849 resultados para JUSTICIA RESTAURATIVA


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La Corte Suprema de Justicia de la Nación defiende en las primeras décadas del siglo XX el liberalismo económico, rechazando el intervencionismo del Estado según los principios del laissez faire. Con el propósito de no escindir el estudio de la jurisprudencia de su respectivo contexto, sino por el contrario, con una visión integradora del derecho y las ciencias sociales que procura la comprensión del fenómeno jurídico, se rastrean las fuentes inspiradoras de la ideología de la Corte. Determinadas doctrinas de derecho constitucional sustentan los fallos basadas en un pensamiento jurídico que, a su vez, constituye la expresión de una concepción política y filosófica. Son considerados los principios que permiten preconizar el liberalismo económico, la influencia del constitucionalismo norteamericano a través de destacados expositores como Thomas Mc Intyre Cooley, Christopher Tiedeman y Joseph Story, así como las bases constitucionales que actúan como fundamento, y las doctrinas de Juan Bautista Alberdi. El estudio se efectuó mediante la consulta de fuentes éditas, la edición oficial de Fallos de la Suprema Corte de Justicia Nacional con la relación de sus respectivas causas, y bibliográfica específica referida al pensamiento político-constitucional norteamericano.

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Se realizó un estudio de expedientes judiciales para verificar la presencia de lesiones dentarias en litigios judiciales y corroborar si los baremos aplicados fueron pertinentes. Siendo muy importante el porcentaje de casos donde no existió pérdida dentaria pero sí lesión y no existiendo un baremo que contemple estos casos, surge entonces la necesidad de formular un nuevo baremo o modificar los existentes para que se incluya no sólo la pérdida total del elemento dentario sino también los traumatismos que no producen pérdida del elemento dentario pero si lesión, porque representan una importante incapacidad masticatoria, fonética y estética. Se propone agregar a los baremos en uso o redactar un nuevo baremo que incluya la siguiente valoración: - En caso de fracturas dentarias con compromiso pulpar y traumatismos que producen pérdida de vitalidad pulpar, adjudicar un porcentaje de incapacidad del 50% de los valores otorgados por los baremos existentes (Bertini, Briñon, etc.) para la pérdida total de dicho elemento. En los casos de fracturas dentarias sin pérdida de vitalidad, otorgar un 25% de los valores de los baremos existentes.

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Este trabajo explora la idea de justicia social y, teniendo en cuenta el papel del espacio público, el pensamiento utópico de David Harvey sobre el futuro de las ciudades. Este conocido geógrafo inglés, que vive en EE.UU., dedica su vida a construir una teoría del desarrollo geográfico desigual con el objeto de elaborar propuestas alternativas que empiecen un proceso continuo de cambios progresistas en busca de una sociedad más justa. En "Espacios de esperanza", Harvey (2000) considera críticamente utopías de dos tipos: de forma espacial y de proceso social. La primera incluye las propuestas por Owen, Fourier, Howard, Corbusier, Wright y Jacobs – a pesar de que se opongan o complementen entre sí – pero en el contexto de las ciudades contemporáneas, las producidas por diversos agentes de la suburbanización de EE.UU en las ciudades de disneylandización de las ciudades con centros comerciales, la revitalización de los centros de las ciudades, en las utopías de condominios privados y otros.

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Aborto en debate. El 20 de Octubre del 2009 en el Congreso de la República se reunió la comisión revisora del Código Penal. Dicha comisión votó a favor de despenalizar el aborto en dos causales adicionales. Un paso importante en la conquista de los derechos de la mujeres.

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Desde la Alianza de abogadas/os por los Derechos Humanos de las Mujeres reconocemos el histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut que hizo lugar al pedido de aborto legal de una adolescente de quince años con un embarazo impuesto por una violación. Con esta sentencia la Corte termina por clarificar el alcance del artículo 86 del Código Penal, esto es, los casos actualmente permitidos por nuestra legislación penal. Asimismo establece pautas para la atención de las mujeres en situación de aborto no punible en los servicios de salud, y reclama que las autoridades nacionales y provinciales asuman sus responsabilidades para terminar con las barreras de acceso al aborto legal.

