1000 resultados para Delitos contra la administración pública


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A partir de la reforma y codificación constitucional de 1998, realizado por la autoproclamada Asamblea Nacional Constituyente de 1997, se introdujo el principio de competencia en la Constitución ecuatoriana, determinando así la regulación de ciertas materias por ley orgánica, ciertas por ley ordinaria y ciertas por actos normativos con categoría normativa inferior a la ley. El mencionado principio de competencia tiene relevancia desde que ya no se aplica a rajatabla el principio de jerarquía que hasta antes de dicha codificación se utilizaba con mucha frecuencia cuando existían problemas de contradicciones normativas, ya que las normas jurídicas en general estaban perfectamente jerarquizadas, sin dar pábulo a confusiones sobre la aplicación de las normas. Evidentemente la Constitución ecuatoriana no determina expresamente la aplicación del principio de competencia, es más, en el artículo 272 de la Constitución se trata de jerarquizar el ámbito normativo, pero sucede que esto no es así, ya que no se puede interpretar la Constitución de manera absoluta y en contra de si misma. Es por lo dicho que en derecho constitucional existen mecanismos y métodos propios de interpretación constitucional como es el método tópico que en suma nos dice que a la constitución hay que interpretarla en función de los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica, corrección funcional, función integradora y fuerza normativa de la Constitución, que se explicarán ampliamente en el desarrollo de la tesis y mediante el cual llegaremos a la conclusión que la Constitución ecuatoriana determina claramente el principio de competencia. Es debido precisamente a este problema de interpretación de la Constitución, que en los actuales momentos, con este nuevo principio introducido en la constitución ecuatoriana, ha llevado a que el Congreso Nacional trate de regular mediante ley (sea esta orgánica u ordinaria) materias que la constitución ha asignado a otros órganos del Estado, lo que se traduce en una evidente arbitrariedad por parte del legislativo sobre potestades que la Constitución no le ha asignado, contrariando así el principio de legalidad consagrado en el artículo 119 de la Constitución que determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y lo funcionarios públicos no podrá ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley...”. La importancia de este tema desde el punto de vista académico es interesante desde que la aplicación del principio de competencia no es una invención ecuatoriana, es así que este principio de origen francés con la V República de 1958 es tomado en sistemas como el español, el chileno, el colombiano entre otros ya han determinado claramente la aplicación de este principio por sobre el principio clásico de jerarquía, determinando en su jurisprudencia que la creación y aplicación de la norma se la realiza en virtud de las competencias que la Constitución de cada país ha determinado a los órganos del poder público respectivos. Por último, la importancia social de este tema es evidente ya que el Congreso Nacional ecuatoriano utilizando un concepto ya superado, como es el de que la soberanía radica en ellos, pretende arbitrariamente regular materias que no le competen, provocando así una confusión en los operadores de la norma, como son la administración pública, los jueces y los administrados, utilizando el criterio de que una ley y mejor aun que una ley orgánica se aplica por sobre el resto del ordenamiento jurídico inferior en aplicación del principio de jerarquía y no del principio de competencia vigente a partir de la codificación y reforma constitucional de 1998.

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El objetivo central de la presente investigación se enfoca en explicar si el no sometimiento al impuesto a la renta de las ganancias ilícitas en el Ecuador, podría atentar contra la moral del Estado y del Derecho Tributario, e incluso lesionar los más importantes principios de la tributación como el de igualdad, generalidad, legalidad y capacidad contributiva. Con este propósito, realizaré una revisión de la finalidad que cumple la Administración Pública, el objetivo del Derecho Tributario y el aporte de los Principios Tributarios y su vinculación con la moral. Se estudiará además si el sistema jurídico ecuatoriano somete a tributación las rentas provenientes de actividades ilícitas, para luego analizar a través de casos concretos, si la renta proveniente del narcotráfico, contrabando y usura puede ser sujeta a imposición. Sobre la base de argumentos doctrinarios y normativos, complementados con un aporte personal, presentaré las posturas a favor y en contra de la tributación de rentas provenientes de fuente ilícita, para luego ubicar mi perspectiva al respecto.

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El artículo analiza la incorporación al Código Penal ecuatoriano (enero de 2000) de un capítulo que tipifica delitos contra el medio ambiente. El análisis comprende consideraciones sobre el bien jurídico protegido, la utilización recurrente de normas en blanco, la calificación de estas conductas como delitos de peligros, y los aspectos subjetivos. Luego se estudian en particular las distintas conductas tipificadas, señalando su alcance y destacando sus evidentes deficiencias.

