967 resultados para Norma jurídica
Resumo:
El impulso de este trabajo se efectúa a base de un proceso de investigación y de experiencias personales en el trámite de contrataciones sometidas a la norma de excepción contemplada en el artículo seis, letra a) de la Codificación de la Ley de Contratación Pública, pues he podido establecer que dentro de una misma Institución del Estado, a quienes es aplicable las disposiciones de la mencionada Ley, no existe uniformidad de criterios para procesar las contrataciones bajo el régimen de excepción, ya que se establecen procedimientos, términos, condiciones y plazos, que difieren unos de otros, no obstante que se trata de procesos similares respecto de la ejecución de una obra o prestación de servicio vía exoneración de procedimientos precontractuales bajo declaratoria de emergencia. El objetivo principal del análisis, evaluación, conclusiones y recomendación, en el que se incluyen ciertas reformas principalmente al Art. 5to. del Reglamento Sustitutivo del Reglamento General de la Ley de Contratación Pública, a los que se llega en el desarrollo de esta Tesis, es procurar que las Entidades que conforman el Sector Público, para contratar bajo el régimen de excepción, cuenten con parámetros claros y determinados para que se uniformice el procedimiento de contratación bajo excepción, coartando la ambigüedad y la interpretación antojadiza que al momento contempla el Reglamento General a la Ley de Contratación Pública, lo que en cierta forma y a mi criterio, a dado lugar para que una determinada contratación vía emergencias, adolezca de transparencia.
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Los desacuerdos en el cumplimiento de la norma material, generan las controversias entre particulares y entre éstos y el Estado. Estas contiendas se producen en la contestación a la demanda, que constituye un acto de desacuerdo total o parcial con la pretensión procesal o con la forma de su reclamación, que concluye con la proposición de los medios de defensa y las excepciones. La doctrina universal, trata de manera académica algunos tipos de defensa, pero no llega a un estudio analítico y profundo, mucho menos a sus efectos y las consecuencias de una inadecuada formulación de la demanda. Hemos observado que los Abogados del País, y en particular, de Quito, como lugar de atención por nuestras actividades profesionales, no tienen muy clara la forma del “qué” y del “cómo” ejercitar la defensa, pero particularmente, se produce una confusión en los efectos que puede producir una demanda en la que intervienen terceros no vinculados con el derecho material que sustenta la pretensión procesal o que adoleciendo de oscuridad, defecto legal o del incumplimiento de ciertas formas procesales, provocan los cambios de acción o la reforma de la demanda, y en casos extremos, hasta el abandono y desistimiento. Estas falencias van a ser materia de estudio de forma cronológica para evitar decisiones inadecuadas y hasta deducciones inoportunas. De las investigaciones realizadas durante nuestra actividad profesional y particularmente, en el presente trabajo académico, hemos observado que existe muy pocos autores que tratan el tema de manera puntual, esto es lo que ha llevado a los profesionales del derecho a confundir sus concepciones por falta del material de investigación, por ello, hemos creído necesario aportar con este trabajo para el ejercicio adecuado del patrocinio y de la defensa. Como considera Julio Maier, “¿Por qué, cuando se inicia una obra jurídica, es frecuente, sino es el caso de una regla general, que se comience por el punto de partida de los puntos de partida: explicando el concepto del Derecho para el autor, vale decir la definición de lo que es el objeto general de su estudio?...”. Esta introducción nos lleva a compartir con el autor la necesidad de explicitar aunque sea de manera restringida las instituciones procesales que no sólo van a complementar su estudio, sino que son parte del tema de investigación mismo, pero que es forzoso su estudio acogiendo sus términos. “No nos será posible aquí develar todas las incógnitas que presentamos por las limitaciones propias de la obra e, incluso, por limitaciones personales, pero intentaremos presentar, resumidamente los puntos de vista que nos servirán de base para nuestra explicación posterior.”; por tanto, el objeto de mi investigación, se contrae ha determinar de forma limitada, qué es el Derecho substancial desde una nueva concepción, qué es el Derecho procesal y la Teoría General del Proceso (acción, jurisdicción y proceso), para concentrarnos en el estudio de los medios de defensa y en las excepciones lato sensu. Confiamos en que nuestro esfuerzo, sea el cimiento para nuevas investigaciones que al igual que la sabia alimenta al árbol, este trabajo fluya en las futuras teorías y provoque el cambio de nuestra legislación.
