801 resultados para Leyes de Propiedad Intelectual


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Este documento analiza el proceso de internacionalización que ha tenido Leonisa, una empresa colombiana que ha logrado destacarse en el exclusivo mundo de la ropa interior femenina. Se presentan las diferentes estrategias que esta empresa ha utilizado (exportaciones, montaje de distribuidoras en el exterior e inversión extranjera), así como los mercados donde ha tenido presencia (Suramérica, Centroamérica y Europa). A manera de marco de referencia, se estudian los rasgos más característicos del mercado de las confecciones, así como los principales retos y amenazas que los cambios del entorno le imponen a la empresa. También se explican los orígenes de Leonisa y se hace una descripción de la forma como ha evolucionado la propiedad accionaria hasta el momento en que la empresa quedó en manos de la familia Urrea Arbeláez, en marzo de 2005.

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Tesis de Economia

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El dominio doctrinariamente es el derecho real máximo del cual se desglosan la mayoría de los derechos reales consagrados en el derecho civil, de esto se desprenden facultades, o derechos los cuales revisten al propietario, para que pueda usar, gozar y disponer libremente de una cosa. Pero si analizamos bien la concepción del concepto de dominio consagrado en el Código Civil, nos daremos cuenta que hay una forma de concebir las cosas corporales. El Art. 568 Código Civil Se llama Dominio o Propiedad el derecho de poseer exclusivamente una cosa y gozar y disponer de ella, sin más limitaciones que las establecidas por la ley o por la voluntad del propietario. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad y el uso de la cosa se le llama usufructo. El derecho de dominio tiene características que le hacen ser diferentes de los demás derechos, es por ende que gozan de características especiales como los que identifican a los derechos reales: a) Es un derecho real, b) Es absoluto, c) Es exclusivo, d) Es perpetuo. En la Constitución se establecen una cantidad de derechos fundamentales entre ellos el derecho de propiedad y posesión, sobre los bienes que una persona puede tener, así mismo la constitución regula que la persona no puede ser privada de sus derechos fundamentales sin que esta sea antes previamente oída y vencida en un juicio mediante un proceso que se le debe seguir para no vulnerar sus derechos y garantías tanto constitucionales como las que las leyes aplicables determinan. La ley que se Analizara persigue la recuperación de bienes producto de actos ilícitos, y regula los medios, competencias y procedimientos para obtener dicha recuperación. "Por tal razón, es indispensable dotar al Estado, garantizando el debido proceso, de un mecanismo legal para la investigación, el examen y establecimiento del origen ilícito de patrimonios realizadas al margen de la ley y proceder a su extinción". La figura de la extinción de dominio tal y como aparece definida en dicha ley, por lo menos en el medio, es novedosa. Hasta ahora, la extinción del derecho de dominio considerada como el cambio de titularidad del derecho real de propiedad se producía por los medios tradicionales, o títulos de adquisición de dominio o pérdida como la transferencia en sus diversas modalidades, la expropiación, la transmisión y la prescripción. La novedad de la ley consiste en la introducción de una nueva forma de extinción, que es la "pérdida de ese derecho de dominio a favor del Estado, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna para su titular", por razón de la naturaleza de la procedencia adquisitiva del bien, en resumen que provenga de hechos o actos ilícitos. No obstante para que haya una completa legalidad en el proceso y el destino de estos bienes que sean objeto de medidas cautelares o extinguidos mediante una sentencia definitiva dictada por un juez especializado, para garantizar su buena administración se crearan las distintas instituciones especializadas en el área; estas se encargaran de reparación, identificación inventario, administración, mantenimiento, preservación, custodia, y la destinación de los mismos todo ello para garantizar el derecho de propiedad ya sea que lo tenga el particular o este pase a favor del Estado.

