844 resultados para Obligación tributaria


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El presente trabajo pretende revisar la figura del fenómeno tributario conocido como los “Precios de transferencia”, atendiendo a su naturaleza y particularidades, así como el rol de las administraciones tributarias nacionales frente a este fenómeno de Derecho tributario internacional. Revisar las más actuales reflexiones sobre los precios de transferencia realizadas por diversos actores a nivel internacional, en foros o instituciones especializadas. Se buscará establecer si las legislaciones internas de los Países de la Comunidad Andina, contemplan mecanismos que permitan que la Administración Tributaria de cada uno de ellos, pueda determinar la obligación tributaria tomando en consideración el mencionado fenómeno. Adicionalmente, pretende indagar cuáles son las previsiones normativas en el contexto internacional que regulan este fenómeno que por su naturaleza es internacional. Finalmente, se intentará descubrir qué efectos jurídicos produce el ordenamiento jurídico comunitario en la regulación de este fenómeno.

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El artículo analiza con detalle la procedencia del arbitraje y otros medios alternativos de solución de controversias en materia tributaria, comenta el desarrollo que han tenido los medios alternativos de solución de controversias en materia tributaria en el Ecuador, trata sobre el arbitraje tributario en el ámbito interno de los estados, defendiendo su procedencia frente a los principios de legalidad y de indisponibilidad de la obligación tributaria, así como respecto del principio de exclusividad de jurisdicción, estudia el arbitraje tributario internacional, con énfasis en el contemplado en los convenios para evitar la doble imposición y en el previsto para disputas derivadas de la utilización de precios de transferencia, y, finalmente, se refiere a la procedencia del arbitraje en el caso propuesto en el Ecuador por las empresas petroleras para la devolución del IVA.

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El objetivo de la presente investigación es elaborar una guía de orientación sobre los principales procesos aduanales para facilitar las internaciones, importaciones y exportaciones de bienes en El Salvador. La investigación es de carácter cualitativa-descriptiva, en la que se utilizan técnicas de recolección de datos; una entrevista realizada a un agente aduanero y cuestionarios que se aplicaran a siete exportadores y a diez importadores como muestra. En el desarrollo se enumera la base legal aplicable a la actividad aduanera, siendo la más importante el CAUCA Y RECAUCA que son legislación común al área centroamericana; no obstante, hay una gran cantidad de leyes, reglamentos, protocolos, convenios y tratados de libre comercio que rigen las operaciones aduaneras efectuadas en El Salvador. Se hace mención de la historia que enmarca el servicio aduanero, partiendo del contexto mundial hasta llegar a nivel nacional, sin omitir las diferentes organizaciones rectoras en materia aduanera como lo son el GATT y el SICA entre otros. La base teórica de la investigación comprende una serie de factores esenciales para el desarrollo de la misma. Se define el sistema aduanero salvadoreño, sus objetivos, finalidad, importancia, funciones y clasificación, se detalla la estructura orgánica de la Dirección General de Aduanas, asimismo las diferentes aduanas según su división operaciones. Se define la obligación tributaria aduanera, sus características y elementos, de igual forma, los diferentes tributos en materia aduanera, fuentes, principios, características y clasificación. Se desarrollan las diferentes operaciones aduaneras en las que hay operaciones de salida y de entrada de mercancías como la importación y la exportación, Se describe los diferentes regímenes aduaneros, definitivos, temporales o suspensivos y liberatorios, los cuales se desglosan en subclasificaciones, asimismo, los procedimientos aduaneros, auxiliares de la función aduanera y los INCOTERMS que rigen la actividad aduanera y por último las infracciones y sanciones en materia aduanera.

