998 resultados para GLOBALIZACION EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS
Resumo:
ResumenEl presente artículo se propone como una disertación en torno al fenómeno del abuso sexual infantily el Backlash, comprendiendo a este último como un contra-movimiento social que buscalegitimar diversas manifestaciones de violencia en contra de las mujeres y las personas menoresde edad. En aras de alcanzar dicho propósito, el artículo parte de la conceptualización del términoabuso sexual infantil, resaltando sus principales características y consecuencias, continúa con unadiscusión conceptual en torno al Backlash y sus principales derivaciones y concluye con una reflexiónrespecto a la relación entre este y el abuso sexual infantil. Producto del recorrido emprendido seafirma que, si bien el Backlash nace como una respuesta contraria y contestataria al éxito obtenidopor el movimiento de mujeres, ha evolucionado e incursionado en otras áreas temáticas, como lo esel abuso sexual infantil, cuya comprensión y atención se ha visto influenciada por teorías “pseudocientíficas” como el síndrome de alienación parental y el síndrome de falsas memorias, desde lascuales se desacredita la revelación de las víctimas. En tanto el uso de teorías compatibles con elBacklash en procesos de custodia y juicios por denuncias de abuso sexual se encuentra en aumentovertiginoso, se concluye que el movimiento de derechos humanos debe fortalecer una respuestaconjunta y sólida frente a esta reacción extrema.AbstractThe present article is a dissertation proposal regarding the child sexual abuse phenomenon and the Backlash, being the last a social countermovement which pretends to legitimize various manifestations of violence towards women and underage people. The article starts from the conceptualization of the term child sexual abuse, highlighting its key characteristics and consequences, moving on to a conceptual discussion concerning Backlash and its main derivations, and ending in a reflection about its relationship with child sexual abuse. From the research undertaken it is stated that, while Backlash started out as a counter response to the success achieved by the women movement, it has evolved and moved into other thematic areas, such as child sexual abuse, which understanding and focus have been influenced by pseudoscientific theories like the parental alienation syndrome and the false memory syndrome, from which the victims’ declarations are discredited. While the use of Backlash compatible theories in custody processes and sexual abuse accusation trials shows an accelerated increase, it is concluded that the human rights movement needs to build up a solid and joint answer against this extreme response.Keywords:Backlash, child sexual abuse, parental alienation syndrome, false memories syndrome.
Resumo:
ResumenEste trabajo pretende abordar desde un enfoque deductivo, el fenómeno del relativismo cultural. Es así como se parten de las premisas teóricas y conceptuales de lo que se entiende por este tipo de relativismo, su contraste con los derechos humanos de alcance universal, hasta llegar a su implementación a través de diferentes normas internacionales. Se analizarán las principales fuentes, consistentes en tratados, conferencias y declaraciones, en las que se visualiza la tutela y defensa del relativismo cultural. Finalmente, se reflexionará en torno a la efectividad de la salvaguarda de esta modalidad de relativismo y las particularidades propias de cada una de las fuentes jurídicas y políticas invocadas. Palabras clave: relativismo cultural, cultura, civilización occidental, libertad cultural, derechos humanos, universalismo, tratados internacionales, pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, convención internacional de la eliminación de todas las formas de discriminación racial, Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Declaración de Durban, Organización internacional del Trabajo, UNESCO.AbstractThis paper attempts to deal with, from a deductive approach, the phenomenon of cultural relativism. This is how it starts from the theoretical and conceptual foundations of what is understood by this kind of relativism, its contrast with the universal human rights reaching, to its implementation through various international standards. It analyzed the major sources,consisting of treaties, conferences and declarations, which displays the protection and defenseof cultural relativism. Finally, it reflects on the effectiveness of safeguarding this kind of relativism and the particularities of each of the legal and political sources cited.Keywords: Cultural relativism, Culture, Western Civilization, Cultural Freedom, Human Rights, Universal, International treaties, The International Covenant on Economic, Social and Cultural, International Convention on the Elimination of All Forms of Racial Discrimination, World Conference on Human Rights, International Labour Organization, UNESCO.
Resumo:
ResumenEste artículo pretende vincular el género con la vivencia de los derechos humanos para la democracia y la paz. Además, señala que educar en derechos humanos y género implica lavivencia de valores que permitan la convivencia positiva y pacífica entre todos y todas a partir de la solidaridad, el respeto mutuo, el trato equitativo, la empatía, la igualdad, la generosidad y la aceptación.Palabras clave: género, paz, democracia, derechos humanos, currículum. AbstractThis article aims to link gender with the experience of human rights for democracy and peace. It also notes that human rights education and gender involves the experience of values that allow positive and peaceful coexistence among everyone from the solidarity, mutual respect, equal treatment, empathy, equality, generosity and acceptance.Keywords: gender, peace, democracy, human rights, curriculum.
