775 resultados para Recargos fiscales


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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.

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El objetivo de este trabajo es analizar desde una perspectiva neo institucional la configuración del departamento del Valle en calidad de región político administrativa en el período 1910-1948. Para alcanzar este propósito, nos concentramos en el estudio de las instituciones o reglas de juego impulsadas, defendidas y promulgadas por la figura del gobernador en calidad de funcionario público y primera autoridad de los vallunos o valle-caucanos. Las fuentes centrales son los Informes anuales del Gobernador antes los miembros de la Asamblea departamental, libros de viajeros y algunos de los periódicos de circulación local y regional en las primeras décadas del siglo XX. Para desarrollar este objetico hemos divido el trabajo en dos partes; en la primera, −integrada por tres capítulos− nos distanciamos de las explicaciones actuales referentes a la creación del departamento del Valle y proponemos una nueva interpretación, centrada en el descontento de las municipalidades ubicadas en el valle geográfico del río Cauca ―Cali, Buga, Palmira, entre otras− por las reglas de juego promulgadas desde Popayán para reinvertir los recaudos fiscales provenientes de sus rentas. De igual forma, con base en la noción de path dependence estudiamos las herencias coloniales y decimonónicas que tuvieron que enfrentar los gobernadores vallunos para poder configurar la nueva región política administrativa. Nos referimos a la inestabilidad del orden político, a la ausencia de vías y sistemas de comunicación y a los métodos tradicionales en la producción agropecuaria. En la segunda parte ―integrada por tres capítulos y las conclusiones− analizamos las instituciones impulsadas por el gobernador del departamento del Valle para consolidar la nueva región político administrativa, propósito que únicamente era posible si superaban los path dependence o herencias coloniales y decimonónicas. El estudio se focaliza en las reglas de juego impulsadas por la primera autoridad de los vallunos para: 1). Alcanzar paz política o paz pública, en calidad de factor determinante en el mantenimiento del orden social; 2). Estimular la apertura y construcción de vías de comunicación y obras de infraestructura; 3). Modernizar los métodos de producción agropecuaria. Finalmente, en las conclusiones señalamos algunas problemáticas que se deben abordar en las futuras investigaciones y de esta manera darle continuidad a la propuesta analítica desarrollada en este trabajo.

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Se conoce que tradicionalmente los países de América Latina han tenido serias dificultades para recaudar impuestos, especialmente los directos. Al ser la región del mundo con peores indicadores distributivos, se pone al descubierto la necesidad de una demanda insatisfecha de políticas redistributivas y de mayores recursos fiscales para su financiamiento, por lo que muchos países de la región se han visto en la necesidad de adoptado de alguna manera algún impuesto o régimen especial de tributación heterodoxa, con el fin de mejorar sus ingresos tributarios. Las Administraciones Tributarias se erigen como instancia pública de suma importancia al ser las responsables de conseguir y canalizar buena parte de los recursos financieros para desarrollar políticas públicas y suministrar bienes y servicios por parte del Estado a la sociedad, por lo que requieren tener un marco legal claro que viabilice su accionar en el mencionado propósito. El presente estudio se compone de tres capítulos. En el primero analizaremos la Estructura Orgánica y Funcional con sus respectivos marcos normativos de las Administraciones Tributarias ecuatoriana y chilena, con el fin de determinar sus similitudes y diferencias ya que ambas han tenido un nivel de desarrollo importante en la última década. En segundo capítulo, se analizará las tendencias en la gestión y resultados obtenidos por la Administraciones Tributarias ecuatoriana y chilena en la última década, estableciendo la eficiencia y eficacia alcanzada por cada una de estas Administraciones Tributarias en su modelo de gestión establecida. Finalmente en el tercer capítulo se realizarán las respectivas conclusiones y recomendaciones, de los temas tratados.

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En la actualidad y gracias al proceso de globalización, los miembros de los grupos multinacionales están en la posibilidad de realizar un gran número de transacciones entre sí de una manera rápida y eficaz; sin importar su localización, lo cual significa un alto riesgo para las Administraciones Tributarias; ya que, el precio pactado por las mismas puede erosionar sus bases imponibles. Este riesgo cobra mayor relevancia en las operaciones de intangibles o servicios intragrupos entre partes relacionadas; ya que debido a su inmaterialidad, resulta muy complejo verificar la transferencia real del intangible o prestación efectiva del servicio intragrupo; y más aún, calcular su precio de transferencia y verificar que cumpla con el Principio de Plena Competencia. En este estudio se analiza la forma de determinar el precio de plena competencia de estas dos transacciones según la normativa tributaria ecuatoriana vigente. Para el caso de los intangibles se presenta su definición y clases, sus tipos de propiedad, metodología de evaluación del precio y relación con paraísos fiscales. En lo que respecta a los servicios intragrupo se analiza su definición y clases, relación con paraísos fiscales, pasos para verificar la prestación efectiva del mismo y metodología de evaluación del precio. Adicionalmente, se desarrollan casos prácticos de cada tipo de transacción para una mayor compresión del lector.

