1000 resultados para DERECHO DE PATENTES
Resumo:
La publicación que tiene en sus manos aporta al debate del papel protagónico que ocupan la invención y la innovación en nuestros tiempos, en donde las patentes representan, por sí solas, un acicate para la investigación de frontera, en la medida en que garantizan al inventor o innovador exclusividad en la fabricación, venta y/o utilización comercial de la nueva solución técnica a un problema o la nueva manera de hacer algo (patente de invención) o la nueva forma, configuración o disposición de elementos (patente de modelo de utilidad), durante un término determinado. Además, la información contenida en las patentes constituye un factor esencial en el desarrollo, porque incentiva la creatividad de los investigadores al dar cuenta de soluciones materiales a problemas técnicos, lo que posibilita mejorar prácticas y descubrir nuevas experiencias y adelantos técnicos al estimular la innovación, que a no dudarlo, es base para la competitividad y el progreso de un país. Todo ello, aunado al papel que adquieren los ingresos derivados de la explotación de los inventos patentados, que comienzan a ser visibles en el PIE de los países. En este orden de ideas, se hace una exposición de las ventajas de conocer los recursos que ofrece la institución de la propiedad industrial para la protección de las invenciones e innovaciones. Durante el desarrollo del trabajo se interactuó con múltiples actores como son los inventores, titulares o cesionarios de las invenciones e innovaciones, además de expertos en solicitudes de patente; de todos ellos se derivaron elementos que podían servir para la comprensión del fenómeno y para la realización de una reflexión, que utilizando la ciencia jurídica y las herramientas que esta nos proporciona, pueda ser útil para la toma de decisiones administrativas y legales tendientes a insertar la región y el país en el camino del desarrollo económico y social.
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Introducción Uno de los aspectos más relevantes de la Ley de Biodiversidad de Costa Rica 12 365, recientemente sancionada, es el reconocimiento expreso de la existencia y validez de distintas formas de conocimiento e innovación, así como también la necesidad de protegerlas por medio de mecanismos legales apropiados para cada caso específico (Art. 77). De esa manera, al mismo tiempo que avala algunas formas de propiedad intelectual de tipo vidual o empresarial regidos por patentes y derechos del fitomejorador, también acepta los derechos intelectuales comunitarios sui géneris…
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Este artigo analisou os depósitos das universidades públicas paulistas no Instituto Nacional de Propriedade Industrial (Inpi) no período de 1995-2006, perfazendo 672 registros. Foram consideradas as seguintes: Universidade Estadual de Campinas, Universidade de São Paulo, Universidade Estadual Paulista, Universidade Federal de São Carlos e Universidade Federal de São Paulo. Com os resultados obtidos verificou-se um avanço, mesmo que instável, do número de depósitos de patentes advindas das universidades e o adiantamento da Unicamp em relação às demais na quantidade de patentes depositadas, responsável por 60% do total de registros. Como conclusão vale destacar que o fortalecimento das políticas internas das universidades relacionadas à propriedade industrial acarretará maior índice de proteção das invenções acadêmicas, garantindo os direitos sobre a invenção, incentivando a realização de novas pesquisas e, através de mecanismos efetivos, viabilizando a transferência da tecnologia produzida nas universidades para o setor produtivo.
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Este artigo mostra a relevância estratégica de uma subsidiária do grupo multinacional Sabó, do setor de autopeças. Foi realizado um estudo de caso com análise de redes sociais e entrevistas com executivos para examinar uma rede de inventores e patentes depositadas entre 1978 e 2008 para esse grupo. Há uma breve revisão da literatura de negócios internacionais e da relevância estratégica de subsidiárias de multinacionais, do papel das redes, complementada pela questão das competências e do conhecimento em subsidiárias. O artigo parte do mapeamento total da rede (matriz e subsidiárias), de patentes e inventores (atores) para a Sabó, com suas relações investigadas por meio da análise de redes sociais (ARS). A relevância estratégica da subsidiária é enfatizada na estratégia global da empresa. Este artigo analisa as competências essenciais desenvolvidas pela subsidiária, bem como as métricas de rede, destacando a atuação dos principais atores (centrais) e seus papéis na rede como brokers.
