998 resultados para Comisión Interamericana de Derechos Humanos. CIDH
Resumo:
Presenta una relación de las atribuciones y actividades del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos en materia de políticas de derechos humanos. Realiza un recuento de los avances en derechos humanos en el país, relativos a disminución de la pobreza y pobreza extrema y satisfacción de necesidades básicas, particularmente de los grupos de atención prioritaria. Señala que se han dado pasos para desestimar la visión punitiva de la rehabilitación social. Se refiere al proceso de transformación del Sistema de Justicia.
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Presenta las tendencias del proceso de adecuación constitucional y la vigencia de los derechos en 2011, evidenciando la persistencia del manejo inadecuado de una creciente conflictividad; una producción legislativa limitada y una práctica democrática deficitaria en la tramitación de proyectos de ley en materia de derechos humanos; los límites en la actuación de la justicia, cuyo diseño constitucional fue alterado con las reformas introducidas luego de la consulta popular; la situación de los derechos colectivos y de la naturaleza en inminente riesgo ante el modelo extractivista de recursos naturales; el deterioro del derecho a la seguridad integral y la insuficiencia en las políticas públicas sobre derechos humanos. Plantea recomendaciones para lograr el ejercicio material de los derechos.
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Analiza la conflictividad socio política expresada en la conflictividad con las oposiciones de derecha desplegada en el campo ideológico y el económico, destacando que con los actores empresariales se ha dado apertura al diálogo; y la conflictividad con los movimientos sociales, expresada en la criminalización de la protesta social y la judicialización, enfatizando en los conflictos con el movimiento indígena y los trabajadores públicos, evidenciando que con estos sectores no se propició el diálogo. Presenta la relación de los conflictos con los derechos constitucionales, evidenciado que los derechos de libertad, buen vivir y participación son los más afectados. Concluye señalando que para consolidar el modelo hegemónico se privilegia la versión antidialógica del conflicto.
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Considerando la importancia de la justicia constitucional en la protección de los derechos humanos, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera comparativa los efectos de la incorporación de la categoría de género en la protección de derechos humanos en la jurisprudencia constitucional colombiana y ecuatoriana con énfasis en casos paradigmáticos en los últimos cinco años. Este estudio realiza un análisis del discurso jurídico entendido de manera integral esto es desde su componente formal/normativo, estructural/institucional y político/cultural.
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A partir de un caso paradigmático de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el denominado Caso Penal Castro Castro vs. Perú, se presenta una contribución a la memoria histórica de un crimen de estado cometido contra seres humanos privados de libertad, en absoluto estado de indefensión; quienes, aún en las condiciones más deshumanizadoras y extremas, rescataron los valores de la dignidad y de la solidaridad humanas. Se evidencia la necesidad de tipificar, a nivel nacional e internacional, el crimen de estado, a fin de que sea adecuadamente prevenido, investigado, juzgado y sancionado.
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Este trabajo busca encontrarle una salida a la creciente criminalización de la defensa de los derechos humanos, mediante su reconocimiento como actividad legítima dentro de la garantía social del derecho a la resistencia y los mecanismos que dicho derecho podría ofrecer a los cientos de personas que, en nuestro país y en todo el mundo, luchan por sociedades más justas, por eliminar la justicia, por la plena vigencia de la Constitución y que, para lo cual, se toman los derechos en serio. El presente trabajo está dividido en dos capítulos. El primer capítulo, titulado El derecho a resistir el Derecho, presenta los antecedentes históricos para el reconocimiento del derecho a la resistencia, desarrolla un análisis respecto a los elementos que tiene el derecho, los momentos de su ejercicio y su garantía. El segundo capítulo, titulado Nosotros los terroristas. Criminalización de la resistencia, desarrolla la noción del enemigo en el Derecho, el enemigo en el contexto latinoamericano, las defensoras y defensores de derechos humanos como enemigos de estado y, finalmente, se exponen algunas ideas de cómo evitar la criminalización. Una vez concluido el trabajo, se ha logrado demostrar que el derecho a la resistencia genera ciertas obligaciones al Estado en cuanto a la disminución de la intervención penal en la esfera de la defensa de los derechos humanos. El derecho a la resistencia, más que un derecho fundamental común, es una garantía social que permite el acceso al debate público a quienes tradicionalmente están excluidos. Es además un último recurso de protección de los derechos amenazados por alguna acción u omisión estatal. Queda claro que la resistencia que se da ante la negativa del Estado de tutelar derechos, en una sociedad plural, respetuosa y democrática, este tipo de recursos no sería necesario.
