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El Garantismo como elemento necesario para la conservación y defensa de los Derechos Sociales desde la mirada de Luigi Ferrajoli, pretende recuperar los Derechos Sociales que resultan vulnerados ante influencia de la Globalización, que provoca pobreza, marginación social y desigualdad. Es por ello la importancia de nuestros objetivos de estudio. Objetivos: Analizar los elementos básicos del modelo garantista de Luigi Ferrajoli, como una alternativa frente a las violaciones de los Derechos Sociales en el actual Estado Constitucional de Derecho. Y evaluar si en El Salvador las normas Constitucionales y demás Leyes Secundarias limitan las políticas liberales de la Globalización ante las violaciones de derechos Sociales que estas producen. Metodología: En la investigación se utilizara el enfoque cualitativo. El método cualitativo hace referencia a un grupo de métodos de investigación de base lingüístico- semiótica. El diseño de la investigación cualitativa es probablemente el más flexible de todas las técnicas experimentales, ya que abarca una variedad de métodos y estructuras aceptadas. Ya sea un estudio de caso individual o una amplia entrevista, este tipo de estudio debe ser llevado a cabo y diseñado con cuidado, aunque no existe ninguna estructura estandarizada. En la investigación se harán entrevistas, al Procurador de los Derechos Humanos, subdirector FESPAD, Directora de Gobernabilidad y a un Docente Constitucionalista. Resultados Esperados: Delimitar si la violación de los Derecho Sociales es un efecto del absolutismo de los grandes poderes económicos. Establecer si las políticas de libre mercado influyen en la Jerarquización de los Derechos Sociales situándolos en un segundo plano ante intereses meramente económicos. Y Conocer a profundidad si las leyes que tutelan o garantizan derechos sociales en nuestro país no se adecuan a la realidad de nuestra sociedad, generando claras violación a Derechos Sociales.
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Las personas que gozaban del derecho al honor en la antigüedad eran solamente las que ostentaban poder político o económico, situación que difiere con la actualidad, siendo un derecho del cual gozan todas las personas sin importar condiciones. Sin embargo, en lo que a los funcionarios respecta, estos son más propensos a sufrir daños en su honor, en razón del cargo público que ejercen y en múltiples ocasiones son objeto de críticas, aseveraciones e incluso burlas de parte de la población y en particular de los medios de comunicación. En consecuencia, el objetivo de la presente investigación es determinar mediante teorías, sentencias judiciales y entrevistas con expertos, si los funcionarios tienen limitado su derecho al honor en comparación con los particulares, y a la vez, adoptar teorías que respalden la distinción en el derecho al honor entre los sujetos mencionados. Desde el Constitucionalismo Moderno, se retoman criterios de sentencias emitidas por los tribunales de justicia de instancias nacionales e internacionales referidos al derecho al honor de los funcionarios, en la mayoría de ocasiones, por colisión con la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información. Metodología: Utilizando el método científico, se investiga base teórica y jurídica, acompañado de entrevistas no estructuradas con el fin de conocer la opinión de Magistrados de la Sala de lo Constitucional y Jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Conclusiones: A través de los medios e instrumentos acotados se permite aclarar que los funcionarios se encuentran proclives a sufrir ataques en su honor en razón del cargo público que ejercen; se delimitan teorías que respaldan dicha afirmación y se detallan recomendaciones a las diferentes instituciones del Estado e internacionales, así como a la ciudadanía para ejercer a plenitud este derecho otorgado constitucional y jurisprudencialmente.
