998 resultados para CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CIDH


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El incremento desmedido en el número de desastres naturales, sumado a la frecuencia con que estos ocurren a lo largo del mundo entero, ha evidenciado una de las mayores preocupaciones de los Estados: el desplazamiento forzado de la población por esta causa y la delicada situación de derechos humanos que esto implica, por lo cual los Organismos Internacionales han instado en reiteradas oportunidades a los Estados para actuar conjunta y prontamente para evitar que esta siga siendo una de las causas más altas de desplazamiento. Esta migración forzada pone de presente una problemática al no existir una posición universalmente aceptada sobre cuál es la condición jurídica de las personas que, por causa de los desastres naturales, deben dejarlo todo; la ausencia de esta categorización conlleva a la inexistencia de un marco legal internacional aplicable y con ello, a un vacío en la regulación interna de los Estados. Esta investigación pretende analizar los conceptos de migración existentes en el derecho internacional y establecer si la condición jurídica de quienes deben dejarlo todo por causa de los desastres naturales encaja dentro de alguna de estas categorías o si se hace necesario crear una nueva categoría que atienda las particularidades del contexto de este fenómeno migratorio, desde una perspectiva de derechos humanos. Para esto, se realizan reflexiones sobre tales conceptos así como un análisis de algunos casos de referencia, incluyendo la situación vivida en Colombia con la Ola Invernal de 2010, buscando realizar algunas propuestas de posibles soluciones jurídicamente viables.

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La cada vez más creciente posibilidad de reinserción a la sociedad, por parte de miembros de los grupos alzados en armas, pone de presente la importancia de dejar claro qué se puede negociar y qué no. Por lo anterior, es fundamental determinar los parámetros mínimos para que un proceso de este tipo no redunde en impunidad. El objetivo del presente trabajo, es establecer esos parámetros mínimos de negociación, desde una perspectiva internacional o, más exactamente, desde el enfoque regional del Sistema de Protección y Promoción de los Derechos Humanos, esto implica revisar cuidadosamente la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

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El objetivo principal de la presente investigación es establecer en que medida los condicionamientos impuestos por los Estados Unidos, a través del proceso de Certificación al Gobierno de Colombia, han contribuido a la profesionalización de las Fuerzas Militares en el deber de proteger al Estado y a sus ciudadanos en defensa de sus derechos humanos.

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Este trabajo encuentra validez en la medida en que se reconoce la necesidad apremiante de estudiar la respuesta del Estado colombiano frente a la situación de las comunidades en riesgo. Lo anterior, no solo por el deber constitucional que tiene el Estado de garantizar los derechos humanos.

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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.

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Este artículo estudia el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas como un intento de comprensión del fenómeno indígena en el contexto latinoamericano, imbuido de los caracteres de universalidad e individualidad de los derechos humanos, en el que se refleja la predisposición de los órganos del Sistema Interamericano para incentivar un diálogo intercultural, en el que, los derechos individuales convivan con los colectivos, procurando que en esta simultaneidad, los conflictos entre ambas filosofías se reduzcan. Este trabajo trata fundamentalmente cuatro temas: 1) la eventual obligatoriedad de este Proyecto, 2) la futura personalidad jurídica de los pueblos indígenas, 3) el tratamiento jurídico de la interacción entre derechos individuales y colectivos en el contexto indígena cuando el Proyecto sea aprobado como Declaración definitiva, y 4) el ejercicio grupal o individual del derecho de petición internacional de los pueblos indígenas. La referencia a la actual jurisprudencia de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos brindará luces para anticiparnos, por así decirlo, a la inauguración de este próximo instrumento internacional.