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Ante la creciente visibilidad, importancia y problematización del discurso de los derechos humanos, la persistencia de conflictos y violaciones masivas de los mismos alrededor del mundo, el impacto profundo que tiene el arte sobre los individuos y las sociedades así como el protagonismo del arte y los artistas en busca de transformaciones, surge la pregunta por el rol del arte en la defensa y promoción de los derechos humanos. Para abordar y responder a esta pregunta, se busca en la presente investigación determinar el papel del arte en el proyecto “Destierro y Reparación”, organizado por el Museo de Antioquia y la Corporación Región en la ciudad de Medellín en 2008. Para este fin, se establecen en primera instancia los antecedentes sociopolíticos del evento caso de estudio sobre la base de una caracterización general de la violencia resultante del conflicto colombiano, de la situación de desplazamiento y de la respuesta estatal en esta materia a nivel nacional y de la ciudad de Medellín. En segundo lugar, se hace una caracterización del proyecto, incluyendo sus antecedentes más específicos, participantes y sus motivaciones, organización general y balance. Tercero, se analizan las potencialidades del arte en relación con la defensa y promoción de los derechos, asumiendo el arte sobre todo como una herramienta y espacio de comunicación para tal efecto. Dichas potencialidades se abordan en tres planos: a) arte como vía para transmitir el mensaje de DD.HH.; b) arte como ejercicio de derechos en sí; y c) arte como potencia transformadora de la sociedad y del discurso de los derechos. Finalmente, se proveen recomendaciones respecto a la defensa y promoción de los DD.HH. a través del arte a partir de los hallazgos y se plantean algunas reflexiones adicionales.
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Este ejercicio de repensar el derecho humano a la salud en clave transformadora tiene como propósito avanzar en la definición de un lenguaje del derecho que no sólo resulte políticamente correcto, sino que posibilite el desarrollo de acciones judiciales, legislativas y políticas (sociales, económicas, culturales y ambientales) en torno a la salud también políticamente correctas. El enfoque basado en los derechos humanos tiene como basamento el Derecho Internacional de los Derechos Humanos constituido en marco referencial de la promoción, prevención y protección de los derechos. Los instrumentos internacionales universales y regionales vinculantes y no vinculantes, la jurisprudencia y la doctrina hacen parte de esta matriz referencial globalizada y legitimada. La teoría crítica de los derechos humanos, uno de los referentes teóricos de este trabajo de investigación, cuestiona no sólo el carácter abstracto de las normas también el sistema de valores en que se basa su desarrollo. La idea de definir y desarrollar el derecho humano a la salud en términos más reales, más “humanos y comprometidos con la opción transformadora de realidades sociales constitutivas de la violación sistemática de este derecho hace parte del propósito de la tesis. El marco conceptual que aquí se propone tiene en el enfoque de la determinación social de la salud, desarrollado por la corriente crontrahegemónica latinoamericana de Salud Colectiva y la Epidemiología Crítica, otro referente clave para el desarrollo del derecho humano a la salud ya no sólo como un derecho social fundamental, también como un derecho socialmente determinado. Ello implica que el derecho de acceso a bienes, servicios y sistemas de salud supone también el acceso a condiciones de vida humana y natural saludable. La determinación social en clave interpretativa del derecho humano a la salud explica el poder determinante individual en relación con el poder determinante colectivo de la salud