792 resultados para Responsabilidad patrimonial


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El planteamiento de esta actividad parte de la conceptualización del patrimonio cultural, sus múltiples acepciones y las problemáticas que surgen a partir de la reflexión. Comenzamos con la definición que da Ortega Morales, quien entiende que el patrimonio es un instrumento de la identidad colectiva que subraya lo propio frente a lo ajeno, de un modo no necesariamente excluyente, sino empático. Gran parte de lo que somos, continúa la autora, no es tanto la consecuencia de los grandes acontecimientos, sino de una historia menor, colectiva, de las actividades, los trabajos, las relaciones sociales o creencias de nuestra vida cotidiana y es todo ello lo que define nuestra herencia histórica y nuestra identidad colectiva presente (Ortega, 2001: 508). Cuando aquí consideramos el patrimonio, estamos hablando de la vertiente inmaterial, de los recuerdos, ideas y pensamientos generados a través de una serie de experiencias vividas por cada uno de nosotros. Se plantea un patrimonio utilizado como recurso, que toma valor e importancia cuando el individuo que aprende se lo otorga. Estamos dirigiendo la mirada hacia aquel que observa, hacia el sujeto patrimonial, no hacia el objeto, que es el que se apropia del mismo de forma simbólica y crea en él ciertos valores que le permiten transmitirlo a otras personas, creando identidades colectivas, y formar parte de un grupo, integrarse en una colectividad, la cual va a tener ese patrimonio en común. De este modo estamos partiendo de diferentes variables: del patrimonio como recurso, del sujeto que le otorga esos valores, y de la educación como principal eje que articula ambas premisas, y que es punto de partida para ellas

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Estudi del conjunt patrimonial del Fortim amb l'objectiu de valorar-ne els elements històrics, paisatgísitcs i patrimonials i fer una proposta de millora. L'estudi proposa també uns itineraris combinats per tal d'englobar tots els elements patrimonials

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En esta comunicación se sintetiza la labor que en el marco de un Proyecto de Innovación Educativa (PIE) se está llevando a cabo en la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Donostia-San Sebastián de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU). Dicho PIE, que se encuentra en fase de realización, tiene por objetivo principal diseñar una intervención educativa innovadora dirigida a trabajar las competencias deontológicas, éticas y de responsabilidad social en alumnos/as del nuevo Grado en Administración y Dirección de Empresas (GADE), titulación que a partir del curso 2010-2011 se ha comenzado a impartir en el mencionado Centro

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El Derecho civil tiene dificultades cuando se enfrenta a la reparación de los daños ecológicos puros. Afectan más al equilibrio de los ecosistemas que a recursos concretos. No deterioran bienes propiedad de personas concretas, sino cosas de todos (res communes omnium), o de nadie (res nullii). Son difíciles de probar y atribuir causalmente, pues suelen resultar de la suma o interacción de múltiples contribuciones. A menudo son irreparables en especie. La reparación por equivalente es difícil, porque suele faltar un equivalente y el dinero refleja de modo imperfecto el valor de los recursos naturales. La magnitud de los daños puede ser elevadísima, pero la responsabilidad resulta escasamente asegurable. Los fondos de compensación sólo indemnizan el daño ecológico puro limitadamente. La situación actual de falta de responsabilidad es insatisfactoria. Conviene que se legitime al Estado, como guardián del medio ambiente, y a las organizaciones ecologistas, para que puedan reclamar una compensación.