Resumo:
ResumenLos derechos humanos y el desarrollo humano comparten la misma visión y objetivo: garantizar la libertad, el bienestar y la dignidad de todas las personas del mundo. Para alcanzar un desarrollohumano alto es necesario el respeto y el ejercicio eficiente de los derechos humanos, como el acceso a la educación, a los servicios de salud, a la alimentación, a un trabajo dignoy bien remunerado, a la participación activa de las decisiones económicas, entre otros. Al mismo tiempo, es importante tener un nivel de desarrollo suficiente para proporcionar y garantizarlos derechos humanos más fundamentales. En este artículo se presenta un análisis de la situación de los derechos humanos y el desarrollo humano en México. Se utilizan informes e índices de diferentes instituciones, examinando la situación específica de algunos estados. Los resultados indican que aunque México es considerado como un país de desarrollo humano “alto”, no necesariamente ha implicado que el nivel de vida de toda su población sea mejor ytampoco ha garantizado el respeto y ejercicio eficiente de los derechos humanos.Palabras clave: derechos humanos, desarrollo humano, derecho al desarrollo, México. AbstractHuman rights and human development share common visions and goals: to ensure the freedom, well-being and dignity of all the people. The achievement of a high level of human development requires both respect for and the effective exercise of fundamental human rights, including the right to: education, healthcare services, adequate food, dignified and justly remunerated work, and meaningful participation in economic decision-making, among other fundamental rights. The provision for and protection of the most basic human rights and the achievement of an acceptable level of human development are interdependent. This paper presents an analysis of human rights and the human development situation in Mexico. Reports and indices sourced from various institutions are cited and the specific conditions that exist in some Mexican states are evaluated. The results show that although Mexico has a high level of human development, it does not implies that the standard of living of all of its citizens has improved or that respect for and the effective exercise of human rights has accompaniedthis development in Mexico.Keywords: human rights, human development, right to the development, Mexico.
Resumo:
ResumenLa Corte Interamericana con las dos opiniones consultivas sobre la situación de la clase trabajadora migrante en los Estados Unidos, está enfatizando el hecho que los Estados tienen la obligación general de respetar y garantizar los derechos fundamentales. Con este propósito deben adoptar medidas positivas, evitar tomar iniciativas que limiten o conculquen un derecho fundamental, y suprimir las medidas y prácticas que restrinjan o vulneren un derecho fundamental. El incumplimiento mediante cualquier tratamiento discriminatorio, de la obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos, le genera responsabilidad internacional.El principio de igualdad y no discriminación posee un carácter fundamental para la salvaguardia de los derechos humanos, tanto en el derecho internacional como en el interno.El principio fundamental de igualdad y no discriminación forma parte del derecho internacional general, en cuanto es aplicable a todo Estado, independientemente de que sea parte o no en determinado tratado internacional. En la actual etapa de la evolución del derecho internacional,este principio ha ingresado en el dominio del jus cogens, es decir de principios universalmente aceptados que no admiten posición en contra. El principio fundamental de igualdad y no discriminación, revestido de carácter imperativo, acarrea obligaciones de protección que vinculan a todos los Estados y generan efectos con respecto a terceros, inclusive particulares.Palabras clave: migración, derechos humanos, corte interamericana, opinión consultiva. AbstractThe Inter-American Court with the two advisory opinions on the situation of migrant workers in the United States is emphasizing the fact that the United States has the obligation to respect and guaranteefundamental rights. With this purpose, it should take positive actions, avoiding taking initiatives to limit or infringe a fundamental right, and eliminate measures and practices that restrict or violate afundamental rights. Failure by any discriminatory treatment of the general obligation to respect and guarantee human rights, gives rise to international responsibility. The principle of equality and nondiscrimination is fundamental for the protection of human rights both in international law and the domestic. The fundamental principle of equality and non discriminationforms part of the general international law as applicable to all States, regardless of party or a specific international treaty. At the current stage of evolution of international law, the fundamentalprinciple of equality and non-discrimination has entered the domain of jus cogens, ie of universally accepted principles that do not support position against it. The fundamental principle of equality andnondiscrimination, a peremptory nature, entails obligations to protect that bind all States and generate effects on third parties, including individuals.Keywords: migration, human rights, Inter-American Court, advisory opinion.
