1000 resultados para Servicios públicos - Aspectos jurídicos
Resumo:
Durante las últimas décadas las ciudades latinoamericanas se caracterizaron por fuertes procesos de crecimiento urbano y profundización de la distribución inequitativa de la riqueza, reforzando el patrón de segregación residencial socioeconómica existente. Desde la supremacía de la lógica del mercado inmobiliario y de suelo vinculada al desarrollo urbano, estas situaciones prefiguran un contexto de reiteradas violaciones al derecho a la ciudad y acaban cristalizando en focos de conflictos sociales y urbanos, que atentan contra la gobernabilidad local del territorio y la posibiidad del ejercicio de derechos inalienables. En Córdoba el nivel de conflictividad urbana ha ido incrementándose. En este sentido, el presente proyecto propone identificar, caracterizar y georreferenciar los conflictos urbanos existentes en la ciudad a partir de la selección de variables urbanas, ambientales y sociopolíticas relevantes en su determinación (acceso al suelo, precariedad habitacional, necesidad de espacios verdes, acceso a infraestructura y servicios públicos, criticidad ambiental, entre otras variables emergentes en campo). También se pretende comprender las representaciones y prácticas de los distintos agentes involucrados respecto de las mismas y de las políticas públicas asociadas. La hipótesis del trabajo sostiene que cuando se analiza el sistema urbano de un modo integral, emergen vinculaciones espaciales que derivan en situaciones conflictivas, predominando la sectorización y la compartimentización según problemáticas focalizadas, no existiendo actualmente políticas que integren la complejidad de aristas que supone el desarrollo urbano. Esto también se observa en el campo de las representaciones y prácticas relacionadas a dichos conflictos, registrándose fuertes diferenciaciones entre las de la ciudadanía afectada por situaciones de violación de derechos a la ciudad, y aquellas que tienen los sectores públicos y/o privados con incidencia en las mismas. Ambas situaciones inciden en la formulación y ejecución de políticas públicas que no terminan de resolver las disputas que se materializan en el territorio. De aquí que el propósito del trabajo sea identificar y caracterizar de manera más integral los conflictos urbanos existentes en la ciudad, confrontando las distintas miradas y acciones que coexisten en su construcción territorial; y en base a ese diagnóstico proponer, a partir de su visibilización, estrategias de superación de dichas tensiones e incompatibilidades.
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Al recordar que por federalismo se entiende la forma de Estado donde coexiste un poder central con poderes regionales es natural que exista en potencia un conflicto entre ambos tipos o polos de poder, aun en el caso que se hayan definido con precisión las funciones que corresponde a uno. El conflicto puede y suele volverse activo por una inequitativa distribución de los recursos públicos entre ambos niveles en relación a los bienes o servicios públicos prestados por cada uno. Pero esta no es la única mirada que debería tenerse en cuenta para medir el mal desempeño de un sistema federal de gobierno. Aquí nos hemos de ocupar más específicamente de dos distorsiones que tienen lugar dentro del federalismo fiscal argentino y que no son incompatibles. Una es la asimetría en la redistribución geográfica de los ingresos públicos. La otra deformación fiscal del federalismo proviene de la existencia de un sistema de previsión social muy interdependiente de la fiscalidad. Nuestra tesis es que la persistencia de estas distorsiones obedece a la existencia de corrupciones políticas. Por ello nos planteamos las siguientes hipótesis: 1.- La distorsión en el sistema federal argentino responde en parte a a) Una asimetría en la redistribución geográfica de los ingresos públicos recaudados centralmente, cuya desproporción es alta, injustificada y permanente y b) la interdependencia de los recursos gubernamentales destinados al gasto común con el sistema de recursos del sistema de la seguridad social. 2.- Ambas distorsiones son causadas por corrupciones políticas y no coadyuvan a cerrar la brecha en la distribución personal del ingreso en las regiones pobres y favorecidas ni a mejorar los haberes jubilatorios nacionales Estas hipótesis han sido planeadas en pos de alcanzar los objetivos generales de: analizar la deformación del federalismo argentino producida por distorsiones en la redistribución del ingreso público nacional e indagar sobre su relación con corrupciones políticas. Y, específicamente: a.- Determinar con información cuantitativa propia, la magnitud de la asimetría en la redistribución geográfica de la recaudación nacional, período 2000 – 2011; b.- describir la perturbación que ocasiona la interdependencia de los recursos gubernamentales con el sistema de previsión social, desde la década de 1940 a la actualidad y c.- ofrecer un modelo de corrupción política que ayude a comprender las distorsiones anteriores en el federalismo argentino. Esta es una investigación con diseño no experimental que, en términos de los objetivos específicos recién dados, ha de conjugar: La construcción de una serie histórica, para cada año del período 2000 – 2011, de la distribución regional de los flujos fiscales netos que opera el gobierno nacional cuyos detalles metodológicos han sido explicitados en trabajos previos del mismo equipo [Ej.: Ruarte Bazán, R. et al, (2009) Hacia una interpretación del federalismo argentino actual. Edición en CD. 42ª Jornadas Internacionales de Finanzas Públicas. FCE UNC. Córdoba. 