950 resultados para Planes (baronia)-Derechos señoriales-Sentencias-S. XIX


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Se ha pretendido extraer de los planes de estudio del siglo XIX aquellos que muestren el acontecer de la Segunda Enseñanza en este periodo. Para ello se han seleccionado los que han marcado alguna etapa de interés educativo, de incidencia en la formación científica o de entidad significativa hacia la enseñanza de las Matemáticas. Los planes de estudio de Enseñanza Secundaria del siglo XIX en España. De cada uno de los 7 planes se han estudiado: situación histórica, características generales, contenidos científicos y contenidos matemáticos. Aparte de la bibliografía, los libros de texto de los planes de estudio que se detallan en el libro. Análisis comparativo sobre los contenidos científicos de cada uno de los planes de estudio. Excesiva proliferación de planes de estudio que impide un desarrollo educativo sin traumas. Los contenidos de los currícula son más clásicos en gobiernos moderados y más científicos en los progresistas. No se establecen sistemas propios de enseñanza que partiendo de la realidad educativa española puedan evitar el distanciamiento con respecto a paises más avanzados. La inclusión de contenidos científicos se hace de forma artificial. No se tienen en cuenta: la inexistencia de suficientes profesores, limitaciones económicas y escasez de buenos libros de texto. Durante el siglo XIX se imparte una Enseñanza Secundaria de baja calidad, tanto en contenidos como en metodología, de lo que puede resultar la situación española de retraso en los distintos temas de modernización y progresos sociales.

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El cubrimiento periodístico sobre el reconocimiento de derechos individuales y de parejas de la comunidad LGBTI en Colombia ha ido transformándose. Si bien el registro de las noticias sobre el tema se ha limitado solo a dichas decisiones judiciales, medios nacionales buscan informar y contextualizar la realidad de este sector poblacional bajo la premisa de la igualdad, el respeto y la inclusión. El diario El Tiempo realizó un cubrimiento de estos hechos jurídicos, teniendo en cuenta algunos de los parámetros de calidad indicados por la ONG Colombia Diversa. Pese a que persisten algunas fallas, tanto periodistas como activistas reconocen que estas corresponden a la dificultad de acceder a los protagonistas de la noticia y de desarrollar el tema desde otro punto de vista teniendo en cuenta la inmediatez que se maneja en los medios.

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La del acceso a la tierra y su distribución, ha sido una problemática transversal a la historia de los conflictos sociales en el país. En el caso de los pueblos indígenas, la existencia de todo un marco jurídico nacional e internacional que reconoce sus derechos territoriales, así como de importantes avances que a este punto se han producido en cuanto a titulación de tierras de resguardo en nuestro país, fueron dos factores que invitaron a preguntarnos en este trabajo por las dinámicas que, a pesar de ello, subyacen a un permanente desconocimiento de tales derechos. Con este objeto, en él se caracterizan las disputas que, desarrolladas en el marco del ordenamiento jurídico e institucional de la Constitución Política de 1991, han llevado a la existencia de una contraposición entre el reconocimiento y la eficacia de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Desde una perspectiva crítica, la mirada propuesta presenta un abordaje a tales disputas que abarca una aproximación a sus antecedentes históricos y posterior configuración a instancias de la expedición de las normas, la formulación de las políticas y el ejercicio del control judicial constitucional, en los años posteriores a 1991. Resultado de tal caracterización, se demuestra de qué manera dichas pugnas, que tienen expresiones normativas, administrativas y judiciales, y a su vez son determinadas por factores sociales, políticos, económicos y culturales, han llevado a la existencia en nuestro país, de una brecha de implementación de tales derechos.

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Este trabajo investiga sobre la ejecución de las sentencias dictadas en contra del Ecuador por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, configurado como un mecanismo supletorio al que se recurre si los órganos, instituciones y poderes de un Estado no cumplen su función de garantizar la vigencia de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), cuya jurisdicción es reconocida por el Ecuador. Se estudia los contenidos de la tutela judicial efectiva entre los cuales se encuentra la ejecución de la sentencia y los obstáculos que se presentan en el momento de ejecutar la sentencia, buscando de esta manera responder la siguiente pregunta ¿Qué mecanismos procesales existen para obligar al Estado a cumplir las sentencias? De esta manera se busca conocer si la falta de ejecución de la sentencia total o parcial constituye vulneración al derecho de tutela judicial efectiva por parte del Estado ecuatoriano, afectando nuevamente a las víctimas o sus familiares, ya que al no ejecutarse la sentencia tampoco se procede a la reparación integral.

