473 resultados para PROVIDENCIAS JUDICIALES
Resumo:
Los crímenes sexuales en general, y la violación en particular, suelen concebirse como una situación que involucra únicamente a dos personas: la víctima y su atacante. Sin embargo, los expedientes judiciales vinculados a estos delitos muestran un universo complejo de actores, que no ;se agota en aquel binomio. El presente trabajo se enfoca en algunas de esas ocasiones donde aquella lógica se demuestra incorrecta, mostrando cómo la justicia lidia con aquel desafío desde el discurso jurídico, analizando imágenes y concepciones que abogados y médicos expresan, afirman ;o discuten en relación al comportamiento esperado de hombres y mujeres, así como la situación de la justicia frente a crímenes que se alejan de la "normalidad" reconocida
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Fil: Chama, Mauricio Sergio. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Los delitos sexuales entre la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX presentan problemas particulares en relación a la posibilidad de su imputación y castigo vinculados a la forma particular como se conciben estos crímenes. Propongo, a partir del análisis de expedientes judiciales, problematizar algunas de estas cuestiones partiendo desde el análisis de su concepción como "dependientes de iniciativa privada" y por tanto la necesidad de una "acusación particular" que implicó largos debates en los tribunales ya que la interpretación de esta situación tuvo más de una lectura posible: quedaban satisfechos los requerimientos de la ley con la denuncia o debía continuarse la participación de la parte hasta la misma sentencia, es decir, llegar hasta la vista de acusación? En este contexto se pone entonces en discusión la participación del Agente Fiscal en el proceso en tanto acusador y por lo tanto el interés del Estado como tal en la persecución de estos crímenes. Busco, simultáneamente mostrar las discusiones que se dieron en la práctica penal, que reflejan distintas formas de interpretar y pensar estos delitos; las razones implícitas en su persecución y castigo o por el contrario de su finalización y falta de pena
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La imagen del cuerpo de la(s) mujer(res) ha sido una poderosa herramienta para generar consumo de distintos productos y servicios desde la Sociedad Industrial. Ella incluye rostros y figuras que se asocian de manera directa a productos, marcas, servicios y una serie de ofertas que tienen como tentación la significación del rostro, del cuerpo, de la imagen. Así, en el empuje de los medios masivos de comunicación, la explotación comercial de las imágenes ha tenido una considerable significación económica bajo el consentimiento de las mujeres retratadas y un Mercado que aprovecha los estereotipos que produce. Sin embargo, en la convergencia de comunicación que propone la Sociedad de la Información (SI), la reproducción de la imagen del cuerpo a través de Internet, trae consigo prácticas que escapan a la explotación comercial y enfrenta a distintas formas de invasión a la intimidad y privacidad. En este sentido, fruto de aquellas prácticas y estereotipos sexuales y de consumo se recurre al uso de imágenes de mujeres que circulan mediante Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en lo que se manifiesta como un ataque a la integridad y una manera de violencia de género no siempre vista, reconocida o tenida en cuenta. En el trabajo se plantea una mirada sobre algunas sentencias judiciales en los que se dan los elementos planteados, en la construcción de la problemática de ciertos aspectos jurídicos y tecnológicos, se puedan reconocer la significación y aplicabilidad de perspectivas de género concretas. Desde un sentido de lo público y privado en términos jurídicos, se considerará la hipótesis que la 'imagen fisonómico-identitaria' como dato personal, en el caso de mujeres, es una forma de protección contra cierta violencia de género en entornos digitales
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El trabajo se aproximará a la problemática del pluralismo jurídico abordando la misma desde una perspectiva sociológica, con el fin de plantear una mirada transversal de las normativas vigentes en la República de Colombia, tomando a este como un caso emblemático en Latinoamérica, así como también de las bases filosóficas que dan un fundamento a esta práctica jurídica. La construcción de una nueva forma del derecho positivo en la región, a partir de la integración de las jurisdicciones especiales indígenas a la Constitución Política de los diversos países y su coordinación con los sistemas judiciales nacionales, es un objeto digno de atención en tanto, de su correcta aplicación y permanente observación, depende la integración de diversos grupos subalternos a la estructura de la sociedad mayoritaria en el subcontinente. El análisis de la experiencia Colombiana y la jurisprudencia vigente en este país, puede guiar y pautar la puesta en práctica de esta forma de pluralismo en el resto de la región, la cual es impulsada, en primer lugar, por los propios representantes del derecho positivo que intenta modificarse a partir de la misma