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Con la entrada en vigor de la Ley 21/1995, de 6 de julio, reguladora de los viajes combinados (LVC) se instaura una nuevo régimen de responsabilidad contractual del organizador y el detallista. Ahora el consumidor de esos viajes no sólo mantiene una relación contractual con el organizador si no también, en su caso, el detallista, cuya actuación deja de tener carácter representativo. Ambos sujetos responderán frente al consumidor "en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado..." (art. 11.1), circunstancia que plantea algunas dificultades en orden a delimitar el alcance de su responsabilidad. Esa misma norma establece la responsabilidad del organizador por los actos de los prestadores de los servicios del viaje utilizados como auxiliares en el cumplimiento contractual. Analizados los sujetos responsables, la presente tesis doctoral estudia los supuestos de incumplimiento del contrato de viaje, las partidas de daños resarcibles y su extensión. El trabajo propone distintos criterios en orden a calcular el valor de los daños por lesión al llamado interés de prestación, los daños corporales, los daños ocasionados por el extravío, destrucción o deterioro de objetos del consumidor, los daños por gastos inútiles y costes de negocios de reemplazo, los daños no patrimoniales y los daños por ganancias dejadas de obtener. Cada una de esas partidas e daños merece un estudio pormenorizado. Así, por ejemplo, se constatan enormes problemas en cuanto a la identificación e indemnización separada de los daños por frustración o pérdida de vacaciones, así como la nesesidad de establecer unas circunstancias a las que los jueces deban acogerse para llevar a cabo su valoración discrecional. La tesis propone que dichas circunstanciasd sean el alcance del incumplimiento del contrato de viaje, las condiciones personales del consumidor, el tipo de vacaciones objeto del viaje contratado y el valor residual de las vacaciones.

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Desde a sua origem (1863) que a Associação dos Arqueólogos Portugueses primou por delinear uma ampla série de actividades tendentes a divulgar o diversificado legado patrimonial português, criando, já no dealbar da centúria de novecentos, secções de estudo correspondentes aos interesses preponderantes junto dos seus mais destacados membros, ditando, assim, o curso definitivo da sua História. De entre esses grupos, destacamos a Secção de Arqueologia Histórica, designação, por si só, expressiva de um modo próprio de olhar o passado, trabalhá-lo no presente e projectá-lo no futuro. Congregando nomes incontornáveis das artes e das letras nacionais, a Secção foi, com frequência, determinante no complexo processo de resgate patrimonial em todo o território português, privilegiando, embora, Lisboa, cidade onde se sediava, nas ruínas da igreja do convento do Carmo. É, pois, este o objecto de análise do trabalho dado agora à estampa, ao longo do qual acompanharemos as suas principais preocupações, desalentos, sucessos e projectos adiados, inserindo-os sempre no seu espaço e no seu tempo.

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A presente dissertação centra-se no tema “reabilitação de edifícios habitacionais com valor patrimonial – o caso do centro histórico de Guimarães“ Com o passar dos anos tem-se feito, cada vez mais, um esforço para tentar combater as áreas degradadas das cidades e colmatar lacunas referentes às ações tomadas nesse sentido. É necessária a intervenção dos Arquitetos que, através dos seus conhecimentos e poderes, têm a obrigação de manter a história da Arquitetura intacta no tempo. Esta dissertação centra-se em analisar algumas questões inerentes ligadas á reabilitação de edifícios habitacionais, declarando possíveis respostas. As questões vão desde perceber como é que um espaço reabilitado pode ser tão adequado como um espaço pensado de raiz até à questão da utilização de materiais, passando pelo tipo de relacionamento entre o arquiteto e o proprietário, e como os dois protagonistas podem fazer valer as suas ideias em simultâneo. Este trabalho pretende, então, transmitir a importância da reabilitação e preservação dos centros históricos, mostrando que com a reabilitação é possível a sua conservação. Para uma melhor compreensão do tema selecionado, Guimarães apresenta-se como uma cidade que vai ao encontro de todos os pontos referidos até este momento, sendo o seu centro histórico um exemplo de requalificação e conseguindo, com uma metodologia bem determinada, manter todas as origens da cidade, no qual são utilizadas técnicas e materiais tradicionais de construção. A dissertação termina com a análise de cada projeto escolhido para estudo.