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El dominio doctrinariamente es el derecho real máximo del cual se desglosan la mayoría de los derechos reales consagrados en el derecho civil, de esto se desprenden facultades, o derechos los cuales revisten al propietario, para que pueda usar, gozar y disponer libremente de una cosa. Pero si analizamos bien la concepción del concepto de dominio consagrado en el Código Civil, nos daremos cuenta que hay una forma de concebir las cosas corporales. El Art. 568 Código Civil Se llama Dominio o Propiedad el derecho de poseer exclusivamente una cosa y gozar y disponer de ella, sin más limitaciones que las establecidas por la ley o por la voluntad del propietario. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad y el uso de la cosa se le llama usufructo. El derecho de dominio tiene características que le hacen ser diferentes de los demás derechos, es por ende que gozan de características especiales como los que identifican a los derechos reales: a) Es un derecho real, b) Es absoluto, c) Es exclusivo, d) Es perpetuo. En la Constitución se establecen una cantidad de derechos fundamentales entre ellos el derecho de propiedad y posesión, sobre los bienes que una persona puede tener, así mismo la constitución regula que la persona no puede ser privada de sus derechos fundamentales sin que esta sea antes previamente oída y vencida en un juicio mediante un proceso que se le debe seguir para no vulnerar sus derechos y garantías tanto constitucionales como las que las leyes aplicables determinan. La ley que se Analizara persigue la recuperación de bienes producto de actos ilícitos, y regula los medios, competencias y procedimientos para obtener dicha recuperación. "Por tal razón, es indispensable dotar al Estado, garantizando el debido proceso, de un mecanismo legal para la investigación, el examen y establecimiento del origen ilícito de patrimonios realizadas al margen de la ley y proceder a su extinción". La figura de la extinción de dominio tal y como aparece definida en dicha ley, por lo menos en el medio, es novedosa. Hasta ahora, la extinción del derecho de dominio considerada como el cambio de titularidad del derecho real de propiedad se producía por los medios tradicionales, o títulos de adquisición de dominio o pérdida como la transferencia en sus diversas modalidades, la expropiación, la transmisión y la prescripción. La novedad de la ley consiste en la introducción de una nueva forma de extinción, que es la "pérdida de ese derecho de dominio a favor del Estado, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna para su titular", por razón de la naturaleza de la procedencia adquisitiva del bien, en resumen que provenga de hechos o actos ilícitos. No obstante para que haya una completa legalidad en el proceso y el destino de estos bienes que sean objeto de medidas cautelares o extinguidos mediante una sentencia definitiva dictada por un juez especializado, para garantizar su buena administración se crearan las distintas instituciones especializadas en el área; estas se encargaran de reparación, identificación inventario, administración, mantenimiento, preservación, custodia, y la destinación de los mismos todo ello para garantizar el derecho de propiedad ya sea que lo tenga el particular o este pase a favor del Estado.
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En un primer momento se plantearan en el desarrollo del protocolo algunas doctrinas que ilustran y orientan la evolución del pensamiento, concepto y posturas que se han tenido a través del tiempo hasta la actualidad sobre el fenómeno de la ancianidad y las personas adultas mayores. Según la Real Academia Española, la senectud1es el período de la vida humana que sigue a la madurez y proviene del latín ‘Senectus’, por lo cual se utiliza como sinónimo de ancianidad. Las palabras senectud y ancianidad se emplean solo tratándose de personas; vejez y vetustez, de personas y cosas. Ancianidad añade un matiz respetuoso, motivo por el cual se denominará así, o personas adultas mayores, al grupo característico de éste estudio. Para poder desarrollar objetiva y esquemáticamente la investigación en cuanto a la situación que viven en la actualidad los adultos mayores y sus derechos, es necesario remontarse brevemente a la historia para conocer las diferentes posturas filosóficas y opiniones que nos ilustren sobre los principales expositores y su pensamiento respecto al fenómeno de la ancianidad, y cómo con el devenir del tiempo las sociedades han cambiado la percepción del hombre cuando llega a la etapa de la senectud. Desde un enfoque teórico, en la presente investigación se estudiarán las teorías psicosociales, entre otras, las cuales servirán como referente para evaluar científicamente la realidad social que viven actualmente los adultos mayores en estado de abandono en el país, desde los enfoques económico, social, cultural y político, como factores transversales de la problemática. Desde el punto de vista jurídico se enfatizará como un acontecimiento internacional importante dentro del reconocimiento y regulación de los derechos de los Adultos Mayores, la Primera Asamblea Mundial del Envejecimiento, realizada en Viena (1982) y el Protocolo de San Salvador (1998), a partir de los cuales se tomó a bien dar seguimiento a la creación de programas, planes, convenciones, etc. que colaboraron con el mejoramiento del quehacer estatal en el área de los derechos humanos de los adultos mayores. Es por ello que El Salvador adoptó el Código de Familia (1994), en el cual reconoce algunos derechos y trato que debe dárseles a las personas Adultas Mayores; posteriormente se da la creación de la Ley de Atención Integral para la persona Adulta Mayor (2002) la cual crea el Consejo Nacional de Atención Integral a los Programas de los Adultos Mayores (CONAIPAM) quien deberá fungir como ente rector del respeto y protección de sus derechos.
