998 resultados para DERECHOS HUMANOS - ASPECTOS CONSTITUCIONALES - COLOMBIA


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La Iniciativa IIRSA, que consiste en el impulso de la integración regional sudamericana a través de obras de infraestructura para el comercio, amenaza seriamente los derechos de las poblaciones y los sistemas ecológicos del continente. Tanto el ambiente como las personas están en riesgo por proyectos de gran envergadura con inadecuada planificación, que abarcan represas hidroeléctricas, carreteras, oleoductos, gasoductos, hidrovías, etc. En Ecuador, el eje multimodal Manta-Manaos es el proyecto de IIRSA que más ha motivado la alerta en la sociedad civil y las organizaciones indígenas, ya que buscaría convertir al río Napo en una hidrovía para el transporte de mercaderías en grandes cantidades, poniendo en peligro uno de los puntos de mayor diversidad biológica del planeta por su especial ubicación, así como los derechos de las personas pertenecientes a las comunidades indígenas y campesinas de la zona. En este marco, es de suma importancia el respeto y garantía de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y tribales, quienes han conservado su modo de vida tradicional a lo largo de los años. Dada la particular relación con sus territorios, son ellos quienes deben decidir, por medio de adecuados procesos de consulta previa y consentimiento libre e informado, sobre la posibilidad de ejecutar proyectos de “desarrollo” o “integración regional” en sus territorios ancestrales. Los objetivos específicos de este trabajo son dar a conocer la existencia de la Iniciativa IIRSA y su cartera de proyectos en el Ecuador, definir los estándares ambientales y de derechos humanos que debe cumplir un proyecto de infraestructura y analizar el proyecto Manta-Manaos desde un enfoque jurídico, tomando como eje su adecuación a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. En este sentido, resultan fundamentales los avances jurídicos recogidos en la normativa internacional, principalmente en el Convenio No. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que constituyen instrumentos jurídicos clave para la exigibilidad de estos derechos. Del mismo modo, el establecimiento de garantías ya no sólo jurisdiccionales, sino también políticas y normativas en la nueva Constitución, son avances que debemos aprender a utilizar para la protección de los derechos y el ambiente. En esta investigación, en primer lugar se hace una aproximación descriptiva a IIRSA, a continuación se describe la cartera de proyectos de la iniciativa en el Ecuador, tanto del Eje Andino como del Eje Amazónico, pasando directamente al análisis del proyecto del eje multimodal Manta-Manaos y los estándares internacionales ambientales y de derechos humanos aplicables en el diseño, ejecución y funcionamiento de proyectos de infraestructura. En esta sección se tratan los estándares internacionales en materia de participación social, consulta previa, consentimiento libre e informado en relación a derechos colectivos de los pueblos indígenas, acceso a la información pública, beneficios compartidos y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental, así como del derecho al desarrollo como un derecho síntesis, que pretende un reforzamiento y profundización de la indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos. Finalmente, esbozamos algunas conclusiones y recomendaciones.

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El objetivo de la educación para la paz es transformar la cultura basada en la violencia por la cultura de paz a nivel de toda la humanidad. Es una concepción holística e interdisciplinaria, que incluye, entre otros saberes, la educación en los derechos humanos, el desarrollo y el medio ambiente, la prevención y resolución de conflictos, la seguridad humana, la reconciliación y los estudios de género. Fomenta una actitud crítica y reflexiva ante los medios masivos de comunicación, alienta el multiculturalismo, el respeto y la solidaridad y se concibe como un proceso participativo y creativo, que invierte roles tradicionales para promover nuevos escenarios de poder, más cooperativo que competitivo. La educación para la paz busca formar líderes con óptica y mentalidad de paz, especialmente basada en la educación de niños, niñas y jóvenes, pero también en la reeducación de adultos que deben aprender nuevas formas de relacionarse, más allá de las formas violentas tradicionales que hemos heredado por generaciones. La educación para la paz, busca la educación de la sociedad misma, siendo estratégico y muy importante el trabajo con educadores para la paz.