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El trabajo tiene como objetivo indagar respecto de algunas de las construcciones que peritos médicos y juristas compartían o discutían respecto de qué define al niño, al joven y al menor (tanto varón como mujer) así como las ideas que circularon en el ámbito de la justicia respecto de la sexualidad de aquellos, en el contexto específico de los delitos sexuales que los tuvieran como víctimas en un amplio marco temporal que va de 1850 a 1890 en la Provincia de Buenos Aires. He decidido trabajar en forma simultánea ambos grupos de profesionales por cuanto comparten al mismo tiempo una base educativa común, teniendo formación universitaria, y un conjunto de lecturas similar: escritos ingleses sobre el tratamiento de las pruebas, manuales franceses sobre medicina legal, y las teorías nuevas que circulaban en Europa sobre la psiquiatría y la psicopatología sexual. Para el trabajo utilizo expedientes judiciales relevados en el Archivo Judicial de la Corte Suprema (AJCS) y en el Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires (AHPBA) buscando mostrar como los legistas involucrados dejan constancia de imágenes cristalizadas sobre cómo debe ser y quién es una victima
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En la provincia de Buenos Aires desde el año 2007 entró en vigencia la Ley 13.298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño. Esta ley encarnó el espíritu del nuevo paradigma en materia de políticas públicas dirigidas a la niñez y la adolescencia que vino a reemplazar al paradigma de la situación irregular representado en la Ley provincial 10.430 del Patronato de Menores que suponía el mismo tratamiento para niñas, niños y adolescentes en situación de desventaja social y aquellas/ os en conflicto con la ley penal. La implementación de la nueva ley implicó la creación de una institucionalidad diferente. Es en este marco que se crean los Servicios Zonales de Promoción y Protección de los Derechos del Niño. Dichos Servicios reemplazaron a las antiguas Delegaciones Departamentales que se correspondían con los Departamentos Judiciales. Esta ponencia se propone establecer, a través de un análisis microsocial, si el cambio de paradigma mencionado y sus consecuentes cambios institucionales se han traducido en nuevas prácticas o si existe una continuidad de las mismas bajo denominaciones distintas. Para ello se analizarán las prácticas de los profesionales en un Servicio Zonal del conurbano bonaerense
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Los crímenes sexuales en general, y la violación en particular, suelen concebirse como una situación que involucra únicamente a dos personas: la víctima y su atacante, entre los que puede o no haber una relación o conocimiento previo. Esta imagen ha cristalizado en la justicia y la sociedad, convirtiéndose en parte del imaginario común. Sin embargo, los expedientes judiciales vinculados a estos delitos nos muestran un universo complejo de actores que no se agotan en aquel par. En este trabajo pretendo concentrarme y analizar casos en los que existe más de un acusado por el mismo crimen, mostrando particularmente cómo la justicia lidia con ellos desde el discurso, utilizando distintos expedientes para analizar las imágenes que jueces, abogados y médicos expresan, afirman o discuten sobre la sexualidad, el comportamiento esperado de los hombres y mujeres y la propia situación de la justicia frente a crímenes que se corren de la "normalidad" reconocida para aquellos
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La sociedad bonaerense del período independiente temprano, no sólo se caracterizó por estar fuertementejerarquizada desde el punto de vista socioeconómico, sinoademás por ser legalmente desigual y altamente punitiva. Los hechos asentados en los expedientes judiciales correspondientes a causas criminales y correccionales presentadas ante el Juzgado del Crimen, muestran claramente -entre otros aspectos- las características de la justicia criminal hispanocriolla: cómo operaba y se administraba la ley vigente, frente a la cual, los sectores bajos de la pirámide social y en particular, los individuos de casta (indios, negros, morenos, etc.), resultaban ser los más desprotegidos y vulnerables. Por lo tanto, en el presente proyecto, nos interesa abordar la inserción social del indígena en las urbes y campañas, y su integración en el mercado laboral de la época, y a partir de este marco y desde esa sociedad que lo incluía, se pretende indagar alindígena frente al delito y dentro de la dinámica del campo judicial, articulando las dimensiones social, económica y jurídica. De esta manera, combinando las fuentes judiciales de 1810 a 1835 con otros documentos del período, se intenta dar cuenta no sólo de los aspectos sociales y económicos de la vida personal y cotidiana del indígena sino además de las particularidades del proceso de juzgamiento y penalización de sus acciones durante el incipiente período independentista.
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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.