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El trabajo de investigación que se presenta, trata sobre un tema de relevancia, en el ámbito jurídico especialmente en el área de familia, teniendo éste como Objetivo general: Construir la propuesta de reforma de los arts. 11 y 14 del Código de Familia, en la prohibición del matrimonio de personas del mismo sexo así nacidas como mecanismo de protección de la familia, base de la sociedad y el desarrollo integral del niño y niña en su aspecto moral y religioso. Metodología: la investigación es teórica explicativa, la investigación tiene como población las siguientes unidades de análisis: Juez del Juzgado de Menores, representante de la Fundación Sí a la Vida, diputado de la asamblea legislativa, psicólogo, doctor en medicina general, sacerdote, homosexual, sociólogo y pastor cristiano evangélico. El método es analítico, sistemático y comparativo, la técnica es documental y de campo. Conclusiones: Existe un vacío legal en los Arts. 11 y 14 del Código de Familia, al no haber una regulación expresa en la cual se prohíba el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas, es necesario definir la prohibición absoluta para la protección de la familia. Al proponer la reforma de los artículos art. 11 y 14 del Código de Familia se le da protección a la familia, ya que si se le legaliza en un futuro el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas, se violentarían los arts. de la Constitución y la Ley secundaria. Si se legaliza en un futuro el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas afecta el desarrollo psicológico de los menores de edad, ya que hay una distensión en el menor acerca del concepto de familia que se tiene.
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La figura de la Inconstitucionalidad por Omisión se compone por dos elementos: "inconstitucionalidad" y "omisión"; el primero de ellos hace referencia a una conducta vulneradora de la Carta Magna, y "omisión", se define como una inactividad o un dejar de hacer. En algunos diccionarios jurídicos, el término "omisión" es remitido al ámbito penal, no procesal constitucional, esto es porque la Inconstitucionalidad por Omisión es una figura aún en construcción, de tal forma que su regulación expresa se encuentra ausente en muchos países, incluyendo el nuestro. Es por ello, que en la doctrina, hay una pugna en el reconocimiento de la existencia de esta figura, las cuales se analizarán en los argumentos a favor y en contra del reconocimiento de la misma, así como los diversos tipos de omisión legislativa, y las teorías aplicables a esta investigación en relación a los derechos sociales, tales como: (1) La Doctrina de la Supremacía Constitucional, en la que se establecerá que las disposiciones de la Carta Magna deben ser acatadas por su carácter superior, incluyendo los mandatos constitucionales de disposiciones programáticas pendientes de desarrollo legislativo; (2) La Teoría del Estado Social, en la que se analizará cómo quedaron los derechos sociales después de la crisis del Estado de Bienestar; y (3) la Teoría jurídica garantista de los derechos fundamentales de Luigi Ferrajoli, que se retomará en referencia a la falta de garantía de los derechos sociales, el cual es un punto de gran importancia, debido que estos derechos al ser incorporados al ordenamiento jurídico adquieren la función de legitimar al Estado y proteger la dignidad humana. Por otro lado, se establecerá la relación de esta investigación con aspectos de contenido económico, político y social, por ejemplo: en el aspecto económico, es necesario que el Estado cuente con recursos para garantizar y satisfacer el goce de los derechos sociales; de igual forma, es necesario que el legislador secundario priorice garantizar los derechos sociales sobre intereses políticos, o de conveniencia, en su función de creación de leyes (aspecto político); en cuanto al aspecto social, este debe activarse mediante la lucha del reconocimiento del respeto y desarrollo de los mandatos constitucionales, que puede darse por medio del mecanismo de la Inconstitucionalidad por Omisión, es decir, la actuación activa de la sociedad