718 resultados para Víctimas
Resumo:
El presente trabajo académico analiza la discriminación en las audiencias de flagrancia, respecto a la falta de motivación del juzgador en la resolución en que se adopta medidas cautelares. Se ha estructurado de la siguiente manera: en el primer capítulo se recoge el derecho a la igualdad en términos generales y la problemática de la discriminación y violación a este principio desde un punto de vista estructural, así como la afectación a grupos vulnerables en el Ecuador, convirtiéndose en víctimas de racismo. El segundo capítulo recoge que se entiende por la flagrancia así como su procedimiento específico, pero claramente interesa referirse como esta discriminación en términos generales repercute en el juzgador para decidir sobre la procedencia de una medida cautelar, por cuanto se ha evidenciado una falta de motivación para sustentar su decisión. Se coteja en este punto desde las estadísticas la discrecionalidad de la prisión preventiva y la incidencia relevante en ciertos grupos específicos. En el tercer capítulo, se pretende establecer un mecanismo para evitar la vulneración del principio de igualdad en la falta de motivación del juzgador en la decisión de la medida cautelar, a través de la herramienta metodológica, conocida como test de integrado como juicio de proporcionalidad, que si bien ha sido aplicada a nivel constitucional extiendo su campo al área penal, por cuanto desde el escrutinio estricto se ha analizado normas o posturas discriminatorias a grupos vulnerables. Existe un examen de los aportes doctrinarios y jurisprudenciales, de conformidad con la bibliografía utilizada, que han confluido en el Derecho Penal así como el bloque de constitucionalidad para revisar las garantías de los sujetos procesales, específicamente la que se refiere a la igualdad, a fin de manifestar entre algunos aspectos la discriminación en las audiencias de flagrancia.
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Este trabajo investiga sobre la ejecución de las sentencias dictadas en contra del Ecuador por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, configurado como un mecanismo supletorio al que se recurre si los órganos, instituciones y poderes de un Estado no cumplen su función de garantizar la vigencia de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), cuya jurisdicción es reconocida por el Ecuador. Se estudia los contenidos de la tutela judicial efectiva entre los cuales se encuentra la ejecución de la sentencia y los obstáculos que se presentan en el momento de ejecutar la sentencia, buscando de esta manera responder la siguiente pregunta ¿Qué mecanismos procesales existen para obligar al Estado a cumplir las sentencias? De esta manera se busca conocer si la falta de ejecución de la sentencia total o parcial constituye vulneración al derecho de tutela judicial efectiva por parte del Estado ecuatoriano, afectando nuevamente a las víctimas o sus familiares, ya que al no ejecutarse la sentencia tampoco se procede a la reparación integral.
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Este artículo aborda el papel de los abogados semiprofesionales, conocidos como tinterillos, en las comunidades indígenas de la sierra ecuatoriana, a partir de mediados del siglo XIX, quienes adquirieron una presencia aparentemente ubicua en las comunidades rurales del Ecuador. Muchas veces los tinterillos fueron parte de las élites locales con algo de educación. Inspiraban respeto entre los indígenas (quienes, en su mayoría, eran analfabetos) debido a su habilidad a manejar documentos escritos. Estos intermediarios comúnmente explotaron su posición privilegiada para su propio beneficio económico, social y político. Sin embargo, los indígenas llegaron a depender del apoyo de los tinterillos para denunciar ante el gobierno los abusos de los terratenientes. En ocasiones, en lugar de sentirse impotentes o víctimas, los indígenas aprendieron a negociar sus relaciones con esos intermediarios para su beneficio. El estudio de los tinterillos permite examinar las relaciones de poder que se negociaron entre diferentes culturas y a través de profundas divisiones de clase.
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El tema de los Derechos humanos se ubica en el corazón de la teoría moderna del derecho internacional. Desde el final de la Segunda Guerra Mundial, esta rama de la ciencia jurídica ha conocido múltiples desarrollos, buscando primordialmente la protección de esos derechos, conceptualizados en generaciones. Este proceso se ha caracterizado por la creación de mecanismos –de alcance regional y universal– cuyo papel es reparar el daño causado a las víctimas de violaciones de los derechos humanos, y, en ciertos casos, castigar a sus verdugos. El presente artículo analiza estas varias facetas de una disciplina en constante evolución, a través de ejemplos concretos que permitirán efectuar una ponderación de la eficacia del sistema internacional de salvaguardia de los Derechos humanos.
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Analiza la limitada vigencia de los derechos de las mujeres, expresada en un precario desarrollo normativo; ausencia de institucionalidad de género; ínfimo presupuesto cuantificado con indicadores de inversión en equidad de género; naturalización de la violencia contra las mujeres a través de la prensa, ausencia de políticas frente al feminicidio; violencia estatal ejercida contra las comunidades que resisten los proyectos mineros y/o de generación de energía que tiene a las mujeres como sus principales víctimas; emisión de políticas públicas desconocedoras de las condiciones estructurales de la violencia, racismo, discriminación y desigualdad.