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El presente trabajo aunque de naturaleza técnica, pretende dos cosas fundamentales: familiarizar al lector con los denominados “instrumentos derivados” que tienen volúmenes gigantescos de negociación en su mercado propio (el OTC) ascendiendo “ … a finales de junio de 2009 a 605 billones de dólares (10 veces el PIB mundial)”1; y, revisar con más profundidad uno de aquellos, una innovación financiera derivada de los contratos de permuta financiera que toma el nombre de Credit Default Swaps. Esta innovación o evolución sobre los instrumentos derivados ordinarios, representa un tipo de contratos altamente estandarizados y tecnificados que fueron creados como una nueva forma de protección sobre incumplimientos de crédito viabilizando la transmisión de uno, varios o todos los riesgos asociados con la posibilidad de incumplimiento de pago de operaciones crediticias a terceros quienes los reciben en virtud de un precio. Como se verá en del transcurso del trabajo, el loable objetivo de protección para el que fueron originalmente creados, se desnaturalizó hasta convertir a estos instrumentos en independientes de las obligaciones que amparaban y permitir su acceso a especuladores financieros que amasaron grandes fortunas apostando a favor y en contra de obligaciones y fracturando, de esta manera, la transparencia que es principio fundamental de los mercados financieros. La evolución insidiosa y el descontrol de estos instrumentos, sin embargo, ha permitido su proliferación e interferencia, no solo en obligaciones particulares sino que ha contaminado los mismos mercados de deuda soberana, incluyendo la ecuatoriana como se verá en su momento y muy recientemente la denominada “crisis griega”; los especuladores han utilizado estos complejos productos para aprovecharse de los ingentes beneficios que les proporcionan en desmedro de las economías de países en dificultades multiplicando sus pérdidas y causando alarma y conmoción tanto interna como externa al punto que muy pocos días antes de la presentación de este trabajo, Francia, Alemania, Luxemburgo, la afectada Grecia y el mismísimo Presidente de la CEE, han llamado a la comunidad financiera internacional a limitar su uso.
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El presente trabajo académico se propone auscultar el alcance del principio de legalidad en el sistema administrativo ecuatoriano a la luz de la Constitución de 2008. Para el efecto, se remonta a los antecedentes que precedieron la implantación del Estado Constitucional de Derechos y Justicia y los componentes que han pretendido modular su fisonomía. Profundiza sobre el principio de aplicación directa de las garantías fundamentales y la obligación de los jueces y funcionarios públicos de garantizar su vigencia. En el segundo capítulo, se aborda el principio de legalidad y su proyección en la doctrina, el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia, poniéndose énfasis en el estudio de las potestades administrativas y las notas características que las clasifican en regladas o discrecionales, así como sus formas de control. Como colofón a este capítulo, se explora la vinculación de dicho principio, con los del debido proceso y seguridad jurídica. El tercer capítulo encara el conflicto entre los principios constitucionales de legalidad y aplicación directa de la Norma Fundamental, así como la facultad de los operadores jurídicos de ponderar su vigencia. Se detiene en el análisis del surgimiento irremediable de la pugna entre la Corte Nacional de Justicia y la Corte Constitucional por la convivencia de jurisdicciones y la facultad revisora del máximo órgano de control constitucional. Del mismo modo se proponen mecanismos para armonizar la aplicación de ambos principios en el marco de las competencias de los operadores jurídicos, llegando a su desenlace mediante planteamiento de conclusiones.