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Este texto aborda las responsabilidades sociales de los museos contemporáneos tomando como punto de partida la noción de museos como instituciones sociales y al servicio de la comunidad tal y como es defendido por la sociomuseología

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Inicialmente, agradecemos e registramos a nossa satisfação em participar desta conferência, considerando-a, como uma oportunidade de refletirmos acerca dos princípios que norteiam as ações museológicas, nos mais diversos contextos dessa realidade tão complexa, que de uma maneira bastante superficial, mas, historicamente aceita, foi definida como América Latina. Aproveito para parabenizar a Secretaria de Estado da Cultura de São Paulo, o Departamento de Museus e Arquivos e o Comitê Nacional Brasileiro do Conselho Internacional de Museus, bem como o coordenador desta conferência - Dr. Carlos Alberto Dêgelo e toda a equipe organizadora deste evento, tendo em vista as dificuldades que encontramos para organizar congressos dessa natureza, considerando a situação difícil que o nosso país atravessa.

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Este Artigo é o relato da descoberta de uma Estrutura do Valor Patrimonial . Independente quer dos «objectos» [documentos, colecções e museus] que foram sendo o Património, quer dos «usos» [expografias, representações, narrativas mediações e serviços] que lhe foram sendo dados nas épocas histórico - sociais que se sucederam no percurso humano. Este resultado remete, num primeiro momento, para a discussão de cinco qu estões - chave, cujas consequências para a Museologia se repercutem quer no plano teórico quer no plano prático. Sendo uma delas, a de substituir o «instinto de coleccionar» na teoria museológica

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O mundo contemporâneo, pós-industrial aparece-nos marcado por dois fenómenos que aparentemente são antagónicos: por um lado, a globalização/mundialização cultural que transporta consigo o medo da uniformização; por outro lado, um interesse cada vez maior e um público cada vez mais vasto para o património local, regional, nacional e, naturalmente estrangeiro.A própria noção de património é cada vez mais alargada (veja-se a este propósito o art.2° de Lei de Bases do Património, Lei n°107 de 8 de Setembro de 2001). Aí se refere como integrando o Património Cultural Português bens de interesse histórico, arqueológico e artístico, domínios que tradicionalmente integravam a noção de Património, mas igualmente, bens de interesse linguístico, documental, industrial, técnico, social, paleontológico, etnológico, etc.Se inicialmente "Património" eram os monumentos, os primores da arte, as antigualhas, os tesouros monárquicos ou eclesiais, de há décadas a esta parte o conceito ganhou nova extensão. Estamos pois, num mundo em que tudo é património. Todos continuamente afirmamos o pan-patriomonialismo.

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La orientación de las nuevas sociedades vistas como espacio articulados alrededor de los grandes desarrollos tecnológicos y la primacía de las comunicaciones en devenir de los actores, ha llevado a que las distintas disciplinas se aclimaten a dicho panorama universal. A ello no puede ser extraño el derecho, pues su funcionalidad le obliga a reconstituirse dentro de las lógicas y dinámicas que orientan al desarrollo de la historia. Sin embargo, dicho proceso se enfrenta en ocasiones a aquellos paradigmas que, por sus connotación, causan tensiones frente a las nociones de progreso y orden social. En el plano del derecho penal económico, dicho escenario conflictivo se visibiliza mejor cuando la posibilidad de incriminar a las personas jurídicas se presenta. Así, la recurrencia a principios por los que la comisión de un hecho delictivo solo puede ser verificada por la persona natural trastoca la necesidad de orientar las conductas delictivas hacia la imputación de la empresa y los diversos entes colectivos que articulan las relaciones entre Estado, mercado y sociedad. De allí que el presente estudio ofrezca una posición teórica a partir de la cual se podría sustentar la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas, a al vez que cuestiona la vigencia de algunos de los paradigmas hallados en la teoría del sujeto penal y del delito. De esta forma, la recurrencia a la teoría de los sistemas de Niklas Luhmann y el afianzamiento de las comunicaciones como el centro de atención de las sociedades, desde una perspectiva jurídica y sociológica, marcarán el hilo conductor de una discusión inacabada y que se presta para el debate desde diferentes ópticas.