que requiere un necesario conocimiento de las nuevas realidades jurídicas, dado que no se puede defender algo del cual se tenga desconocimiento. Así también, el desarrollo de la investigación resaltará la importancia del necesario control en las omisiones que incurre el órgano legislativo, al incumplir mandatos constitucionales para legislar, lo que produce un despliegue incorrecto de la eficacia jurídica de la Carta Magna; dicha omisión, debe producirse en un espacio de tiempo razonable. En el caso salvadoreño, el tiempo existente entre la vigencia de nuestra Constitución y la actualidad son treinta años; el deber ser es que los mandatos constitucionales, expresos o implícitos, ya han sido desarrollados, pero, la realidad dice lo contrario, lo que nos lleva a cuestionar ¿Por qué no han sido desarrollados todos los mandatos constitucionales? Si bien es cierto, la figura de la Inconstitucionalidad por Omisión es una figura emergente en nuestro país, la excesiva dilación de legislar se produce, entre otras causas, por la falta de demanda en la exigencia de desarrollo. Es importante destacar, que la presente investigación trata sobre la esfera social, por lo que el análisis de los mandatos constitucionales pendientes de legislar serán aquellos comprendidos en el Capítulo II ("Derechos sociales") de nuestra Constitución.
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El estudio de la temática "Análisis de los Efectos Ulteriores de las Sentencias de la Sala de lo Constitucional en el Sistema Electoral y su Incidencia en la Estructura Política." Implica revisar los antecedentes Históricos del sistema Electoral Salvadoreño como punto de partida revisar las Constituciones de El Salvador que dieron origen al Sistema Electoral, Salvadoreño como nuestra Constitución actual, como también el proceso de reconstrucción Política que se dio con la firma de los Acuerdos de Paz, siendo este un nuevo proceso de reconstrucción democrática, y como se posibilito un cambio de los procesos electorales, inclusive la conformación institucional en un primer momento de la Estructura del Consejo Central de Elecciones; hasta convertirse en el Tribunal Supremo Electoral, lo que posibilito realizar un abordaje a los tipos de Sistemas Electorales que existen. En los últimos años el Tema de Reforma al sistema Electoral, y estructura política se ha logrado colocar dentro de la agenda nacional, que conlleve a un nuevo proceso democrático del país, es de suma importancia en la actualidad y que para su estudio será de constantes investigaciones sobre el tema en particular visto de diferente óptica; no obstante, en este momento para su estudio se considera viable, practico y de transcendencia en el Estado Constitucional de Derecho. Para comprender los efectos ulteriores de las Sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional, es necesario analizar un poco más el componente democrático del Estado de derecho, es decir, los derechos políticos o de participación, especialmente los relativos al sufragio. El ejercicio del sufragio implica la actividad más importante de legitimación política del Estado, por el cual los ciudadanos tienen la oportunidad de elegir a quienes habrán de ejercer el poder en su nombre y representación, o bien pronunciándose sobre algún asunto de su interés; así el sufragio puede entenderse como el derecho de todo ciudadano a participar en la estructuración y actividad del poder y concurrir a la formación de la voluntad colectiva, ya sea para elegir a los titulares de los cargos electivos, o bien para tomar decisiones sobre temas fundamentales que se les consulta. Ahora bien, el sufragio también se justifica en la necesidad de conferir a la población un procedimiento organizado de expresión política y así puede ser entendido como un procedimiento institucionalizado mediante el cual el cuerpo electoral se manifiesta políticamente, a fin de designar a los titulares del poder político. Del concepto de Estado de Derecho y del alcance del derecho al sufragio, puede advertirse que una reforma electoral debe detener como una de sus motivaciones principales reinterpretar extensivamente tal derecho, para