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Si consideramos que el objetivo primordial del nuevo Sistema Nacional de Contratación Pública, según lo determina la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, es generar un cambio en la contratación aplicando entre otros los principios de transparencia y publicidad, adquiriendo bienes y servicios de mejor calidad, a menor precio y en el menor tiempo, fomentando la demanda interna de bienes y servicios para diversificar la producción nacional, impulsando la economía local, la libre ciencia, vigencia tecnológica, descentralización, desconcentración y simplificación administrativa, es importante analizar que incidencia tienen estos principios, particularmente en los procesos de licitación, puesto que éstos son los procesos de contratación que representan mayor inversión de fondos del Estado. Dentro de este contexto, los principios de transparencia y publicidad se constituyen en medios para proteger la integridad de las actuaciones de la Administración Pública, es decir, su aplicación se traduce en mecanismos para cumplir con los valores y bases de toda democracia y para evitar la temida corrupción. Por lo que, en el presente trabajo se ha realizado un análisis de la injerencia de estos principios de transparencia y publicidad en los procesos licitatorios, partiendo de un análisis histórico de las normas de contratación pública en el Ecuador, para posteriormente realizar un estudio comparativo con la ley vigente.

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La administración pública para la consecución de sus fines, entre otras actividades debe efectuar actos contractuales a fin de contratar obras, bienes o servicios que aseguren el bienestar de la colectividad. Con ese propósito, los actos preparatorios y precontractuales deben ser los establecidos en las leyes y reglamentos vigentes a la época de la contratación. Nuestra Legislación en materia de contratación pública ha sufrido un cambio profundo con la expedición de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y la implementación del portal de compras públicas, lo que ha modernizado el sistema de compras públicas en el Ecuador. La licitación es un procedimiento precontractual previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, cuya finalidad es elegir al proponente que realice la oferta más ventajosa para el Estado. Es un procedimiento legal y técnico al que deben sujetarse tanto la entidad contratante, cuanto los interesados en participar con el propósito de relacionarse jurídicamente con el Estado. La licitación pública en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, surge como una exigencia de la buena administración, como una condición de moralidad y también como una oportunidad para los administrados, que acrediten las mejores condiciones en la oferta para la entrega de prestaciones traducidas en obras, bienes o servicios de interés para la administración y a través de ella, del Estado, es decir, del interés general.

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El propósito principal de este trabajo de investigación es el de identificar los Factores de Riesgos Psicosociales en la Sección de Visas para No-Inmigrantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y analizar su incidencia en la gestión de servicio al cliente. De manera general, este trabajo de investigación se desarrolla en cuatro capítulos. El primer capítulo contiene aspectos teóricos referentes a la Seguridad, Higiene y Salud en las Organizaciones, donde se reflexiona sobre la situación actual ecuatoriana respecto a prevención de accidentes de trabajo y el déficit de información referida a factores de riesgo psicosociales. En un segundo capítulo se analiza a profundidad los tipos de riesgos psicosociales que podrían presentarse en el ámbito laboral y la necesidad de planificar programas de prevención y administración de riesgos psicosociales. En el tercer capítulo se visualiza al cliente y sus necesidades como indicadores que determinan el nivel de calidad de servicio. Por último, en un cuarto capítulo, se presenta un estudio de caso, en el que a través de la aplicabilidad de instrumentos de investigación, se identifican los riesgos psicosociales en la Dirección de Migración y Extranjería, Sección Visas para No-Inmigrantes y su posterior análisis de la relación con el servicio al cliente, para finalmente proponer un programa de prevención y administración de riesgos psicosociales que pueda ser aplicado en la Institución, con el fin de fomentar una cultura preventiva y generar un lugar con condiciones de trabajo óptimas para el recurso humano.

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Se conoce que tradicionalmente los países de América Latina han tenido serias dificultades para recaudar impuestos, especialmente los directos. Al ser la región del mundo con peores indicadores distributivos, se pone al descubierto la necesidad de una demanda insatisfecha de políticas redistributivas y de mayores recursos fiscales para su financiamiento, por lo que muchos países de la región se han visto en la necesidad de adoptado de alguna manera algún impuesto o régimen especial de tributación heterodoxa, con el fin de mejorar sus ingresos tributarios. Las Administraciones Tributarias se erigen como instancia pública de suma importancia al ser las responsables de conseguir y canalizar buena parte de los recursos financieros para desarrollar políticas públicas y suministrar bienes y servicios por parte del Estado a la sociedad, por lo que requieren tener un marco legal claro que viabilice su accionar en el mencionado propósito. El presente estudio se compone de tres capítulos. En el primero analizaremos la Estructura Orgánica y Funcional con sus respectivos marcos normativos de las Administraciones Tributarias ecuatoriana y chilena, con el fin de determinar sus similitudes y diferencias ya que ambas han tenido un nivel de desarrollo importante en la última década. En segundo capítulo, se analizará las tendencias en la gestión y resultados obtenidos por la Administraciones Tributarias ecuatoriana y chilena en la última década, estableciendo la eficiencia y eficacia alcanzada por cada una de estas Administraciones Tributarias en su modelo de gestión establecida. Finalmente en el tercer capítulo se realizarán las respectivas conclusiones y recomendaciones, de los temas tratados.

