1000 resultados para EDUCACIÓN - LEGISLACIÓN - COLOMBIA


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Texto íntegro del discurso ante el Pleno de las Cortes Españolas, celebrado el 15 de julio de 1965, en defensa del dictamen de la Comisión de Enseñanza sobre Estructura de las Facultades Universitarias y su Profesorado, y reproducción, también íntegra del texto de la ley. En ella se contempla la figura de un nuevo tipo de profesor universitario de rango superior: el profesor agregado, así como el sistema de selección; y la creación del departamento universitario, que integra a estos profesores agregados, a los profesores adjuntos, ayudantes, jefes de clínicas, laboratorios y Seminarios y personal investigador, y también a los catedráticos de disciplinas afines.

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Se trata del proceso de adecuación de las instituciones y procedimientos de enseñanza y educación a las profundas transformaciones sociales y culturales producidas en los países occidentales desde el fin de la Primera Guerra Mundial; acomodación efectuada, en un principio, a través de distintas reformas educativas, a las que suceden la elaboración de planes de educación, parciales e integrales. Asimismo, se señala que en la confección de estos planes intervienen además de los técnicos de educación, economistas, estadísticos y políticos. También, se muestra un esquema de los principales aspectos didácticos-pedagógicos de un plan integral de educación.

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Se repasa la evolución histórica y legal de los Centros de Colaboración Pedagógica, creados por la necesidad de contar con técnicas adecuadas para el perfeccionamiento del Magisterio. Después, se definen su concepto a través del tiempo y la estructura legal de su actual Reglamento formada por cuatro puntos: objetivos, organización, funcionamiento y administración.

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Los pactos educativos son necesarios para destacar el papel básico de la educación y para subsanar las deficiencias e insuficiencias del sistema educativo. En periodos de crisis económica es deseable que se adopten medidas pactadas que permitan a los distintos gobiernos trabajar de forma conjunta en la consecución de unos objetivos únicos. Sin embargo la adopción de un pacto educativo único en 2010 no ha sido posible por dos exigencias de algunas fuerzas políticas: establecer mayores garantías para la libre elección de centro escolar; y la enseñanza del castellano en todas las comunidades autónomas. Aún así, el pacto educativo sigue adelante con menor consenso, y centrado en los objetivos propuestos por la Unión Europea: la finalización de la Educación Secundaria por todos los alumnos; la extensión de la enseñanza obligatoria hasta los 18 años; mejorar la competencia en nuevas tecnologías y en lenguas extranjeras; ampliar y extender la Formación Profesional; y, por último, alcanzar la excelencia en la universidad.

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El 16 de junio de 1992 los representantes de los tres partidos que conformaban el Gobierno vasco, concretamente el Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV), Partido Socialista del País Vasco (PSE) y EE (Euskadiko Ezkerra), y por otra parte el Lehendakari, y el Vicepresidente para asuntos Sociales y Consejero de Educación, firmaron un acuerdo político para el pacto escolar para la educación no universitaria. En el contexto de este acuerdo se analizan los temas que debieron tratarse antes de aprobar dicho acuerdo: la financiación del sistema, la planificación de la oferta educativa, y el desarrollo curricular de la lengua autonómica. A continuación se analizan los contenidos recogidos en el pacto: el modelo definitivo de financiación; la planificación del sistema educativo vasco; el desarrollo del modelo lingüístico en la universidad; la legislación autonómica; la normalización lingüística en la escuela; la autonomía de los centros; la escuela inclusiva; la situación laboral; la cohesión social y la convivencia escolar. Finalmente se compara la situación del pacto de 1992 con la situación tras la aprobación de la Ley Orgánica 2-2006 de Educación (LOE) y la necesidad de un pacto educativo para evitar cambios legislativos constantes.

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Transcripción de la Orden de 1946 a través de la que se distribuía un crédito de 300.000 pesetas destinado a 'becas y protección escolar de los alumnos universitarios' repartidas como sigue: Universidades de Barcelona y Madrid, 50.000 pesetas por centro; Universidades de Granada, La Laguna, Murcia, Oviedo, Salamanca, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza, 20.000 pesetas por centro.