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Tradicionalmente, las gramáticas han destacado la sutileza, diversidad y complejidad de los significados comunicados a través de las construcciones condicionales y, en particular, de los enunciados condicionales contrafactuales. Más recientemente, además, han enfatizado que tales significados exceden los alcances de la semántica veritativa y la gramática "normativa", proponiendo un abordaje pragmático y cognitivo de las emisiones condicionales contrafácticas para dar cuenta de dicha complejidad. En efecto, uno de los programas de investigación que ha aportado un marco teórico y metodológico más desarrollado para el estudio de estas construcciones, en el ámbito de la lingüística cognitiva, es el que iniciaran Turner y Fauconnier a mediados de los ochenta en torno al concepto de "fusión o integración conceptual". El presente trabajo consiste en una exploración de las emisiones condicionales contrafácticas en textos de especialidad propios del derecho -ámbito discursivo considerado por numerosos autores como una variedad profesional del lenguaje- adoptando dicha perspectiva teórica. En la construcción del corpus, hemos tenido en cuenta que los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina representan "la última palabra" en los procesos judiciales iniciados en el territorio nacional, y que, por lo tanto, se caracterizan por un proceso de revisión, negociación y reelaboración -hasta su versión definitiva- que deja un margen sumamente estrecho para el "discurso no planificado". Siguiendo la perspectiva cognitiva que encuentra en los enunciados contrafácticos determinados "mundos posibles" que se construyen a través del discurso, proponemos un análisis en torno a (1) los actores del proceso judicial, (2) las acciones, (3) las relaciones de implicación y (4) los "espacios mentales" que los enunciadores de los fallos proyectan en dichos mundos alternativos. En la medida que este trabajo constituye el primer avance de nuestro proyecto de tesis doctoral, nos posicionamos en un nivel de investigación exploratorio descriptivo y, en consecuencia, adoptamos una estrategia metodológica de tipo cualitativo
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El imperativo de hacer más comunicable la fundamentación de las decisiones judiciales ha impulsado el interés por el estudio del lenguaje judicial tanto en el ámbito académico como en el campo jurídico. El presente trabajo propone algunas reflexiones sobre la importancia de los repositorios judiciales para contribuir a estos propósitos mediante la descripción de algunos usos habituales de la forma ?enervar? en la redacción de sentencias. Se trata de demostrar que esta expresión adopta en el corpus significados particulares cuyo origen puede rastrearse en la variedad culta del español peninsular en los albores de la modernidad
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Los delitos sexuales entre la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX presentan problemas particulares en relación a la posibilidad de su imputación y castigo vinculados a la forma particular como se conciben estos crímenes. Propongo, a partir del análisis de expedientes judiciales, problematizar algunas de estas cuestiones partiendo desde el análisis de su concepción como "dependientes de iniciativa privada" y por tanto la necesidad de una "acusación particular" que implicó largos debates en los tribunales ya que la interpretación de esta situación tuvo más de una lectura posible: quedaban satisfechos los requerimientos de la ley con la denuncia o debía continuarse la participación de la parte hasta la misma sentencia, es decir, llegar hasta la vista de acusación? En este contexto se pone entonces en discusión la participación del Agente Fiscal en el proceso en tanto acusador y por lo tanto el interés del Estado como tal en la persecución de estos crímenes. Busco, simultáneamente mostrar las discusiones que se dieron en la práctica penal, que reflejan distintas formas de interpretar y pensar estos delitos; las razones implícitas en su persecución y castigo o por el contrario de su finalización y falta de pena
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Este artículo revisa modos de abordaje de las cárceles a partir de los archivos rosarinos. Mediante un recorrido por los diversos fondos documentales se formulan interrogantes que van desde las responsabilidades judiciales, policiales y ejecutivas frente al movimiento diario de la cárcel hasta la materialidad misma de sus condiciones edilicias y de su aprovisionamiento, con el objetivo de presentar cierta dinámica de funcionamiento. La exploración de fuentes judiciales permite reconstruir dichas condiciones desde las voces de quienes habitaban estos sitios. Se revisa, además, la problemática relación entre las autoridades que comprendían las jurisdicciones de los detenidos reunidos físicamente en un mismo lugar, que además era el cuartel de gendarmes
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Este trabajo se ocupa de examinar el accionar de los agentes sociales indígenas atrapados en el entramado judicial, ya sea en calidad de damnificados o sospechados de un delito, en la campaña y a ciudad de Buenos Aires hacia fines del período colonial. El objetivo es indagar en la configuración y resolución de los conflictos que involucren a indígenas, observando tanto su posicionamiento como el de los agentes judiciales, eclesiásticos o particulares con cierto poder en el ámbito local que se encuentren involucrados en estas causas. Este análisis nos facilitará la entrada al entretejido social de la época, proporcionándonos claves para comprenderlo, a la vez que develará una diversidad de voces y miradas implicadas en el proceso de configuración y judicialización de los delitos