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Esta investigación versa sobre el estudio de los conceptos jurídicos indeterminados y la Convención de Viena de 1980, sobre “Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías”, y tiene como propósito establecer la significación explícita o implícita podría tener el término ‘mercadería, desde el análisis crítico de la teoría jurídica de los conceptos jurídicos indeterminados. En primer lugar, a través del estudio y análisis de esta teoría, fundamentada en los principales criterios de los expertos en el tema. La indeterminación es un rasgo definitorio del propio concepto de derecho, por lo que a veces puede pasar por un problema de simple interpretación, o un simple caso de argumentación jurídica, sin general interés por un estudio minucioso de sus causas, motivos y efectos. Posteriormente nos remitiremos al estudio de la Convención de Viena de 1980 desde su aspecto histórico y su innegable trascendencia frente al comercio internacional, así como a la “mercadería” y su presencia como concepto jurídico indeterminado en ella contenido. Y, terminamos el presente trabajo con el análisis del término ‘mercadería’ ya desde los diversos significados que este puede generar, a partir de su uso en el tráfico jurídico, a partir de la doctrina vertida por expertos en el tema y la jurisprudencia que emanan los órganos capaz de generar criterios vinculantes para determinar pautas o significados puntuales sobre términos vagos o lagunas en el derecho. Como último punto abarcaremos el estudio de las opciones de resolución en la teoría jurídica: la tesis de la respuesta correcta y la discrecionalidad judicial y teoría de la norma como marco.
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El propósito del presente trabajo se encamina a analizar la necesidad de incorporar en la legislación ecuatoriana un recurso extraordinario de casación en solo interés de la ley en el ámbito contencioso administrativo, para lo cual se ha establecido en principio, un primer capítulo orientado a determinar la actual situación del recurso de casación en la jurisdicción contenciosa administrativa ecuatoriana, sus finalidades o funciones así como sus características, luego, en el segundo capítulo del presente trabajo, se aborda el estudio específico del recurso extraordinario de casación en solo interés de la ley, dentro del cual, entre otras cosas, se consideran sus antecedentes, su concepción y crítica en el ámbito jurídico español por ser la realidad o experiencia jurídica más cercana en el panorama jurídico hispanoamericano, y su utilidad en cuanto a permitir copar un aspecto jurídico que debe ser objeto de control en la égida de la plenitud de la norma constitucional, en el capítulo tercero, se analiza la técnica de control empleado tanto por el recurso de casación tradicional cuanto por el recurso de casación en solo interés de la ley intercalando durante todo el análisis realizado en cada uno de los capítulos y subtemas, la aureola de los nuevos principios y valores establecidos en la Constitución de la República en vigor, para finalmente en el Capítulo cuarto se efectúa un análisis de ciertos casos particulares que ejemplifican la problemática nacional.
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El propósito de esta tesis es evidenciar la posibilidad del control difuso en la Administración Pública, principalmente en los Tribunales Administrativos y Órganos Colegiados que imparten justicia administrativa a nivel nacional. El control difuso de la Constitución siempre se entendió como la facultad del poder judicial, que a través de los jueces de las diferentes instancias, quienes al momento de resolver un caso concreto, si evidencian manifiestamente la inconstitucionalidad de la norma aplicable al caso, pueden inaplicarla sólo para ese caso, cuyos efectos son inter partes, es decir la norma inaplicable por el juez sigue vigente dentro del ordenamiento jurídico, habiendo sido considerada nula sólo para el caso concreto. Sin embargo, esta postura de que el control difuso es sólo potestad del poder judicial, se fue relativizando, al menos en el caso peruano, toda vez que mediante la sentencia recaída en el Exp. Nº 3741-2004-AA/TC, el Tribunal Constitucional, crea la figura jurídica del control difuso administrativo, en la que los Tribunales Administrativos y Órganos Colegiados que imparten justicia administrativa con carácter nacional, también están en la potestad y el deber de aplicar el control difuso para garantizar la plena vigencia de la Constitución y el respeto de los derechos fundamentales de los administrados, inaplicando normas manifiestamente inconstitucionales. En consecuencia, para mejor ilustrar al respecto, la tesis lo dividimos en tres capítulos: en el primer capítulo, abordamos el desarrollo del control constitucional con énfasis en el control difuso, evidenciando el Principio de Supremacía Constitucional, así como la creación y recepción del control difuso y concentrado de la Constitución por los diferentes países del mundo. En el segundo capítulo desarrollamos el control difuso en los países andinos, resaltando el control difuso en la Administración Tributaria; y, finalmente en el tercer capítulo, desarrollamos el control difuso como atribución del Tribunal Fiscal del Perú, que se caracteriza por ser un Tribunal Administrativo que imparte justicia administrativa a nivel nacional, resolviendo conflictos en materia tributaria y aduanera.