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Presenta la conceptualización del término securitización y su implementación en el campo de la seguridad pública. Devela el perfil de la securitización latinoamericana en los últimos 20 años; explicita las características históricas de la seguridad hasta llegar a la seguridad vinculada al dominio plutocrático para impedir que factores externos al sistema vulneren la estabilidad interna de un país. Evidencia la construcción de la teoría del enemigo interno ahora denominado “terrorista” contra el cual se aplica la securitización. Plantea la necesidad del Estado de derecho con apego a los derechos humanos.

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La Planificación del Talento Humano es el núcleo donde se originan los lineamientos para la toma de decisiones estrategias de la organización por la intervención que directamente tienen las personas en el desarrollo del negocio, servicio o producto de una empresa. Con este propósito la presente investigación busca responder desde diferentes corrientes técnico-teóricas la importancia de este subsistema en la administración del talento humano, así como la incidencia que representa en la institución su inadecuada ejecución. Este estudio exploratorio se lo realizará en unidades de negocio que se generaron con la expedición de la LOEP (Ley Orgánica de Empresas Públicas), denominadas áreas administrativo-operativas en la empresa pública, dirigidas por un administrador con poder especial para el cumplimiento de atribuciones establecidas para desarrollar actividades o prestar servicios de manera descentralizada y desconcentrada, el aporte de esta información de la realidad funcional de estas áreas desde la perspectiva de la PTH, servirá para evidenciar de mejor manera los componentes de la PTH que la empresa precisa para las decisiones estratégicas en pos de la obtención de resultados conjuntos. La función principal de la PTH, por su enfoque innovador, es asesorar a la gerencia y directivos en la reformulación de acciones y procesos, generación de estrategias y tácticas en la administración del talento humano y resolver las interrogantes que sobre estos temas se presenten al realizar el ejercicio de planificar, orientando a los actores hacia el logro de resultados en los objetivos institucionales. En esta investigación se incluyen diversas fuentes de información científica que refuerzan esta propuesta de diseñar un Modelo de gestión del proceso de planificación del talento humano en las Unidades de Negocio de la EPMMOP y en general para una empresa, añadiendo otros elementos no contemplados para el sector público, que técnicamente siguiendo las nuevas, diversas y cambiantes tendencias competitivas de las organizaciones en la actualidad, se hacen indispensables en los modelos para la construcción de políticas y lineamientos a seguir formando parte de los insumos que agregan valor al propósito de la PTH, que busca permanentemente mecanismos óptimos de desarrollo de gestión y claves de éxito, desde la visión del rol estratégico que el talento humano cumple en la empresa.

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El presente trabajo investigativo se enmarca en el análisis del artículo 1 de la Ley orgánica de la defensa de los derechos laborales, mediante el cual se conmina al Estado a asumir obligaciones de un empleador que está en mora de los beneficios en favor de sus trabajadores. Razón por la cual el legislador crea un mecanismo para garantizar el pleno ejercicio de estos derechos, y además perseguir el cumplimiento de las obligaciones a favor de los trabajadores a fin de evitar que estos se vean afectados, para ello encarga a las instituciones públicas el asumir las obligaciones que se generan por la falta de pago del empleador para posteriormente reclamarlo mediante un procedimiento coactivo. La norma objeto de análisis tiene como fundamento jurídico a los “indicios de público conocimiento” y en la forma como los concibió el legislador, concede a la administración pública, a través de una resolución motivada, el instaurar medidas cautelares contra los bienes no sólo del obligado principal y sus subsidiarios, sino en contra de los bienes de una tercera persona, que no es la obligada de responder por aquellas acreencias que se reclaman. Esta determinación de la norma, restringe el contenido esencial de los derechos constitucionales de una tercera persona, toda vez que en base a indicios se le puede privar de su derecho de propiedad sobre su bien, sin que se haya determinado previamente alguna responsabilidad en un proceso con las garantía mínimas donde pueda ejercer su defensa, lo que además afecta su derecho a la tutela judicial efectiva, y presunción de inocencia. Más aún cuando en un Estado de derechos y justicia se busca precautelar de manera efectiva a los derechos consagrados constitucionalmente, ya que estos son el límite para la actuación del poder estatal, razón por la cual, cualquier restricción a los derechos constitucionales debe estar plenamente justificada.