en varias dimensiones que dan cuenta de la interacción que hay entre las condiciones biológicas, los estilos de vida, las condiciones y modos sociales y, los procesos generales sociales y productivos que impactan la vida y la salud de las personas y de la naturaleza también. En otras palabras, impactan las condiciones en que se ejerce el derecho humano a la salud. La extensión del contenido y alcance en relación con las obligaciones del derecho, con base en el enfoque de la determinación social de la salud, se constituye además en oportunidad para el desarrollo de marcos más efectivos en prevenir, garantizar, respetar y proteger el derecho humano a la salud. La metodología de la investigación es de carácter cualitativo con apoyo en fuentes documentales, referencia bibliográfica, instrumentos internacionales de derechos humanos y marco constitucional venezolano, doctrina y jurisprudencia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
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l Programa Andino de Derechos Humanos (PADH) de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador (UASB-E), desde 2009, realiza el ejercicio de evaluar anualmente la vigencia de los derechos humanos y de la naturaleza, como una contribución a la reflexión y observancia de su cumplimiento. Este informe toma como referencia el nuevo marco constitucional, adoptado en octubre de 2008, el cual incorpora un amplio catálogo de principios, derechos y garantías. Al cumplirse en 2013, cinco años de la entrada en vigencia de la Constitución de la República del Ecuador, el PADH ha considerado conveniente presentar este Informe sobre derechos humanos Ecuador, Ecuador 2009-2013, a efectos de realizar un balance de la evolución de los deberes estatales de respeto, garantía y cumplimiento de los derechos, situándolos siempre como integrales, indivisibles, interdependientes, de aplicación directa e inmediata y amparados bajo la prohibición de regresividad. Los informes sobre derechos humanos del PADH se han caracterizado por abordar, desde una perspectiva crítica y propositiva, a la vez que plural y participativa, la información disponible sobre la actuación estatal en materia de desarrollo normativo, políticas públicas, y de garantías jurídicas y jurisdiccionales, enfatizando en los ejes de análisis de justicia, seguridad y ambiente, e incorporando otros temas específicos. En los informes se analizó el nivel de adecuación de la actuación estatal a la Constitución y a los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos; para esta tarea, el PADH ha diseñado e implementado instrumentos de registro de información, como las bases de seguimiento de prensa, conflictividad, normativa, garantías, estados de excepción, producción especializada en derechos humanos y recomendaciones internacionales, que permiten el análisis comparativo y contribuyen a identificar la evolución, el estancamiento o retroceso de las acciones estatales en el tiempo, y permiten formular conclusiones y recomendaciones. Este informe consolidado de los cinco años integra ocho acápites, dedicados a la exposición de objetivos y metodología; el análisis del estado de situación del acceso a la información; de la conflictividad; el desarrollo normativo; de la justicia; de las políticas públicas; de la seguridad integral y los derechos de la naturaleza; formulando conclusiones y recomendaciones generales, que se complementan con la bibliografía y anexos. El PADH expresa el reconocimiento y gratitud a todas las personas de la sociedad civil, de la academia y de las entidades del Estado que han contribuido con sus aportes a la generación de los informes durante estos cinco años. De igual manera que los informes anteriores, este se encuentra disponible en el sitio web ‹http://www.uasb. edu.ec/padh.php› o ‹http://www.repositorio. uasb.edu.ec›.