comprender las diversas formas de participación ciudadana en la toma de decisiones de interés público. En el mismo se analizara los Tipos de Listas Cerradas y Bloqueadas y sentencias vinculantes, que se han implementado con relación al sistema electoral salvadoreño. Es preciso mencionar que el sistema electoral juega un papel decisivo dentro del entramado institucional, porque la dimensión electoral es una de las principales integrantes de cualquier sistema político y porque además de afectar al sistema político, especialmente a través del sistema de Partidos Políticos y la amplitud de la representación, el sistema electoral se presenta también como uno de los instrumentos políticos más fáciles de manipular. Los sistemas electorales ejercen funciones múltiples, entre las que destacan la optimización de la representación, el gobierno efectivo y la participación, objetivos que no siempre se presentan en forma compatible y que la mayoría de las veces implican opciones y decisiones. Los sistemas electorales ejercen restricciones sobre la elección de los votantes e impactos reductores sobre el número de partidos políticos, con importantes consecuencias para la acción gubernamental, contribuyendo al grado de fragmentación de los parlamentos e influyendo en la conformación, estabilidad y rendimiento de los gobiernos que dependen en su actuación de una mayoría parlamentaria en las condiciones actuales, El Salvador va más allá a una reforma del sistema electoral; esta debe tocar al sistema político.
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El estudio de la temática Los Derechos de Reserva o Secretividad de los Fondos Financieros y el Acceso a la Información Pública o Transparencia Fiscal en la Financiación de los Partidos Políticos; se realizará con el fin de conocer los derechos de reserva o secretividad de los fondos financieros y el acceso a la información pública o transparencia fiscal en la financiación de los partidos políticos. El objetivo de la investigación es analizar si el actual ordenamiento jurídico vigente garantiza la efectividad del Derecho al Acceso a la Información Pública o transparencia fiscal con respecto a la reserva o secretividad de los fondos financieros de los partidos políticos. La metodología a utilizar primeramente se enfoca en el estudio es analítico, comparativo, sintético, y bibliográfico donde se utilizará los siguientes instrumentos: la entrevista y encuesta. El análisis estadístico de los datos se realizará en base a las Hipótesis planteadas como general y fundamental tenemos el ordenamiento jurídico salvadoreño que está vigente referente a los partidos Políticos es insuficiente; ya que no los obliga a que estos rindan información en la obtención de fondos, por lo que claramente existe un irrespeto al Estado Constitucional de Derecho. Los resultados esperados son realizar un estudio científico-académico para dar respuesta a la problemática actual que presenta el tema del financiamiento de los partidos políticos en El Salvador como referente para garantizar el Derecho al Acceso a la Información Pública o transparencia Fiscal.
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Agricultores agroecológicos são penalizados pela legislação ao terem que comprovar a conformidade da qualidade orgânica de seus produtos para comercialização. Essa imposição é necessária para a garantia do consumidor, mas injusta em relação à impunidade daqueles que produzem com insumos químicos e agrotóxicos. Agricultores da Associação de Produtores Orgânicos do Amazonas (APOAM), técnicos e consumidores se organizaram como Rede Maniva de Agroecologia (Rema) para fortalecer o Controle Social da produção orgânica para venda direta e constituir um Sistema Participativo de Garantia para a ampliação de mercado por meio da certificação participativa, validada pelo Organismo Participativo de Avaliação da Conformidade Orgânica (OPAC Maniva). Tais mecanismos de garantia, mais que processos a serem cumpridos, foram utilizados pela Rema para fortalecer a construção coletiva de conhecimentos; criar estratégias de otimização da produção e comercialização e integrar agricultores, técnicos e consumidores.
