772 resultados para INTERPRETACIÓN DEL DERECHO
Resumo:
En la sociedad europea crece la preocupación por el retorno de tendencias fascistas y neonazis y por la extensión de ideologías xenófobas y antisemitas, algunas de ellas alimentadas a partir de tesis de negacionistas de aquellos trágicos eventos de nuestra historia reciente. La lucha frente a los discursos negacionistas se ha llevado más allá del ámbito social y académico, y se ha propuesto la incorporación en los ordenamientos jurídicos europeos de tipos penales específicos que incriminan este tipo de discurso: negar, banalizar, o justificar el Holocausto u otros genocidios o graves crímenes contra la humanidad. Esta legislación, que encuentra su mayor expresión en la Decisión marco 2008/913/JAI, aunque castiga un discurso socialmente repugnante, sin embargo presenta dudas en cuanto a su legitimidad con un sistema de libertades erigido sobre el pilar del pluralismo propio de los Estados democráticos. Surge así la cuestión de si pueden estar surgiendo «nuevos» delitos de opinión y a ello se dedica entonces la presente tesis. El objetivo concreto de este trabajo será analizar esta política-criminal para proponer una configuración del delito de negacionismo compatible con la libertad de expresión, aunque se cuestionará la conveniencia de castigar penalmente a través de un específico delito este tipo de conductas. En particular se pretende responder a tres preguntas: en primer lugar, ¿el discurso negacionista debe ampararse prima facie por la libertad de expresión en un ordenamiento abierto y personalista y cuáles podrían ser las «reglas» que podrían servir como criterio para limitar este género de manifestaciones? La segunda pregunta sería entonces: ¿Cómo podría construirse un tipo penal respetuoso con los principios constitucionales y penales que específicamente incriminara este género de conductas? Y, como última pregunta: ¿Es conveniente o adecuada una política criminal que lleve a crear un específico delito de negacionismo?
Resumo:
Existe un amplio consenso internacional de que los flujos de inversión en el sector agrícola en los países en desarrollo necesitan ser aumentados. Pero hay también acuerdo en que estas inversiones deben ser sostenibles. Para ser sostenibles, no sólo ha de ser beneficioso para la economía pública, sino también para los hogares rurales y el medio ambiente en el corto y el largo plazo. Para que las inversiones sostenibles tengan lugar, dependera sobre todo del marco jurídico en el que estas inversiones estén situadas. Esto es cierto para los marcos jurídicos nacionales, tanto del país de origen como del país receptor de la inversión. Pero los marcos jurídicos internacionales en los que están inmersos los estados de origen y de acogida también establecen incentivos positivos o negativos para que las inversiones sean sostenibles. Este trabajo presenta una visión general de los marcos normativos que vienen a centrarse en este aspecto. A continuación, se profundiza en la regulación del comercio internacional de productos agrícolas, asumiendo que las inversiones sostenibles en la agricultura suponen un “régimen de comercio sostenible”. De esta manera, el artículo presenta las partes del debate sobre un régimen comercial agrícola sostenible, como ha sido desarrollado por la autora en los últimos años.
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Actividades desarrolladas durante el período: relevamiento de información secundaria; Consulta bibliográfica; Elaboración de guías de entrevistas; Selección de informantes claves; Desarrollo de entrevistas con responsables y trabajadores de la salud; Análisis de las entrevistas con responsables y trabajadores de la salud; Elaboración del informe de avance.
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Pocas veces ha sido abordado desde la Sociología del Conocimiento el fundamento interno de los discursos elaborados en el campo de la Sociología del Derecho. Aun más, las posiciones filosóficas que sustentan estos discursos raramente fueron expuestas con total claridad. Aquí se mostrarán las razones por las cuales en la Sociología del Derecho se obtienen conclusiones teóricas y políticas no sólo diferentes sino que contradictorias. Esto a causa de tomar como punto de partida distintos métodos sociológicos de investigación. En pocas palabras, se señalará cómo en la Sociología del Derecho se refleja la oposición histórica que enfrenta a los métodos sociológicos holistas con los métodos individualistas.
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Fil: Diario Los Andes (Mendoza, Argentina).
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Fil: Yerga de Ysaguirre, M. C.. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Filosofía y Letras. Instituto de Filosofía Argentina y Americana
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Fil: Yerga de Ysaguirre, M. C.. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Filosofía y Letras
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Fil: Lucero, Ignacio.
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Los derechos y obligaciones constitucionales frente a la prestación del servicio de aborto, reconocidos a partir de la sentencia C-355/06 y la jurisprudencia posterior de la Corte Constitucional, tienen plena vigencia. Sin embargo, la suspensión del Decreto Reglamentario 4444 del Ministerio de Protección Social por parte del Consejo de Estado, ha creado una confusión generalizada que puede poner en peligro los derechos a la vida, a la salud, a la integridad personal y a la dignidad humana de las mujeres colombianas. Por esta razón Women´s Link Worldwide decide elaborar esta publicación, que compila de manera sistemática los diferentes lineamientos constitucionales que deben seguirse para la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE)
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Documental de Dorothy Fadiman (EU, 1998, http://dorothyfadiman.com/) Como resultado de una legislación restrictiva, de recortes en el presupuesto y de acosos y violencia, el acceso al aborto legal a finales de los 90 estaba disminuyendo en Estados Unidos. ¨La fragilidad del derecho a decidir¨ expone cómo estas condiciones afectaban la vida y trabajo de los proveedores de servicios médicos y la vida de las mujeres que buscaban la interrupción legal de su embarazo. La lucha por el ejercicio pleno de los derechos reproductivos, incluyendo el aborto, continúa en Estados Unidos
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Disponible la versión en español y la versión en inglés de la publicación.