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Este artículo pretende explicar el auge que, en Colombia, ha tenido la defensa judicial de la Constitución. Para tal efecto, se hace una breve caracterización del constitucionalismo colombiano, identificando y explicando ocho de sus rasgos: la existencia de una historia y de una tradición de control constitucional, la defensa de la Constitución como asunto público, la Carta Política como norma invasiva de la vida social, económica y política del país, la desconcentración del control constitucional, la construcción permanente y progresiva del constitucionalismo por vía judicial, el diálogo con otros sistemas constitucionales, la existencia de una identidad constitucional, y la continuidad relativa con el sistema y la tradición jurídica. Con fundamento en esta caracterización, se obtendrán algunas conclusiones sobre la defensa judicial de la Constitución.
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El principal objetivo de este trabajo, ha sido el analizar los modos de interpretación de las leyes tributarias vigentes en los países de la Comunidad Andina de Naciones, relacionándolos con los principios esbozados por la doctrina impositiva más autorizada, así como en algunos casos, tomando en consideración ciertos fallos jurisprudenciales. Para cumplir con el objetivo propuesto, en primer lugar se ha estudiado la naturaleza misma del Derecho Tributario, donde se ha explicado las razones por las cuales esta rama jurídica, es una ciencia con autonomía científica y dogmática. Este presupuesto es el punto de partida para analizar sí existen o no mecanismos propios de hermenéutica en la aplicación de una disposición impositiva. Otro punto consecuencia del anterior, tiene que ver con la naturaleza misma de las normas tributarias. Serán normas especiales o serán de aquellas comunes, como cualquier otra disposición del mismo rango. En uno y otro caso, qué métodos de comprensión del derecho se deben usar. Cómo funciona el principio de la Autonomía Calificadora del Derecho Fiscal, y qué consecuencias tiene para el entendimiento de la norma. Las palabras utilizadas en un precepto en particular cómo tienen que ser discernidas: en su sentido jurídico, en su sentido técnico o en su sentido usual. Son temas que a más que nos ayudan a comprender los métodos de interpretación jurídica, también nos proveen de conocimientos adicionales para vislumbrar de mejor forma la esencia del Derecho Tributario. El problema de la analogía en la interpretación del derecho. Es un método de integración o de interpretación propiamente dicho. El derecho como ciencia, tiene lagunas o vacíos? O quizá estos huecos sólo se produzcan en la legislación vigente. Cómo influyen estos fenómenos en la hermenéutica jurídica. El trabajo trata de contestar estas interrogantes. Aunque el hecho imponible, en la mayoría de las ocasiones se encuentra conformado por un hecho económico, la interpretación de las normas que lo crean, deben dar prioridad al análisis jurídico o al entendimiento económico. Como aplicar una norma, cuando el contribuyente para disminuir su carga fiscal, utiliza figuras jurídicas de desnaturalizan su real intención. Qué debe hacer el intérprete en estos casos. Son situaciones que también han sido analizadas. Hasta qué punto es importante la aplicación de los métodos de interpretación de las normas impositivas, por parte de la Administración Tributaria. Sus actos tienen alguna relación con la materia estudiada en esta tesis. Los métodos estudiados, son susceptibles de aplicación para comprender los tratados internacionales que evitan la Doble Imposición Internacional. Cómo deben interpretarse estos convenios: a la luz del derecho interno? Existen normas expresas que ayudan en su entendimiento?