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El respeto a la dignidad del ser humano pasa por el reconocimiento, el cumplimiento y el ejercicio de sus derechos, asumidos como una obligación primordial de los Estados bajo una comprensión integral y que considere los criterios de diversidades, equidad y justicia. Horizonte de los derechos humanos. Ecuador 2012, expone y analiza temáticas relevantes de 2012, como son: la reforma a la administración de justicia; la caracterización de la conflictividad; el caso Los diez de Luluncoto; la sentencia sobre el caso La Hora; sobre casos graves de violación a derechos humanos, los estados de excepción; la política petrolera y las nuevas concesiones; el caso Texaco; el caso Sarayacu; el extractivismo minero; la participación ciudadana; los procesos de consulta previa y prelegislativa; la movilidad humana y el caso Assange; el femi[ci]dio; mujeres privadas de la libertad; el acceso a la educación y la discriminación; el derecho a la alimentación; el derecho al trabajo; derechos lingüísticos; y sobre la importancia de discutir la relación entre salud, producción abusiva y la judicialización. También se incorporan los dos artículos presentados por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos y el Ministerio Coordinador de la Política Interna y Externa. Sin duda, este libro constituye un aporte importante para la reflexión sobre la situación de los derechos humanos. Reúne las reflexiones de diversas organizaciones, colectivos y académicos; realizadas por docentes, profesionales y activistas que trabajan en el campo de los derechos humanos y de la naturaleza en diferentes áreas. Desde una lectura crítica y propositiva, se plantean aportar en la construcción de un Estado y sociedad basados en el respeto, garantía, protección y el desarrollo progresivo de los derechos humanos. La esperanza va más allá de las hojas de papel, los sueños rebasan las páginas de la Constitución. Respetar la dignidad de las personas y colectivos, y lograr una convivencia respetuosa o al menos caminar hacia ella, es imprescindible y mucho depende de lo que hagamos como sociedad y de lo que el Estado haga para habilitar ese camino, para proyectar aquello que se requiere transformar, a partir del goce de los derechos y de las demandas expresadas, sentidas por cada grupo humano que convive en el país y de la población nacional que se encuentra fuera de él. Este ejercicio de investigar para informar que cada autor y autora de los artículos ha realizado, nos hace reconocer lo olvidado y negado; reorientar el conocimiento; afirmar la unidad de lo fragmentado y permite que expresemos lo impensable del horror del miedo a la exclusión (Piedad Vásquez Andrade). Les invitamos entonces a explorar y sentir estos textos, despejar este sendero y caminar hacia el horizonte de lo soñado.
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El modelo extractivista impuesto en América Latina, aunque ha ido variando de forma, mantiene de manera esencial su razón de ser: proveer de recursos naturales para satisfacer las demandas de las economías industrializadas tanto del norte, como de aquellas que están en pleno crecimiento, de manera particular la de China. En este contexto, asistimos a diversos escenarios comunes, en donde el modelo extractivista, pone en práctica diversas estrategias para asegurarse el acceso a esos recursos; las mismas que van desde desestabilizar gobiernos, hasta conseguir la asociación o patrocinio de otros, suscripción de tratados comerciales y la implementación de políticas que promueven la desarticulación de organizaciones, la estigmatización y/o judialización de las comunidades opuestas a dicho modelo.
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La violación de los derechos humanos, los derechos colectivos de los pueblos indígenas en general y del pueblo kichwa en particular, no ha cesado desde la invasión española. Precisamente por esas prácticas de violación de derechos, en la época temprana de la invasión, luego en el proceso de consolidación del sistema colonial y posteriormente republicano, la reflexión sobre los derechos del otro fueron debatidos en diferentes niveles. En el caso al que hacemos referencia, los pueblos indígenas, la reflexión sobre el rol de la lengua fue un tema que estuvo presente en todo el proceso de de la invasión, dichos derechos se expresan en documentos como las cédulas reales de la Corona española, las bulas; papales de la iglesia, las resoluciones de los concilios provinciales de la iglesia, que dictaminan inicialmente la enseñanza de la lengua española. Luego, al percatarse de las dificultades de comunicación existentes y constatar la existencia de lenguas diversas, optarán por instrumentalizar el uso de la lengua, es decir, exigir el aprendizaje de la lengua kichwa, la lengua general, con fines netamente políticos asociados a la evangelización, para lo cual dictarán normas, procedimientos, estrategias que garantizarán el cumplimiento de dichos objetivos.
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El presente ensayo analiza la necesidad de mantener la criminalización primaria de delitos graves cometidos por el Estado o con su aquiesencia, con el fin de garantizar los derechos a la verdad, justicia y reparación que tienen las víctimas y familiares de las víctimas, así como el derecho de toda la sociedad de que estos hechos no se repitan nunca más. Así, la criminalización primaria debe ser analizada en el marco de los derechos humanos y la necesidad de reparar las violaciones cometidas por el Estado.
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El 23 de junio de 2013 en Uruguay hubo una consulta popular para decidir si la ciudadanía estaba a favor de convocar un referéndum para derogar la ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo, sancionada el 22 de octubre de 2012. Sólo concurrió a votar el 8,92% de las personas habilitadas. El aborto sigue siendo legal en Uruguay dentro de las 12 primeras semanas de embarazo.