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El objetivo de la investigación consistirá en hacer un esbozo histórico y cronológico sobre el fenómeno social de la violencia intrafamiliar en general, tomando en cuenta aspectos de idiosincrasia, pobreza, densidad poblacional y así identificar las causas que la originan y los efectos que produce, también investigar el espiral de violencia que crea en la población salvadoreña de la zona oriental, durante el periodo de 2010 a 2015. De manera específica se investigara la aplicación de la ley contra la violencia intrafamiliar, cuando el(a) agresor(a) es un(a) adolescente o sea menor de dieciocho años, y delimitar que juez tendrá competencia para conocer el caso en particular, logrando que dicha violencia intrafamiliar no quede sin su consecuencia jurídica para el(a) agresor(a), que la víctima accione el órgano jurisdiccional correspondiente y se siga el debido proceso, así que haya pronta y cumplida justicia para la víctima y para la sociedad en general, quedando mucho más al descubierto la eficacia de la ley. Para lograr lo anterior, se tomará como base el método cuantitativo, iniciando con aspectos fundamentales como: planteamiento del problema, para así justificar el objeto de la investigación, se incorporara un marco jurídico, estudiando la ley contra la violencia intrafamiliar, teniendo como fundamento el ordenamiento jurídico salvadoreño así como la legislación internacional, se agregara a la investigación un marco conceptual y un sistema de hipótesis presentando resultados, conclusiones y recomendaciones. Al finalizar la investigación se espera como resultado, que los objetivos planteados sean alcanzados en su totalidad, que la investigación de un aporte social y académico por cuanto aumentara el número de casos denunciados de violencia intrafamiliar y que la investigación trasmita soluciones legales y procedimentales a la coyuntura nacional.
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La violencia y discriminación contra la mujer se vive en toda la región latinoamericana y ante eso los países han comenzado en los últimos años a hacer énfasis a redoblar esfuerzos para eliminar este mal. Convencidos de que es urgente avanzar en El Salvador, en la erradicación de la violencia contra las mujeres, nuestra Coordinación Política quiere dejar constancia de su quehacer contra la impunidad e injusticia y de los retos que es necesario vencer para que las mujeres alcancen realmente el derecho a una vida libre de violencia. Es importante recalcar que la violencia contra las mujeres tiene su fundamento en la desigualdad social de género que se presenta de manera generalizada en modalidades diferentes afectando de forma directa sus vidas como también en el desarrollo de sus capacidades y sus libertades. La violencia contra las mujeres es un problema vital dentro de la sociedad, ya que se convierte en un gran impedimento para su desarrollo en nuestro país, se ha presentado un gran avance en materia legislativa generando condiciones jurídicas que fortalecen las necesidades de transformación, especialización, profesionalización de las instituciones para detención, prevención, atención, sanción e institución de los derechos de las mujeres que enfrentan la discriminación, desigualdad, exclusión y violencia. La violencia contra las mujeres no es más que una clara evidencia de la violación de sus derechos humanos, ante ello sólo una minoría de las víctimas denuncia tal agresión, la mayor parte soportan en silencio, pero lo más triste es que otras no viven para contarlo, durante las últimas décadas, la violencia contra la mujer ha ido recibiendo una atención creciente a nivel mundial, pasando de ser una cuestión oculta y privada a declararse en la actualidad como un problema de derechos humanos que afecta a la dignidad, a la integridad y a la libertad de las personas y que atenta contra el bienestar social. La realidad de la mujer Salvadoreña descansa en políticas estatales, las cuales deben respaldar toda iniciativa en pro del progreso humano y colectivo, aunque, bien es cierto que en la práctica, como se puede observar, este papel ha tenido aún poca incidencia en mejorar las condiciones de vida y desarrollo de las mujeres, de forma sostenida y al mismo tiempo entender que no puede haber desarrollo sin superar el déficit de las mujeres.