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La educación es un proceso global de la sociedad y como tal una herramienta básica de creación y regeneración de la cultura. Y es esta última, la cultura, el modo de pensar y de operar, lo que permite que las personas nos situemos activa y críticamente en el mundo, vivamos en él y lo construyamos a nuestra medida. La Educación en Derechos Humanos (EDH) forma parte del proceso social en su integralidad. Para los educadores cubanos es un tema que reviste suma importancia; existe total coincidencia en que la escuela está llamada a denunciar y a preparar a sus estudiantes para que luchen por un mundo mejor, donde cada uno de los derechos humanos sea respetado y acatado. La escuela no debe ser ajena a la problemática que vive la sociedad. No se puede perder de vista que los derechos humanos desde un punto de vista egocéntrico e individualista, tienen como pilar fundamental el respeto de los derechos de los otros y hace responsable a cada uno del deber de hacer fructificar ese mismo derecho que nos es dado a los demás. En Cuba se define el trabajo educativo como esencialmente ideológico, que relaciona la formación política, los valores morales aglutinantes como la dignidad humana y la intransigencia ante la dominación extranjera y la solidaridad humana. La política educativa cubana y las perspectivas de los actores involucrados en la formación docente coinciden en comprender la EDH desde una definición que integra un conjunto de significados principales en el contexto cubano actual, contentivos de la formación en valores morales y normas sociales, la educación sobre el orden jurídico nacional, la educación para la preservación de la salud, para la defensa nacional y el internacionalismo.

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En Alemania ha tomado vuelo durante los últimos años, una discusión entre los que trabajan en los alrededor de 60 sitios que recuerdan los crímenes del nacionalsocialismo, y los educadores de derechos humanos en diferentes instituciones. Este debate ha sido difícil porque los participantes vienen de culturas educativas un tanto separadas, pero también muy fructífero porque se han visualizado algunos problemas generales de gran interés. En los centros de memoria se pone, con cada vez más urgencia tres o cuatro generaciones después del nacionalsocialismos, la pregunta del porqué y del cómo informar sobre los crímenes atroces de los nazis, a personas que ya no comparten los recuerdos muy emocionales y muchas veces dolorosos de sus antepasados. Y en la educación de derechos humanos se siente muchas veces que no basta enseñar la doctrina de derechos humanos desarrollada en las últimas décadas, y tal vez señalar una u otra de las muchas situaciones de graves violaciones a los derechos humanos que subsisten en el mundo. Las raíces mismas de esta doctrina de derechos humanos, es decir la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), nos remiten a la época del nacionalsocialismo y los esfuerzos después de su derrota de crear un ideario y un instrumento para que aquellos crímenes nunca más se repitan.

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Experiencia del trabajo en red que permitió la constitución del Programa Andino de Derechos Humanos, de la Universidad Andina Simón Bolívar, sede Ecuador y una serie de universidades del Área Andina y de América Latina, entre los años 2002 a 2008.

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El análisis de la relación derechos humanos (DDHH), en particular los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) y las políticas públicas es fundamental para la concreción de los derechos, y estos no sean solamente contenidos de carácter meramente declarativo. El enfoque de derechos implica la distinción entre un derecho y una necesidad. Mientras las necesidades no tienen valor de obligación y no se pueden demandar su cumplimiento por parte del Estado, los DDHH tienen una base legal y exigible local e internacionalmente. Mientras los DDHH se relacionan con el SER, las necesidades se relacionan con el TENER, y esto implica un marco temporal acotado y no necesariamente sustentable en el tiempo. El enfoque de derechos no concierne a un gobierno específico o a una corriente política sino que configura una obligación por parte del Estado de honrar la dignidad humana. En este sentido el aparato del Estado tiene las competencias, posibilidades y mandato de implementar políticas y programas para garantizar la calidad de vida de los habitantes. En América Latina, los Estados han firmado y ratificado los instrumentos fundamentales internacionales en materia de protección de DDHH, y por lo tanto están obligados a proteger, garantizar y promover los DDHH de la población. La protección y promoción de estos derechos pueden encontrar una vía efectiva a través de las políticas públicas. Analizar la vinculación del enfoque de derechos en las políticas públicas es pues el objetivo de este artículo, de manera de contribuir íntegramente con este enfoque desde el diagnóstico y diseño de las respuestas e iniciativas estatales.

