776 resultados para Procedimientos civiles-Durango


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Se establece los órganos y procedimientos de funcionamiento de la CELAC: 1.- Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; 2.- Reunión de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; 3.- Presidencia Pro Témpore; 4.- Reunión de Coordinadores Nacionales; 5.- Reuniones especializadas; 6.- Troika.

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La doctrina militar latinoamericana ha provisto a los institutos armados de la región de concepciones que justifican la intervención en el sistema democrático cuando la patria está en peligro. Ante las ineficiencias del sistema político y las profundas tensiones sociales bajo las que vivía Venezuela y Ecuador en 1992 y 2000, facciones de la institución armada intervinieron para imponer como solución la total reforma del sistema político. A pesar de lo fugaz de estos movimientos, sus líderes se posicionaron en el imaginario popular como una suerte de héroes de la nueva independencia. Utilizando un discurso antipolítico, Hugo Chávez alcanzó la presidencia venezolana en 1998, y retomando los mismos elementos discursivos Lucio Gutiérrez logró también la presidencia ecuatoriana en 2003. No obstante, las distancias entre los dos presidentes tienen un origen ideológico, que se vuelve más evidente en la dirección gubernamental de cada uno. Un elemento que en el fondo acerca las posiciones de los dos presidentes es la preservación de la estabilidad de su mandato, aunque la forma de lograrlo es diametralmente opuesta, pues mientras en Venezuela se intenta relegar a la vieja clase política, en Ecuador la estrategia utilizada es aliarse con esa clase. Al final, los partidos dirigidos por estos coroneles ingresaron al sistema político generando grandes expectativas cuyo cumplimiento puede señalar la fundación del nuevo Estado, mientras que su falla al hacerlo significará un paso deslucido por la presidencia.

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El presupuesto referencial dentro de la contratación pública en el Ecuador, ha sido un elemento que sirve para seleccionar el proceso de contratación a seguir, un requisito que se exige al momento de elaborar el Plan Anual de Contratación y una exigencia al momento de solicitar la certificación presupuestaria, que contenga los fondos necesarios para llevar a cabo una contratación. En la Subasta Inversa Electrónica, el presupuesto referencial se lo fija sin un criterio homologado entre entidades contratantes, mientras que en los convenios marco que se desarrollan para la provisión de bienes en el Catálogo Electrónico, el SERCOP lleva un proceso que no permite garantizar que los valores de los bienes ofertados que deben ser adquiridos con el carácter de obligatorios por las entidades contratantes, sean los mejores del mercado. La efectiva o errónea determinación del presupuesto referencial en los procesos de contratación y la inteligencia en las compras públicas, provoca una afectación en el gasto público, evidenciándose que las políticas que contiene el Plan Nacional de Desarrollo y los lineamientos que la cartera de Estado encargada de las Finanzas expide para efectuar los gastos, son fastuosos postulados muy bien fundamentados, pero que difícilmente son entendidos y puestos en práctica. El presupuesto referencial es un factor trascendental para el cumplimiento de los objetivos de todo Gobierno, ya que permite pasar de lo planificado a lo realizado, por esto es necesario analizar sus componentes, su naturaleza y su importancia para la Administración, a fin de poder determinar su posicionamiento real dentro las compras públicas y su estrecha relación con el gasto público.

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El presente trabajo investigativo, tiene como objetivo principal analizar la aplicabilidad del principio de igualdad en los procedimientos precontractuales establecidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, al incorporar la institución jurídica de la contratación preferente, y realizar un estudio comparado respecto de las contrataciones preferentes en otras legislaciones. El principio de igualdad, uno de los más importantes en el ámbito de la contratación pública, exige que todos quienes se hallen aptos para concurrir a un proceso de contratación reciban igual trato sin discriminación alguna. Las entidades contratantes deben establecer condiciones que permitan una participación igualitaria, sin incluir requisitos que limiten o sitúen a determinados oferentes en una posición de superioridad o de preferencia. La incorporación de la institución jurídica de la contratación preferente, al parecer, quebrantaría el principio de igualdad; por ello, se pretende analizar su aplicabilidad en los procedimientos precontractuales, con énfasis en la cotización y menor cuantía, e identificar como opera este principio al incluirse márgenes de preferencia a favor de actores de economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas empresas, y si tal preferencia, convierte a estos procedimientos en incluyentes y excluyentes a la vez, por las características establecidas en cada uno de ellos. La investigación que consta de tres capítulos, se desarrolla desde la óptica del Derecho administrativo, se aborda el principio de igualdad como equidad, lo que permite identificar la importancia del mismo en los procedimientos precontractuales, a través del análisis jurídico comparativo, histórico y jurídico constitucional, así como el legal actual, que establece ciertas excepciones que relativizan al principio de igualdad; permitiendo despejar las dudas respecto de su aplicabilidad.