16 p], con la recopilación de normas jurídicas y/o información relacionada, referidas a las transferencias monetarias del Sistema de Seguridad Social al Tesoro Nacional y viceversa y la indagación sobre modelos teóricos y datos existentes acerca de corrupción política y federalismo y su adecuación al caso argentino. Como se espera verificar nuestra tesis general y las hipótesis de trabajo mencionadas, el impacto puede ser muy importante ya que introduce y suma la dimensión geográfica o regional como determinante de la corrupción política y consecuentemente proporcionaría una plataforma de ataque a este vicio burocrático, siempre que exista la suficiente decisión política de los gobiernos y residentes perjudicados por su existencia. l
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El manual del curso está estructurado en ocho capítulos. Los seis primeros desarrollan los contenidos necesarios para conocer y aplicar las condiciones de accesibilidad adecuadamente en los servicios públicos: desde las nociones y características vinculadas con las necesidades de distintos tipos de ciudadanos, hasta el contexto normativo, institucional y conceptual que se ha venido consolidando en torno a la idea de accesibilidad universal. Los dos últimos capítulos ofrecen medidas y recomendaciones para lograr una administración pública accesible, tanto en sus servicios donde se produce la relación con los ciudadanos, como en los entornos en que los empleados trabajan.
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PTSA és el projecte resultat del desenvolupament de la Plataforma Telemàtica de Serveis Administratius proposada com a iniciativa per l'Ajuntament de Ripollet. Amb l'objectiu de promoure la utilització dels canals de comunicació segurs entre el ciutadà i l'Administració, aporta els serveis d'acreditació, registre i consulta. Integrada amb el portal ripollet.cat, implementa les tecnologies per al tractament de l'acreditació d'usuaris mitjançant certificació digital i la generació dinàmica de documents signats electrònicament. Dins el marc d'execució de la llei 11/2007 d'accés electrònic dels ciutadans als serveis públics, és un gran primer pas en el llarg camí amb destinació a una Administració electrònica completa i de qualitat.
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En este trabajo se explica cuáles fueron las estrategias utilizadas y los resultados obtenidos en la primera exposición del nuevo esquema museográfico del Museo de Historia Natural de Londres, concebido por Roger Miles, Jefe del Departamento de Servicios Públicos de esa prestigiada institución. Esta iniciativa pretendía atraer a un mayor número de visitantes a partir de exposiciones basadas en modelos y módulos interactivos que relegaban a los objetos de las colecciones a un segundo plano. La exposición se tituló Human Biology y fue inaugurada el 24 de mayo de 1977. El tema de la exposición fue la biología humana, pero como se argumenta en este trabajo, Human Biology sirvió también como medio para legitimar el discurso modernizador de la biología humana, en tanto disciplina más rigurosa por las herramientas y técnicas más precisas que las utilizadas por la antropología física tradicional. Se buscaba también generar una audiencia para reforzar el campo interdisciplinario de la ciencia cognitiva y en particular la inteligencia artificial. El equipo de asesores científicos de la exposición contó entre sus miembros con personalidades que jugaron un papel protagónico en el desarrollo de esas disciplinas, y necesitaban demostrar su validez y utilidad ante los no especialistas y el público en general.
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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.
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La recerca va analitzar la interacció entre innovació tecnològica, canvi organitzatiu i transformació dels serveis públics i els processos polítics a l'Ajuntament de Barcelona. Prenent com a hipòtesi de partida l'aparició d'un possible model Barcelona II (que entenem que és paral·lel al model Barcelona, un exemple internacionalment reconegut de combinació de polítiques urbanes), es van estudiar les transformacions internes del consistori barceloní vinculades amb l'ús innovador de les tecnologies de la informació i la comunicació i es van relacionar amb el conjunt de canvis socials i polítics que interaccionaven amb aquest procés.
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La recerca va analitzar la interacció entre innovació tecnològica, canvi organitzatiu i transformació dels serveis públics i els processos polítics a l'Ajuntament de Barcelona. Prenent com a hipòtesi de partida l'aparició d'un possible model Barcelona II (que entenem que és paral·lel al model Barcelona, un exemple internacionalment reconegut de combinació de polítiques urbanes), es van estudiar les transformacions internes del consistori barceloní vinculades amb l'ús innovador de les tecnologies de la informació i la comunicació i es van relacionar amb el conjunt de canvis socials i polítics que interaccionaven amb aquest procés.