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En la actualidad, la información suministrada por la contabilidad financiera relativa al valor agregado derivado de la gestión del capital intelectual se ve limitada debido a la inexistencia de una metodología que facilite la identificación y medición de sus elementos involucrados en la investigación y desarrollo, la innovación, las prácticas organizacionales internas, las relaciones y vínculos con agentes externos y la acción de los recursos humanos que, tradicionalmente, no son reconocidos como activos. Además, el constante cambio del mundo empresarial y de las realidades económicas y financieras, traen aparejadas nuevas operaciones, instrumentos y situaciones no previstas en las normas vigentes, o en que su aplicación requiere de un análisis interpretativo. Si bien es cierto que se han producido significativos avances con la formulación de las Normas Internacionales de Información Financiera, es innegable que dentro de la información proveída en los estados financieros, sigue existiendo un déficit muy importante en cuanto a la información relacionada con los activos intangibles. Hoy en día, en la economía de las empresas, los activos más valiosos son los intangibles, los cuales están representados en conocimientos, habilidades, valores y aptitudes de las personas que la forman, métodos y procedimientos de trabajo, gastos en investigación y desarrollo, propiedad industrial, etc. Esto ha hecho que los intentos por medirlos sean cada vez más una prioridad para éstas. La gestión de los activos y recursos intangibles se ha convertido en la principal fuente de competitividad de las empresas y de los países, Capital Intelectual se le ha denominado a este proceso de crearlos y desarrollarlos. Este concepto está teniendo cada vez mayor relevancia dentro del mundo empresarial. El interés despertado se debe a la necesidad de desarrollar modelos que registren todos aquellos “elementos o activos intangibles” que generan, o generarán valor en el futuro. Cómo medirlos empieza a ser un elemento clave para facilitar información a terceros sobre el valor de la empresa (perspectiva externa) y, además, para la gestión en el seno de la misma (perspectiva interna). Se pretende con esta investigación informar sobre la estructura del capital intelectual, la importancia de su eficiente gestión y su capacidad para generar valor a la institución. El enfoque externo nace de la creciente importancia que tienen en la apreciación que los mercados hacen de las empresas puesto que, en algunos casos existe una gran diferencia entre dicho valor y el contable. En este sentido, la presente investigación desarrolla una metodología para el reconocimiento y medición del capital intelectual como herramienta de gestión para medir el valor de las instituciones de servicios financieros bancarios de El Salvador. La metodología utilizada en la realización del trabajo incluye las técnicas y métodos científicos. Los resultados obtenidos se analizaron e interpretaron con el propósito de elaborar un diagnóstico de la administración del capital intelectual al interior de las entidades objeto de observación. Esto permitió concluir sobre la gestión del capital humano, estructural y relacional y la medición de su incidencia en el valor de las instituciones de servicios financieros bancarios de El Salvador, así como plantear las correspondientes recomendaciones.

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La Doctrina Social de la Iglesia ha sostenido desde sus inicios la legitimidad de la propiedad privada como garantía de autonomía de la persona, señalando como camino para la justicia social su difusión, sobre todo a través del salario justo. Con el tiempo ha logrado equilibrar mejor su función individual y su función social, profundizando en su carácter instrumental, ordenado a hacer efectivo un derecho anterior y más fundamental de todos los seres humanos al uso de los bienes de la tierra. Hoy insiste en que toda forma de dominio privado o público puede ser legítima mientras esté al servicio del trabajo, lo que en la economía industrial moderna implica la necesidad de crear estímulos para canalizar la renta al ahorro y la inversión. Facilitar el paso de la posesión precaria a la propiedad legítima sigue siendo un objetivo central en la lucha contra la pobreza.

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Resumen: El artículo indaga en la fiscalidad sobre el comercio interior de Buenos Aires y su relación con la consolidación de la propiedad privada en la campaña. A partir de un estudio de caso, se examinan las particularidades de las imposiciones fiscales sobre las actividades comerciales en el ámbito rural identificando cambios y continuidades en las formas de recaudación y gravamen. Este análisis se combina con el de los problemas que las prácticas ilegales vinculadas al abasto de ganado presentó tanto en su circulación en la campaña como en su introducción a los mercados citadinos. Ambas cuestiones son contrastadas con lo sucedido a partir de 1822, cuando durante el gobierno de Martín Rodríguez tanto el comercio como la circulación de ganado en el Hinterland intentarían ser regulados con mayor énfasis a fin de asegurar el respeto de la propiedad privada en el mundo rural.

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Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...

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Resumen: Este artículo procura dar cuenta del escenario legal y político abierto con la sanción de la ley de Derechos Políticos de la Mujer en 1947. Entre ellos, los mecanismos que el estado solventó con el empadronamiento de las mujeres y la confección de los documentos de identidad; la sanción de la normativa acorde al voto femenino en las provincias a fin de no desvirtuar el espíritu de ley nacional; y la ley de Estatutos de Partidos Políticos. Los aspectos políticos revelaban los cambios y reacomodamientos de la rama femenina que integraban los centros cívicos partidarios; la aparición en escena y el juego político que emprendieron algunas primeras damas provinciales. Todos estos temas son analizados a la luz de la incesante metamorfosis que adquiría Eva Perón, que troca de primera dama a líder popular.

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Resumen: El anarquismo encontró en el internacionalismo un elemento esencial para la unión del movimiento libertario, pues consideraba que una alianza universal se lograría sólo atravesando las fronteras. Fueron numerosos los pensadores ácratas que buscaron cumplir este objetivo y que, desde su papel de teóricos-militantes, no sólo contribuyeron a la conformación del universo intelectual anarquista en Buenos Aires en las primeras décadas del siglo XX sino que, a través de su rol de agentes activos en el proceso de gestación, recepción y circulación de ideas, intentaron relacionar el anarquismo local con el latinoamericano y el europeo. Dentro de este grupo se destacó, entre los años 1920 y 1930, Diego Abad de Santillán quien, tanto en su papel de teórico como de militante, periodista, escritor, editor y traductor, constituyó una pieza fundamental para el engranaje intelectual libertario desplegado entre Europa y América Latina, e integró el conjunto de pensadores que lideraron el anarquismo argentino. Al cruzar ambos movimientos, no sólo actuó como nexo sino que también buscó representar, y dar respuestas, a los múltiples y variados intereses de la clase trabajadora.