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Las anotaciones preventivas en los procesos judiciales o administrativos juegan un rol muy importante en la sociedad en la que vivimos en el sentido que buscan asegurar derechos que pueden ser vulnerados, transferidos o enajenados por el legítimo poseedor de estos pero que por cuestiones extraprocesales existe una persona natural o jurídica que desee obtener ya sea total o parcial el goce del derecho del primero. Para efectos de preservación y conservación de derechos disputados, las leyes actuales y vigentes prevén la figura de las medidas cautelares y especialmente las anotaciones preventivas. Dicho esto, desde el momento que se accede a anotar preventivamente un bien existen efectos tanto procesales, como de derechos reales, efectos que son emanados cuando dicha medida precautoria ha sido tramitada de forma legítima en el registro respectivo. Donde ya se perfecciona la garantía que se ha solicitado. Si bien es cierto como todo en la vida, las mismas medidas tienen sus orígenes en dos fuentes principales, estas son las emanadas del órgano jurisdiccional y las administrativas, utilizadas en la actualidad por instituciones bancarias. Ahora no hay que sorprenderse de que estas medidas a las que hacemos alusión poseen un tiempo de vigencia determinado para cada caso en la ley porque su fin no es garantizar de forma perpetua un derecho, sino más bien garantizar su estado, hasta que exista una resolución definitiva o un acto definitivo sobre el bien del afectado.
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Se identificó cuáles son los Derechos contemplados en instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos, que el Estado de El Salvador por medio del Código de Familia les vulnera a los adolescentes al autorizar el matrimonio a edades prematura. Este objetivo se ha logrado realizando un análisis de los derechos de los adolescentes, debido que en muchas situaciones al permitirse el matrimonio entre adolescentes se vulneran derechos. Se estableció el impacto jurídico que tiene el matrimonio entre adolescentes a la luz de los Convenios sobre Derechos Humanos ratificados por El Salvador mediante las entrevistas no estructuradas cuando las unidades de análisis hacen referencia que los adolescentes que contraen matrimonio se ven limitados en su realización personal tal como lo regula el artículo 32 de la LEPINA y, por último, se explicó jurídicamente las consecuencias acerca de la no orientación sexual adecuada hacia los adolescentes por parte de las autoridades competentes. Metodología: para el desarrollo de la investigación se utilizaron el método científico, de análisis, de síntesis, estadístico y comparativo interpretativo. Conclusión: Al concluir la investigación se establece que el matrimonio es una institución y que goza del reconocimiento del estado de El Salvador, dentro de las teorías doctrinarias que existen, la que mejor se apega a la legislación salvadoreña es la teoría mixta que como ideas fundamentales de ella concibe al matrimonio como un acuerdo de voluntades; esto vendría hacer dentro de la legislación salvadoreña un matrimonio como acto en primer lugar se refiere a la unión legal de un hombre y una mujer, en segundo lugar la permanencia en el tiempo se toma como una institución y que al permitir el matrimonio entre adolescentes se vulneran los derechos consagrados en tratados internacionales algunos de ellos mencionados a continuación, el derecho a la educación art. 28, derecho a estar protegidos de todas las formas de violencia física y mental, lesión o abuso incluido el abuso sexual art. 19, derecho a disfrutar el nivel más alto de salud posible art. 24 , derecho a procurar recibir e impartir información e ideas art.13, el derecho a no ser separados contra su voluntad de sus progenitores art 9, entre otros, todos de la CDN, y el derecho a la igualdad entre los adolescentes art. 10, el derecho a la no discriminación contra las mujeres en todas las materias relativas al matrimonio y todas las relaciones familiares art. 16 inc. Final artículos antes relacionados de la CEDAW, derecho a la igualdad art. 6, entre otros de la Belém do pará.