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O Conselho Técnico-Científico do Instituto Superior de Engenharia de Lisboa (ISEL), na senda da consolidação da divulgação do conhecimento e da ciência desenvolvidos pelo nosso corpo docente, propõe-se publicar mais uma edição do Anuário Científico, relativa à produção científica de 2009 e 2010. A investigação, enquanto vertente estratégica do Instituto Superior de Engenharia de Lisboa (ISEL), tem concorrido para o seu reconhecimento nacional e internacional como instituição de referência e de qualidade na área do ensino das engenharias. É também nesta vertente que o ISEL consubstancia a sua ligação à sociedade portuguesa e internacional através da transferência de tecnologia e de conhecimento, resultantes da sua atividade científica e pedagógica, contribuindo para o seu desenvolvimento e crescimento de forma sustentada. São parte integrante do Anuário Científico todos os conteúdos com afiliação ISEL resultantes de resumos de artigos publicados em livros, revistas e atas de congressos que os docentes do ISEL apresentaram em fóruns e congressos nacionais e internacionais, bem como teses e patentes. Desde 2002, ano da publicação da primeira edição, temos assistido a uma evolução crescente do número de publicações de conteúdos científicos, fruto do trabalho desenvolvido pelos docentes que se têm empenhado com afinco e perseverança. Contudo, nestes dois anos (2009 e 2010) constatou-se um decréscimo no número de publicações, principalmente em 2010. Uma das causas poderá estar diretamente relacionada com a redução do financiamento ao ensino superior uma vez que limita toda a investigação no âmbito da atividade de I&D e da produção científica. Na sequência da implementação do Processo de Bolonha em 2006, o ISEL promoveu a criação de cursos de Mestrado disponibilizando uma oferta educativa mais completa e diversificada aos seus alunos, mas também de outras instituições, dotando-os de competências inovadoras apropriadas ao mercado de trabalho que hoje se carateriza mais competitivo e dinâmico. Terminados os períodos escolar e de execução das monografias dos alunos, os resumos destas são igualmente parte integrante deste Anuário, no que concerne à conclusão dos Mestrados em 2009 e 2010.A fim de permitir uma maior acessibilidade à comunidade científica e à sociedade civil, o Anuário Científico será editado de ora avante em formato eletrónico. Excecionalmente esta edição contempla publicações referentes a dois anos – 2009 e 2010.
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The globalization and the need for countries to unite under regional organizations fostered the emergency of a Communitary law. This isa law made bysupranational institutions capable of submitting States toa single legal order. Thistransforms administrative law on international administrative law that overflows the national legal system. This phenomenon was felt on Colombia given the current development of the Andean Integration System
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Desde el año 2001, uno de los casos más controvertidos de suspensión del derecho ha sido seguramente el que se observa en la prisión que los Estados Unidos han establecido en su base militar de Guantánamo. A pesar de las múltiples presiones y promesas de cerrar esta prisión, el gobierno norteamericano mantiene aún en ella a sujetos sospechados de terrorismo internacional. Si bien la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos se ha pronunciado en diversas ocasiones alrededor de los derechos de los presos de Guantánamo, lamentablemente no se han logrado avances significativos hacia un mayor respeto de los derechos humanos de sus detenidos. Las previsibles violaciones del Derecho Internacional originadas a partir de la existencia de la prisión militar de Guantánamo y del tratamiento dispensado a las personas allí detenidas, especialmente las disposiciones vinculadas a la protección internacional de los Derechos Humanos, a la vigencia del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Penal Internacional, convierten al objeto de la presente investigación en una necesidad requerida a la comunidad universitaria. Pretendiendo dar respuesta a esta demanda, la Universidad Católica de Córdoba (Córdoba, Argentina) y la Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá, Colombia), en estrecha colaboración con Europa-Universität Viadrina (Frankfurt/Oder, Alemania), a través de sus respectivas Facultades de Derecho y de Ciencias Jurídicas, han decidido conducir en forma conjunta el presente proyecto académico, fundado en la publicación de artículos científicos escritos por selectos especialistas en las diversas áreas comprendidas en esta problemática. El proyecto tiene por objeto poner al alcance de la comunidad hispano parlante un trabajo de referencia en la materia y contribuir en la toma de conciencia sobre la importancia del respeto de las disposiciones del orden jurídico internacional.