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La presente investigación tiene por objeto establecer el aporte neto a nivel nacional de las Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta al Presupuesto General del Estado, considerando la recaudación obtenida y las devoluciones realizadas durante los últimos tres años; para lo cual, inicialmente se exponen conceptos que facilitan la comprensión de una retención en la fuente; así como, una descripción detallada de la normativa vinculada dentro del Ecuador. Se muestra una recopilación, desglose y análisis de las estadísticas de recaudación y devolución del tributo en cuestión; incluyendo la descripción de las actividades que el contribuyente y el Servicio de Rentas Internas realizan para la solicitud y atención de pagos indebidos y en exceso de Impuesto a la Renta, enumerando condiciones, alternativas de presentación ante la autoridad competente; así como, los costos tanto operativos como financieros que implica este proceso para la Administración Tributaria. Evalúa los efectos que el sistema de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta genera para el sujeto pasivo y activo, especialmente en lo que se refiere a liquidez y rentabilidad, llegando finalmente a determinar cual es la contribución de la recaudación por este concepto en los ingresos corrientes del Estado. Para concluir en base al todo el estudio efectuado al sistema de retenciones en la fuente, se exponen alternativas diferentes a las actualmente empleadas, para la determinación de porcentajes de retención.

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Concebir al emprendimiento como un mecanismo de desarrollo, constituye un objetivo de los países que apuestan a su crecimiento económico sostenido; por lo que, establecer un entorno favorable para su ejecución en el Ecuador, requiere cumplir un ordenamiento jurídico diseñado en base al modelo económico y social propuesto por el gobierno. Para viabilizar este propósito, se promulgó el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), el cual es analizado en la presente investigación desde un enfoque práctico al contemplar la posibilidad de aplicar y aprovechar los incentivos y beneficios tributarios en un emprendimiento productivo que busca crear una empresa productora y comercializadora de un snack de frutas deshidratadas y frutos secos. En este trabajo se interrelacionan la normativa tributaria y los seis estudios necesarios para el desarrollo de un proyecto (mercado, técnico, organizacional y legal, económico, evaluación financiera e impactos); por lo tanto en la presente investigación se aborda en primera instancia, el entorno económico del país y de forma sustancial la revisión del conjunto de normas de índole tributario contenidas en el COPCI en materia de incentivos y beneficios tributarios, identificando las principales reformas que mediante este cuerpo legal se introdujeron a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento de aplicación. En segunda instancia con el desarrollo de esta investigación, se visualiza entre otros aspectos que es factible en la práctica obtener resultados financieros favorables para los emprendedores, siempre y cuando los réditos obtenidos por los incentivos sean reinvertidos, que las entidades gubernamentales coordinen sus competencias y que se evite cambios constantes en la ley que ponga en riesgo su seguridad jurídica. Por último, esta investigación pretende ser una guía para que los emprendedores utilicen los incentivos tributarios que promueve el COPCI.

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Bajo una política de control social dirigida desde la “guerra contra las drogas” que lidera Estados Unidos de Norteamérica, nuestra legislación antidrogas ha asumido la tarea de punirlo todo, creando falsas concepciones sobre una sociedad de riesgo. Una legislación que transgrede la Constitución y violenta el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la falta de análisis del principio de lesividad en la conducta tipificada como tenencia o posesión de drogas, que más allá de no solucionar el problema del consumo, termina siendo la figura ideal para cubrir desde la venta hasta el mismo consumo, criminalizando al eslabón más frágil de toda la cadena. El seguimiento de estas políticas ha creado verdaderos aparatos estatales de represión que coexisten, siendo los cuerpos de policía quienes deciden sobre culpabilidad o inocencia desde el mismo momento de la detención. Fiscales y juzgadores bailan al son que tocan esos cuerpos policiales, los que ejercen también una función de control hacia los operadores de justicia. Toda esta política de un Estado policía, lleva a sentencias rara vez argumentadas, muy pobres en análisis doctrinario y principios rectores del proceso, sin existencia de una posición crítica de los jueces frente al bien jurídico que realmente desean proteger; crean un bien jurídico abstracto como la salud pública para acogerse de él y justificar la aplicación de penas desproporcionadas al delito e incluso a la cantidad de la sustancia encontrada en poder del procesado.