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El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo central evaluar con base en el estudio de la doctrina, el derecho comparado, y los pronunciamientos de órganos competentes, el avance de la materia de competencia desleal en las legislaciones internas de los países miembros de la CAN. De manera especial, se buscó determinar la situación de la legislación ecuatoriana, y proponer pautas para la instauración de un régimen integrado y eficiente de protección contra prácticas desleales de mercado. Los asuntos específicos de competencia desleal vinculados con el comercio exterior, como el dumping y las subvenciones, no fueron parte de este trabajo, ya que presentan particularidades que requieren un tratamiento independiente. Para alcanzar los objetivos propuestos, el contenido de esta investigación se distribuyó de la siguiente manera: El Capítulo I se concentró en aspectos introductorios, con el fin de establecer el sustento teórico con base en el cual se desarrollaría el trabajo. El análisis empezó por la revisión de las disposiciones relevantes para la materia que integran la Constitución económica dentro de los países que conforman la Comunidad Andina de Naciones -CAN-. Posteriormente, se arribó a una definición personal sobre competencia desleal, previo el estudio de referentes doctrinarios y legales, y se analizó el tema de la cláusula general. Finalmente, se establecieron los puntos de conexión entre la disciplina que estudia la competencia desleal y otras ramas jurídicas. El Capítulo II, se refirió concretamente al tratamiento que de los actos típicos de competencia desleal se hace en las legislaciones internas de los países de la CAN, con el objetivo de determinar las fortalezas y debilidades de las disposiciones sobre el tema. La tipología revisada fue la siguiente: actos de confusión; actos de engaño; actos de descrédito; actos de sustracción y explotación de secretos; actos de explotación de la reputación ajena; actos de imitación; actos de comparación; actos de desorganización; violación de normas; y, otros, como las ventas agresivas. El Capítulo III estudia las acciones franqueadas por ley para la defensa contra los actos de competencia desleal. Para el efecto, se analizaron las acciones civiles, administrativas y penales. En el desarrollo de este análisis, se trataron temas como pretensiones admisibles, legitimación activa; diligencias preliminares; y, medidas cautelares. Finalmente, el Capítulo IV contiene una sistematización de las conclusiones y recomendaciones obtenidas en cada uno de los capítulos precedentes. Por otro lado, se ha incorporado una sección de Anexos, contentiva de cuadros comparativos de las disposiciones legales de los países de la subregión con relación a cada uno de los temas estudiados.
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Los propósitos y contenidos de esta investigación son concretamente analizar las causas que justifican la necesidad de protección jurídica al consumidor, la visión, evolución y ubicación de este derecho, los medios de protección jurídica al consumidor en el Ecuador, con una breve referencia a los mismos en la Comunidad Andina. Adicionalmente esta investigación trata de establecer lineamientos generales para la implementación de un sistema de arbitraje de consumo en Ecuador. Si bien los medios para el alcanzar justicia en materia de defensa del consumidor son muy variados, e implican -entre varios temas- la adopción de políticas generales como la educación e información al consumidor1, prevención de litigios, sistemas de resolución judiciales y extrajudiciales, etc. esta investigación se centra en la estructura procesal de estos últimos, establecidos en la vigente Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, y del arbitraje, regulado en la Ley de Arbitraje y Mediación2, sin omitir una necesaria definición del Derecho material, estudiado breve e introductoriamente en el primer capítulo, en el que además se analiza las razones de una protección jurídica al consumidor y usuario, la evolución conceptual y definición de este novel derecho. Si bien la investigación pretende analizar desde una perspectiva jurídica un derecho específico, también intenta no abstraerse de realidades sociales y económicas que demandan una intervención más participativa y democrática de la sociedad en la construcción de la justicia. En el capítulo II se realiza una evaluación de los medios procesales de protección al consumidor en el Ecuador y la protección constitucional del consumidor básicamente. Por lo señalado, el trabajo se enmarca en el Derecho sustantivo-procesal de defensa del consumidor, sin prescindir de definiciones básicas y generales. Finalmente, este trabajo busca exponer e incentivar la necesidad de profundizar en el estudio, crítica y perfeccionamiento del tema en nuestra realidad jurídica, comparándola con la de otros países de la Comunidad Andina, (Bolivia, Colombia, Perú y Venezuela). Ya en el ámbito europeo, tomaremos al arbitraje de consumo español como ejemplo exitoso, demostración y justificación de la hipótesis del presente trabajo, y el caso argentino, como experiencia en Latinoamérica.