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Se examinará con un criterio sistemático e integrativo la regulación de la prescripción liberatoria en el derecho privado argentino, tanto a nivel legal como jurisprudencial, tanto en los códigos generales como en las leyes especiales, con el objeto de verificar si el sistema es simple o complejo, genera seguridad jurídica o se muestra desordenado e inseguro, es compatible con parámetros de justicia o conduce a resultados axiológicamente inaceptables, considera debidamente la situación de los débiles jurídicos o no los tiene en cuenta y da lugar a espacios de desprotección. Se realizará este estudio considerando los diferentes aspectos técnicos implicados (plazos, cómputo de plazos, interrupción, suspensión, requisitos, etc.), trazando un panorama general del sistema. Si del estudio realizado surge la imperfección o deficiencia del sistema, por resultar demasiado complejo, inseguro, injusto o insuficientemente tuitivo de los débiles jurídicos, se propondrán los criterios adecuados para maximizar su simplicidad, la satisfacción de la seguridad jurídica y la justicia y la adecuada tutela de los débiles, proyectando en caso de considerarse pertinente las reformas legales respectivas, con su respectiva fundamentación general y en particular.
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Se trabajará sobre la redacción de normas procesales que permitan vehiculizar la aplicación de la ley nacional 24.240 de defensa del consumidor en la provincia de Córdoba. Se pretende investigar sobre el estado de la ciencia del derecho en la materia, realizar análisis teóricos y prácticos, buscar legislación comparada sobre la materia y, sobre esa base, confeccionar un proyecto de ley con su respectiva exposición de motivos. Los objetivos se centran en el desarrollo de normas procesales que vengan a paliar una situación de hecho en la cual la ausencia de una regulación procedimental adecuada conspira contra la efectividad y vigencia del sistema tutelar de los derechos de consumidores.
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El tema del sepulcro es algo que preocupa al hombre desde el inicio mismo de la Historia, no en vano dos de las siete maravillas del mundo antiguo son sepulturas, las pirámides y la tumba de Mausolo. Es algo sobre cuyo régimen no se ha escrito demasiado, quizás porque resulta incómodo; el hombre se encuentra enfrentado a su propia finitud, lo que a veces perturba. Sin embargo, es riquísimo como veta de investigación. Conocer acerca del régimen de los sepulcros nos enseña mucho, no solamente acerca de la formativa al respecto, sino también sobre las costumbres sociales. El culto privado (los dioses manes, o sean los antepasados), el régimen de las cosas (por definición fuera del patrimonio, también del comercio), las costumbres acerca de la manera en que se disponía de los restos fúnebres (enterramiento o incineración), nos pueden decir mucho acerca de un pueblo. Para estudiar la cuestión (que abordaremos partiendo del Derecho romano, y desechando, no por falta de valor, el precedente anterior) es, entonces, necesario abordarla desde un buen número de vertientes diferentes. En primer lugar, el culto privado y las creencias religiosas (curiosamente, si se las analiza a fondo, hallaremos que la religión cristiana y lo que ella enseña no es original, sino un desarrollo natural del pensamiento romano). Para continuar, debemos ir a la vertiente social, los usos y costumbres vigentes en Roma, la contraposición entre “enterradores” e “incineradotes”, que entran en un conflicto recién zanjado por Justiniano cuando dispone que “enterrar es más piadoso”. No olvidemos la vinculación con los derechos reales, los sepulcros son res “extra patrimonium”, y también fuera del comercio (aunque esta clasificación no se haya explicitado jamás en Derecho Romano). Sin embargo, y aunque no se pueda hablar de “dominium” en relación a los mismos, hay sí un derecho específico, el “ius sepulcrum”, que confiere implícitamente una servidumbre, el “iter ad sepulcrum”. La violación de sepulturas era cuestión que daba acción para perseguir al violador, la que correspondía al sepulcro violado, el hecho de ser violador de sepulturas, conforme la regulación justinianea constituía causal de divorcio. En fin, el tema es materia de regulación por parte del derecho público, dado que el enterramiento dentro de los límites del “poemerium” estaba prohibido. ¿Ecología incipiente, como han dicho algunos? ¿Superstición? Recordemos que no era siquiera lícito pronunciar la palabra “muerte”. Cicerón, cuando refiere al pueblo que los cómplices de Catilina fueron ejecutados, se cuida mucho de emplear ese vocablo, simplemente se limita a proclamar “ya han vivido”. ¿O quizás un motivo meramente económico, que buscaba evitar que los fundos urbanos saliesen del comercio? Luego debemos por fuerza analizar las Leyes de Partidas, para ver cómo se transfunde esto en el derecho español, base del nuestro. Para culminar con la legislación argentina actual. Los cementerios, ¿son públicos o privados? Hoy no hay duda, existen de ambas naturalezas pero, entonces, ¿cuál es el régimen jurídico? ¿Están dentro del patrimonio? ¿Son un activo más, apto para figurar en un balance? ¿No lo son? Existe un régimen especial para los cementerios privados. Más aún, ¿debería haberlo? En su caso, ¿cuál? ¿De qué interés jurídicamente protegido estaríamos hablando? ¿De propiedad privada, de creencias religiosas, y la forma de resguardarlas? En definitiva, ¿qué es un cadáver, jurídicamente hablando? ¿A quién pertenece? Al hombre que fuera en vida, indudablemente no. ¿A sus sucesores? En su caso, ¿porqué? Tal el tema a investigar.
