998 resultados para Derechos civiles y políticos


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Estudio esclarecedor y certero que partiendo del análisis de la discapacidad desde una visión de derechos fundamentales, tal y como recoge nuestra Constitución, desarrolla un serio trabajo de investigación sobre materias que hasta el momento todavía no han sido tratadas adecuadamente por el legislador, como son el aborto por razón de discapacidad, la esterilización no consentida, la participación política y la restricción del derecho de sufragio, y el derecho a la educación inclusiva.

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El Cermi recibió en 2011 el mandato de realizar el seguimiento de la aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en España. El documento que se reseña aquí corresponde al informe de 2012 y consta de cuatro partes. En la primera, se repasa la Convención artículo por artículo, señalándose las vulneraciones, buenas prácticas y resoluciones judiciales relativas a cada uno de ellos, así como propuestas de mejora. El segundo capítulo analiza estadísticamente las quejas recibidas por el Cermi y hace balance de la actuación de esta ONG en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad. El tercer apartado del documento examina los informes presentados en torno a esta cuestión por la Oficina Permanente Especializada del Consejo Nacional de la Discapacidad, y los Defensores del Pueblo estatal y autonómicos. Finalmente, se recoge el informe de la Clínica Jurídica llevada a cabo por el Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas en torno al trato dispensado a un joven de nacionalidad marroquí con discapacidad sobrevenida.

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Con la entrada en vigor de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante, CDPD), el CERMI asumió las funciones de organismo independiente para el seguimiento de la aplicación de la Convención en España1. En el marco de estas funciones se elabora el sexto Informe de Derechos Humanos de España, correspondiente al año 2013. El informe se configura principalmente como una herramienta de divulgación de las situaciones de discriminación que todavía sufren las mujeres y los hombres con discapacidad, con el objetivo de sensibilizar a los grupos de interés a través de la denuncia y reivindicación de los derechos que consagra la CDPD. Las fuentes de conocimiento son varias, principalmente: las consultas y denuncias recibidas en el propio CERMI como organismo independiente de seguimiento; las acciones emprendidas como consecuencia del trabajo propio de la Entidad; las personas y entidades colaboradoras, tanto del movimiento asociativo como pertenecientes a los distintos ámbitos jurídicos; y las noticias publicadas en prensa o difundidas en redes sociales que han originado una investigación por parte del CERMI.

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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) presenta, un año más, su informe sobre discapacidad y derechos humanos, que analiza la aplicación en España de la Convención Internacional sobre los Derechos Humanos de este colectivo. Al igual que en ediciones anteriores, se ha tomado como fuente las consultas y denuncias de vulneración de derechos de personas con discapacidad recibidas ante el propio Cermi; las acciones emprendidas como consecuencia del trabajo propio de la entidad; las consultas y denuncias de personas y entidades colaboradoras, tanto del movimiento asociativo como pertenecientes a distintos ámbitos jurídicos; y las noticias publicadas en prensa o difundidas en redes sociales, así como la actividad de los diferentes operadores jurídicos.

El informe, correspondientea 2014, consta de cuatro partes. El capítulo central y el más extenso analiza la efectividad de los derechos de las personas con discapacidad, siguiendo el orden de los artículos de la Convención. El examen incorpora una síntesis del artículo, seguido de una descripción de la situación de las personas con discapacidad en ese ámbito; las vulneraciones o denuncias recibidas por el Cermi o por otros operadores jurídicos; los avances en el cumplimiento de los derechos, así como propuestas de mejora. El siguiente apartado del documento analiza los informes con consultas o quejas en torno a esta cuestión presentados por la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS), y los Defensores del Pueblo estatal y autonómicos. Finalmente, se recogen dos observaciones del Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones relativas al igual reconocimiento como persona ante la ley, y a la accesibilidad.

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La misión del CERMI es articular y vertebrar el movimiento social español de la discapacidad para alcanzar la plena ciudadanía en igualdad de derechos y oportunidades. Dentro de esta misión, y en calidad de organismo independiente para el seguimiento de la aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante Convención o CDPD), se incardina este VIII Informe 2015 que describe la situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en España.

La inclusión de las personas con discapacidad como ciudadanas y ciudadanos de pleno derecho en igualdad de oportunidades, tal y como consagra la Convención, es una labor que le corresponde a toda la sociedad. Por ello, la información que contiene el presente informe permite, a través de la denuncia y la reivindicación, que los operadores jurídicos en particular y la sociedad en general, tomen conciencia de estas realidades vulneradas, y que por tanto puedan conocer los ámbitos de actuación necesaria y de respeto obligado.