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Intelectuales y poder: la influencia de Carlos Nino en la presidencia de Alfonsín / Cristina Basombrío -- Notas sobre la influencia de las ideas políticas españolas en la Argentina. Siglo XIX / Miguel Ángel De Marco -- El significado de La rosa blindada en el ámbito intelectual argentino de la década de 1960 / María Victoria Carsen -- Una alternativa diferente. El teatro libertario (1910-1930) / María Fernanda De La Rosa -- El límite, la marca y la huella. Reflexiones acerca de la construcción de identidades socioculturales en América Latina / Valeria M. Elizalde -- Crisis política y realineamientos partidarios en los años en los años treinta. Partidos políticos en Catamarca (1928-1932) / Carlos Humberto Ibáñez, Luis Alejandro Alvero -- El doctor Dick Edgar Ibarra Grasso y el hallazgo y desciframiento de la escritura indígena andina / Julio M. Luqui Lagleyze -- El ocaso de la UCR Antipersonalista y el aporte del radicalismo a la construcción del peronismo (1943-1946) / Elena T. Piñeiro -- Leyes de Reforma de Regulares, extinción de los agustinos cuyanos y algunos modelos de secularización / Emiliano Sánchez Pérez, Osa -- Reseñas Bibliográficas

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Contenido: Filosofía y ateísmo / La Dirección – Corrientes filosóficas del siglo XIII / Fernand Van Steenberghen – Las leyes arquitectónicas de la comunidad política / Benito R. Raffo Magnasco – La razón y la fe / Manuel Gonzalo Casas – La finalidad de la creatura intelectual / Jorge María Mejía – Notas y comentarios -- Bibliografía

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PRIMERA PARTE RECONOCIMIENTO Y COLECCION DE DATOS I. HISTORIA FORESTAL DE NICARAGUA II.- DIBTRIBUCION Y CLASES DE BOSQUES EN NICARAGUA III. INFLUENCIA PROTECTORA DE LA VEGETACION EN NICARAGUA IV.- ADMINISTRACION FORESTAL V.- FORMAS DE PROPIEDAD DE LAS TIERRAS FORESTALES VI.- CONCESIONES MADERERAS VII.- LA INDUSTRIA MADERERA EN NICARAGUA VIII. RESUMEN DE LA LEGISLACION FORESTAL VIGENTE SEGUNDA PARTE DETERMINACION DE LAS NECESIDADES IX.- EL GOBIERNO Y LOS BOSQUES X.- ANALISIS DE LAS LEYES FORESTALES VIGENTES XI.- POLITICA FORESTAL PARA NICARAGUA TERCERA PARTE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES XII.- CONCLUSIONES XIII.- RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFIA APENDICE (Leyes Forestales vigentes de Nicaragua)

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¿Es viable la coexistencia de acciones de participación y deliberación con el ejercicio de la representación parlamentaria? ¿De qué manera la tecnologia de la información y comunicación ha auxiliado el proceso de interacción entre la sociedad y el parlamento en el cotidiano dei legislativo? ¿Estamos cercanos a un sistema híbrido de democracia representativa y participativa con la incorporación en la agenda legislativa de maneras efectivas de coproducción de leyes? Esta obra intenta responder a estas preguntas, además de evaluar otras experiencias intemacionales con este mismo objetivo. El libro tiene como base el estudio de dos casos en especial de prácticas participativas digitales desarrolladas por parlamentos: el programa e-Democracia de la Cámara de Diputados brasileños y el proyecto Senador Virtual dei Senado chileno. El texto se desarrolla mediante el análisis sistemático de los aspectos institucionales que abarcan elementos organizacionales y políticos, así como de los aspectos sociales comprometidos en la aplicación de la democracia digital en parlamentos. La investigación indica que estos proyectos, en el punto en que se encontraban en el año 2010 presentaron resultados aunque incipientes en lo que concieme a la mejoría de la representatividad en la toma de decisiones, de agregación de inteligencia colectiva, en el proceso legislativo y de la transparencia por parte de la actuación parlamentaria, elementos apreciados por la democracia participativa y deliberativa. No obstante, dichas experiencias poseen el mérito de contribuir con la construcción gradual de mecanismos participativos más efectivos y complementarios ai sistema político.

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Examina o direito de propriedade intelectual e o domínio público intelectual, relacionando os tratados internacionais e as normas brasileiras sobre o asssunto.