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Consustancial con toda relación es la participación, voluntaria o no, de dos o más elementos. En el caso de la relación jurídica tributaria, que es el objeto del presente trabajo, los elementos son el Estado y los contribuyentes. Es obvio que, en una relación así, la manera de entenderla y armonizarla es esencial, incluso, para la propia supervivencia del Estado. En el primer capítulo se ha sintetizado las teorías y relaciones existentes hasta llegar al proceso de nacimiento de la obligación tributaria, lo cual nos permite, en el capítulo siguiente, adentrarnos en el tema principal del trabajo y analizar cada uno de los elementos que intervienen en esta relación. Las relaciones que se establecen entre el Estado y el contribuyente siempre serán motivo de preocupación de la doctrina por su complejidad. Ignorar su trascendencia implicaría caotizar al derecho tributario que necesita de un orden claramente definido para su aplicación y desarrollo como ciencia. Por ello creemos que el Estado debe cumplir, al igual que el contribuyente, su rol y ejercer la potestad que le otorga la ley. El estudio de la relación jurídica tributaria redundará en beneficio de todos quienes pretendemos mejorar las condiciones y optimizar la aplicación de las normas legales.
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El presente trabajo ha pretendido analizar las políticas culturales del Estado Ecuatoriano a fin de desentrañar la lógica discursiva en la que se fundamentan con el objeto de contrastarla con otras formas de ver el fenómeno cultural. Para realizar este análisis se ha empezado por explorar la estructura jurídica e institucional del sistema cultural del Estado, develando los significados y las significaciones que caracterizan a la legislación cultural. En esa misma línea, el paradigma del desarrollo cultural es puesto en discusión, en tanto refleja una condición civilizatoria de la globalización que lleva a la incorporación del mundo de la representación al mundo del mercado, lo que está determinado por la colonialidad del poder como fundamento del sistema mundo. Dentro de la investigación realizada se puede advertir que en el corpus discursivo de las políticas culturales del Estado, se establece una dicotomía entre la cultura letrada y la cultura popular, la primera como expresión más acabada del espíritu nacional, representada por los “intelectuales” en tanto hombres cultos y la segunda como expresión colectiva y anónima del pueblo, representada por el folclore y otras manifestaciones “coloridas” de los sectores subalternos. El tema de la pluri, multi e interculturalidad es motivo también de análisis a fin de establecer sus características y las formas pulsionales en las que disputan el control del mundo de las representaciones dentro de las relaciones de poder y contrapoder. El “reconocimiento” por parte del Estado a la interculturalidad y que se manifiesta en la norma constitucional y en algunas normas secundarias, son precisamente una de esas formas pulsionales. La acción estatal en campos como el patrimonio cultural, los servicios culturales, el fomento y la promoción culturales así como en las industrias culturales reflejan el ningún reconocimiento real de la interculturalidad por parte del Estado