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Se examinará con un criterio sistemático e integrativo el sistema vigente del derecho civil argentino, con la finalidad de establecer cuál es la situación de los débiles en esta rama del derecho, a fin de determinar si gozan o no gozan de una protección adecuada. Se individualizará las normas o grupo de normas, instituciones o teorías legales, doctrinarias o jurisprudenciales que dispensan algún tipo de protección a los débiles, y las normas o grupo de normas, instituciones o teorías legales, doctrinarias o jurisprudenciales que no consideran la situación del débil jurídico, o lo hacen deficientemente, o lo dejan desprotegido. Si del estudio realizado surge la imperfección o deficiencia del sistema, la necesidad de modificar normas o introducir nuevas figuras o instituciones, se estudiará la manera más adecuada de hacerlo, proyectando las reformas legales respectivas, con su respectiva fundamentación en general y en particular
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La investigación planteada intenta trazar un horizonte de la evolución histórica de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad nacional de Córdoba a través de la historia misma de sus Cátedras. Desde el inicio de la primera Cátedra de Instituta, que en las horas vespertinas del 22 de agosto de 1971, significó de la mano de su primer profesor, Victorino Rodríguez y su pasante Dámaso Xixena, el nacimiento de los estudios jurídicos en la Universidad de Córdoba, las cátedras constituyeron los núcleos fundamentales, el ámbito preciso, la geografía natural, donde creció y se fortificó la ciencia del Derecho. (...) La historia de la Facultad se alimenta a través de la historia de sus cátedras, una compleja armonía que no siempre pacífica que fundó la estructura intelectual de nuestra Casa. El trabajo pretende analizar la evolución histórica de la enseñanza del Derecho, en el ámbito de la Facultad de Derecho, partiendo del análisis de la labor cumplida en cada disciplina y su decisiva influencia en el Derecho Nacional. Se analizarán los sucesivos cambios de programa, la reinserción de las asignaturas en los distintos planes que se fueron sucediendo en la carrera de Abogacía y las nuevas corrientes de pensamiento que inspiraron el dictado de la materia. Se analizará las bibliografías utilizadas en cada una de las asignaturas para su estudio y aprendizaje y las modalidades impuestas en los trabajos prácticos y las investigaciones que se llevaron a cabo en el espacio de cada una de las cátedras. También se estudiará la vida y las obras de cada unos de los catedráticos que tuvieron a su cargo la enseñanza del Derecho en el cultivo de sus ramas. Una de las razones principales que nos llevaron a abordar este proyecto de investigación, es la ausencia de una investigación sistemática sobre el origen, desarrollo y evolución de los estudios históricos sobre la enseñanza del Derecho en la Universidad Nacional de Córdoba. (...) El objetivo general de la investigación que nos proponemos llevar a cabo está constituido por el propósito de realizar la Historia de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba a partir de la historia misma de sus cátedras de enseñanza del Derecho. El objetivo específico apunta a un estudio más puntual sobre la evolución histórica del Derecho en el ámbito señalado, en cada una de las ramas de su cultivo, analizando la labor cumplida por los profesores, su producción bibliográfica y su actividad docente, el impacto y evolución de las nuevas corrientes de pensamiento, sus transformaciones, sus consecuencias en la doctrina, legislación, estilo judicial, etc.