1000 resultados para ABORTO (DERECHO PENAL)
Resumo:
La presente investigación se convierte en un esfuerzo por tratar de establecer aquellos aspectos determinantes en la ineficacia de esta garantía en los Tribunales de sentencia de la ciudad de San Miguel. recoge de forma sistemática los parámetros por los cuales se dirigió el estudio sobre la ineficacia de la indemnización por daños de carácter moral. La situación problemática, los enunciados, los objetivos, los alcances y limitantes sirvieron de guía para la elaboración de la perspectiva teórica-práctica que se adoptó. Por tal motivo analizamos las causas de inaplicabilidad de la indemnización por daño moral, desde un enfoque Jurídico-sociológico, estudiamos el tratamiento actual de la indemnización por daño moral, en el campo del Derecho Penal; así como identificar la regulación doctrinaria y normativa de la indemnización por daño moral, en la normativa constitucional y secundaria para reflexionar sobre el desempeño que tienen las partes en cuanto a la exigibilidad de este derecho y poder distinguir los insumos doctrinarios y jurídicos con los que cuenta nuestra legislación penal, acerca de la indemnización por daño moral y describir el tratamiento que ha tenido la indemnización por daño moral en nuestro medio.
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El reconocimiento de la crisis por el que atravesaba el sistema de administración de justicia Colombiano, permitió concluir como verdad contundente, la crisis del principio de legalidad para la persecución del delito y de la pena de prisión como principal respuesta frente al delito ejecutado, de manera que resultó necesario buscar otras soluciones, plateándose el legislador colombiano, la consagración del principio de oportunidad, que en aplicación de un derecho penal mínimo, fragmentario y de última ratio, permitiera interrumpir, suspender o renunciar al ejercicio de la acción penal, diseñando un nuevo modelo de investigación, imprimiendo mayor celeridad, rebajando los costos y el empleo de recursos, lo que conlleva activar la persecución penal hacia los delitos más graves y perseguir las organizaciones criminales sin descuidar los fines del Estado Social y Democrático de Derecho. La aplicación del principio de oportunidad no puede implicar el desconocimiento de los derechos de la víctimas, pues si bien es cierto que se trata de un medio a través del cual la Fiscalía puede renunciar al ejercicio dela acción penal, suspenderlo o interrumpirlo, su ejercicio debe ser compatible con el mandato constitucional que implica el respeto a los derechos de la víctimas de las conductas delictivas.
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No se encuentra ni en la legislación, ni en la doctrina referente alguno que haga alusión a los presupuestos legales y constitucionales para la calificación jurídica de un preacuerdo, ni hay un análisis sobre la importancia que reviste la figura de los preacuerdos a la luz del debido proceso legal y constitucional que integra en especial el principio de legalidad.
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Con el presente trabajo de grado se pretende dar a conocer la situación de vulneración de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, específicamente el derecho a la salud, situación que se presenta en todos los establecimiento carcelarios del país, tal como lo indicó la misma Corte Constitucional en la sentencia T- 153 de 1998, mediante la cual se declaró el estado de cosas inconstitucionales en los establecimientos penitenciarios y carcelarios del país, situación que a pesar del tiempo transcurrido, no ha sido superada ni tampoco se observa una solución a la vista, por cuanto en nuestros ergástulos cada día se aumenta el hacinamiento y las malas condiciones de salud, tanto por falta de atención médica oportuna, como del suministro de la alimentación adecuada y en general las condiciones sanitarias internas, lo que nos muestran esa constante afectación a los derechos fundamentales de las personas recluidas en nuestros centros de rehabilitación.
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De las dos impresiones que se hicieron del Código en el año de su promulgación, esta impresión se realizo por medio de una solicitud hecha al Gobierno para avalar la licencia y solo difiere en los signos de las notas que lleva y que contienen las leyes que han derogado, reformado o ampliado varios de sus artículos
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Elaborado por Manuel Delgado, Teodosio Carranza y Salvador Gallegos, en virtud de Comisión que les confirió la Honorable Asamblea Nacional. Al pie de la portada se lee: Esta edición es propiedad de don Daniel S. Meléndez
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En la Exposición de motivos del Proyecto de Reforma Tributaria número 20, del 11 de marzo de 1992, el gobierno incluyó un drástico "estatuto antievasión", el cual elevaba a la categoría de delito la defraudación fiscal, otorgándoles a las autoridades tributarias facultades para allanar, confiscar y privar de la libertad a los contribuyentes y miembros de juntas directivas de las empresas.