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Los derechos consagrados en las diferentes constituciones, en particular la ecuatoriana en la cual se enfoca el presente trabajo, son el pilar en el que se fundamentan los estados, imponiéndose per se una labor de prevención y protección de los mismos. Para hacer efectivo tal cometido, el ordenamiento jurídico de éste país contempla acciones para la protección de los mismos; no obstante, pese a que se haya activado una de esa acciones y se haya obtenido un fallo favorable, resta una fase de ejecución de lo dictaminado en la sentencia; para ello, se contemplan mecanismos prestos a activarse y vigilar la materialización de los derechos. Pero el interrogante que surge enseguida, es por qué, en ciertos casos, no se da el cumplimiento inmediato de aquellos fallos y quiénes son eventualmente los responsables de la ocurrencia de ese fenómeno jurídico y social; frente a dicho cuestionamiento, nos aventuramos a realizar una clasificación de los posibles factores que obstaculizan, impiden o dilatan el cumplimiento de las sentencias de acción de protección, garantía jurisdiccional escogida por ser la acción genérica de protección de derechos en el Ecuador. Ejecutado el estudio en su totalidad, la pretensión radica en que usando como insumos las sentencias emitidas por la Corte Constitucional en trámite de la acción de incumplimiento, en el periodo comprendido entre noviembre de 2008 a marzo de 2014, se seleccione las que a su vez son de acción de protección y, a partir de su análisis determinar que existen sentencias de acción de protección de derechos incumplidas debido a la presentación de ciertos factores.

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Desde los inicios del constitucionalismo norteamericano y europeo, la Constitución ha ido tomando distintas significaciones en uno y otro caso, en efecto los norteamericanos conservaron un significado democrático desde la revolución, mientras que en Europa no pudieron mantener el significado resultante de la Revolución Francesa, y solo lograron recuperarlo después del segundo post guerra. El significado en la Europa continental que hoy por hoy ha logrado la Constitución, ha tomado casi dos siglos, y dicho significado se ha trasladado en estos últimos tiempos a Latinoamérica, y específicamente a Ecuador con ciertas connotaciones propias, con un significado democrático bastante fortalecido, que lo hacen particular en función de nuestro contexto complejo, plural. Este significado de Constitución en el Ecuador ha traído consigo un implícito activismo reforzado de la Corte Constitucional, necesario para la defensa de los derechos consagrados en la carta y que pasan a ser el principal fundamento de todo el modelo de Estado. Este activismo ha sido criticado por arrogarse funciones que no le competen y con ello invadir el campo legislativo, ya que se ha creído está creando incluso preceptos legales. Sin embargo esto es errado, pues la Corte no ha invadido el amplio ámbito de creación de leyes que tiene el legislador, sino simplemente en su función de máximo intérprete de la Constitución lo que ha hecho muchas veces es tomar preceptos legales que adolecen de inconstitucionalidad, modularlos y volverlos constitucionales, pero todo esto dirigido a efectivizar los derechos y dar coherencia al ordenamiento jurídico, y en función de la legitimidad jurídica que posee. Y para ello ha hecho uso de distintos tipos de sentencias, entre ellas, las modulativas. La Corte si bien ha sido dotada de muchas herramientas como protectora y efectivizadora de la Constitución, tiene límites, y su mayor límite sin duda es la propia Constitución, el contenido esencial de los derechos, la no regresividad de los mismos, el principio del stare decisis, entre los principales. Del análisis empírico se ha constatado que la modulación es tan necesaria para la efectivización de los derechos, ya que incluso el no hacerla podría llegar a reformar normativamente la Constitución. Estas sentencias son verdaderas garantías de los derechos, ya que muchas veces el legislador puede tardar mucho tiempo en reparar los preceptos que adolecen de inconstitucionalidad, y la satisfacción en los derechos no puede esperar, y precisamente es donde el actuar de la Corte con dichas sentencias cobra gran importancia. El problema más bien se ha presentado en casos de alta connotación pública en que la Corte cede paso a intereses políticos, por carecer de independencia, y reforma informalmente la Constitución dando lugar a las llamadas mutaciones constitucionales.