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A partir de la conformación de la Comisión de la Verdad del Ecuador y de su informe, que reconoce los delitos de lesa humanidad cometidos por el gobierno socialcristiano y otros gobiernos, analiza la situación de judicialización de los casos, evidenciando que transcurridos diecinueve meses no se ha llegado a ninguna instrucción fiscal, mientras se ha revictimizado a las víctimas en las indagaciones previas. Denuncia que los victimarios confían en su impunidad debido a sus ingentes recursos económicos, mientras las víctimas en su gran mayoría no pueden contratar abogados. Señala que el proyecto de ley de víctimas no ha sido seriamente discutido por la Asamblea Nacional. Concluye reivindicando la recuperación de la memoria histórica como presente en las actuales luchas de nuestros pueblos.
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A partir de un caso paradigmático de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el denominado Caso Penal Castro Castro vs. Perú, se presenta una contribución a la memoria histórica de un crimen de estado cometido contra seres humanos privados de libertad, en absoluto estado de indefensión; quienes, aún en las condiciones más deshumanizadoras y extremas, rescataron los valores de la dignidad y de la solidaridad humanas. Se evidencia la necesidad de tipificar, a nivel nacional e internacional, el crimen de estado, a fin de que sea adecuadamente prevenido, investigado, juzgado y sancionado.
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La justicia transicional implica transformaciones radicales de un orden social y político, bien sea por el paso de un régimen dictatorial a uno democrático, bien por la finalización de un conflicto interno armado y la consecución de la paz. Este trabajo pretende aportar en el debate sobre la efectividad de leyes que apelan a la justicia transicional para el restablecimiento de los derechos de las víctimas en medio de contextos conflictivos, de re victimización, e impunidad. De esta manera, en este trabajo se realizan reflexiones conceptuales de la justicia transicional, así como los estándares en términos de verdad, justicia y reparación inherentes a ella; se hace una aproximación crítica al proceso adelantado en Colombia a través de la Ley 975 de 2005 que apela a la justicia transicional para la desmovilización de grupos paramilitares. Así mismo, se realiza un análisis de tipo estructural del paramilitarismo en Colombia, haciendo énfasis en el accionar del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia (en adelante AUC) en el sur occidente colombiano a partir de la voces de sus víctimas; finalmente se profundiza en aquellos mecanismos jurídicos y políticos que benefician la impunidad presentes en la Ley 975 de 2005 a partir de dos casos emblemáticos.
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El presente trabajo de investigación tiene por objetivo establecer si existe en Bolivia una estructura político legal- constitucional que vincule la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos como ser la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en relación a las desapariciones forzadas como elemento garantista y de protección a los derechos humanos. En este sentido se determinará si a partir de los lineamientos jurisprudenciales de casos emblemáticos bolivianos, la Constitución Política del Estado, la normativa boliviana y las instancias estatales de Bolivia, aseguran la eficacia y cumplimiento de la protección de los derechos humanos consagrados en dichos lineamientos con relación a desapariciones forzadas. Así, se establecerá un análisis crítico con relación a establecer si en Bolivia existe una estructura constitucional de políticas públicas y normativa que garantice un programa de reparaciones que cumpla los dictámenes del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de los varios Instrumentos Internacionales suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia. En ese orden de ideas se realizará un diagnóstico de la situación de las desapariciones forzadas, determinando cuales son los principales mecanismos del estado boliviano para esclarecer, reparar y restablecer los derechos de las víctimas.
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El último tramo de la historia ecuatoriana evidencia la confrontación abierta entre dos mundos, vinculando dialécticamente al oprimido y al opresor: los pueblos y nacionalidades indígenas y los afrodescendientes frente a una sociedad mestiza dominante. No se trata solo de un problema de exclusión y asimetrías, sino también del desconocimiento sobre cómo superar la triple agresión de la que son víctimas los primeros: el despojo, la discriminación y el desprecio. La cultura dominante ha propugnado por la integración de los pueblos indígenas, para que estos asuman los códigos de conducta, de consumo y de intelección del mundo propios de la sociedad occidental. Aunque muchos indígenas van acogiendo tales patrones por una dinámica de sobrevivencia, en general se resisten a la asimilación cultural y a la pérdida de sus respectivas identidades. Ello se puso de presente con el levantamiento de junio de 1990, que marcó el inicio de un proceso orientado a la liberación de los pueblos indígenas. En el campo de las percepciones sociales, ese acontecimiento representa el inicio del tránsito de una visión racializada de lo indígena, al reconocimiento de la existencia de culturas diferentes. En efecto, la lucha del movimiento indígena en las últimas décadas se desarrolla en el marco de la recuperación o reafirmación de sus identidades y para ello, construyó formas complejas de organización y de interpelación al proyecto de configuración del Estado-nación. Estas formas de interpelación le dan sentido y constituyen el eje en torno al cual gira toda la trama de relaciones entre el Estado y las nacionalidades indígenas del Ecuador, frecuentemente tensas y conflictivas (Guerrero, 2000; Bretón, 2001; Carroll, 2002; Beck y Mijeski, 2001).