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Señalar los aspectos más sobresalientes de la gratuidad de la enseñanza, presentar los argumentos más utilizados por uno y otro bando, analizar su validez y ofrecer una ligera visión del estado de la cuestión en los principales países, que puede servir de ejemplo al maestro. El Sistema Educativo de 23 países. El trabajo aparece dividido en cuatro capítulos. Los tres primeros tratan, respectivamente, de la financiación de la educación en sus dos vertientes, fuentes y formas de financiación; de la oposición entre la escuela privada y la pública, y de la gratuidad general extendido a los centros privados. En el cuarto se pasa revista a la legislación sobre gratuidad y financiación de la educación en los principales países. La gratuidad de la enseñanza es defendible en los países menos desarrollados, donde el nivel de vida es más bajo y menores las posibilidades de existencia de mercados financieros que pudieran conceder préstamos o ayudas a los estudiantes. A medida que el país se desarrolla, la gratuidad se hace más discutible. En países como Inglaterra, Suecia, la enseñanza pública está a cargo fundamentalemente de los municipios. En otros como Estados Unidos, Canadá, Alemania, India, URSS, es la provincia o los estados quienes tienen a su cargo la administración y financiación de la educación. En los países más centralistas como Alemania Federal, Francia, Chile, Guatemala, Portugal, es el estado central quien soporta el peso más importante en la financiación de la educación. En la mayoría de los países europeos la enseñanza pública acoge a la mayor parte del alumnado total. En general, el sector privado está subvencionado sólo con carácter excepcional y con la contrapartida de someter los centros a requisistos análogos a los que rigen en los estatales.

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Averiguar qué regimen jurídico ha de aplicarse realmente a las universidades públicas cuando la solución no viene dada expresamente por su derecho específico y determinar cuál es su naturaleza jurídica. Investigar cuál es el sistema general de distribución de competencias normativas en materia de enseñanza universitaria y cuál es el sistema particular de distribución de competencias en cada uno de los apartados fundamentales del regimen jurídico de las universidades, especialmente de los recogidos en el articulo 3.2 de la LORU. Investigar el problema de la configuración jurídico-administrativa de las universidades, examinando por periodos históricos los indicadores básicos de dicha configuración en un ente público. Trabajo realizado desde las premisas conceptuales y metodológicas del Derecho administrativo. Se investiga el derecho aplicable y la distribución de competencias normativas entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Universidades públicas, todo ello siguiendo un método analítico. Se indaga la naturaleza jurídica de las universidades públicas. Ello se consigue mediante el estudio de los términos con que se califica a las universidades en los textos normativos, el estudio de los autores y de los pronunciamientos jurisprudenciales. Se hace un análisis histórico, acudiendo a los autores que pueden ofrecer datos sobre los aspectos de la investigación, a los documentos históricos y a las obras doctrinales de cada época. Finalmente, del análisis obtenido en torno a cada uno de los apartados básicos, se obtienen unas conclusiones finales para cada periodo. Desde la perspectiva de la distinción de personas jurídicas públicas en entes fundacionales o institucionales, por un lado, y entes corporativos, por otro, las universidades públicas aparecen con rasgos propios de los entes institucionales, pero también con algunos otros de los corporativos, por lo que el autor considera que estamos ante una nueva categoría mixta respecto de las anteriores. No en vano es ésta también la solución a la que hay que llegar actualmente en Alemania y ésta es también la posible herencia histórica que tienen las universidades españolas actuales, respecto de la posición jurídica de las medievales y de la Edad Moderna, nunca fueron exclusivamente corporaciones, sino fundamentalmente fundaciones reales concejiles o de nobles y prelados, con derechos corporativos. Se puede asumir también que estos entes jurídico-administrativos de naturaleza mixta son, a su vez, administraciones independientes, por contar con un status autónomo frente a la acción del gobierno.

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Exponer el parecer de algunos profesionales de la enseñanza con respecto a la Reforma Educativa propuesta por el Ministerio de Educación y Ciencia en 1987. Leyes, Reales Decretos, Decretos y Órdenes ministeriales sobre educación. Se inicia la investigación con un amplio resumen de los antecedentes históricos españoles en materia de enseñanza en el período 1857 a 1988 y se pasa revista a las diferentes reformas educativas realizadas. Se recogen los planteamientos ideológicos y programáticos del PSOE, con el fin de comprender y analizar su postura en materia de educación. En el capítulo III se incluye un breve análisis comparativo de la situación de la enseñanza en los restantes países miembros del Mercado Común Europeo. El capítulo IV responde puntualmente a los pilares fundamentales de la propuesta de Reforma Educativa del Ministerio de Educación y Ciencia. En el capítulo V se analiza el proyecto de estructuración de niveles educativos: Infantil, Primario, Secundario, adultos y alumnos con problemas especiales. El capítulo VI analiza las siguientes propuestas: adaptaciones curriculares, evaluación del proceso educativo, orientación educativa y equipos de apoyo a la escuela, formación del profesorado, investigación y proceso de innovación educativa. Finalmente, en el capítulo VII se resumen las propuestas más importantes, desde la perspectiva profesional de sus autores, para perfeccionar el proyecto de Reforma Educativa planteado por el Ministerio de Educación y Ciencia. La Reforma debe huir de plasmarse en una ley programática que se limite a recoger principios y formulaciones básicos o fundamentales. Hay que concretar al mayor nivel posible todos y cada uno de los aspectos básicos de la educación. Se considera imprescindible y urgente una total coordinación entre el MEC y las distintas Comunidades Autónomas. Debe reestructurarse desde la propia universidad la formación de un profesorado competente y vocacional, cuya salida profesional sea la docencia. Para lograr una efectiva innovación curricular, es imprescindible otorgar una amplia autonomía a los centros para fijar su calendario escolar. Deberá ampliarse el abanico de ofertas educativas de los centros. La Reforma debe propugnar la autonomía de los centros con amplio y generoso talante liberal y democrático. En coherencia con el sistema de evaluación selectiva existente en la universidad, debe prepararse y acostumbrarse al alumno a dicho sistema, durante el periodo de su formación primaria y secundaria. Debe potenciarse el intercambio, tanto a nivel nacional como internacional de alumnos y profesores, etc.