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Si bien, desde sociedades muy antiguas se puede encontrar definiciones de la reparación, sin duda el génesis de la reparación integral es el derecho internacional de los derechos humanos y en específico la justicia transicional, la cual tiene como referencia primera la Segunda Posguerra Mundial con los juicios de los Tribunales de Núremberg y Tokio, y como desarrollo conceptual los informes de Theo van Boven y de Louis M. Joinet. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha adoptado el concepto de reparación integral a partir de la obligación que establece el artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ha realizado un desarrollo jurisprudencial vasto del concepto, lo cual, posteriormente fue acogido por los ordenamientos jurídicos de Colombia y Ecuador. Pese a la fuerte influencia que ejerce la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los ordenamientos jurídicos nacionales, el principio de la reparación integral ha tenido un desarrollo y evolución por vías diferentes en cada país, es así que en Colombia es principalmente jurisprudencial mientras que en Ecuador es normativo, pese a esto su contenido y alcance se encuentra en el marco de lo establecido por la mencionada corporación internacional Estudiar la implementación y desarrollo de la reparación integral en los ordenamientos jurídicos de Colombia y Ecuador desveló que la reparación integral ha surgido como una consecuencia ineludible de la violación a los derechos humanos, y además, esta influencia ha permeado otros campos del derecho, por tanto hay una fuerte tendencia a ampliar el campo de aplicación de la reparación integral y no solo limitarlo a los casos relacionados con violaciones a los derechos humanos.

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Esse trabalho procura analisar a atuação do Poder Judiciário brasileiro frente à proteção dos direitos humanos e a utilização por este Poder dos instrumentos de proteção a esses direitos, em especial, a jurisprudência da Corte Interamericana de Direitos Humanos. Tal escolha faz-se importante na medida em que o Brasil, com a aprovação do Decreto Legislativo nº. 89, de 03 de dezembro de 1998, reconheceu a jurisdição obrigatória da Corte Interamericana de Direitos Humanos, sendo, por isso, agora, possível a condenação judicial internacional de violações de direitos humanos cometidas pelo Estado brasileiro. O trabalho foi dividido em quatro momentos importantes: entender o funcionamento do Sistema Interamericano, com foco na estrutura da Corte Interamericana de Direitos Humanos; estudar a incorporação dos tratados que versam sobre direitos humanos no ordenamento jurídico brasileiro; a relação entre Sociedade, Poder Judiciário e Direitos Humanos; e, por fim, a análise dos casos brasileiros perante a Corte Interamericana de Direitos Humanos.

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Neste livro, a proposta é aprofundar a análise da atuação do Poder Judiciário Brasileiro e a utilização por este Poder dos meios legais na proteção dos direitos fundamentais, em especial com a Corte Interamericana da Organização dos Estados Americanos (OEA), como órgão jurídico que se pronuncia e julga violações aos Direitos Humanos, cometidas dentro das fronteiras do grupo de países americanos, que aceitaram e reconhecem a jurisdição obrigatória desse Tribunal Internacional.

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O presente trabalho analisará o cumprimento das decisões da Corte Interamericana de Direitos Humanos sobre o direito à propriedade coletiva de comunidades indígenas e tribais. Para isto será caracterizado em primeiro lugar o direito à propriedade coletiva no Sistema Intermaericano de Direitos Humanos. Em seguida serão analisadas as sentenças, abordado os fatos de cada caso e as medidas determinadas pela Corte. Os relatórios de monitoramento do cumprimento das decisões serão analisados, determinando quais medidas estabelecidas pela Corte foram cumpridas para que seja discutida a eficácia das decisões da Corte Interamericana de Direitos Humanos sobre este direito.

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Mesmo após trinta anos de consolidação democrática no Brasil o tema da justiça de transição ainda faz parte do nosso debate jurídico. Atualmente vive-se uma insegurança jurídica quanto à validade da lei de anistia brasileira, uma vez que o Supremo Tribunal Federal (STF) e a Corte Interamericana de Direitos Humanos (CorteIDH) julgaram a questão em sentidos opostos. Almejando contribuir para esse debate, tendo como objeto a decisão da CorteIDH, o presente artigo busca responder aos seguintes questionamentos: Ao julgar caso Gomes Lund e outros vs Brasil, quais foram os principais temas abordados pela CorteIDH que fez com que ela chegasse à conclusão de que a lei de anistia brasileira é inválida? Como se deu sua construção argumentativa, e quais foram suas principais fontes de embasamento normativo e jurisprudencial? Em suma, qual foi a racionalidade jurídica da Corte no julgamento desse caso? Para responder a essas perguntas de pesquisa buscou-se levantar indutivamente as principais questões abordadas na sentença e problematizar a responsabilidade do Brasil em relação ao Sistema Interamericano de Direitos Humanos.

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Pós-graduação em Direito - FCHS