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En la América Latina de la transición entre siglos la noción/valor de “desarrollo” está fuertemente cruzada y oscurecida por diversos factores: uno de ellos es la articulación de la liquidación del modelo de ‘desarrollo’ de postguerra (Segunda Guerra Mundial) con el ingreso a un modelo de crecimiento económico (Consenso de Washington, primera y segunda fase) que cuestiona tanto la base social y humana como administrativa y geográfica del ‘desarrollo’. Este factor de oscurecimiento acentúa su incidencia porque el modelo de crecimiento, determinado por la acumulación a escala global o mundial, suele ser utilizado como conduciendo al ‘desarrollo’. Sin embargo, aquí el último término no hace relación directa (algunos dirían que ni siquiera indirecta) a la calidad de la existencia humana de las poblaciones involucradas en la acumulación de capital a escala global. La ‘modernización’ eventual de estas poblaciones no es sinónimo de una mejoría en su calidad de vida, sino básicamente de su inserción, privilegiada o no, en los circuitos de la economía transnacionalizada. Esto quiere decir que el crecimiento/’desarrollo’ sigue una teleología no alternativizable, lo que le confiere un carácter saturante o totalitario.

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El concepto tradicional de políticas públicas las define como “programas de acción de una autoridad pública o el resultado de la actividad de una autoridad investida de poder público” o como las acciones y omisiones del Estado, que pretenden interpretar las demandas de la sociedad e incidir en la vida de los ciudadanos. Partiendo de ahí, proponemos como concepto de las políticas públicas con enfoque de derechos humanos (ddhh) a la articulación racional de acciones y omisiones del Estado, y sus resultados, basadas en: las obligaciones contraídas voluntariamente por los Estados a través de distintos instrumentos de ddhh y la definición participativa de los principales problemas y necesidades por parte de la población; así como en su participación en el diseño, monitoreo y evaluación. El presente trabajo es una propuesta para la conceptualización y abordaje de los indicadores de ddhh como herramientas de las políticas públicas con enfoque de ddhh.

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Las políticas públicas, independientemente de su objeto, ejercen influencia sobre la realización de los derechos humanos y están llamadas a traducir las vindicaciones de los derechos humanos en reglas operacionalizables y en prácticas sociales que le permitan a los Estados cumplir con sus obligaciones internacionales en la materia. Los derechos humanos, a su vez, están llamados a inspirar las políticas públicas y requieren acciones afirmativas de los Estados, y por ende, políticas públicas que favorezcan su reconocimiento, respeto y realización. En este marco de ideas, el presente artículo se propone ilustrar la relación entre los derechos humanos y las políticas públicas a través de la presentación de algunas propuestas para incluir el enfoque de los derechos humanos en las políticas públicas y para elaborar políticas públicas en materia de derechos humanos. El artículo concluye con la presentación de los principales desafíos frente a la plena realización de los derechos humanos a través de las políticas públicas en la época contemporánea.

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Las cárceles, en cualquier parte del mundo, siguen presentándose como uno de los grandes retos para las sociedades democráticas. Creadas para ejercer una función punitiva, han ido, poco a poco, dando lugar a las ideologías de humanización centradas en la rehabilitación de los reclusos de forma que se inserten en la sociedad. Sin embargo, Foucault recuerda que la prisión moderna “se fundamenta en su papel de aparato para la transformación de los individuos”. En este sentido, ¿cómo lograr su objetivo y a la vez asegurar los derechos de los reclusos? ¿cómo garantizar el respeto a la dignidad en una institución donde el imaginario de justicia se convierte en sinónimo de venganza? De esto se aprehende que son muchos y muy variados los desafíos para mantener las instituciones disciplinarias acordes con los principios democráticos y de respeto a los derechos humanos, especialmente en países en vías de desarrollo. Aún más, si como en el caso brasileño, a la sociedad poco le importa lo que les pase a los reclusos. Ante este contexto, el presente artículo pretende discutir sobre el continuum de violaciones a los derechos humanos practicadas dentro de las cárceles brasileñas, bajo la indiferencia social y la connivencia gubernamental, a pesar de que la legislación internacional y nacional obligue a garantizar los derechos de los detenidos. Para ello se presentan los datos sobre el sistema carcelario brasileño: el cuantitativo de la población carcelaria y su perfil, el déficit de plazas, las malas condiciones de las cárceles, etc. Seguidamente, se discute las leyes que rigen la actuación del Estado brasileño en materia carcelaria. A la vez, se recopilan las informaciones de los principales informes acerca del tema, en los que se evidencian las violaciones más frecuentes. Por fin, se analiza más a fondo la actual realidad carcelaria en Brasil a partir del estudio desarrollado por la Comisión Parlamentaria de Investigación del Sistema Carcelario Brasileño del Congreso de Diputados, concluido el 2008.