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El Estado requiere generar recursos que le permitan su desarrollo y cumplimiento de objetivos, los cuales obtiene por medio de ingresos tributarios y no tributarios, por lo que ha conferido a la Administración Tributaria facultades que permitan cumplir con esta función, dentro de estas facultades se encuentra la de determinación de la obligación tributaria. Es mediante la facultad de determinación que la Administración Tributaria puede establecer la obligación fiscal de los sujetos pasivos, la cual podrá determinarla de manera cierta, mediante la de elementos que le permitan conocer en forma cierta el hecho imponible y la cuantía del tributo, otra forma de determinación que la ley faculta es sobre base presunta ante la imposibilidad de conocer directamente el hecho imponible y su cuantía, únicamente cuando no es posible la determinación en forma cierta se recurre a determinar sobre base presunta, mediante indicios o hechos ciertos que por tener conexión o vinculación con el hecho imponible , hacen presumir la existencia de hechos que probablemente sean ciertos y que implican el establecimiento de deuda tributaria al sujeto pasivo. Además se podrá realizar la determinación sobre base mixta, es decir sobre base cierta y en parte sobre base presunta, utilizando en parte la información, documentación y registros del contribuyente y rechazarla en otra. Las presunciones en materia tributaria se encuentran legisladas en el Código Tributario en el artículo 189 que establece que cuando no sea posible por cualquier circunstancia determinar el tributo o la obligación fiscal con conocimiento cierto de la materia imponible, se estimará en función de los elementos conocidos que permitan presumir la existencia y magnitud de la base imponible y de las obligaciones tributarias respectivas. En dicha disposición se establece la posibilidad de utilizar indicios, cuando no sea posible determinar la cuantía o el monto de la obligación tributaria de un sujeto pasivo de forma cierta, este mecanismo admite prueba en contrario, la carga de la prueba recae en el contribuyente, quien tiene que probar ante el Fisco que no debe ningún tipo de tributo. El objetivo de este trabajo es servir como guía práctica y preventiva para que los sujetos pasivos conozcan sobre la determinación impositiva sobre base presunta, se pretende ilustrar la manera en que se determinan las obligaciones sustantivas totales o complementarias, mediante el diseño de diversos casos prácticos que ilustren los procedimientos que la Administración Tributaria podría aplicar, así prevenir a los sujetos pasivos a que no incurran en incumplimientos de sus obligaciones tributarias que posiblemente les conlleve a una determinación por dicha vía. Para el desarrollo de este trabajo se ha considerado casos hipotéticos, aplicando el procedimiento establecido en el Código Tributario a registros y operaciones que se pueden realizar dentro de las empresas las cuales conlleven a la determinación impositiva por vía presunta, también se entrevistó a una persona con mucha experiencia del Ministerio de Hacienda a quien se le realizó una serie de preguntas claves, las respuestas obtenidas han contribuido a complementar la investigación y a comprender mejor el tema, además de conocer un poco de cómo funciona en la práctica este procedimiento. Al finalizar esta investigación se concluye que el principal beneficiado al desarrollar los casos prácticos es el sujeto pasivo, ya que mediante los ejemplos que se plantean puede conocer el procedimiento que se les podría aplicar cuando se realiza la determinación impositiva sobre base presunta, si bien los casos planteados son hipotéticos y no coincidan exactamente con la situación en particular del sujeto pasivo, dará una noción del procedimiento que se realizará.

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La necesidad de investigar y estudiar el tema en cuanto al tratamiento jurídico del procedimiento de la vía de apremio en nuestra legislación tributaria, obedece a diversas circunstancias, entre ellas, interrogantes a temas frecuentes como: la jurisdicción coactiva, juicio o procedimiento, juez o funcionario, supletoriedad del Código Civil, la ejecución forzosa del patrimonio del deudor en cuantía suficiente para cubrir la deuda tributaria no satisfecha en el período voluntario de pago, y dentro de esta el embargo de bienes inmuebles y muebles, su búsqueda y selección, por la importancia que esta institución reviste en la actualidad para nuestro país desde el punto de vista económico, político, y social. Dada la complejidad que la rodea y el hecho de que, no obstante constituye un deber social la obligación de tributar, en ocasiones se incumple, requiriendo entonces el Estado de mecanismos o procedimientos encaminados a cobrar la obligación no satisfecha y así garantizar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias en beneficio de la sociedad. Paralelamente a lo expresado, me motivó también el estudio del tema, la necesidad de contar con normas jurídicas vertebradas y eficientes capaces de garantizar la recuperación de las deudas existentes. La utilidad de los resultados obtenidos, pretendemos aplicarlos a nuestro proceder y normativa al resultar éstas incompletas en cuestiones relativas al tema, con la presente investigación realizamos aportes teóricos que contribuirían a la solución de los problemas sociales derivados de la problemática, de gran utilidad práctica, toda vez que intentamos perfeccionar procesos no definidos o pocos definidos en la administración tributaria ecuatoriana.

