939 resultados para LÍMITES


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Tesis (Maestría en Estudios y Gestión del Desarrollo).-- Universidad de La Salle. Maestría en Estudios y Gestión del Desarrollo, 2013

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La provincia de Alicante y el litoral turístico de la Costa Blanca se sitúan como uno de los ámbitos espaciales que mejor ilustran el éxito y la caída del modelo inmobiliario hispano durante los últimos tres lustros. Pese a la ralentización económica, urbanística, e incluso el declive demográfico que ya se registra con carácter general en la mayoría de municipios; el volumen de suelo residencial, número de viviendas y potencial demográfico de los planes urbanísticos paralizados, no iniciados o en tramitación, son de un alcance suficiente como para entender que determinarán las dinámicas urbanísticas municipales en el medio y largo plazo. Considerando que se trata de actuaciones durmientes a la espera de un contexto económico favorable, hacen pensar que la burbuja inmobiliaria no estaría estallada, sino tan sólo desinflada. Una reanudación del ciclo inmobiliario podría tener unas consecuencias económicas, sociales y ambientales mucho más agudas que las experimentadas durante el periodo expansivo 1997-2006.

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Se trata de comprobar si una institución tan clásica del derecho internacional privado está hoy día activa en nuestra realidad jurídica.

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Resumen La actual crisis económica mundial puede ciertamente caracterizarse como de carácter sistémico y global, conjugándose a la vez con una crisis de civilización que pone en jaque no solo al sistema económico, sino al sistema de vida. Que no se trata de una crisis cíclica más es un hecho reconocido, pero necesitamos precisar su carácter, al menos de manera inicial y preliminar. En este ensayo apoyamos la tesis de una crisis sistémica global (o civilizatoria), pero sin dejar de advertir que los fundamentos del capitalismo también están mostrando sus límites históricos y exacerbando las amenazas globales sobre las condiciones de existencia de la vida; sin que por ello se trate, necesariamente, de una crisis terminal; y tanto las opciones capitalistas como las postcapitalistas y las anticapitalistas están a la orden del día. Abstract The current global economic crisis can certainly be characterized as a systemic and global one, combined with a crisis of civilization that puts in check not only the economic system, but the whole system of life. That it is not a simple cyclical crisis is widely acknowledged, but we need to specify the nature of it, at least in an initial and preliminary manner. In this essay we support the thesis of a global systemic crisis, but still warned that the foundations of capitalism are also showing its historical limits and exacerbating the global threats on the conditions of existence of life without it is required of a terminal crisis, and both options capitalists, post-capitalist and anti-capitalists are on the agenda.

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La presente obra se divide en tres capítulos: El primero hace un planteo general sobre el derecho de propiedad de los particulares con anotaciones históricas sobre su significación económica y las teorías que lo explican y justifican. Trata igualmente las notas distintivas especiales del derecho de propiedad de los particulares, esto es, su carácter absoluto, perpetuo, exclusivo, abstracto y elástico, precisando cuáles de ellas son esenciales. La obra se ocupa de los elementos definitorios de la propiedad en el derecho común, su clasificación contratación con otros tipos de propiedad. El capítulo segundo desarrolla los límites y limitaciones al derecho de propiedad, señalando las diferencias entre ambos conceptos, para lo cual acude a nociones tales como el contenido propio del derecho real de propiedad, la buena fe, la teoría de los propios actos, el abuso del derecho, los limites horizontales y verticales, institucionales o estructurales, el deber general de abstención, la extinción de dominio y la confiscación, las limitaciones a la propiedad privada en interés público o general, la diferencia entre limitación a la propiedad en interés privado y en interés público, las servidumbres administrativas, la expropiación por utilidad pública, las diferencias entre expropiación, confiscación, decomiso, requisa o requisición, servidumbre y ocupación temporánea, lo mismo que la limitación del derecho real de propiedad por el derecho ajeno en eventos tales como la propiedad fiduciaria, el usufructo, el uso, la habitación y las servidumbres del derecho privado. Finalmente, el capítulo tercero examina la defensa del derecho real de propiedad para lo cual distingue entre medios directos indirectos, tales como las acciones reivindicatoria, negatoria, posesorias especiales de denuncia de obra nueva y de obra ruinosa, entre otras.

