905 resultados para Art 145 Código de Comercio
Resumo:
UANL
Resumo:
Para el desarrollo de las actividades mineras en nuestro país, es imprescindible que los concesionarios cuenten con condiciones que permitan la continuidad de las actividades de exploración y explotación mineras, y con ello que las condiciones jurídicas, a partir del inicio del trámite precontractual y el contrato de concesión sean claras, y se encuentren inmersas en reglas para las partes de la relación contractual, fundamentadas en los principios de seguridad y estabilidad jurídica, como garantía para efectuar la actividad minera proyectada. Dentro del trabajo de investigación se aborda un análisis del sector minero, la problemática para el desarrollo de las actividades mineras, desde la perspectiva de los principios objeto de investigación, para determinar, si el contrato de concesión minero colombiano, como instrumento generador de derechos y obligaciones, brinda condiciones que permitan adelantar el proyecto minero y se alcancen los objetivos señalados por el Estado para el beneficio de la colectividad, y del contratista minero alcanzando los beneficios económicos proyectados.
Resumo:
Concebir al emprendimiento como un mecanismo de desarrollo, constituye un objetivo de los países que apuestan a su crecimiento económico sostenido; por lo que, establecer un entorno favorable para su ejecución en el Ecuador, requiere cumplir un ordenamiento jurídico diseñado en base al modelo económico y social propuesto por el gobierno. Para viabilizar este propósito, se promulgó el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), el cual es analizado en la presente investigación desde un enfoque práctico al contemplar la posibilidad de aplicar y aprovechar los incentivos y beneficios tributarios en un emprendimiento productivo que busca crear una empresa productora y comercializadora de un snack de frutas deshidratadas y frutos secos. En este trabajo se interrelacionan la normativa tributaria y los seis estudios necesarios para el desarrollo de un proyecto (mercado, técnico, organizacional y legal, económico, evaluación financiera e impactos); por lo tanto en la presente investigación se aborda en primera instancia, el entorno económico del país y de forma sustancial la revisión del conjunto de normas de índole tributario contenidas en el COPCI en materia de incentivos y beneficios tributarios, identificando las principales reformas que mediante este cuerpo legal se introdujeron a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento de aplicación. En segunda instancia con el desarrollo de esta investigación, se visualiza entre otros aspectos que es factible en la práctica obtener resultados financieros favorables para los emprendedores, siempre y cuando los réditos obtenidos por los incentivos sean reinvertidos, que las entidades gubernamentales coordinen sus competencias y que se evite cambios constantes en la ley que ponga en riesgo su seguridad jurídica. Por último, esta investigación pretende ser una guía para que los emprendedores utilicen los incentivos tributarios que promueve el COPCI.
Resumo:
Los Estados para alcanzar su desarrollo han sentido la necesidad de crear medios económicos para su subsistencia, siendo los tributos una de las principales fuentes de ingresos, en el Ecuador con el paso del tiempo y a través de varias Reformas Tributarias se han introducido nuevos impuestos manejados por las distintas Administraciones Tributarias. La mayor parte de países en vías de desarrollo han concedido tratamientos tributarios con el fin de atraer capitales y desarrollar los sectores: productivos, agrícolas, comerciales, de servicios, etc, y nuestro país no ha podido estar al margen de esta realidad; de allí que, el 29 diciembre de 2010, se pone en vigencia el denominado Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión, que contiene seis libros de los que se desprenden cambios substanciales para la concepción de la matriz productiva del Ecuador, priorizando los sectores que antes no eran tomados en cuenta y tratando con ello, de cumplir con los preceptos Constitucionales del 2008 y promoviendo así el denominado “Buen Vivir”, tema focal de la Carta Magna que nos rige.