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El presente trabajo de investigación, responde a la inquietud sentida por las autoridades comunitarias y personas que anhelamos poner en práctica los derechos colectivos de los pueblos indígenas: ¿los jueces y fiscales, respetan o no las resoluciones de las autoridades de los pueblos indígenas que han sido dictadas aplicando normas y procedimientos propios, tal como lo ordena el inciso cuarto del Art. 191 de la Constitución Política?, y consiguientemente si respetan las disposiciones constitucionales e instrumentos internacionales debidamente ratificados por ei Ecuador y sus causas. Para cumplir con nuestro objetivo, partimos del análisis del significado e implicaciones del principio de "multíetnicidad" y "pluriculturalidad", que permite el reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, entre ellos, el derecho a conservar y desarrollar sus formas tradicionales de convivencia y organización social, de generación y ejercicio de autoridad y a "Mantener, desarrollar y fortalecer su identidad y tradiciones en lo espiritual, cultural, lingüístico, social, político y económico" contemplados en el Art. 84 numeral 7 y 1 de la Constitución, como consecuencia de ello el reconocimiento del pluralismo jurídico del Art. 191 inciso cuarto de la Carta Magna. Seguidamente analizamos en forma pormenorizado la jurisdicción especial indígena, las autoridades indígenas que administran justicia, sus competencias, normas y procedimientos propios y ios elementos de la jurisdicción indígena, lo cual nos permite diferenciara de la "justicia por mano propia" y "linchamiento", figuras con las cuales pretenden asimilar al Derecho Indígena, especialmente por los medios de comunicación, así mismo nos permite demostrar que el Derecho Indígena está vigente y vivo. A base de ese marco teórico, analizamos la relación entre el jurisdicción especial indígena con el Ministerio Público y la Función Judicial, cuando de por medio existe una resolución en tirme de la autoridad indígena, donde tomamos como referencia cinco casos concretos y otros que son considerados a lo largo del análisis, con los cuales se demuestra que los jueces y fiscales sin ningún fundamento constitucional y doctrinario violentan normas constitucionales, entre ellos el inciso cuarto del Art. 191 de la Constitución, el debido proceso y otros principios. Actitud que demuestra desconocimiento del alcance de los principios de pluriculturalidad, multicmicidad, pluralismo jurídico, la Constitución como norma, principios elementales del Derecho Indígena, etc. El análisis de los principios que rige el Derecho Indígena y sus características suplen a lo que en el Derecho estatal se conoce como garantías del debido proceso. y nos permite salir de la dogmática jurídica tradicional y obliga a desarrollar métodos interculturales, interdisciplinarios para analizar los derechos humanos y los principios del debidos proceso.
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En procura de que los tres capítulos que contiene esta tesis estén bien delimitados y mantengan orden y coherencia suficiente, el primero de ellos aborda la biodiversidad y buena parte de sus implicaciones. Así tenemos corno temas principales dentro de este capítulo: el significado de la biodiversidad y los elementos que la constituyen, su importancia, los principales procesos que la afectan y las estrategias para su conservación. El segundo capítulo se ocupa, en cambio, del estudio de la contaminación, que encierra uno de los problemas más crecientes para la protección de la biodiversidad. De esta manera, nuestra tarea fue aproximarnos a los conceptos de contaminación, a sus clases, a sus efectos y a esbozar posibles soluciones. En el tercer y último y capítulo, el análisis de los Convenios de Diversidad Biológica y Marco Cambio Climático, de las Decisiones Andinas N° 391. 523, 435 y 436 y de la Constitución Política del Ecuador y su comparación con la Constitución de Colombia, en lo que conciernen a la biodiversidad, constituyen los ejes primordiales, por los que transcurre este capítulo que, conjuntamente con la síntesis de ejemplos de gestión contra la contaminación emprendida en algunos países, constituyen elementos que nos servirán de base para determinar la verdadera eficacia de la legislación andina en la protección de la biodiversidad y en el control de la contaminación.