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La libertad de expresión, entendido como el derecho de informar y ser informado son parte esencial de nuestros derechos humanos. Cualquier circunstancia que limite esos derechos atropella la dignidad humana. Existe una abundante y explícita normativa de derechos humanos que buscan garantizar el libre ejercicio de la comunicación: instrumentos internacionales y regionales y una reiterada jurisprudencia. El derecho humano de libertad de expresión es entendido como el derecho a expresarse, buscar y recibir información. Censurar o limitar ciertas publicaciones o establecer mecanismos que restringen el acceso a información pública son formas sutiles de atropellar esos derechos. El recurrir a figuras penales como el desacato o insulto a funcionarios o delitos contra el honor podrían activarse y tornarse amenazantes para el que ejerce el periodismo. Esta sería una forma de silenciar cualquier cuestionamiento a figuras públicas en detrimento de un principio fundamental de toda democracia. Suerte parecida corre el derecho de reconocer el secreto profesional del periodista y la expresión del pluralismo. De hecho que al igual que en otros campos como el laboral, salud, alimentación, el derecho a un ejercicio digno de la comunicación también es susceptible de verse amenazado. Abstract An essential aspect of our human rights is that we have freedom to express ourselves and to be informed. There are wide and specific human rights regulations, which seek to guarantee the freedom of expression: international and national instruments and reiterative jurisprudence. Two main principles that set the foundation for freedom of expression are liberty to express oneself and liberty to obtain and search for information. Censuring or limiting certain publications, as well as setting up mechanisms to restrict people’s access to public information, are subtle ways of threatening these rights.

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Análisis y descripción del resultado del control de constitucionalidad realizado sobre la actividad legislativa desarrollada durante el período presidencial del Dr. Ernesto Samper Pizano comprendido entre el 7 de agosto de 1994 y el 7 de agosto de 1998, en donde se identifiquen vulneraciones a los derechos fundamentales y al equilibrio de los poderes Estatales.

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Bogotá (Colombia): Universidad de La Salle. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales. Programa Sistemas de Información, Bibliotecología y Archivística

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El presente trabajo tiene como objetivo principal conocer el grado de aceptación que tienen los deberes y derechos docentes y de la comunidad educativa entre las madres y padres que tienen hijos escolarizados en institutos y colegios. Se trata de una investigación descriptiva. Como instrumento de evaluación se ha empleado el cuestionario “Deberes y derechos del profesorado en la comunidad educativa”. En los resultados se demuestra que las madres y los padres consideran muy importantes los deberes y derechos presentados, sin que se observen diferencias significativas en función de la titularidad de los centros educativos, el cargo que ostentan en la asociación, la edad o el género de los participantes.

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Introducción: La Política Nacional de Atención Integral a Salud de la Mujer, ejecutada por el Ministerio de Salud en 2005, se ocupa de la atención integral en diferentes contextos, como la situación de mujeres en prisión. Objetivo: Describir el perfil de las mujeres privadas de libertad de una prisión y discutir la situación salud sexual y reproductiva de estas mujeres. Métodos: Se realizó un estudio exploratorio descriptivo, un enfoque cualitativo-cuantitativo, que trabajó con 34 mujeres en el sistema penitenciario y Montes Claros, Minas Gerais Pirapora, Brasil. Resultados: Entre las 34 mujeres se encontró que 27 (79,4%) tenían algún tipo de profesión antes de la detención. Las principales actividades fueron la "limpieza" y "vendedor", que configuran los trabajos que requieren el desarrollo de baja habilidad y prercibir bajos salarios. Entre los 22 participantes (64,7%) dijeron que eran marrones, 5 (14,7%) negro y 7 (20,6%) de color blanco. En un rango de edad de 30-35 años, lo que sugiere es que las mujeres están en edad productiva y reproductiva, con bajos niveles de educación y tener empleos/profesiones de bajos salarios. Los relatos recogidos en el grupo focal estas mujeres mantienen representaciones estereotipadas de la mujer definida por la emotividad, pasividad y dedicación a la familia. Conclusiones: Los resultados muestran que las diferencias de género en el ejercicio de la sexualidad y el hecho de que las mujeres quedan embarazadas, ponen barreras tanto a la realización de las visitas íntimas, como para el cuidado de los niños en los primeros seis meses después del parto.

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Los autores realizan una investigación descriptiva para comprobar si existen diferencias significativas en las percepciones que madres, padres y profesorado tienen de los deberes y derechos docentes y las posibilidades de colaboración. En la recolección de datos se utiliza el cuestionario “Deberes y derechos del profesorado en la comunidad educativa”. Participan 394 docentes y 348 madres y padres de alumnos de toda España. Los resultados corroboran la hipótesis en Educación Primaria pero no en Secundaria, donde se deben introducir cambios sustanciales para que los institutos puedan beneficiarse de la colaboración de madres y padres. Se concluye que los deberes y derechos docentes pueden servir para promover la colaboración entre la escuela y las familias y ayudar a conseguir el equilibrio entre el derecho de los padres a participar y la autonomía de los docentes como profesionales.

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Los coordinadores del Seminario de Investigación 2016, Carlos Lara Martínez y Vicente Genovés, explican sobre el Seminario de Investigación en Antropología, ponencias y foro.