en El Cairo en 1994 y la IV Conferencia Mundial de la Mujer, en Beijing en 1995. Al incorporar una perspectiva de género al abordaje de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos, se puso en el centro de debate a la libre decisión de las mujeres sobre nuestra sexualidad y nuestros cuerpos. Después de décadas de prohibicionismo e indiferencia de los poderes públicos, desde 2002, el Estado argentino comenzó a instrumentar una política pública de alcance nacional sobre la salud reproductiva y procreación responsable y es así que el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (PNSSyPR) entra en vigencia en mayo de 2003. Este programa nacional vino a reforzar el Programa Provincial de Salud Reproductiva que desde 1998 funciona en la provincia de Mendoza.

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La salud sexual y reproductiva es una de esas zonas limítrofes entre el saber médico y los derechos de sujetos y sujetas a disponer de su cuerpo, su sexualidad y sus capacidades reproductivas. De allí la relevancia de trabajar sobre las prácticas médicas, la relación médico-paciente, las asimetrías entre varones y mujeres, la situación de las mujeres de sectores subalternos en el sistema de salud, de tomar los puntos críticos donde se pone en tensión el poder asignado al saber médico y profesional y los derechos de los/ las sujetos a decidir sobre su cuerpo y sus capacidades reproductivas. Incorporar la perspectiva de género como herramienta analítica, vinculada tanto al proceso de construcción de los datos, como al análisis de los mismos, es fundamental para detectar los hábitos, prácticas y discursos que mantienen a las mujeres subordinadas a mandatos de maternidad obligatoria. Con este fin se plantearon los siguientes objetivos: describir, desde una mirada sociológica, el proceso de apropiación del cuerpo de las mujeres por la medicina, y sus resistencias, realizando un aporte desde la perspectiva de género. Para ello se ha realizado un recorrido histórico que ha permitido visualizar los cambios y transformaciones que condujeron de la administración mujeril de partos, embarazos, puerperios, al parto administrado desde el ámbito “científico", manejado durante mucho tiempo en forma exclusiva por varones. De este objetivo se desprendieron otros objetivos específicos: Describir los rasgos y características que tiene el discurso médico y detectar sus implicancias éticas y políticas para las mujeres. Descubrir las prácticas y las posiciones éticas y políticas que ponen en cuestión el modelo médico dominante. Este trabajo se centra en la experiencia realizada en Hospital Luis Lagomaggiore, donde funciona el centro ginecológico-obstétrico más importante de la provincia de Mendoza, para evaluar la ética del modelo médico hegemónico en el manejo y administración del cuerpo de las mujeres, explorar la relación concreta entre medicina y cuerpo femenino a partir del análisis de las posiciones políticas, éticas y morales en torno al caso particular de la ligadura tubaria, e interpretar cómo funcionan los principios bioéticos de beneficencia, autonomía y de justicia en la atención pública y en las prácticas de salud sexual y reproductivas, en especial en las intervenciones de ligadura.