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El trabajo nocturno se articula y se define en función de dos conceptos: uno objetivo, el período nocturno, y otro subjetivo, el trabajador nocturno. Para la delimitación del trabajo nocturno, el Estatuto de los Trabajadores ofrece una definición objetiva y otra subjetiva. Por un lado, conforme a lo previsto en el artículo 36 de dicho cuerpo legal se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana; se trata de una definición objetiva en función del período en que se desarrolla tal trabajo. Por otro lado, se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en período nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual; se trata aquí de una definición subjetiva en función de la entidad y habitualidad de la prestación de trabajo nocturno que desarrollan ciertos trabajadores, a los que se concede una particular condición. Mientras que "trabajo nocturno" –toda prestación laboral realizada entre las diez de la noche y las seis de la mañana– es un concepto absoluto, en el sentido de que es independiente del número de horas nocturnas efectuadas o de la frecuencia o periodicidad de su realización, "trabajador nocturno" es un concepto relativo, pues no todo trabajador que preste servicios durante la noche va a recibir la condición de nocturno, sino que ésta va a depender de que la jornada del trabajador sea nocturna en la proporción diaria o anual que el legislador ha considerado relevante. Además, la virtualidad de ambos conceptos es diferente: el concepto objetivo de trabajo nocturno sirve a los efectos de la retribución específica del mismo, a los de información a la autoridad laboral de la realización del mismo, a los de restricción del mismo a ciertos sujetos (menores, mujeres embarazadas o lactantes…) y, obviamente, a los de delimitación de la condición de trabajador nocturno, mientras que el concepto subjetivo de trabajador nocturno tiene efectos en materia de limitación de su jornada y de protección de su salud. En fin, siendo el trabajo nocturno una modalidad de trabajo –o, más exactamente, una modalidad de realización de la jornada de trabajo– definida objetivamente por el horario nocturno en que se presta, algunos aspectos de su régimen jurídico se han construido sobre la base de un elemento subjetivo –la consideración de ciertos trabajadores como nocturnos–. Al estudio del régimen jurídico aplicable al tiempo de trabajo de los trabajadores nocturnos y al del trabajo nocturno, en general, se dedican seis capítulos. En el capítulo I se estudia la distinción entre el concepto de trabajo nocturno y el de trabajador nocturno; en los capítulos II y III se abordan las garantías de los trabajadores nocturnos en materia de tiempo de trabajo y las excepciones a las mismas; el capítulo IV se dedica al derecho del trabajador nocturno con problemas de salud a ser destinado a un puesto de trabajo diurno que exista en la empresa; en el capítulo V se abordan las restricciones del trabajo nocturno de los menores y de las mujeres; y en el capítulo VI se analizan las limitaciones de la prestación laboral nocturna en el caso del trabajo a turnos, del contrato para la formación y el aprendizaje y de algunos sectores con peculiaridades. No se abordan, en este trabajo, ni las cuestiones retributivas ni el resto de materias relativas a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores nocturnos (garantía de un nivel de protección adecuado, evaluación de su salud…), que merecen un estudio en profundidad que excede del ámbito de este trabajo, que se centra únicamente en los aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo. El estudio se centra, pues, en el análisis del sistema normativo vigente en materia de trabajo nocturno, tanto en lo que se refiere al trabajo prestado por la noche como en lo relativo al trabajo prestado por los trabajadores nocturnos, aunque sea en otro horario.