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En el presente texto, titulado La investigación jurídica en el derecho contemporáneo en Colombia, se pretende presentar a la comunidad académica e investigativa algunos de los artículos expuestos en el primer simposio mencionado, organizado por el Grupo de investigaciones jurídicas adscrito al Centro de Investigaciones dentro del marco de las VIII jornadas Nacionales de investigación y I internacionales, realizadas entre el 28 y el 30 de agosto de 2007, por la Universidad de Medellín. El texto se divide en dos tomos: en el primero de ellos se presentan los resultados de las siguientes mesas temáticas: Derecho penal: Una dogmática penal colombiana: ¿Posibilidad o realidad Fundamentos y alcances; Derecho laboral; Derecho privado: La injusticia contractual? En el segundo tomo, se presentan los resultados de las mesas temáticas: Una contextualización del neoconstitucionalismo en Colombia, y análisis críticos al derecho.
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790 p.
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Hipótesis El trabajo de investigación que se presenta parte de la hipótesis de que el modelo penal de la seguridad ciudadana está desplazando al modelo penal garantista en el sistema penal español. Objetivos y metodología Para confirmar dicha hipótesis se ha elaborado un instrumento de medida formado por diez rasgos que caracterizan al modelo penal de ley y orden. Posteriormente se ha utilizado dicho instrumento para identificar en cada fase del sistema penal ejemplos (normas y prácticas) de los diez rasgos. En concreto, se ha realizado un análisis detenido del discurso público sobre la delincuencia, las decisiones de política criminal adoptadas, los procesos legislativos desarrollados, las rutinas policiales, las prácticas judiciales y la realidad penitenciaria. Principales resultados Se han detectado multitud de dinámicas, procesos y prácticas que denotan que el modelo de la seguridad ciudadana se está implantando en el sistema penal español, aunque con diferente intensidad en cada fase, siendo más claro en el momento legislativo y estando menos presente en el de ejecución penitenciaria. Se concluye, por tanto, que el instrumento diseñado es idóneo para medir el grado de penetración del modelo a lo largo del sistema. Concretamente, se presentarán algunos de los resultados más llamativos, haciendo especial hincapié en aquellos relacionados con el uso del sistema penal para controlar de manera más intensa a las clases marginales, desatendiendo a las causas socioeconómicas de la delincuencia. En ese sentido, se pondrán de manifiesto, entre otras, las diferencias cuantitativas que resultan de la comparación entre las sanciones previstas, impuestas y ejecutadas en delitos habitualmente cometidos por clases desfavorecidas y privilegiadas. También se presentarán otros datos procedentes del análisis de las rutinas de los operadores de cada fase del sistema respecto a unos y otros delitos.
Resumo:
El objetivo central de esta investigación consiste en analizar si los equipos técnicos interdisciplinarios de las defensorías de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), con funciones en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), están profiriendo verdaderos dictámenes periciales. En el mundo se han dado diferentes instrumentos internacionales para la garantía de los derechos de los adolescentes infractores. Prueba de ello son: la Declaración Universal de los Derechos Humanos por parte de la Organización de Naciones Unidas (ONU) del 12 de diciembre de 1948, que desarrolló importantes cuerpos normativos de carácter internacional, no solo para la protección general de los derechos humanos, sino también para la protección particular de grupos poblacionales como las mujeres, los niños, los adolescentes, los discapacitados, entre otros. Luego la Declaración de los Derechos del Niño, aprobada el 20 de noviembre de 1959, instituye la protección integral al menor conformada por un sistema general de principios y garantías ya establecidos para todas las personas como lo son el principio de la dignidad humana, y el derecho a la vida, a la integridad física, a la salud, a la seguridad social, a la nacionalidad, etc.