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La presente investigación tiene entre uno de sus propósitos, extraer conceptos claros sobre paraísos fiscales y medidas anti-paraíso, a fin de facilitar su comprensión, y de los fenómenos y figuras jurídico-tributarias que surgen a su alrededor. Así mismo, se pretende establecer un análisis crítico sobre la situación de los derechos constitucionales de los contribuyentes del régimen tributario ecuatoriano, frente al establecimiento de las mencionadas medidas antiparaíso. Su reciente inclusión en la legislación nacional tributaria atiende a razones de peso como las económicas, mercantiles y comerciales, que atañen el campo impositivo, en el orden nacional e internacional. Los nuevos procesos de globalización e internacionalización explicados en el primer capítulo de esta tesis, presentan las situaciones a las cuales se sujetan las diferentes relaciones económicas de los estados; además de entender, a lo largo del trabajo, el escenario que recrean estas relaciones, cuando intervienen territorios de diferentes características impositivas, como los paraísos fiscales, distintos de aquellas jurisdicciones concebidas comúnmente. Sin duda, los paraísos fiscales han sido vistos desde una óptica negativa. El presente trabajo no pretende cambiar tal visión, pero si analiza las posibilidades de establecer condiciones equitativas para los sujetos pasivos de dichos territorios y el nuestro. Sus condiciones fiscales favorables, han animado a muchos contribuyentes a abusar de estos territorios, jurisdicciones que, lejos de pretender romper relaciones con el resto de Estados, se han visto en la necesidad de priorizar sus necesidades sociales, encontrando solución en la inversión extranjera, como sector potencial de sus economías. La opción que entregamos es, sin menoscabo de derecho alguno, regular la tributación de contribuyentes nacionales, de rentas obtenidas en paraísos fiscales, con la debida justificación de sus operaciones extranjeras, y su reconocimiento proporcional en pro del trato equitativo entre todos los miembros de nuestro Estado.

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El Fondo Monetario Internacional tiene un programa de condicionalidad que materializa por diferentes métodos, entre los que se encuentra las cartas de intención, a través de ellas exigió a Colombia modificar la política macroeconómica a cambio de asistencia financiera y técnica en las que se determinó la orientación de la normatividad jurídica en materia macroeconómica, es decir, la política fiscal, monetaria, de comercio exterior, financiera y política cambiaria; de esta manera, el FMI interviene directamente en la política interna de Colombia bajo el pretexto de ayudar al crecimiento económico sostenible, mejorar los niveles de vida y reducir la pobreza. La aplicación de estos condicionamientos se dio a través de reformas laborales, tributarias, de reestructuración al Estado, financiera, de comercio exterior, régimen cambiario, de seguridad social y pensiones, y de regalías. Por lo tanto, en estas circunstancias es importante analizar el tema desde el ámbito del derecho económico, constitucional e internacional, a fin de determinar cuáles son los problemas jurídicos y sociales que han generado estos condicionamientos al supeditar la estabilidad macroeconómica a la balanza de pagos y a los ajustes fiscales, sin importarle el coste social generado y el desmedro a los derechos de los colombianos, contrariando los fines del Estado, debilitando la Constitución y poniendo en crisis el Estado Social de Derecho.