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El capítulo VIII de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General trata sobre los procedimientos, requisitos y documentos a suscribir para la formalización de las modificaciones que en la ejecución del Contrato Administrativo deba realizarse, con el fin de dar cumplimiento al objeto contractual. Entre las causas principales para la modificación de los Contratos Administrativos, se encuentran entre otras, las producidas por fuerza mayor o caso fortuito, imprevistos de orden técnico, económico. Las cláusulas exorbitantes con que cuenta el Contrato Administrativo otorga a la Administración, entre otras, la potestad de modificar unilateralmente las condiciones del contrato, dar directivas a su contratista, declarar extinguido el contrato por sí y ante sí, imponer sanciones contractuales. Los documentos accesorios que los contratantes suscriben para dejar constancia de las modificaciones realizadas en el Contrato Administrativo principal, son los denominados contratos complementarios, órdenes de cambio y órdenes de trabajo, los cuales deben reunir ciertos procedimientos y requisitos normados por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

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A finales del siglo XX, se asiste a una nueva etapa del desarrollo de la estética urbana, marcada por la aplicación y presencia de las nuevas tecnologías y la aparición de nuevos agentes sociales como el escritor de grafiti, el artista de la calle o el activista contracultural. El grafiti, entendido como práctica cultural tradicionalmente urbana, se encuentra sujeto a las transformaciones que manifiestan la sociedad y el espacio de la ciudad, adaptándose continuamente y desde diferentes formatos a la realidad social. En esta práctica se observa un modo de reafirmar identidades, criticar y proponer proyectos de ciudad posibles. Además, las intervenciones de calle producidas por escritores de grafiti, artistas urbanos o activistas culturales, sociales y políticos contribuyen a la construcción y definición de la imagen pública de una determinada área urbana, subrayando o alterando la imagen tradicional de dichos espacios. En esa línea de ideas, la investigación analizará el graffiti en los aspectos correspondientes a los actores que ejecutan las intervenciones, el contexto político y coyuntural en el que nacen estas iniciativas, el contenido visual y lingüístico de los mismos, así como el espacio geográfico en el que se plasman, entendiendo que cada uno de ellos brinda una espesor interpretativo que enriquece el trabajo desarrollado. Por lo tanto, el estudio del grafiti en la ciudad de Quito es relevante en cuanto permite evaluar, en términos cualitativos: la vitalidad ciudadana del área metropolitana, la pluralidad de sus agentes culturales, sus pretensiones, su carácter crítico, su nivel de pensamiento y formación, el grado de conciencia y participación en la transformación social.

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El presente trabajo investigativo pretende ventilar la problemática existente en el derecho ecuatoriano referente a la arbitrabilidad de los actos administrativos que se derivan de la existencia de una relación contractual en donde una de las partes es la Administración. El conflicto se origina cuando a pesar del reconocimiento del arbitraje como un mecanismo heterocompositivo de solución de disputas en la Constitución de la República y en el resto del ordenamiento jurídico vigente, existe vaguedad en la Ley de Arbitraje y Mediación sobre la arbitrabilidad de los actos administrativos, lo que impide a los árbitros ejercer su competencia a cabalidad, pues existe el riesgo que ante tal vacío, la declaratoria de competencia del Tribunal resulte en violaciones a derechos constitucionales como la tutela judicial efectiva, el debido proceso, o a nivel legal la nulidad de la decisión proferida. Para ello, en el primer capítulo de este trabajo académico se estudiará el marco teórico que rige a los actos administrativos, a la contratación pública y al arbitraje, a partir de tres criterios: el legal ecuatoriano, el doctrinario y el derecho comparado. Atender las similitudes en otros derechos permitirá al Ecuador determinar la existencia de una solución al problema jurídico planteado. En el segundo capítulo, se desarrollala institución arbitral en el Ecuador, estudiado desde un punto de vista histórico, revisando los requisitos constitucionales y legales que imperan dentro del mismo, y los elementos que permiten la existencia del arbitraje, la transigibilidad y la competencia arbitral. Finalmente dentro de este capítulo se estudiará y resolverá el fondo de la problemática, analizando los tres escenarios posibles en cuanto al problema: i) arbitrabilidad total, ii) negativa a la arbitrabilidad de los actos administrativos y, iii) una posición intermedia. Para finalizar, se detallarán las conclusiones de este trabajo y se consignarán algunas recomendaciones que solucionen la problemática.

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