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Esta publicación tiene como objetivo crear conciencia crítica sobre las consecuencias de la práctica ilegal del aborto e informar sobre los acuerdos de la CIPD y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, con relación a los Derechos Sexuales y Reproductivos. Se hace hincapié en el imperativo de acatar la normativa que permite el aborto en casos de violación, incesto y estupro y cuando la salud y la vida de las mujeres están en peligro, así como la necesidad de atender los casos de aborto impune, sin discriminación ni violencia en los servicios de salud

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Fortalecer las estrategias de información y consejería de aborto con medicamentos en México.

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En Niñas y mujeres sin justicia. Derechos reproductivos en México se pretende dar continuidad a la información presentada en Omisión e indiferencia mediante la actualización de cifras, estadísticas y casos registrados, documentados y litigados por gire e integrantes de radar 4° hasta mayo de 2015. El presente informe ofrece un enfoque más especializado de los seis temas que gire ha definido como prioritarios para su trabajo: anticoncepción, aborto legal y seguro, violencia obstétrica, muerte materna, reproducción asistida, y vida laboral y reproductiva. La realidad sobre la situación de dichos temas se cuenta a partir de las historias de las niñas, mujeres y familias que gire ha representado y acompañado en la difícil búsqueda por el acceso a la justicia en México, y a quienes agradecemos la confianza depositada en nuestra labor. Son estos casos los que impulsan el trabajo diario y el compromiso de gire por los derechos reproductivos de las niñas y mujeres en el país. Niñas y mujeres sin justicia busca contribuir a un cambio. Por ello, incluye recomendaciones para las distintas autoridades que, de ser atendidas, acercarían a México al cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, en particular con relación a la capacidad de las niñas y mujeres para tomar decisiones con respecto a su reproducción.

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En este trabajo presentaré un recorte de mi investigación laboral, vinculado a una de las fuentes abordadas: las sentencias dictadas por los tribunales de trabajo en conflictos vinculados al servicio doméstico. En mi investigación considero a la economía informal integrada a la economía capitalista, antes que como prácticas pre-capitalistas y evidencias de una modernización insuficiente. El crecimiento de la informalidad antes que responder a una fragmentación de circuitos económicos, podría pensarse como una dualización social entre aquellos que pueden insertarse en un reducido núcleo del empleo asalariado, y una mayoría de trabajadores precarios que se ve obligado a negociar individualmente con el capital. Las diversas modalidades de trabajo informal serían, en esta línea, un exponente del proceso de "abolición" del trabajo asalariado. Desde la consolidación de una justicia laboral en Argentina, la informalidad laboral ha sido penalizada por las normativas que regulan las relaciones entre capital y trabajo. El servicio doméstico, con una regulación tardía y discriminatoria, ha sido frágilmente considerado "trabajo", entre otras razones porque se da por sentado que no contribuye al crecimiento del capital. Existen además condicionantes de género que han favorecido la invisibilización del carácter laboral del servicio doméstico, como su asociación a la "naturaleza" femenina del trabajo doméstico. La noción de "régimen de invisibilidad" que propongo en esta investigación, surge en contraste a los elementos que, según Robert Castel, 2 han permitido que el trabajo pasara de la esfera de la servidumbre a la esfera de la libertad. Según el autor, dos elementos centrales permiten la construcción del estatuto del salariado: el derecho del trabajo y la protección social. Es decir, el trabajo dejó de ser servidumbre al alejarse del "reino exclusivo del mercado", al superarse el régimen de meras transacciones interindividuales de trabajo por dinero. El espacio en que se desarrollan las tareas y la superposición de funciones con el trabajo femenino gratuito, contribuyen a esa invisibilización. La justicia laboral parece haber reforzado este "régimen de invisibilidad", y por lo tanto la informalidad laboral en el sector. Caracterizaré brevemente el discurso jurídico que permite afirmar esta hipótesis. Finalmente, propongo una reflexión acerca de los alcances y limitaciones de esta fuente para los estudios del trabajo, y una revisión de las explicaciones que desde las Ciencias Sociales se han dado a la segregación laboral del servicio doméstico