Resumo:
Artículo introductorio a la IV sección del XII Congreso de la Sociedad Latinoamericana de Estudios sobre América Latina y el Caribe SOLAR, proyecto académico del Programa Integrado Repertorio Americano realizado del 2 al 5 de noviembre de 2010, en la Universidad Nacional de Costa Rica.
Resumo:
El proyecto se propone elaborar algunos aspectos teóricos que nos permitan contribuir al debate sobre el tema de los derechos humanos. Los autores y autoras con los que trabajamos la cuestión de los derechos humanos, Emmanuel Levinas, Juan Carlos Scannone y Hannah Arendt, respectivamente, nos permiten una reflexión sostenida y dialógica sobre las cuestiones situadas de derechos humanos, la responsabilidad, las consecuencias éticas, la libertad y la acción política, ya que han realizado notables aportes filosóficos para la crítica y el estudio de la temática a investigar.Objetivos Generales: 1. Estudiar y profundizar en las filosofías de Emmanuel Levinas, Juan Carlos Scannone y Hannah Arendt la cuestión de los derechos humanos y su implicación ético-política. 2. Compenetrarnos con la “experiencia latinoamericana” para asumir nuestra exterioridad y nuestras propias condiciones de pobreza y riqueza, en un intento de aportar alternativas para otras alteridades en los márgenes de la globalización. 3. Responsabilizarnos de los problemas de discriminación, marginalidad y exclusión de grupos, personas y colectivos. Objetivos Específicos: 1. Inferir la posibilidad de la formulación de los derechos humanos a partir de una concepción de libertad que se ajuste a una noción de subjetividad humana investida de la responsabilidad por el Otro. 2. Analizar los aportes realizados Juan Carlos Scannone sobre las posibilidades de la solidari-dad y la justicia en América Latina para la preservación efectiva de los derechos humanos. 3. Conocer el pensamiento filosófico político de Hannah Arendt, analizando las formas de la aparición pública, de derechos de ciudadanía y de poder, en la democracia contemporánea. 4. Repensar las prácticas feministas de “empoderamiento” y ciudadanía de mujeres desde la filosofía de Arendt. Aporte de la investigación: Aportar una perspectiva de pensamiento que promueva la solidaridad frente a la pobreza y mar-ginalidad de grandes contingentes humanos de nuestra región.
Resumo:
Se estudiará un elemento fundamental para el reconocimiento de los derechos humanos en sociedades caracterizadas por diferencias estructurales constitutivas, la noción de "experiencia", como acceso a un horizonte de sentidos y valoraciones que pueden ser ajenos a la del "observador objetivo, universal y neutral" que caracteriza al sujeto pensado a inicios de la modernidad, espacio-tiempo en que se formula la noción misma de "derechos del hombre". Esta noción de experiencia permite acceder a un núcleo filosófico fuerte en la discusión por el reconocimiento, que al mismo tiempo recibe de modo fecundo los aportes de las principales filosofías provenientes de la tradición europea, pero también de las formulaciones y reformulaciones de esos conceptos a partir de la experiencia situada en Latinoamérica. En ese sentido, la noción de "sabiduría", elaborada no sólo por filósofos sino también por teólogos en nuestro medio, se muestra como un "lugar filosófico" fértil para recoger modos de aporte a la discusión sobre el reconocimiento de los derechos, problema que habitualmente queda fuera del espacio académico. Para este trabajo se indagará el aporte con que filósofos y pensadores contemporáneos han enriquecido la noción de experiencia y el modo de sensibilidad (aisthesis) requerido para hacerla accesible: Taylor, Heidegger, Sartre, Levinas y Arendt, desde la tradición europea, y desde Latinoamérica Scannone, Salazar Bondy, Fornet-Betancourt y Sobrino. El análisis de la noción de "experiencia" y sus usos más influyentes a nivel epistemológico y político desde la modernidad, y sus posibles reformulaciones desde la tradición fenomenológica y hermenéutica, posibilita ya en el marco de la filosofía europea una reformulación de la noción, enriqueciéndola desde su ubicación en la situacionalidad y facticidad. Esto permite finalmente a una crítica radical de la noción objetivista de experiencia, y permite acceder a otro tipo de sentidos en la misma. Esa reconstrucción permitirá también comprender los aportes hechos desde Latinoamérica con la noción de experiencia sapiencial del pueblo latinoamericano, las nociones de educación y liberación que los pensadores latinoamericanos usan, y las posibilidades de comunicación entre las elaboraciones de pensamiento e institucionales latinoamericanas con aquellas de otras proveniencias mediante una filosofía del reconocimiento intercultural.