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Las instituciones clásicas de la responsabilidad civil en los sistemas jurídicos que mantienen el régimen subjetivo, y el ecuatoriano en particular, procuran la defensa de los derechos ambientales a partir de una concepción patrimonialista; razón por la cual los instrumentos normativos han sido diseñados para proteger por separado cada uno de los elementos de la naturaleza, asumidos como bienes específicos de tutela jurídica y en consecuencia ignorando su función integral; hecho que dificulta la reparación eficiente de los derechos vulnerados por daños ambientales y aún más compleja la reparación cuando se trata de un daño ecológico puro. La incidencia del derecho comparado y de las recomendaciones doctrinarias en la evolución de las normas legales, coadyuvan a que los Estados asuman la responsabilidad extracontractual objetiva para el tratamiento de las afectaciones generadas a partir de un daño ambiental, cuyos efectos recaigan sobre bienes patrimoniales particulares, o bienes de titularidad indiferenciada. Desde esta perspectiva, la presente investigación pretende re-conceptualizar ciertos términos del derecho positivo objetivo sobre la materia, evidenciar las dificultades prácticas que genera el régimen de responsabilidad civil extracontractual subjetiva contenido en las instituciones del Código Civil ecuatoriano, y destacar su insuficiencia en los procesos de reparación integral de los daños ambientales. Las conclusiones que plantean son provisionales y más que respuesta a los problemas concretos, podrían ser asumidos como nuevos elementos del contenido esencial para futuros debates teórico-metodológicos que coadyuven a la implementación de instrumentos jurídico-institucionales para la reparación de daños ambientales.

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El transporte ha sido merecedor de particular atención por parte de las instituciones de la Comunidad Andina (CAN), así lo reflejan diversas decisiones adoptadas específicamente para este sector, además de las referidas a los servicios generales. El transporte internacional de mercaderías por carretera ha sido vital para el crecimiento del comercio y la integración física de la Comunidad. Su liberalización y funcionamiento están normados básicamente por la Decisión 399, del 17 de enero de 1997, referida al Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, en cuyo Art. 3 se establece que “la oferta y la prestación del servicio de transporte internacional se sustentan en los siguientes principios fundamentales: libertad de operación, acceso al mercado, trato nacional, transparencia, no discriminación, igualdad de tratamiento legal, libre competencia y nación más favorecida”. Existe un amplio y bien estructurado tejido legal que permite, junto con las normas de Derecho Comunitario primario y otras medidas conexas y relacionadas existentes en múltiples instrumentos jurídicos de la CAN, la prestación del servicio de transporte de mercancías por carreteras de una manera eficaz, amplia y en condiciones de competencia leal, lo que da seguridad jurídica a los prestadores del servicio dentro de todo el ámbito territorial comunitario. El tema a ser investigado pretende analizar la responsabilidad que el transportista tiene una vez que éste se compromete a entregar mercaderías por carretera, enmarcado en la Comunidad Andina. Se cree conveniente contribuir con el análisis de aspectos que aportan, o deberían, en la valoración del grado de responsabilidad del porteador dentro de la contratación internacional. Se exponen análisis resumidos de determinados instrumentos jurídicos internacionales que fijan en qué forma es regulada la responsabilidad del porteador; así como doctrina precisa de destacar en este estudio.

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El Programa de Alimentación Escolar (PAE) es el programa social de alimentación más grande e importante que realiza el Estado ecuatoriano, atendiendo con desayuno y almuerzo escolar a niños, niñas y adolescentes que asisten a escuelas de todo el país. Los objetivos del programa son lograr el mejoramiento de la educación básica, brindar un apoyo alimentario con enfoque nutricional para menguar el hambre a corto plazo, otorgar un subsidio directo y focalizado a las familias pobres. El PAE para cumplir cabalmente con sus propósitos de abastecer a todos los niños, niñas y adolescentes, requiere de aproximadamente 40 millones de dólares. Apenas está financiado la mitad. Sin embargo el Estado, que apenas tiene financiado el 50% de lo que requiere para cumplir sus objetivos, restó un 20% adicional. De ahí que de los beneficiarios del PAE, dejaron de comer 12'608.695 raciones de desayuno y almuerzo escolar. Es decir, durante 11 días los niños, niñas y adolescentes dejaron de alimentarse en las escuelas. Para evitar la impunidad, ha esta violación de derechos se realizó varias acciones judiciales incluida una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.