1000 resultados para delitos leves
Resumo:
La finalidad de la investigación es aportar información estructurada sobre las personas que se encuentran ingresadas en prisión por delitos relacionados con la seguridad vial, respecto a las características de los infractores, como los programas e intervenciones específicas que se les aplican, para que esta información pueda contribuir a mejorar la aplicación de las intervenciones que llevan a cabo los servicios penitenciarios. Los objetivos generales de la investigación son tres: 1 - Describir el tratamiento penitenciario de los infractores de tráfico y compararlo con las actuaciones a nivel español y en otros cuatro países europeos (Holanda, Alemania, Suecia y Reino Unido). 2 - Identificar las principales características sociodemográficas, personales y penitenciarias de una muestra de internos que hayan cometido algún delito relacionado con la seguridad vial. 3 - Identificar las posibles diferencias entre las características psicológicas, sociodemográficas y personales y el estilo de conducción de una muestra de internos con algún delito relacionado con la seguridad vial y una muestra de infractores condenados a una medida penal alternativa por el mismo tipo de delito. Podemos concluir que respecto a las variables psicológicas y el estilo de conducción hay algunas diferencias significativas entre los grupos analizados pero en general son pequeñas. Esto hace pensar que gran parte de estos casos podrían ser abordados desde el ámbito de las medidas penales alternativas. Otra conclusión importante es que el abordaje de estos infractores no se tendría que centrar tanto en el delito cometido como en las necesidades criminógenas individuales.
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El legislador español tiene previsto reformar próximamente la regulación de los delitos relacionados con la seguridad del tráfico. Algunas de estas reformas se inspiran en la legislación de los países de nuestro entorno. El presente trabajo expone y analiza la regulación de esta materia en Francia, Italia, Alemania y el Reino Unido, además de realizar algunas consideraciones sobre la legislación española
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Sus formas de manifestación, comisión y desarrollo directamente relacionadas con el propio desarrollo de la tecnología; Son una fuente lucrativa para los grupos delictivos organizados y un medio fácil y de poco coste para la obtención de importantes beneficios y con menor riesgo de castigo; Especial idiosincrasia de las localidades de esta comunidad autónoma, favorece su proliferación; Genera un fenómeno sociológico singular : empatía o solidaridad que determina un menor reproche social; -Escasa conciencia popular del carácter delictivo de algunas de estas conductas; -Figura delictiva que entraña organización compleja siendo el Top manta nada más que la “punta del iceberg”. Necesidad de una visión jurídica global para analizar este tipo de delitos y abordarlos adecuadamente.
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Cuatro grandes aspectos a tener en cuenta: herramientas de las que disponemos en el plano jurídico-procesal; Redes organizadas de piratería física y actividad delictiva en el ámbito digital; Mecanismos para homogeneizar y simplificar las actuaciones policiales; Nuevas tipologías delictivas: presente y futuro.
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Estos delitos son un fraude a la ciudadanía en su conjunto. No perjudican a los creadores o a las marcas solamente, si no que lo hacen a todo el tejido industrial Limitan las posibilidades de crecimiento y desarrollo . Debilitan las garantías de los consumidores.
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Marc legal sobre el delicte de falsificació de marques.
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ANDEMA es una asociación sin ánimo de lucro creada en 1988 por el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de España, junto a ocho empresas que creían firmemente en los derechos de propiedad industrial e intelectual.Marca y Falsificación: situación actual: fenómeno criminal mundial; altamente profesionalizado; muy opaco en sus eslabones superiores de importación y distribución; conexiones internacionales; gran conocimiento del comercio internacional y de los puntos flacos en Aduanas.
Resumo:
La reforma de los delitos contra la seguridad en el tráfico operada por LO 15/2007, de 30 de noviembre, constituye la expresión de un programa político-criminal de más amplio alcance, presente en el Proyecto de Reforma del Código Penal de 2007. En este trabajo se exponen las causas de la emergencia del nuevo derecho penal de la seguridad vial a la luz del paradi gma explicativo que ofrece el derecho penal postmoderno del riesgo -sometido aquí a necesarios ajustes- y se ofrece un análisis crítico de dos de los nuevos tipos: la conducción a velocidad por encima de determinados límites (art. 379.1) y la conducción con concentraciones de alcohol en aire espirado o en sangre superiores a determinadas tasas (0.6 mgr. o 1,2 gr. respectivamente) –art. 379.2-. Igualmente se analiza la propuesta del Proyecto de Reforma del Código de elevar a la categoría de delito las imprudencias leves con resultado de muerte. Tres piezas clave de un programa que trasluce una gran desconfianza hacia el estamento judicial y un optimismo infundado en las posibilidades del derecho penal para reducir eficazmente la siniestralidad vial.
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El presente trabajo tiene por objeto dar respuesta a tres de las principales cuestiones concernientes a la teoría general de los delitos especiales. En primer lugar, se trata de conocer en qué consiste esta categoría delictiva. Esto es, abundar en el concepto de delito especial. En segunda instancia, resulta obligado saber cuál es el fundamento material de la restricción del círculo de posibles autores que caracteriza a los delitos especiales. Y, por último, es preciso preguntarse si el extraneus que participa en un delito especial debe responder penalmente, y, en caso afirmativo, si debe hacerlo con la misma pena que el intraneus o bien con una pena atenuada. Todo ello se desarrollará con especial atención al actual art. 65.3 CP, el precepto que nació con la vocación de dar respuesta, al menos en parte, a las cuestiones que han sido formuladas, y que tanta controversia viene generando en la doctrina española prácticamente desde el momento en que entró en vigor.
Remediação de drenagem ácida de mina usando zeólitas sintetizadas a partir de cinzas leves de carvão
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Zeolitic material was synthesized from coal fly ashes (baghouse filter fly ash and cyclone filter fly ash) by hydrothermal alkaline activation. The potential application of the zeolitic product for decontamination of waters from acid mine drainage was evaluated. The results showed that a dose of 30 g L-1 of zeolitic material allowed the water to reach acceptable quality levels after treatment. Both precipitation and cation-exchange processes accounted for the reduction in the pollutant concentration in the treated waters.
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Removal of hydrocarbons from aqueous effluents using biosorbents was investigated. The effluent was simulated by a dispersion of gasoline (simple hydrocarbons) in water. Corn-cob, wood powder, coconut mesocarp and sugar-cane bagasse were used as adsorbents and their performance verified by means of batch experiments performed in an agitated vessel. The influence of input variables such as hydrocarbon concentration, mass of biomass and agitation level on the adsorbents' capacity was studied by means of factorial design. The results indicated that, among the materials studied, coconut mesocarp and sugar-cane bagasse can be considered promising biomasses for treating aqueous effluents contaminated by hydrocarbons.
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Density Functional Theory (DFT) calculations on the interactions of small atoms (H, C, O, and S) on first-row transition metal clusters were performed. The results show that the adsorption site may vary between the metal surface and the edge of the cluster. The adsorption energies, adatom-nearest neighbor and adatom-metal plane distances were also determined. Finally, the authors present a discussion about the performance of these metals as anodes on solid oxide fuel cells. The results obtained agree with empirical data, indicating that the theoretical model used is adequate