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El manejo de zonas francas en muchos países del mundo ha sido sinónimo de crecimiento económico, tecnológico, industrial pues han hecho de estas un medio de promoción de las actividades de elaboración, transformación, distribución y exportación de mercaderías; sin embargo en nuestro país no se ha tomado en cuenta esta gran ventaja que los diferentes Gobiernos han establecido al crear doce zonas francas hasta el día de hoy en nuestro país para fomentar un desarrollo de las diferentes regiones. Parte de desventaja en nuestro país para la incorrecta o falta de utilización de estas áreas geográficas denominadas zonas francas es el desconocimiento de las ventajas o beneficios y no solo de eso sino también de la conceptualización o el saber que es una zona franca, como se opera dentro de ella, cuales son los trámites para una formación y cuales son las obligaciones que como usuarios o administradores debemos cumplir en el ámbito tributario. Debemos señalar que una zona franca es un área en la cual puede efectuarse importación de materia prima, maquinaria, etc. libre de impuestos sin embargo esto no es sinónimo de evasión o elusión tributaria ni tampoco de un paraíso fiscal incluido en el interior de un país, sino mas bien es sinónimo de ayuda para progreso de nuestro país razón por la que todas las empresas que son calificadas como usuarios deberán cumplir con la obligación de obtener su registro único de contribuyentes, su registro como exportador, presentación de declaraciones como agente de percepción y retención. Es importante destacar también que no solo las declaraciones de impuesto son parte de sus obligaciones sino también el llevar la respectiva contabilidad de las transacciones la misma que deberá ser en forma detallada de todos los bienes que han sido ingresados en esta zona así como también de aquellos bienes que han salido de esta pues de lo contrario si existieran faltantes o sobrantes podría establecerse responsabilidades pues estaríamos determinando defraudación tributaria así como también podría encontrarse inmerso en contrabando de mercaderías.

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En este trabajo de investigación personal hemos analizado el documento notarial, instrumento público o auténtico, otorgado ante un notario, con arreglo a las leyes, y que hace fe, aun en contra de terceros, en cuanto al hecho de haber sido otorgado, a su fecha. Hemos destacado el aspecto de la responsabilidad tributaria que tienen estos funcionarios con respecto a los actos y contratos hechos y autorizados por ellos habiendo señalado que los notarios, tienen la doble obligación de exigir el cumplimiento de las leyes ecuatorianas generales, y de las leyes tributarias. Cumplimiento exigido tanto a quienes solicitan los servicios de los notarios, como estos; quienes además de contribuyentes, son terceros responsables y agentes de percepción. Si un notario no exigiera el cumplimiento de obligaciones tributarias previas no podría cerrar u otorgar un contrato, y de hacerlo incurriría en la contravención establecida en el Código Tributario; siendo además responsable de la custodia del dinero que recaude por tal concepto. Dentro de los agentes de percepción el notario está en la categoría tercera señalada en el Art. 61 de la Ley de Régimen Tributario Interno, pues es una persona natural que habitualmente presta un servicio gravado con una tarifa, siendo, en consecuencia, sujeto pasivo del IVA como agente de percepción. Finalmente se ha topado un aspecto moderno, relacionado con la era digital y que está teniendo importancia cada vez más creciente en el intercambio de bienes y servicios: el llamado comercio electrónico, abordando un aspecto polémico relacionado con los instrumentos públicos dados y celebrados a través del Internet. La necesidad de estudiar este tema se da ya que a través de los medios electrónicos el notario podría evadir sus obligaciones tributarias en su calidad de contribuyente. Además por la Ley de Comercio Electrónico cabría que se realicen actos y contratos sin la actuación y presencia física de un notario. Surgiendo la inquietud de si esta ausencia física de un notario, reemplazada por firmas y medios electrónicos, daría o no lugar a una escritura, teniendo en cuenta que la vigente Ley Notarial exige que sea un notario el funcionario que REALICE Y PROTOCOLICE este tipo de actos. Creemos que debería, concretarse el alcance de estas disposiciones, con reglamentaciones claras y precisas que no permitan dudas y confusiones en una materia tan importante.

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El Ecuador adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para la preparación de la información financiera de las sociedades, para que pueda ser analizada de mejor manera por los lectores de la misma: inversionistas, bancos, y otros. Existen diferencias sustanciales entre la normativa contable (NIIF) y la las normas tributarias de cada país; estas diferencias, si son temporales, generan los denominados Impuestos Diferidos, tratados con detalle en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 12 Impuesto a las Ganancias. El análisis del Impuesto a la Renta incluye el cálculo financiero-contable y la planificación legal y financiera de las organizaciones y de la administración tributaria. Incluye el análisis de las diferentes aplicaciones de los ingresos gravados y exentos, de los costos/gastos deducibles y no deducibles y de su origen en las partidas del Balance General (Activos y Pasivos), y finalmente su impacto en la situación patrimonial de cada empresa. En nuestro país, la propia Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LRTI) establece la utilización de NIIF, pero por otra parte se establece la obligación de presentar información contable considerando la normativa tributaria. Las autoridades societarias y tributarias, así como los gremios de Contadores exigen para la presentación de los Estados Financieros de los obligados a llevar Contabilidad, la aplicación de NIIF en su totalidad, incluyendo la NIC 12, mientras que la Administración Tributaria emitió una Resolución en la que prácticamente se niega la deducibilidad de los activos diferidos que las empresas obtienen al aplicar las NIIF relacionadas con los Impuestos sobre las Ganancias.