995 resultados para Defensor público


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Tesis (Doctor en Derecho) UANL, 2012.

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Tesis (Doctor en Derecho con orientación en Derecho Procesal) UANL, 2014.

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Revista conmemorativa del décimo aniversario del CPEE Eusebio Martínez de Alcantarilla (Murcia) que pretende hacer balance de la experiencia educativa, vida escolar y actividades del centro.

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El autor es profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Sevilla

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El problema del transporte público colectivo (TPC) en Bogotá es complejo, caracterizado por una inconstante sobreoferta que se ve reflejada, como primera medida, en una tarifa para el transporte público inflada por encima del costo real. Sumado a esto, la debilidad institucional es muy grande, generando así una acumulación de poder a favor de los transportadores, a quienes la sobreoferta les resulta lucrativa. Y si le adicionamos el componente de incentivos que la misma Administración Distrital promueve, con el ineficiente sistema de funcionamiento y adjudicación de rutas, la situación se hace aún más critica. Para reducir la sobreoferta el gobierno de Bogotá ha promulgado una serie de políticas que no han resultado efectivas. Las más estructuradas y optimistas se dieron en la administración Mockus, donde se expidieron los decretos 112 a 116 de 2003 de reestructuración del transporte público, que buscaban reducir la sobreoferta y mejorar la calidad del servicio, que iba en decadencia. El siguiente documento intenta analizar como los decretos mencionados pueden haber sido apenas una estrategia jurídica y una muy limitada política pública al menos por 3 razones especificas: la primera hace referencia a las deficiencias en el momento de la planificación y formulación de la política pública, la segunda analiza el problema de desconocer la existencia e influencia determinante de los transportadores como grupo de presión con poderes económicos y políticos. Y la tercera describe de que manera el alto grado de impunidad a la hora de detectar, juzgar y sancionar a los infractores; ha creado aún más traumatismos en la implementación de estas normas.

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Está investigación es un análisis de las políticas, discursos y programas que tratan sobre el espacio público en las administraciones de Bogotá iniciando desde la de Jaime Castro hasta la de Luis Eduardo Garzón. Este análisis demostró que los gobiernos distritales relacionaron el mejoramiento y generación de espacio público en la construcción de un ciudadano con una cultura política de partipante, ya que este territorio es el lugar donde se relacionaba y generaba procesos de auto reflexión y autodeterminación. Este discurso fue puesto en comprobación, para ello se usaron distintos estudios de renta del suelo, anomia, the broken windows, igualmente se analizaron encuestas de precepción realizadas por organismos institucionales y privados. Probando que la incidencia en el mejoramiento y adecuación del espacio público puede incidir positivamente en la construcción de la cultura política, siempre y cuando se realice adecuaciones en el espacio público intangible y físico, y se garanticen en primera medida los derechos fundamentales de los ciudadanos.

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En 1991 la Constitución Política de Colombia incorporó las estrategias necesarias para hacer realidad la Rendición de cuentas como un proceso que contribuye a la gobernabilidad. El presente documento presenta no solo la legislación del gobierno sino también los modelos utilizados por la Contaduría General de la Nación-CGN y otras instituciones en diferentes países: Asociación Internacional de Administración de Ciudades-ICMA, Instituto Federal de Acceso a la Información-IFAI, Organización Internacional de Instituciones Fiscalizadoras Superiores-INTOSAI y la Organización Europea de las Instituciones Regionales de Control Externo del Sector Público-EURORAI. Adicionalmente se presentan conclusiones basadas en evidencia empírica proporcionada por los stakeholders y las recomendaciones necesarias para poner en práctica el concepto de Rendición de cuentas en la CGN y presentarlo ante los ciudadanos y otros stakeholders.

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El uso y percepción de los ciudadanos respecto a el espacio público, especialmente en parques, es congruente con el discurso político del Alcalde Mayor de Bogotá durante el periodo 1997-2000 referido a ellos, en la medida en que se tome en cuenta el contexto de diversidad presente en la ciudad y su dinámica como punto de encuentro social e identitario.

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Se aborda de manera particular el análisis de las exenciones concedidas por el Estado mediante la Ley 218 de 1995, más conocida como la Ley Páez, tras la emergencia económica que sufrieron los Departamentos de Cauca y Huila. Se debaten los conceptos de gasto público y ahorro fiscal.

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Este documento presenta un estudio de la autonomía administrativa de las entidades territoriales en la prestación del servicio público educativo en Colombia.

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La presente monografía realiza una definición del espacio público para luego analizar como las ciclorutas mediante las políticas públicas de las administraciones comprendidas entre 1995 al 2003 de los alcaldes Antanas Mockus y Enrique Peñalosa redefinieron y valorizaron el espacio publico para todos los ciudadanos en la ciudad de Bogotá.

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Hace veinte años Colombia era un pueblo ausente. Había mucho que escuchar y poco que opinar. La población era un actor silente que no participaba en las decisiones más importantes del país. Pero, para fortuna de la democracia, la Constitución Política de 1991 le dio un vuelco a la realidad colombiana. La participación dejó de ser una utopía y se convirtió en una realidad. Por eso, hoy existen diferentes mecanismos para que las personas puedan incidir en los asuntos que les interesan y que son esenciales para su vida. Esa gran fecha, 1991, además de traer cambios al modelo de Estado, significó un gran avance para la protección de los derechos colectivos. Se introdujo diversidad de normas que buscaban garantizar un ambiente sano y el desarrollo sostenible. Por esta razón, la Constitución también es conocida como “Constitución ecológica”, pues está basada en una normatividad que encarna, como ninguna otra, los principios del Estado Social de Derecho, como el derecho a una vida digna y a la satisfacción de las necesidades básicas. No hay duda de que el esfuerzo de la Constitución Política es inconmensurable. Peleó una dura batalla y se encargó de consagrar y proponer mecanismos que hicieran efectivo el derecho a la participación de las personas en materia ambiental. Desde ese momento el país ha avanzado, no se puede negar que en la sociedad se creó una verdadera conciencia sobre la importancia de proteger los recursos naturales y el ambiente, ya que hoy en día existe una real preocupación por la defensa de lo público. Es tal el cambio de mentalidad que se ha producido, que el interés de los ciudadanos por participar en las decisiones ambientales y de ejercer su derecho a acceder a la información es mucho más contundente que hace veinte años. Sin embargo, la batalla no está ganada, aún queda mucho camino por recorrer. Hoy por hoy, en gestión ambiental, así como hay un inventario de éxitos, también hay una lista de asuntos sin resolver. Espacios y mecanismos anónimos. Aunque la Constitución Política de 1991 estableció el compromiso del Estado de promover la participación ciudadana en la toma de decisiones ambientales, los espacios y mecanismos de participación no son suficientemente conocidos y ejercidos por la sociedad en general. Desconocimiento de proyectos. Continuamente se generan conflictos o confrontaciones debido a que las empresas o incluso el Estado desean realizar un proyecto y encuentran oposición por parte de las comunidades, pues éstas desconocen cuál es objetivo del proyecto y sus alcances. Contravía.Ocurre que los nuevos proyectos de las empresas, sin fundamento alguno, resultan contrarios a los programas de desarrollo que propone el Gobierno Nacional y a los intereses de las comunidades, por lo que también se generan continuos enfrentamientos. Ausencia ciudadana.Muchas veces las comunidades implicadas no tienen un interlocutor válido que respalde sus intereses o a quien, por lo menos, puedan manifestar sus inconformidades, lo cual contribuye a la generación de conflictos de carácter ambiental. En otros casos, tampoco son tomados en cuenta sus requerimientos o sugerencias con relación a los proyectos.