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El presente trabajo analiza la interpretación intercultural del debido proceso – concretamente en las garantías del derecho a la defensa, del derecho a ser escuchado, el derecho a presentar, actuar y contradecir pruebas, y la obligación de motivar las decisiones del poder público–, en el contexto de las decisiones adoptadas en casos en los que se ha juzgado a adolescentes infractores. Dicho análisis se realiza con el objeto de determinar el estatus de protección de dichos derechos en la jurisdicción indígena, en comparación con la jurisdicción ordinaria, para así determinar la plausibilidad de criterios que tienden a favorecer a la segunda, en detrimento de la primera. La investigación se ha efectuado en dos dimensiones: La primera, de orden jurídicoconstitucional, describe y analiza tanto la potestad jurisdiccional de las autoridades de lascomunidades, pueblos y nacionalidades, como de las garantías del debido proceso anteriormente descritas; todo esto, bajo el enfoque de la protección integral que la Constitución de la República prevé para situaciones en las que se vean involucrados niños, niñas y adolescentes. La segunda dimensión, efectúa un análisis a través del estudio comparativo de casos y de las resoluciones adoptadas por las autoridades en cada uno de ellos. El primer caso se refiere al procedimiento que se sigue en la justicia ordinaria para el juzgamiento de adolescentes infractores, en el cual se aplican normas especializadas contenidas en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. En el segundo caso se juzga a dos adolescentes indígenas en el ámbito de la jurisdicción ordinaria, por medio de una interpretación cultural de las normas del debido proceso. El tercer caso se desarrolla en su totalidad dentro de una comunidad indígena, en aplicación de las normas consuetudinarias propias. Por último, se hace referencia al juzgamiento de adolescentes indígenas por sus propias autoridades, en coordinación y colaboración de operadores de la justicia ordinaria. A raíz del análisis antes descrito se ha podido determinar que las garantías antes expuestas están presentes en los procedimientos seguidos por la jurisdicción indígena si se recurre a una interpretación intercultural de los mismos. No obstante, se ha observado que existen falencias en la coordinación y cooperación entre autoridades de ambas jurisdicciones.

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En el presente trabajo se desarrolla el testimonio anticipado (anteriormente denominado testimonio urgente) realizado a las presumibles víctimas en los procesos penales en la investigación (anteriormente denominada indagación previa) en el delito de violación, en la cámara de Gésell, para determinar si en su recepción existen vulneraciones a los derechos de la víctima y del procesado. La motivación principal de esta temática, radica en la innegable importancia y beneficio de los testimonios en cámara de Gésell para la protección de los derechos de la víctima, y celeridad procesal; sin embargo, no se puede dejar de lado la protección de los derechos de la o el sospechoso. Se abordan temas primordiales que permitirán esclarecer estas características, respecto al testimonio anticipado-urgente tomado en cámara de Gésell, que al ser un medio probatorio en materia penal, sugiere el análisis del tipo de sistema penal que se encuentra vigente en el Ecuador, que es de vital importancia para determinar los medios probatorios que en materia penal en el Ecuador deben servir de fundamento al juez para emitir su sentencia, en adición con la utilización de medios tecnológicos, que han ayudado a perfeccionar dichos medios (cámara de Gésell). En virtud de lo cual, se podrá establecer el enfoque ecuatoriano respecto a la protección de los derechos de las partes procesales involucradas en un proceso penal, y si la innovación de medios probatorios en el Ecuador, responde o no a la realidad ecuatoriana en razón del sistema penal vigente, o en su defecto a una realidad de un país distinto. Por tanto, se desarrolla y analiza lo expresado por la normativa tanto del derogado Código de Procedimiento Penal, del Código Orgánico Integral Penal, y del procedimiento establecido por el Consejo de la Judicatura en el Ecuador, en el uso de la cámara de Gésell para la recepción de testimonios anticipados de víctimas de delitos de violación, así como el valor que tiene esta prueba testimonial para la determinación de una sentencia condenatoria por parte de las y los administradores de justicia.

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Esta investigación busca determinar si los procedimientos administrativos y judiciales establecidos en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor permiten que los consumidores puedan acceder a una tutela eficaz de sus derechos como consumidor en la adquisición de bienes o servicios. En un inicio, se identificarán nociones fundamentales de lo que es el derecho del consumidor; su avance histórico a nivel mundial centrándose posteriormente en América Latina, para finalmente explicar su formación y desarrollo en el Ecuador; a continuación se explicarán cúales son los derechos que los justiciables tienen como consumidores, así como cúales son los procesos a los que en las vías administrativas o judiciales tienen la posibilidad de acceder. Se realizará un trabajo de campo e investigativo, que consiste en obtener información en los órganos administrativos (Defensoría del Pueblo) y judicial (Comisarías e Intendencia de Policía Nacional de Quito, Juzgados de Contravenciones y Juzgados de Garantías Penales de Quito) desde el 2005 hasta la fecha, a fin de elaborar una base de datos que permita identificar cuántos procesos de defensa de consumidor se han realizado y se han resuelto en los ámbitos administrativos y judiciales. La investigación realizada determinará si se han establecido sanciones por incumplimiento a los derechos del consumidor por la adquisición de bienes o servicios, en los ámbitos administrativos y judiciales. Finalmente, tendremos como resultado de esta investigación, un aporte de información para los organismos encargados de tutelar los derechos del consumidor, para tomar acciones que permitan a los justiciables acceder a mecanismos adecuados y expeditos que los amparen, cuando por la adquisición de un bien o servicio sus derechos hayan sido vulnerados.