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Los siguientes propósitos se plantearon en esta investigación: 1. Describir los antecedentes de las utilidades como razón de ser del emprendimiento, sus destinos o usos posibles. 2. Identificar las cargas tributarias tanto nacionales como seccionales aplicables a las sociedades mercantiles en el Ecuador y describir los incentivos tributarios a que tienen derecho, en especial a reinvertir las utilidades. 3. Evaluar en prospectiva y en perspectiva a 10 años, la mejora económico-financiera del sector industrial que reinvirtió y el incremento de las recaudaciones fiscales. Estos propósitos se alcanzaron mediante la descripción de las causas que motivaron la creación del incentivo tributario denominado reinversión de utilidades establecido en 2001 y ratificado con enmiendas en el 2007. Durante la década analizada al Fisco le ha significado un gasto tributario (GT) de $543.1 M, es decir un promedio anual de $ 54.3 M, este beneficio ha sido aprovechado por alrededor de 1114 empresas de los sectores: industrial, comercial, servicios financieros y no financieros, de éstas, el 90% son grandes sociedades y apenas 110 empresas son PYMES. Las citadas empresas, han incrementado su patrimonio en $5.727 M, y sus activos productivos adquiridos superan la cantidad de $13.300 M, es decir casi veinte veces el gasto tributario. Otro de los aspectos relevantes es que el SRI ha recibido un impulso importante en el monto recaudado por Impuesto a la Renta de las sociedades beneficiarias de este incentivo y quizá esta tendencia mejore ya que, con la vigencia de la nueva matriz productiva se acrecentará la demanda de productos nacionales, misma que será satisfecha mediante el uso intensivo de los activos tangibles e intangibles nuevos adquiridos con los recursos de las utilidades que se quedaron definitivamente en la empresa.

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El Gobierno a través de la política fiscal busca la recaudación de impuestos para cubrir el gasto público y una mejor distribución de la renta en su población. El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones publicado el 22 de diciembre de 2010 fue elaborado con el propósito de incentivar la inversión en el Ecuador y de esta forma lograr un crecimiento de aparato productivo. A través de este código, y mediante ley el Estado tiene un objetivo más profundo que es el crecimiento económico de todo un país para lo cual, sacrifica sus ingresos por mejorar la calidad de vida en sectores productivos. Es así que en el Código de la Producción se han establecido una serie de incentivos tributarios que permitirán a los empresarios beneficiarse en el pago de impuestos durante un período de tiempo, con el propósito de que los empresarios que apliquen estos incentivos, generen fuentes de empleo en sectores reprimidos y el desarrollo de la producción en ese sector lo que conlleva a una mejora en el estilo de vida. Se debe tomar en cuenta que estos beneficios tributarios aplican para empresas nuevas, por lo tanto los réditos fiscales que pueda tener el estado por estas empresas serán bajos o inclusive nulos, sin embargo, los sectores en los que se invertirá tendrán desarrollo económico y social de forma más equitativa con lo que se puede identificar que el gobierno al establecer esta norma tiene otros fines en beneficio de los contribuyentes. Con este trabajo se pondrá en evidencia el Gasto Tributario del gobierno como un fin extra fiscal así como también los beneficios empresariales que puede tener un inversionista nuevo con los incentivos tributarios.

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El instituto jurídico caducidad a estos tiempos no constituye un tema agotado, por el contrario, es de tratamiento obligado por ser elemento que forma parte del vasto espectro de la relación jurídico tributaria, y en torno a ésta, el de la gestión a cargo del ente acreedor del tributo. Los actos de la administración pública, en correspondencia a un régimen jurídico en vigor, son reglados y por ende, supeditados al cumplimiento de normas jurídicas que demarcan su aplicación. En este orden, los actos de la administración tributaria dentro de la égida del Derecho Público, se encuentran constreñidos a la irrestricta observancia de una norma legal que apalanca precisamente la legitimidad y legalidad de los mismos. Las prerrogativas de la administración tributaria que conllevan en fin último el cobro de un tributo, descansan en la ley, y solo en virtud de ésta pueden ser ejercidas. El principio de legalidad en la faz aplicativa previene entonces el uso indiscriminado de atributos fiscales que reflejen su práctica arbitraria como expresión de resabios del poder público no superados.

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Este texto se propone evaluar los alcances y limitaciones de algunas fuentes que se pueden utilizar para medir la desigualdad económica en períodos pre-estadísticos, en especial los inventarios post-mortem y algunos censos económicos efectuados por motivos fiscales de pretensión más universal. Ambos han sido usados por los historiadores desde hace tiempo y presentan diversos problemas. En el caso de los censos se ha señalado sobre todo la subvaluación de los capitales y en el de los inventarios el fuerte sesgo social y etario. Sin embargo, ambos tienen una potencialidad irreemplazable ante la falta de alternativas, pero requieren de recaudos y estrategias metodológicas para corregir dichos defectos.

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Consiste en un estudio desde el ordenamiento constitucional español del marco hacendístico autonómico y local en perspectiva nacional, contrastado con el desarrollo legal vigente en la materia y que propicia, en el contexto de la descentralización fiscal, la revisión del principio de corresponsabilidad fiscal a la hora de examinar las prerrogativas de orden financiero de estos niveles de gobierno.