Resumo:
Existen zonas especiales de desarrollo económico en nuestro país que se originan en las zonas francas, son destinos aduaneros que se encuentran determinadas áreas geográficas, las cuales gozan de beneficios tributarios. En el Ecuador existen tres tipos de zonas especiales de desarrollo económico: industrial, logístico y tecnológico. Están regidas bajo el Código de Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones y son controladas por el Consejo Sectorial de la Producción. Los beneficios tributarios que poseen estas zonas son la reducción de cinco puntos porcentuales al Impuesto a la Renta, la exoneración de aranceles y devolución del impuesto al valor agregado, lo que permiten atraer inversión extranjera e incentivar la creación de nuevas empresas que reemplacen las importaciones, lo que modifica la balanza comercial. Por otra parte, al comparar el marco jurídico de las zonas especiales de desarrollo económico de nuestro país con zonas libres de otros países como Argentina y Chile, encontramos diferencias y semejanzas de conceptualización, objetivos y políticas que giran entorno a las necesidades de cada país, pero en todos los casos lo que se busca es el desarrollo de la economía. No obstante, al crecimiento de las zonas especiales de desarrollo económico en el Ecuador, se han realizado proyecciones de construcción y funcionamiento por etapas, que beneficiaran el área donde se desarrolle el proyecto, a través de generación de empleo y obras rurales, lo que impulsará al país en procesos de transferencia de tecnología e innovación, investigación y desarrollo. Existen tres zonas actualmente en desarrollo, la primera es la ZEDE Yachay, la cual se encuentra en funcionamiento pero aún no se finaliza el proyecto como tal. La segunda es la ZEDE Eloy Alfaro, la que se encuentra en la fase tres de construcción y la tercera es la ZEDE Piady que se encuentra en la primera etapa de construcción.
Resumo:
O presente artigo tem como objetivo refletir sobre possíveis parâmetros para a interpretação do art. 927, parágrafo único, do cc – que introduziu no direito brasileiro uma norma geral de responsabilidade objetiva – com base nas funções normalmente atribuídas à responsabilidade e nos princípios desenvolvidos pela doutrina para justificar a imputação de responsabilidade sem culpa.
Resumo:
A Teoria da Causa Madura é um instituto de direito processual civil que visa aprimorar a prestação jurisdicional. A possibilidade conferida pelo instituto de viabilizar o julgamento direto pelos tribunais, caso estejam presentes os requisitos legais, em caso de extinção equivocada do processo sem a resolução do mérito pelo juízo de origem, encurta o trâmite processual de maneira cirúrgica, sem macular qualquer princípio constitucional. A partir desta premissa louvável é que deve ser realizada a interpretação do instituto, possibilitando a delimitação do seu campo de atuação. A rigor, a aplicação da Teoria da Causa Madura está limitada ao recurso que a disciplina, a saber, apelação, tendo em vista que o dispositivo legal que a regula, art. 515, §3°, do Código de Processo Civil, está inserido no capítulo da apelação. No entanto, a localização geográfica do dispositivo não pode servir de obstáculo à interpretação que permita alargar o seu campo de atuação. A interpretação literal do dispositivo legal que a disciplina, portanto, não é a que melhor se ajusta com a hipótese em comento. As benesses que podem ser extraídas da norma, como mencionado, bem como o objetivo constitucional de tornar célere a entrega da prestação jurisdicional, permitem maior extensão dos seus efeitos, de modo a viabilizar sua aplicação a outros recursos previstos no sistema processual civil. Neste diapasão, a presente monografia tem o condão de demonstrar, à luz dos princípios constitucionais e processuais aplicáveis ao tema, que a Teoria da Causa Madura é um instituto plenamente aplicável a outros recursos disciplinados pelo CPC. Conclusão esta extraída de acordo com a missão constitucional de abreviar a tramitação dos processos, encerrando com a maior mazela deste serviço público essencial: a morosidade.
Resumo:
O presente trabalho tem como objetivo analisar a regra da transmissão da obrigação alimentar aos herdeiros, esclarecendo alguns pontos teóricos, que ainda hoje causam perplexidades aos operadores de direito, bem como encontrar uma maneira de aplicar o art. 1.700 do Código Civil de 2002. Para tanto, serão analisados os aspectos constitucionais do Direito de Família e das Sucessões e seus conceitos básicos.