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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado a la educación por competencias

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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado a los cambios educativos (2002-2004)

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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado a los cambios educativos (2002-2004)

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Conocer hasta qué punto el profesorado asume la tarea de educar en valores desde las actitudes que manifiesta hacia dicha tarea. Analizar el nuevo currículum y reflexionar acerca de la dimensión educadora de la función docente. Muestra de 1141 profesores de EGB y EE.MM. que contestaron el cuestionario (N: 10224), correspondiendo, 557 a profesores de EGB y 584, a profesores de Medias. Muestra estadísticamente significativa. La investigación se presenta en dos partes. La primera, teórica, se centra en el análisis de documentos históricos y disposiciones vigentes que sitúan la investigación en sus antecedentes inmediatos y permiten analizar el nuevo currículum. La segunda, empírica, trata de las percepciones que tienen los profesores de niveles no universitarios sobre su propia actuación profesional, en lo que se refiere a enseñar actitudes positivas hacia los valores, recogiendo directamente su opinión sobre la conveniencia de incluir tales aspectos de la educación en el currículum formal. Recogida de información a través de un cuestionario-escala. Validación del instrumento. Identificación de variables (independientes): sexo, edad, antigüedad, tipo de centro (público-privado), situación laboral, especialidad, titulación y ubicación del centro y las variables actitudinales (dependientes) que se localizan en las proposiciones contenidas en el cuestionario-escala. Aplicación del cuestionario. Organización y análisis de datos. Conclusiones. SYSTAT (ver 4.0). 1. Los contenidos actitudinales deben de formar parte del marco curricular, su enseñanza es competencia de la institución escolar; 2. Es adecuada la preparación de los profesores para la enseñanza de actitudes y valores; 3. Dificultad de establecer criterios y concretar procedimientos para evaluar actitudes; 4. La mayoría de los profesores se sienten en disposición de asumir esta función, sobre todo, si reciben asesoramiento y apoyo especializado; 5. Los profesores no encuentran oportunidades y medios de formación y perfeccionamiento profesional en este ámbito; 6. En general, el profesorado de EGB muestra una actitud más favorable que el de EE.MM., en lo concerniente a la enseñanza de actitudes y valores como tarea profesional en el ámbito escolar. Las actitudes positivas hacia los valores propuestos por los fines de la educación tienen que ser aprendidas y el profesor tiene que enseñarlas. Este proceso de enseñanza-aprendizaje requiere, como cualquier otro, un planteamiento intelectual que es el que el autor identifica plenamente con la dimensión educadora de la función docente.

