475 resultados para Servidumbre voluntaria
Resumo:
[ES]Tras una presentación sumaria sobre el estado en que se encuentran las más de 500 especies de tiburones conocidas, se habla de la isla de Coco ubicada 342 millas (550 kilómetros) frente a las costas de Costa Rica en el Océano Pacífico, alrededor de 36 horas en barco desde el continente, es una isla deshabitada que cuenta con tan solo 12 millas (20 km) de área de protección, donde supuestamente es ilegal pescar y está prohibido navegar sin permiso. La isla cuenta con un plan de manejo y protección por parte del PNIC ( Parque Nacional Isla del Coco) donde Guardaparques y voluntarios intentan proteger esa zona con los medios que cuentan cedidos por el gobierno, ayudas internacionales o de algunas Ong’s. Es conocida por la abundancia de tiburones que viven en sus aguas, incluyendo tiburones de aleta blanca, enormes tiburones ballena y tiburones martillo. Por falta de recursos la pesca ilegal dentro y en las cercanías del área marina protegida de la isla del Coco, ( 12 millas ) está comprometiendo seriamente la fauna y los ecosistemas marinos. La pesca ilegal se manifiesta de diversas formas, sobre todo la extracción de tiburones y otras especies con técnicas de pesca, no selectivas y destructivas, como es con el uso de palangre o long lines. Los Tiburones Martillo están en la lista de especies amenazadas a nivel mundial, y son a menudo blanco de los pescadores por sus aletas, que son muy apreciadas para la sopa de aleta de tiburón. Tanto los tiburones martillo y tortugas laúd mueren cuando son capturados accidentalmente en estas operaciones de pesca comercial. Los recursos en el parque nacional son escasos, durante mi voluntariado contábamos únicamente de una embarcación preparada para los patrullajes, estos duraban entre 8-14 horas dependiendo de otras tareas a realizar en el parque y de la disponibilidad de Guardaparques licenciados para patrullar el barco ( dependiendo del mes ingresan mas o menos capacitados para esta actividad) por lo que me di cuenta de que su protección no era eficaz, ya que la isla cuenta diariamente con un promedio de 15-30 barcos ilegales sobretodo en la Zona nord-este, estos lanzan el palangre a pocas millas de la isla ( entre la milla 4-8 ) lineas que pueden llegar a medir entre 30/40 millas, y esperar en la milla 13 pare recoger ” legalmente” todo lo que se haya quedado atrapado en sus anzuelos. Las tareas de los Guardaparques y voluntarios es evitar que estas embarcaciones entren en esa zona de protección, sancionar a los que estén actuando ilegalmente, además de retirar todas las lineas encontradas a la deriva así como intentar salvar todas las especies atrapadas en ellas. Para colmo, para poder sancionar a los infractores los Guardaparques deben encontrar la embarcación con la línea de pesca en la mano, y subiendo la especie, para poder ser procesado por pesca ilegal.
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Programa de doctorado en Psicología de la salud
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El objetivo es establecer el esquema de atención por interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Aprobado por el Comité de Desarrollo de Protocolos Clínicos de Oriéntame/ESAR con fecha de 22 de Julio de 2010. El alcance del mismo es desde que una mujer con 15 semanas (32 mm de diametro biparietal, por ecógrafía) o menos de edad gestacional, solicita una IVE hasta que se confirma el éxito del tratamiento elegido, con especial énfasis en el proceso de evacuación uterina, ya sea por succión o con medicamentos
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Adaptado de "Aborto sin riesgo: Guía técnica y de políticas para sistemas de salud” - Organización Mundial de la Salud - Ginebra 2003
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Este logro alcanzado con la aprobación del proyecto de Ley en Diputados redobla nuestro compromiso con la salud de las mujeres y genera nuevos desafíos. Con la certeza de que los profesionales podemos ser agentes de cambio de las políticas públicas y sociales, seguiremos trabajando para continuar avanzando en los derechos sexuales y reproductivos.
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El presente Manual promueve la implementación, en el marco de la Ley 18987, de la regulación de la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones específicas. Esta ley, junto con la 18426, busca asegurar el ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos de la población y garantizar el derecho a la procreación consciente y responsable. Su propósito es bregar por la sistematización de prácticas que aseguren la calidad de atención, el trato digno y el respeto a derechos en la implementación de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Se enmarca en los avances en la atención de la salud sexual y reproductiva, con perspectiva de derechos y género, en particular vinculada a la disminución de riesgos y daños del aborto inseguro y a las consecuencias del embarazo no intencional ni planificado, al descenso de la mortalidad y morbilidad de las mujeres, - ya avanzada en el país mediante la instrumentación de la Normativa “Medidas de protección materna frente al aborto provocado en condiciones de riesgo”.
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Este documento se preparó de acuerdo con las recomendaciones de la OMS incluidas en la 2ª edición de la “Guía Técnica y de Políticas para Sistemas de Salud, Aborto sin Riesgo” con algunas modificaciones basadas en las condiciones locales (2012). No debe ser interpretado como una norma que dicta una forma exclusiva de tratamiento. Podrán introducirse variaciones en la práctica basadas en las necesidades individuales de las pacientes o de acuerdo a los recursos y limitaciones institucionales. El uso de las recomendaciones clínicas debe adaptarse a cada mujer, y se debe enfatizar su condición clínica y el método de aborto específico que se utilizará. Se considerarán, de ser factible, las preferencias de cada mujer respecto de la atención.
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http://www.youtube.com/watch?v=iHywujylY3c
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Presentación en la Segunda Conferencia Subregional del Cono Sur del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI. Buenos Aires, 4 y 5 de noviembre de 2013.