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En port.: Un instrumento de cooperación entre servicios públicos y asociaciones para ganar en salud, facilitar la recuperación de la persona afectada y sus familiares cercanos, y apoyar la labor de las personas cuidadoras. Esta estrategia forma parte del Proyecto 'Al lado' con... Publicado en la página web de la Consejería de Salud: www.juntadeandalucia.es/salud (Consejería de Salud / Ciudadanía / Participar en Salud / 'Al lado' con... / 'Al Lado' con las personas afectadas por una Enfermedad Mental Grave Dependencia /
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Aquesta memòria descriu com la llei 11/2007 de 22 de juny, d’accés electrònic dels ciutadans als serveis públics, és el punt de partida de la transformació de les administracions públiques, entre elles els ajuntaments, cap a l’administració electrònica. La implantació del projecte descrit s’ha portat a terme amb la perspectiva que la simplificació, normalització i homogeneïtzació dels processos administratius ha de ser el primer pas a realitzar. Posteriorment hem d’ajudar a l’ajuntament a avançar cap al seu propi model d’administració electrònica i, assolir així, els objectius de millorar la gestió interna i prestar un servei òptim i de qualitat a la ciutadania. Finalment hem d’establir un sistema que permeti realitzar el seguiment i avaluació de les actuacions vinculades a l’Administració Electrònica implantada que ens permetrà, a l’equip de treball, adequar i reajustar l’estratègia de l’ajuntament als objectius establerts, trobant eixos de millora i legitimant la presa de decisió.
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El trabajo analiza y define la figura del Mediador Intercultural, diferenciándole del mediador social y del intérprete de conferencias. Nos centramos en el papel del Mediador en los servicios públicos, concretamente en el ámbito sanitario y en la labor del Servicio de Mediación Intercultural del Hospital del Mar de Barcelona.
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Este trabajo analiza el papel de la competencia en la gestión pública, para lo cual toma como referencia la organización burocrática basada en centros de gasto que no cobran por sus servicios y suelen ser demasiado grandes e ineficientes. Para introducir competencia, se da libertad de elección a usuarios y productores, a la vez que se les responsabiliza de los costes que ocasionan sus decisiones. Se genera así un provechoso control mutuo entre usuarios y proveedores, que hace menos necesario el control jerárquico, de tipo vertical. Sin embargo, la eventual presencia de monopolios y asimetrías informativas puede ocasionar graves distorsiones y suele exigir una regulación activa, que es costosa y provoca búsqueda de rentas. Para corroborar la relevancia de este equilibrio de costes y beneficios, el trabajo analiza doce servicios públicos en los sectores de la sanidad, la educación y la justicia. Se constata la presencia de dificultades asociadas a monopolios, asimetrías informativas y búsqueda de rentas y se argumenta que, como consecuencia, se tienden a adoptar soluciones de naturaleza intermedia. Coherentemente con este argumento, se observa que en los servicios analizados o bien se emplean incentivos de baja intensidad o se restringen los derechos de decisión, de modo que no se aplican todos los elementos propios de la competencia pero tampoco se prescinde de ellos por completo. Por la moderación de los incentivos que genera, este uso incompleto de la competencia permite, además, que se puedan regular las actividades correspondientes mediante las fórmulas típicas de la Administración Pública, basadas en la reglamentación de decisiones recurrentes y la colegiación y supervisión jerárquica de un número pequeño de decisiones no regladas.
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La presente investigación postula la compatibilidad que existe entre el régimen de pesca de la zona económica exclusiva y el régimen de pesca del dominio marítimo peruano. Para ello, se abordan los aspectos jurídicos del régimen de pesca de la zona económica exclusiva y del dominio marítimo peruano, los cuales están orientados a la conservación y explotación racional de los recursos pesqueros consagrando, de esta manera, los derechos de soberanía y jurisdicción sobre los recursos vivos del mar hasta las doscientas millas marinas. Asimismo, se ha realizado un análisis comparativo entre las disposiciones de la Convención sobre el Derecho del Mar y la Legislación Peruana respecto a las competencias del Estado ribereño en el ámbito de sus aguas jurisdiccionales sobre los recursos pesqueros.
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Se introduce la necesidad de evaluar y comparar el desarrollo del e-gobierno y se analizan los instrumentos existentes. En primer lugar se presentan los modelos de evolución del e-gobierno actualmente en uso y se discuten sus características y utilidad. Un análisis de los estudios comparativos muestra el interés que despierta el área de administración electrónica. Seguidamente se analizan los estudios comparativos más relevantes sobre provisión electrónica de servicios públicos en la administración local. Ambos análisis ponen de manifiesto las limitaciones de los estudios existentes en su aplicabilidad en el ámbito local. Algunas son: la escasez de trabajos sobre administración local, la medida de la adopción de los servicios públicos, y el uso de modelos de evolución de e-gobierno que no reflejan las nuevas tendencias en prestación de servicios. Finalmente se señalan mejoras a realizar en futuras evaluaciones comparativas de servicios electrónicos para incrementar su aplicabilidad en la administración local.