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Este artículo estudia la redefinición de los derechos de propiedad de los bienes civiles, específicamente los ejidos, desde una perspectiva comparada. Se analiza el concepto y su uso. Se explica la legislación ejidal bonaerense y se describe la implementación de las leyes desamortizadoras en España, México y Buenos Aires para tratar problemas comunes. Por último, se confrontan los objetivos de la legislación con la forma en que se aplicó en Buenos Aires y en un caso en particular, el ejido de Mercedes. Los resultados de la legislación liberal se explican en el proceso histórico de interacción entre las leyes, su aplicación local y los intersticios ya que en estos cobra importancia la relación de los sujetos sociales entre sí y las instituciones estatales encargadas de llevar adelante el proceso de reforma

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El objetivo del trabajo es examinar la revisión oficial de las "donaciones condicionadas" implementadas en el partido de Azul y la respuesta de la sociedad rural durante la segunda mitad del siglo XIX. Mediante un análisis principalmente cualitativo de la legislación, prensa, correspondencia, expedientes de tierras y otras fuentes coetáneas, se aborda el marco legal y el accionar social, considerando los argumentos esgrimidos para la puesta en valor de los derechos y el acceso a la propiedad formal. Así como los rasgos centrales del proceso, caracterizado por una gran interacción, complejidad, disputas y resistencias durante esta etapa de reestructuración hasta el cierre de la frontera. Se plantea que las "reformas liberales" no supusieron un cambio radical en las prácticas sociales y en el acceso al recurso, de raigambre institucional y social anterior

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Este artículo estudia la redefinición de los derechos de propiedad de los bienes civiles, específicamente los ejidos, desde una perspectiva comparada. Se analiza el concepto y su uso. Se explica la legislación ejidal bonaerense y se describe la implementación de las leyes desamortizadoras en España, México y Buenos Aires para tratar problemas comunes. Por último, se confrontan los objetivos de la legislación con la forma en que se aplicó en Buenos Aires y en un caso en particular, el ejido de Mercedes. Los resultados de la legislación liberal se explican en el proceso histórico de interacción entre las leyes, su aplicación local y los intersticios ya que en estos cobra importancia la relación de los sujetos sociales entre sí y las instituciones estatales encargadas de llevar adelante el proceso de reforma

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El objetivo del trabajo es examinar la revisión oficial de las "donaciones condicionadas" implementadas en el partido de Azul y la respuesta de la sociedad rural durante la segunda mitad del siglo XIX. Mediante un análisis principalmente cualitativo de la legislación, prensa, correspondencia, expedientes de tierras y otras fuentes coetáneas, se aborda el marco legal y el accionar social, considerando los argumentos esgrimidos para la puesta en valor de los derechos y el acceso a la propiedad formal. Así como los rasgos centrales del proceso, caracterizado por una gran interacción, complejidad, disputas y resistencias durante esta etapa de reestructuración hasta el cierre de la frontera. Se plantea que las "reformas liberales" no supusieron un cambio radical en las prácticas sociales y en el acceso al recurso, de raigambre institucional y social anterior

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Este artículo estudia la redefinición de los derechos de propiedad de los bienes civiles, específicamente los ejidos, desde una perspectiva comparada. Se analiza el concepto y su uso. Se explica la legislación ejidal bonaerense y se describe la implementación de las leyes desamortizadoras en España, México y Buenos Aires para tratar problemas comunes. Por último, se confrontan los objetivos de la legislación con la forma en que se aplicó en Buenos Aires y en un caso en particular, el ejido de Mercedes. Los resultados de la legislación liberal se explican en el proceso histórico de interacción entre las leyes, su aplicación local y los intersticios ya que en estos cobra importancia la relación de los sujetos sociales entre sí y las instituciones estatales encargadas de llevar adelante el proceso de reforma

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El objetivo del trabajo es examinar la revisión oficial de las "donaciones condicionadas" implementadas en el partido de Azul y la respuesta de la sociedad rural durante la segunda mitad del siglo XIX. Mediante un análisis principalmente cualitativo de la legislación, prensa, correspondencia, expedientes de tierras y otras fuentes coetáneas, se aborda el marco legal y el accionar social, considerando los argumentos esgrimidos para la puesta en valor de los derechos y el acceso a la propiedad formal. Así como los rasgos centrales del proceso, caracterizado por una gran interacción, complejidad, disputas y resistencias durante esta etapa de reestructuración hasta el cierre de la frontera. Se plantea que las "reformas liberales" no supusieron un cambio radical en las prácticas sociales y en el acceso al recurso, de raigambre institucional y social anterior