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Es indudable que la tendencia del derecho público, en tiempos de globalización se caracteriza por ceder mayor participación a los particulares en la realización de obras y en la prestación de servicios públicos; por esta razón, el Estado ha incursionado en nuevas formas de realización de estos procesos en torno al nuevo sistema de compras públicas. Por lo expuesto, es importante analizar el Gobierno Electrónico y su relación con la contratación pública estatal a nivel nacional e internacional y el avance que esta ha tenido, vinculándose a la contratación pública en el proceso de gobernanza electrónica o política pública que el Estado determina o genera a fin de que se ejecute la debida y correcta aplicación de las herramientas integrantes de un gobierno electrónico con el objetivo de dinamizarlo. Así también conocer las características de la gobernanza electrónica y el gobierno electrónico en el Estado, definiendo cada uno de los elementos que integran la contratación pública electrónica, sus objetivos, los mismos que nos permiten visualizar la relación estricta entre la Gobernanza Electrónica, gobierno electrónico y contratación pública electrónica. La contratación pública electrónica en el Ecuador para su instauración y fortalecimiento ha requerido de varios actos administrativos que motiven oficialmente el uso de una plataforma electrónica, lo que ha conllevado al legislativoejecutivo y a sus instituciones a emitir instrumentos legales como acuerdos, leyes, reglamentos y resoluciones, en los cuales se determine la normativa clara para el uso y aplicación de estas herramientas de contratación; se analiza los instrumentos legales de vital importancia que sirvieron de antecedente para la construcción y funcionamiento del Sistema Nacional de Contratación Pública en el Ecuador, así como también las características actuales del mismo especialmente en relación a los procedimientos dinámicos catálogo electrónico y subasta inversa electrónica.

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La Constitución del año 2008 establece que uno de los deberes primordiales del Estado es la planificación del desarrollo nacional, que tiene como propósito a corto, mediano y largo plazo, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para de esta forma acceder a lo que se ha denominado como el buen vivir. Para su realización y consecución el denominado Régimen de Desarrollo, contiene normas que guardan concordancia con algunos aspectos fundamentales como son el sistema económico y las políticas económica,fiscal y comercial; y los intercambios económicos y comercio justo que integran las compras públicas y la regulación y control del mercado, en el cual interactúan los proveedores deobras, bienes y servicios, tanto para el sector público como privado. En la misma línea de pensamiento, debo mencionar que el ordenamiento jurídico ha evolucionado en relación con los preceptos constitucionales, para lo cual contamos a la fecha con relativamente reciente legislación en materia de contratación pública y derecho de la competencia. No obstante, la presente investigación pretende determinar si se aplica o no el principio de libre competencia en los procedimientos de Régimen Especial realizados al amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, cuya naturaleza de contratación en la mayoría de los casos es directa. Para el cumplimiento de lo anterior, primeramente se hará un repaso de la libre competencia y la evolución del derecho de la competencia en derecho comparado y lo que ha sucedido en el Ecuador, para posteriormente introducirnos en el análisis de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado. Posteriormente continuaré con el estudio de la libre competencia y la contratación pública desde la perspectiva constitucional, la confluencia de ambas ramas del derecho, y una introducción a los procedimientos de Régimen Especial. Finalmente, se profundizará en el estudio sobre aplicabilidad y eficacia del principio constitucional de libre competencia en los procedimientos de Régimen Especial realizados al amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

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In this work, we present an approach for neutron fluence measurements based on natural thorium thin films and natural uranium-doped glasses calibrated through natural uranium thin films to be used for dating with the Fission-Track Method (FTM). This neutron dosimetry approach allows the employment of FTM even when dating is carried out using low neutron themalization facilities. Besides, it makes possible the determination of the Th/U ratio of the mineral to be dated. Durango apatite which is often employed in FTM as an age standard was analyzed. This apatite presented a fairly high Th/U ratio, 29.9 +/- 1.7. Th fissions were 18%, 12% and 10% of the total for irradiations where thermal to fast neutron flux ratios were 2.4, 4.4 and 5,2, respectively. These results show that Th fission must be considered for this apatite, when not well-thermalized irradiation facilities are used. The ratio between spontaneous and induced track length, L(S)/L(1), close to 0.89, indicates a certain amount of rejuvenation of the age of Durango apatite. Therefore, its apparent age should be corrected, the application of a technique based on track-length measurements produced a corrected age of 29.7 +/- 1.1 Ma, consistent with the independent reference age of this apatite (31.4 +/- 0.5 Ma). This result represents a support for viability of the neutron dosimetry approach studied in this work for FTM.(C) 2002 Elsevier B.V. B.V. All rights reserved.

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