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Objetivo la investigación consistirá en analizar y dar a conocer cuáles son los criterios que valoran los jueces al momento de establecer el cuidado personal de los hijos, ya sea al padre o a la madre cuando se encuentran en un proceso de separación, "esto para hacer de los hijos personas equilibradas en los aspectos físico, intelectual, emocional y afectivo tomando en consideración las pautas más relevantes del cuidado personal dentro de las cuales tenemos la crianza, convivencia, formación moral y la educación" y dicha investigación sirva de referencia por medio de la proposición de reformas legales al código de familia que incorporen algunos criterios jurisprudenciales utilizados por los jueces al momento de emitir una resolución o la creación de nuevas leyes en las cuales se establezca un proceso marcado y que facilite innovaciones en el ámbito del cuidado personal como por ejemplo el reconocimiento legal de la custodia compartida, reformas que en el ámbito social traen un provecho a la población recordando que protegiendo a la familia se beneficia indirectamente a la sociedad, pues la primera es la base de la segunda. La metodología a utilizar estará basada en el método científico aunado al método analítico que nos darán una perspectiva amplia para fomentar el análisis de las diferentes normativas pertenecientes al marco jurídico, en el ámbito nacional como internacional que abordan el estudio de la situación problemática partiendo del análisis de la relación practica teórica que nacerá de las diferentes teorías conocidas y de aquella teoría que sirva como guía en la investigación, así como también el método de síntesis el cual tendrá su utilidad en la elaboración de las conclusiones y recomendaciones que se aporten al final de la investigación, se hará uso del método comparativo para fomentar el estudios de las disposiciones legales contenidas, dando así la pauta para establecer las similitudes y diferencias entre dichas disposiciones sobre la problemática objeto de estudio. Los resultados que se esperan en la investigación estarán destinados a servir en función social como apoyo en el tema del otorgamiento del cuidado personal de los hijos para que de esta forma se definan bases o lineamientos en cuanto a este tipo de situaciones jurídicas, que vengan siempre a velar por el interés superior del niño niña o adolescente, ya que es vital para el futuro del país garantizar a cada niño niña y adolescente una vida digna y desarrollo pleno, partiendo de la familia como base fundamental de la sociedad.
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En la presente temática se abordó aspectos esenciales que fundamentan doctrinariamente, teóricamente y jurídicamente la eficacia de los mecanismos de protección de los derechos humanos en el hacinamiento carcelario. Se realizaron los siguientes análisis e investigaciones: El origen del hacinamiento carcelario, las consecuencias que produce el hacinamiento carcelario en la persona que se encuentra privada de libertad dando lugar esta privación a una serie de vulneraciones y graves violaciones a los derechos humanos fundamentales e inherentes al privado de su libertad. Esta investigación se orienta a que uno de los principales problemas que tiene el Estado en el desarrollo de sus políticas públicas es que no se ha preocupado por crear y ejecutar políticas enfocadas a la prevención del delito y así incentivar al ciudadano a no delinquir y al privado de libertad a no reincidir, actualmente la consecuencia de esta omisión por parte del Estado genera que las cárceles estén abarrotadas de delincuentes llevando este factor a la sobre población carcelaria. Es por ello, que se debe hacer un estudio profundo con la finalidad de obtener respuestas al porque las instituciones se vuelven ineficaces frente al hacinamiento carcelario teniendo a su disposición un marco jurídico que en su texto es efectivo. Además es de señalar que la persona privada de libertad no pierde la calidad de ser "persona" por lo tanto al Estado le nacen obligaciones respecto a los privados de libertad y es el principal obligado por mandato constitucional de garantizar el goce de los derechos fundamentales e inherentes a la persona tales como: la dignidad humana porque del goce de estos derechos depende el goce de los subsiguientes derechos.