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¿Cómo entender desde nuestra visión adulta el mundo de los niños, las niñas y los adolescentes para formular una política pública? ¿Es la infancia un actor social, participante y productor de su propia realidad? ¿Los niños y niñas son ciudadanos sujetos de derechos en el marco de la política pública? ¿Es la edad un factor que requiera integrarse al paradigma normativo de la igualdad? ¿Cuál es el balance de la política pública de reparación en Colombia y qué lecciones nos puede ofrecer a este respecto? La incorporación de un enfoque diferencial en el marco de las políticas públicas se ha convertido en un desafío que pone en evidencia la tensión existente entre la igualdad teórica y la igualdad práctica. La garantía al derecho a la reparación integral para los niños, niñas y adolescentes requiere de medidas expresadas tanto en determinaciones legales explícitas como en planes, proyectos y acciones dirigidos a transformar imaginarios culturales que están fuertemente enraizados en la institucionalidad y la sociedad. El libro está dirigido especialmente a los decisores y funcionarios encargados de formular, ejecutar o evaluar políticas públicas de reparación. Brinda reflexiones y recomendaciones para permitir que la voz de los menores de edad sea escuchada y, con ello, contribuir a superar el predominio de la visión «adultocéntrica» en la política pública.
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La ley de restitución de tierras en Colombia ha sido una de las políticas más importantes para tratar el tema de la reparación efectiva a las víctimas del conflicto armado en el país. Por esto es importante analizar sus resultados en una región como Tumaco en donde la complejidad de su contexto permite evidenciar los alcances de dicha política en relación con la problemática del despojo forzado de sus habitantes. De acuerdo con lo anterior, se realizó trabajo de campo en la zona del Consejo Comunitario del Alto Mira y Frontera, un lugar que ha tenido que lidiar con el fenómeno del paramilitarismo, los grupos insurgentes, la entrada de las multinacionales, entre otros, que han promovido el despojo y el desplazamiento forzado de sus comunidades. En conclusión, con esta investigación se exponen las implicaciones que tiene la política de restitución de tierras en el Consejo Comunitario del Alto Mira y Frontera ubicado en Tumaco, además de los alcances y dificultades que ha tenido en dicha región.
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La invisibilidad de las colectividades diferenciadas, hizo de los indígenas víctimas de discriminación. El Estado ecuatoriano los consideró meros ciudadanos, y a sus territorios zonas de expansión poblacional y explotación de yacimientos petroleros, que por más de cuatro décadas gravita en el desarrollo nacional. La organización y movilización de los pueblos indígenas, así como la protección en la normativa internacional, confluye en el reconocimiento de sus derechos colectivos, entre ellos la consulta previa sobre explotación de recursos no renovables, y medidas legislativas o administrativas que puedan afectarlos. Más como las actividades extractivas y desarrollistas excluyentes, en nombre del interés mayoritario, no tienen límites y se ejecutan sin el consentimiento; la consulta previa, de gran legitimación social y que debe cumplirse sin restricciones bajo estándares internacionales, no pasa de la retórica; su omisión vulnera otros derechos fundamentales de los sujetos, y así la confrontación persiste. En este escenario, al que se suman los proyectos de minería en gran escala, se legitima la tutela judicial efectiva de la consulta previa en el régimen de la plurinacionalidad y del sumak kawsay. Pero para ello requerimos regularla sin restricciones, desde la perspectiva procesal, sin violar la reserva de ley, con la participación de sus sujetos, y además defenderla con acciones procesales concretas. Así la justicia que ha definido líneas para su implementación ante falta de configuración legal, está en el centro de la controversia, y llamada a protegerla con fallos ponderados en función de los demás derechos amenazados por su omisión.
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El presente ensayo analiza la necesidad de mantener la criminalización primaria de delitos graves cometidos por el Estado o con su aquiesencia, con el fin de garantizar los derechos a la verdad, justicia y reparación que tienen las víctimas y familiares de las víctimas, así como el derecho de toda la sociedad de que estos hechos no se repitan nunca más. Así, la criminalización primaria debe ser analizada en el marco de los derechos humanos y la necesidad de reparar las violaciones cometidas por el Estado.