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Se aborda la respuesta que deben dar las universidades a las nuevas demandas educativas de la sociedad del conocimiento, en particular la Universidad de Guadalajara, México. Determinar si la actual organización de la Universidad cumple con los propósitos planteados por la reforma académica de 1989, respecto de la función de docencia y si con esta organización la universidad es capaz de responder a las nuevas demandas educativas que plantea la sociedad del conocimiento. El análisis se circunscribe a la función de docencia. Se considera que existen seis componentes básicos de la función de la docencia: los alumnos; el entorno de la universidad; el conocimiento que se transmite; el personal académico que genera y transmite este conocimiento; el personal que planea, dirige y evalúa el proceso de transmisión de conocimiento y la organizacón de la universidad. Se selecciona para la licenciatura de Administración los centros universitarios de Ciencias Económico Administrativas y el de la Ciénega. En la carrera de medicina, cirujano y partero, se eligen los centros universitarios de Ciencias de la Salud y el del Sur. Para documentar y analizar la categoría de alumnos se aplican dos cuestionarios, uno dirigido a los alumnos de primer ingreso y otro dirigido a alumnos con al menos el 80 porciento de los créditos aprobados de su programa académico correspondiente. Además, se les aplica otro cuestionario para conocer su valoración del profesorado. A los profesores, se les aplica un cuestionario para conocer su situación laboral y los programas de formación, actualización y estímulos a su labor docente. Para el personal de gobierno y administración (jefe de departamento, coordinador de carrera, coordinador de las tecnologías para la enseñanza y aprendizaje) se prepara un guión de preguntas para cada uno de los actores en una entrevista. El entorno de la universidad no se documenta, ya que se parte del supuesto que la orientación de los programas académicos cuenta con la pertinencia adecuada. Por último, para conocer lo apropiado o no de la organización, se realiza un análisis documental. En cuanto a la organización departamental, el principio de integración y organización de los departamentos no ha sido atendido por las autoridades universitarias. Ninguno de los departamentos documentados cumple enteramente con los supuestos planteados en la ley universitaria y el estatuto orgánico. Para el cumplimiento equilibrado del trabajo académico de investigación, docencia y extensión se clasificó al personal académico en docentes e investigadores, y cada uno de los grupos se dividió en asistentes, asociados y titulares. El trabajo académico no se organiza ni se realiza bajo los principios que esta clasificación establece, aunque existe personal con estos nombramientos, en la práctica la interrelación y la clasificación de actividades no se cumple. No existe ningún censo que muestre la composición del personal académico por categoría y área de conocimiento. En último lugar, el empleo de las tecnologías de la información y comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje se lleva a cabo sin una clara definición de política institucional, lo que ha propiciado el desarrollo dispar en los diferentes centros universitarios .

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1) Encuadrar el estado de la nación en España durante la época de los llamados políticos moderados (1844-1854). 2) Contestar a la pregunta ¿cómo estaban escolarizados los Reinos de Aragón, Provincia Marítima de Baleares, Reino de Murcia, Reino de Valencia, hacia mitad del siglo XIX?. Estudio histórico-estadístico sobre el estado de la nación en España durante la época moderada (1844-1854). Para ello se ha extraído un extenso número de datos de los 16 volúmenes del Diccionario Madoz, en su tercera edición, así como de otras publicaciones de la época. Después de recogidos los datos se ha realizado un estudio comparativo, estadístico y gráfico, con el fin de reconocer la realidad educativa de esa época. Con el estudio de esas gráficas podemos observar la gran diferencia entre la realidad educativa de aquella época y la realidad de la legislación vigente. Estos datos son la continuación de un estudio hecho en 1982 sobre la situación escolar en Castilla y León a mediados del s.XIX. Los datos recogidos que pudieran explicar la realidad educativa han sido los siguientes: número de casas, número de vecinos, número de almas, número de escuelas, fondo educativo (riqueza con que se sostiene la escuela y el maestro), número de alumnos, número de maestros y presupuesto municipal. Los pueblos han sido ordenados dentro de cada Reino por provincias, siguiendo el orden alfabético . 1)Observando las provincias del Reino de Aragón se observa que la instrucción educativa, donde muestra un mejor nivel es en la provincia de Zaragoza, y donde muestra un peor nivel es en la provincia de Huesca, aún teniendo más pueblos esta provincia, cuenta con un menor número de escuelas y de alumnos que las otras dos provincias del Reino. 2) En la provincia marítima de Baleares el partido judicial que mejor nivel educativo tienes es Palma de Mallorca. Hay que señalar que no se han encontrado datos sobre el partido de Ibiza, y también faltan datos de algunos aspectos en otros partidos, lo que hace este análisis comparativo más pobre. 3) La provincia de Valencia muestra un elevado nivel educativo, con respecto a las otras dos provincias del reino y a muchas regiones españolas. 4) En las tres provincias Valencianas se paga el fondo educativo en un tanto por ciento bastante elevado y cuenta pues este reino con buenos recursos económicos para mantener su buen nivel educativo. 5) El valor máximo de escuelas por pueblo le corresponde a Murcia con 3.09; y el mínimo a Huesca con 0.45, cuando esta provincia es la que tiene mayor número de pueblos (567), lo cual demuestra su precaria situación educativa, la peor de las nueve provincias estudiadas. 6) El estudio se ubica durante el reinado de Isabel II en su mayoría de edad (1843-1868), pues durante estos años coincide la publicación de la tercera edición del Diccionario geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus posesiones de Ultramar publicado de 1846-1850 en Madrid. Son años de restauración económica y de cambios políticos y sociales.