Resumo:
Este proyecto busca poner en discusión algunos criterios para el estudio de la diversidad y la interculturalidad propia de América. Se procurará abordar las condiciones de posibilidad de la interacción entre culturas, sin subordinaciones ni dominaciones, de un modo horizontal y en el cual ningún colectivo cultural esté por encima del otro, permitiendo la integración y convivencia entre los diferentes. La noción de interculturalidad es el acceso a un horizonte de sentidos y valoraciones ajenas a la del observador objetivo, universal y neutral que caracteriza al sujeto pensado a inicios de la modernidad, que es el espacio-tiempo en que se formula la noción misma de derechos del hombre. Esta noción de interculturalidad permite acceder a un núcleo filosófico fuerte en la discusión por el reconocimiento, que al mismo tiempo recibe de modo fecundo los aportes de las principales filosofías provenientes de la tradición europea. Pero también de las formulaciones y reformulaciones de esos conceptos a partir de la experiencia situada en Latinoamérica. Se continuará con la profundización de filósofos tales como Taylor, Sartre, Arendt, Butler, Levinas, Catherine Walsh como aportes de la tradición occidental, pero visualizados como quienes permiten poner en cuestión tal tradición. Y con el estudio de pensadores latinoamericanos como Juan Carlos Scannone, Fornet-Betancourt, Enrique Dussel, Cerutti Guldberg, Zulma Palermo. Hipótesis de trabajo. La tradición popular latinoamericana complejiza y profundiza la noción de experiencia mediante una comprensión de la sabiduría, que recupera, critica y amplía las herencias filosóficas europeas que originaron la noción misma de Derechos Humanos. Ambas tradiciones abren pensamientos que posibilitan un horizonte crítico-hermenéutico para la comprensión de ciertos procesos sociales de liberación y el reconocimiento del otro en nuestro continente, y posibilitan advertir la importancia, no sólo del reconocimiento de la diversidad cultural sino del encaminamiento efectivo para una interculturalidad que realice el cumplimiento de los Derechos Humanos.
Resumo:
[spa] Como expresión de la naturaleza erga omnes de las obligaciones jurídicas relativas a la protección de derechos humanos, muchos tratados de derechos humanos que establecen órganos de expertos permiten a los Estados Parte presentar quejas ante dichos órganos contra otras Partes que no observan las obligaciones convencionales. Tales quejas interestatales son un mecanismo híbrido que busca controlar la aplicación del tratado, solucionar las controversias entre Estados Parte y/o prevenir esas controversias. En la práctica, no obstante, las quejas interestatales se interponen en raras ocasiones, principalmente por causa de su alto componente político, que hace que sean vistas como un acto inamistoso. Pese a este escaso uso, llama la atención que la mayoría de quejas interestatales presentadas hasta la fecha se hayan referido a situaciones excepcionales calificables de"crisis", lo que parece poner de manifiesto que este mecanismo podría ser particularmente útil para hacer frente a las violaciones de derechos humanos cometidas en períodos de excepcionalidad.
Resumo:
Tesis (Doctorado en Derecho con orientación en Derecho Constitucional y Gobernabilidad) UANL, 2014.
Resumo:
Resumen basado en la publicación
Resumo:
Mientras la atención de la comunidad internacional se ha centrado en el programa nuclear de la República Islámica de Irán, los informes muestran gran deterioro de los derechos humanos al interior del país, por el cual, el Estado no ha rendido cuentas.
Resumo:
Desde hace unos quince años aproximadamente, con el fin de la guerra de los carteles de la droga, cuando la guerrilla colombiana empezó a ser perseguida por los grupos paramilitares, la población rural, Prisionada entre un fuego cruzado, empezó a abandonar sus tierras y a emigrar asivamente a las grandes ciudades. Sobre todo, después de que fue declarado el estado de conmoción interior en el gobierno de César Gaviria, cuando se suspenden de forma indefinida los diálogos con la Coordinadora Guerrillera Simón Bolívar, dándole un tratamiento de enemigos militares a quienes no estuvieran en favor del Estado. Se comienza entonces con una escalada beligerante que agrava la situación de derechos humanos en el país, lo que prende las alarmas internacionales en cuanto a la eminente violación del derecho internacional humanitario.
Resumo:
Los derechos humanos son un tema importante en la agenda internacional, sin embargo, el tema de derechos humanos de los líderes sindicales en Colombia se ha convertido en una problemática por el conflicto armado y que ha obligado al Estado y al Sistema Internacional a intervenir en esta situación.