Resumo:
Coordenação de Aperfeiçoamento de Pessoal de Nível Superior (CAPES)
Resumo:
Ao disciplinar a reparação de dano do qual resulta incapacidade laboral, o Código Civil Brasileiro de 2002 trouxe, como alternativa à pensão vitalícia, a possibilidade de indenização paga de uma só vez. Diante disso, o primeiro impulso hermenêutico foi apurar tal montante multiplicando o valor da renda mensal do ofendido pela sua expectativa de sobrevida. o presente artigo busca, fundamentalmente, questionar a adequação epistemológica desta fórmula, bem como esquadrinhar as diretrizes processuais aplicáveis ao dispositivo. O fim colimado exigirá, inter alia, perscrutar o significado da expressão “arbitramento”, a extensão do conceito de “reparação integral” e as consequências jurídicas e econômicas do recebimento antecipado. Posteriormente, pretende-se minudenciar a titularidade, a efetiva existência e o momento da opção pelo prejudicado, à luz da cláusula do “devido processo”.
Resumo:
Inclui notas bibliográficas
Resumo:
Pouca atenção tem merecido o estudo dos deveres instrumentais tributários pelos estudiosos do direito tributário em nosso país, com a preocupação de conferir contornos nítidos ao regime jurídico dos deveres instrumentais dentro do sistema tributário brasileiro e, em especial, de examinar a quais limitações está adstrita a Administração Pública na imposição desses deveres. O presente trabalho visa tentar suprir, em alguma medida, essa lacuna, promovendo uma análise das limitações à imposição de deveres instrumentais tributários, que leve em consideração, não apenas os princípios que conformam seu regime jurídico, mas, principalmente, a existência de regras objetivas disciplinando o tema, partindo-se da premissa de que, genericamente, dicções principiológicas, por sua abstração, não são suficientes para a adequada regulação das condutas intersubjetivas, seja entre particulares, seja entre estes e o Poder Público. Merecerá especial atenção a regra inserta no art. 113, §2º do Código Tributário Nacional, de forte vocação limitadora, especificamente no que tange à investigação do conteúdo semântico da expressão interesse da arrecadação ou da fiscalização dos tributos, que, a nosso ver, constitui a pedra-de-toque do regime jurídico dos deveres instrumentais e das sanções punitivas impostas em virtude de seu descumprimento. Por fim, buscar-se-á conferir a devida importância aos custos de conformidades e demonstrar que seu estudo é relevante para o sistema tributário, na medida em que tais custos, enquanto efeito econômico da imposição de deveres instrumentais, implicam efeitos relevantes no âmbito jurídico, inclusive restrições no âmbito de proteção de direitos fundamentais dos contribuintes.
Resumo:
Mode of access: Internet.
Resumo:
Contiene: Tomo 1 - Tomo 2.
Resumo:
Resumen: El presente artículo se corresponde con aspectos del nuevo ordenamiento contable establecido en el texto normativo del Código Civil y Comercial de la Nación – Ley 26.994- que entrará en vigencia el 1 de agosto de 2015. Profundizamos el análisis de la parte pertinente a CONTABILIDAD y ESTADOS CONTABLES. (Arts. 320 a 331 y artículos relacionados - Arts.145 a 148). Las novedades más relevantes se refieren a la clasificación de las personas en humanas y jurídicas (públicas y privadas); la definición de los sujetos obligados a llevar registro contable, los excluidos de hacerlo, los libros a emplear, el modo de llevarlos y ciertos requisitos. También incluye disposiciones sobre los Estados Contables y la documentación respaldatoria. Las reformas incluidas en el Código unificado aún no logran dar respuestas a los requerimientos de los profesionales en Ciencias Económicas, que desempeñan un rol protagónico en la aplicación de dichas normas.