929 resultados para UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO. BIBLIOTECA - ANUARIOS - 2006


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La vida de la Santa Madre Teresa de Jesus ; Camino de Perfección ; Avisos de la Santa ... para sus monjas

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Contiene una segunda obra: "Vida del principe sacro de Macedonia don Pedro Cernovichio, àlias Fr. Angelo Cernovichio ...", con port. propia

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Segun Simón Díaz t. XII, 2519. los dos primeros tomos fueron compuestos por Fr. Francisco de Santa María.

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Escritura de venta de una casa ubicada en el barrio la Catedral propiedad del Colegio Mayor del Rosario al señor Fernando de Acuña y Berrio por valor de mil patacones. Contiene el acuerdo hecho entre el comprador que es un servidor del Colegio Mayor y el rector del dicho Colegio para que parte de los pagos que se le hacían a Fernando de Acuña, fueran parte del pago de la casa. Siendo rector el doctor don Jacinto Roque Flórez de Acuña.

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dar a conocer de manera clara y precisa el Proceso de Jurisdicción Coactiva que rige el artículo 561 del Código de Procedimiento Civil, mediante el cual algunas entidades de derecho Público están autorizadas para cobrar créditos a su favor

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La salud además de ser un derecho fundamental también es un servicio público, el cual debe brindarse adecuadamente en términos de oportunidad, cobertura y calidad. Al entender la salud como un derecho fundamental autónomo, significa, que requiere por parte del Estado la garantía de su goce efectivo para todos los habitantes del territorio nacional, el cual es susceptible de limitaciones, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, dentro del marco de la dignidad humana. Por otro lado, el análisis de la salud como un servicio público puede abordarse desde la prestación del mismo por parte de los particulares, lo que significa analizar la figura de la descentralización por colaboración en un Estado Unitario, lo que implica: 1. La actuación de particulares en la prestación del servicio público, previa autorización legal 2. La implementación de sistemas de control, inspección y vigilancia, por parte del Estado sobre dicha prestación. 3. La expedición de instrumentos de regulación y reglamentación normativa que regulen la prestación del servicio público de salud. A través de la interpretación integradora podemos afirmar que la salud es un derecho de la persona que se materializa mediante la prestación de un servicio público de carácter obligatorio. Es decir, los servicios públicos se constituyen como instrumentos para garantizar el logro de la plena vigencia y eficacia de los derechos constitucionales y por ende de la realización de los fines del Estado Social de Derecho.