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Aunque en Costa Rica no se ha seguido en los últimos quince años una política económica neoliberal a ultranza, sino una “a la tica”; todo el debate económico y el accionar del sector público durante este período ha sido permeable a la lógica del ajuste estructural. Pero la actual encrucijada obliga a “tirios y troyanos”, a críticos y defensores del ajuste, a superar este enfoque aún predominante. Independientemente de los logros y fracasos acumulados desde 1983 hasta la fecha, en el campo económico y social, el país debe, urgentemente, realizar un “viraje estratégico”, pues la sensación de estancamiento o lento crecimiento de los últimos años se ha convertido en cruda realidad, con el agravante de que ya no podemos seguir viviendo del pasado. En el texto se aborda la problemática nacional en las siguientes cinco áreas:Estabilidad macroeconómica: sin ser artificial, continúa siendo frágil, dependiente en alto grado de la entrada de capitales externos y arrastrando una crisis fiscal latente que recurrentemente estalla. Esto en gran parte se explica por los rasgos de inestabilidad estructural que aun persisten.Gobernabilidad y Reforma del Estado: el estilo de gobernabilidad moldeada durante el período 1950-1975 ya no es viable, y la vacilante reforma del Estado está contribuyendo solo de manera precaria a construir nuevas formas de gobernabilidad acordes con las exigencias de las modernas sociedades democráticas. La gran tarea por delante es reconstruir un Estado estratégico y solidario; que facilite la irrupción de la sociedad civil en la vida pública nacional.Transformación productiva y competitividad: avanza, pero sin un rumbo claro y seguro, pues se adolece de una estrategia nacional de desarrollo de la competitividad internacional, que supere prácticas anticuadas de intervención estatal y viejos pero maquillados dogmas antiestatales que conducen a visiones parciales sobre el papel de las empresas y del Estado en este tipo de estrategias.El modelo exportador y el papel de la inversión extranjera: su impresionante dinamismo de los últimos años “suma” pero no “multiplica” la creación de riqueza nacional. Faltan criterios estratégicos que permitan potenciar los efectos positivos de la IED sobre el aparato productivo nacional y la creación de empleos de alta calidad, evitando que la misma promueva modelos de exportación tipo enclaves.Los recursos humanos y el sistema educativo: a pesar de que existe un alto consenso de que el conocimiento será el principal “factor de producción” del futuro y la fuente más importante de la competitividad de empresas y países; el sistema educativo costarricense enfrenta serias amenazas y debilidades que impiden convertirlo en el valuarte de la transformación productiva y social que el país requiere, en pos de lograr un mayor desarrollo humano.A partir de este diagnóstico surgen una serie de tareas y desafíos que como país podemos enfrentar exitosamente, si dejamos atrás dogmas económicos obsoletos y si superamos la incapacidad de construir grandes acuerdos nacionales. No hacerlo sería condenarnos a un eterno subdesarrollo. El documento termina con un pedido para dejar atrás definitivamente la era del ajuste estructural y relanzar una nueva era de desarrollo productivo, social y humano.

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Este trabajo analiza, desde la perspectiva de la teoría crítica de Marx las determinantes estructurales de la intervención estatal en las sociedades capitalistas modernas, en el contexto de la actual crisis financiera. Lejos de las concepciones funcionalistas y ahistóricas de lo estatal y de la intervención pública, presentes en las ciencias sociales convencionales, aquí se defi ne al Estado como una relación social o, más concretamente, como una forma específica de existencia del capital en tanto que relación social. En seguida se analizan los alcances y límites de la intervención estatal, así como sus nuevas tendencias y manifestaciones en el contexto de la actual crisis del capitalismo global.

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Las personas que gozaban del derecho al honor en la antigüedad eran solamente las que ostentaban poder político o económico, situación que difiere con la actualidad, siendo un derecho del cual gozan todas las personas sin importar condiciones. Sin embargo, en lo que a los funcionarios respecta, estos son más propensos a sufrir daños en su honor, en razón del cargo público que ejercen y en múltiples ocasiones son objeto de críticas, aseveraciones e incluso burlas de parte de la población y en particular de los medios de comunicación. En consecuencia, el objetivo de la presente investigación es determinar mediante teorías, sentencias judiciales y entrevistas con expertos, si los funcionarios tienen limitado su derecho al honor en comparación con los particulares, y a la vez, adoptar teorías que respalden la distinción en el derecho al honor entre los sujetos mencionados. Desde el Constitucionalismo Moderno, se retoman criterios de sentencias emitidas por los tribunales de justicia de instancias nacionales e internacionales referidos al derecho al honor de los funcionarios, en la mayoría de ocasiones, por colisión con la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información. Metodología: Utilizando el método científico, se investiga base teórica y jurídica, acompañado de entrevistas no estructuradas con el fin de conocer la opinión de Magistrados de la Sala de lo Constitucional y Jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Conclusiones: A través de los medios e instrumentos acotados se permite aclarar que los funcionarios se encuentran proclives a sufrir ataques en su honor en razón del cargo público que ejercen; se delimitan teorías que respaldan dicha afirmación y se detallan recomendaciones a las diferentes instituciones del Estado e internacionales, así como a la ciudadanía para ejercer a plenitud este derecho otorgado constitucional y jurisprudencialmente.