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El funcionamiento del sistema de administración de justicia en lo que concierne a justicia penal ha sido objeto de duras críticas y reproches acerca de su reducida capacidad para garantizar adecuadamente los derechos y garantías de las personas que están reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por la República Argentina. En efecto, durante el año 2007 el Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina (OIP), ha podido constatar que, en general, no ha mejorado el acceso a la justicia de los sectores más vulnerables de la sociedad Argentina, y que, además, persisten serias deficiencias en los institutos de detención, las que unidas al incremento de la población carcelaria, comprometen severamente las condiciones y calidad de vida de los internos sin que esto contribuya en nada a los propósitos de la prevención general y especial del delito.

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En esta breve presentación intentaré una articulación entre el campo de las políticas públicas (PP) y el de los derechos humanos, a partir de una propuesta de conceptualización del Enfoque de derechos humanos en las políticas públicas. Se adelantará, en un primer momento, el concepto propuesto y, en un segundo, una explicación de sus componentes, fundamentos e implicaciones. Antes de iniciar me gustaría hacer una precisión, las PP son una disciplina a medio camino entre la ciencia política y la acción política. El concepto propuesto está centrado en la segunda dimensión. Pretende dar cuenta de criterios generales sobre el cómo gobernar con perspectiva de derechos.

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Esta presentación pretende abordar la relación de las políticas públicas con los derechos humanos en el área del sistema penitenciario focalizando en el problema de los hijos de mujeres presas. La prisión y la privación de la libertad de un niño es una de las violaciones más graves de los derechos humanos. Las consideraciones a seguir tienden a propiciar un debate público y contribuir para la formulación de políticas públicas en defensa de los derechos de los niños nacidos en la cárcel. El primer paso para la formulación de políticas públicas de atención a los derechos del niño y del adolescente consiste en realizar el diagnóstico de una situación, delimitando y especificando el problema y poder definir directrices generales. El segundo momento consiste en la fundamentación teórica de la problemática abordada. Será, por lo tanto, presentada la realidad de los niños encarcelados, para en seguida realizar una reflexión teórica a partir de los derechos humanos de los niños, de la conceptualización del Estado de Derecho y de las consideraciones sobre el sistema carcelario.

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Los “Retos de una nueva institucionalidad estatal para la protección de los derechos humanos” serán abordados desde tres ideas preliminares: (1) la conceptualización de los elementos constitutivos de una institucionalidad, (2) el proceso de su construcción, y (3) los paradigmas históricos que la contextualizan, los cuales serán descritos en la primera parte de este ensayo. En un segundo momento retrataremos, con los elementos conceptuales determinados en la primera parte, la institucionalidad en el estado liberal o estado legal de derecho. En la tercera parte, intentaremos demostrar que la institucionalidad de lo que debería ser el estado social de derecho o estado constitucional democrático todavía no está a la altura de las exigencias que emanan de las promesas de los derechos humanos. El objetivo de este ensayo es tratar de señalar algunas falencias que tiene la institucionalidad actual y sugerir algunas pistas para lograr una nueva que sea acorde con los derechos humanos. Sugeriremos al final que, para asumir los retos de una nueva institucionalidad, no debemos descuidar el generar paradigmas conceptuales, bajo la premisa de que las ideas y la movilización social pueden generar cambios que alteren realidades opresoras y excluyentes.

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La ponencia que este autor comenta ofrece algunas ideas que, desde el Derecho, aportan a la generación de un nuevo paradigma para la comprensión de la vida política en democracia. Para el efecto, la crítica a los supuestos centrales del Estado Liberal y a eventos que el ponente atribuye autoría a los ubicuos procesos de ajuste estructural, son las estrategias asumidas. Como consecuencia de ello, la propuesta transita entre la denuncia social y la reflexión académica. De allí que el trabajo permite extraer al menos tres ejes de discusión respecto a los que me referiré de forma somera a lo largo de estos comentarios. El primero tiene que ver con los vínculos entre Derecho y Política; el segundo se refiere a la distinción entre el científico y el político; y, el final, guarda relación con la investigación empírica, sus alcances y resultados sociales.